Galo Pico Mantilla
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UNICA.- Deróguense las Decisiones 9, 219, 248, 405 y las demás disposiciones que se opongan al presente Reglamento.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
PRIMERA.- El Reglamento Interno de la Secretaría General deberá adoptarse en un plazo máximo de 60 días, contados a partir de la fecha de posesión del cargo del primer Secretario General.
SEGUNDA.- Establécese una moratoria en los plazos para la Resolución de los procedimientos en curso, de 15 días a partir de la toma de posesión del cargo del primer Secretario General.
TERCERA.- A los efectos de la aplicación de la obligación contenida en el artículo 36 del presente Reglamento, el incumplimiento del pago de aportes al Presupuesto de la Secretaría General se contabilizará a partir de la entrada en vigencia del Protocolo Modificatorio del Acuerdo de Integración Subregional Andino (Protocolo de Trujillo).
Dada en Quito, Ecuador, a los veinticinco días del mes de junio de mil novecientos noventa y siete.