Eduardo Rivas
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Desde la creación, en 1951, de la Asamblea de la Comunidad, conformada por 78 miembros, al actual Parlamento Europeo, compuesto por 732 eurodiputados, mucha agua ha corrido por el L´Ill1.
En efecto, el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA) estipulaba que “la Asamblea esté formada por Delegados que los Parlamentos están llamados a designar en su seno, según el procedimiento fijado por cada Estado miembro”, pero sin embargo los autores del Tratado fijaron, en el artículo 21 del mismo, el principio que los miembros de la Asamblea debían ser elegidos “por sufragio universal directo según un procedimiento uniforme en todos los Estados miembros”.
Los Tratados mediante los cuales se crearon la Comunidad Económica Europea (CEE) y la Comunidad Europea de la Energía Atómica (EURATOM), preveían la instauración de una Asamblea, aunque junto a éstos, también en 1957, se firmó un tercer Tratado, el relativo a ciertas instituciones comunes, mediante el cual, desde la misma entrada en funcionamiento de las nuevas Comunidades, se dotaba al conjunto de ellas con una única Asamblea.
Tras este cambio en las funciones, que a partir de ahora incorporaba el área económica y de la energía atómica a la del carbón y el acero que ya ostentaba, la Asamblea, que decidió llamarse a si misma Asamblea Parlamentaria Europea, también pasó a tener una nueva conformación, pasando de los originales 78 miembros a 142 asambleístas.
En lo que respecta al nuevo nombre, la nueva denominación de la Asamblea no tuvo larga vida puesto que por una Resolución propia del 30 de marzo de 1962 pasa a llamarse Parlamento Europeo, denominación que se utiliza en la práctica desde entonces y que fue consagrada a nivel de Tratados por primera vez en el Acta Única Europea (AUE), firmada en 1986.