URUGUAY UN DESTINO INCIERTO
Jorge Otero Menéndez
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Un Deudor Regio
Aquella política de Alfonso VI de donación de condados y de sus hijas tuvo su antecedente en una pérdida de la propiedad real, principalmente en Castilla, la que nació de modo bastante peculiar. Como reino independiente, me refiero: Todo comenzó como pago - se dice - de un extraordinario caballo y un magnífico azor (una suerte de halcón) que el rey Ramiro II (ocupó la corona entre 931 y 951)[i] no aceptó como regalo de uno de sus nobles, el hombre que es uno de los referentes de esos tiempos: Nada menos que Fernán González - de imprecisa fecha de nacimiento, fallecido en 970.
Le ordenó aceptar Ramiro II a éste último, su vasallo, una remuneración por los pretendidos obsequios . La cual suma prometida se olvidó el rey de pagar. Al cabo de un cierto tiempo, las características de la deuda contraída[ii] llevaron al monarca – por su iliquidez financiera - a tener que hacer donación de dichas tierras a su fiel servidor, quedando saldado así el compromiso asumido y no cumplido oportunamente.
Castilla habría nacido, pues, como pago de una auto impuesta deuda de honor, en la que estaba empeñada la palabra real. Y siguieron los desde entonces condes de Castilla al servicio de los reyes de León durante un importante lapso. No olvidemos que a Fernán González ya le había dado el monarca de León, por su propia gracia, los condados de Burgos, Alava y Lara - de cuyo solar procedía.
Sucedía que, por entonces, la entregada región era lugar de difícil asentamiento. Por la mezquindad de su tierra, Castilla se encontraba alejada de la mano de Dios, de la del hombre y de la del Fuero Juzgo[iii], vigente en León.
Circunstancia ésta última que facilitará luego la formación, nada menos, que del derecho de los pueblos, de los municipios, dejados originalmente a su suerte por el sistema de presuras. (Este consistía en entregar tierras para su trabajo a campesinos libres).
Luego se olvidó todo ello, como asimismo que la vida no está hecha de heroicidad o sólo de heroicidades. Queda como lección que no siempre es conveniente ir cerniendo leyendas, con una estrecha red histórica unas y con amplio espíritu mítico-religioso-guerrero, otras. Bastante tiempo después es que Castilla alcanza su independencia de León.
A su vez, cuando la muerte de Alfonso VI, su yerno Enrique de Borgoña se niega a continuar bajo la égida de la sucesora de quien lo engrandeciera: Urraca, que además era la hija legítima de su suegro patrocinador. El desagradecimiento no es un invento contemporáneo. Y, se sabe, quien hace un favor, habitualmente, se convierte, por ese hecho y para beneficio de la paradoja, en deudor de quien beneficia.
Pero no se atrevió Enrique a declarar los condados puestos bajo su custodia como reino independiente. Fue, como dijimos, un hijo suyo quien lo hizo, cuando él ya no estuvo en éste mundo.
Para ello debió enfrentar no sólo a su madre sino también a su primo, y ganarle la guerra a ambos. Así sucedió, gracias a la buena fortuna – que es la madre de casi todos los triunfos desde mucho antes de aquella época - más que a su habilidad guerrera, que no era poca.
[i] El mismo Ramiro de la batalla de Simancas de 939, en la que participan conjuntamente, según la leyenda, el apóstol Santiago y san Millán, otro hito de este curioso y largo período que recibió el exagerado nombre de Reconquista.
[ii] Por cada año de no pago de la deuda se multiplicaba el precio fijado originalmente.
[iii] El Fuero Juzgo corresponde al código visigótico. Originariamente se apoyaba en el llamado Código de Tolosa, vigente a mediados del siglo V, siendo recién en el siglo VII que se aprueba con validez territorial y no personal el denominado Liber Iudiciorum. Las leyes visigóticas eran especialmente crueles y notoriamente anti judías.