LO QUE LOS POBRES QUIEREN SABER
José Manuel Fernández Núñez
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Los Malos Artistas
El uso de la palabra bueno y la palabra malo es perfectamente jurídico en el país tipo 4V.
El Mal es una fuerza consciente y organizada, y esto debe creerlo todo el que también crea que el Bien es una fuerza organizada y conciente en su actuación, es decir quien cree en Dios.
En cuanto al arte, existirá un “Tribunal de Arte Regio” (TAR), compuesto principalmente por educadores, religiosos y ancianos lúcidos.
Recomendamos una estructura de un Juez de Arte Regio (JAR) por cada provincia; elegido por todos los educadores y religiosos de cada provincia. Sus resoluciones en materia de arte serán inapelables. Solo por autogestión interna podrán cambiar sus disposiciones. La SCJ reglamentará su administración y economía.
Este tribunal dispondrá de mecanismos de investigación estadística y de mercado, y se apegarán a los principios más razonables o aceptables del cristianismo, sin exageraciones y buscando comprender al consumidor.
El TAR No prohibirá nada a menos que sea directa y textualmente contra el cristianismo, sino que fijará impuestos por efecto de la promoción hacia el mal que signifique la obra o trabajo artístico. Estos fondos justificarán ser usados para desmonetizar, pagando los gastos de los artistas que trabajan para el bien, y sus propios gastos operativos que son solventados por la EMP.
El TAR no apoyará, y podrá prohibir, lo evidentemente satánico.
Los trabajos clasificados para adultos serán controlados en cuanto a ese efecto. De forma que solo los adultos tengan acceso a esos materiales en lugares especiales para adultos.
El uso tradicional del sexo no se considera material para adultos; en la medida que la familia tenga un certificado clínico de haber tratado abiertamente los temas con asistencia de psicólogos cristianos (que será normal en familias con niños); pero la pornografía será solo presenciada por adultos, los cuales serán atendidos por sicólogos en algún momento predeterminado, para solucionar las causas de esta necesidad. Es entendible que una persona normal no necesita de pornografía frecuente, y que esto no es diversión para las personas sanas. Es la excepción la experiencia esporádica de tipo cultural o de conocimiento general.
Definimos la pornografía como la exposición de escenas de placer sexual en documentos electrónicos, narrativos, gráficos o de cualquier tipo, cuando la trama evidente del trabajo artístico es el mostrar placer sexual.
No es pornografía en un trabajo artístico cuando se muestran escenas insinuantes al placer sexual que se consideren demostrativas del vínculo afectivo o químico entre personajes, cuando este vínculo demostrado será usado como parte de la trama principal. Por ejemplo, para demostrar porqué el cónyuge se descontrola y hiere a los amantes por ser víctima de la infidelidad.
El tribunal controlará la difusión del material de origen nacional y extranjero con tecnología moderna y efectiva.
Cada producción artística será evaluada; y si solo promueve virtudes y valores, no pagará impuestos. Lo cual es normal en el país tipo 4V.
Las obras de arte que promueven antivalores, y de acuerdo a la mala costumbre promovida tendrá un impuesto aplicado para la formación de un fondo nacional de investigación psicológica, sociológica, etc.
Una obra de arte debe ser registrada antes de ser presentada al público, esto favorece el control de Derechos de Autor, y a la vez permite que la obra sea evaluada y clasificada para el impuesto a pagar.
Los Derechos de autor serán evaluados por la administración del TAR, que podrá a la vez entrenar personal para dichas evaluaciones; de esta forma se reduce la cantidad de material que amerite un tratamiento especial del pleno nacional.
Al igual de la Justicia tipo 4V (Criminal, Civil, Comercial, etc.) la administración del TAR incluirá procedimientos automáticos. Esto es uso de formularios que incluyen preguntas inquisidoras que solo las obras de fácil diagnóstico pueden superar, y se obtiene así una justicia rápida, tanto como la delegación al gran tribunal según el caso lo amerite.
En la justicia tipo 4V estos formularios serán de uso muy común para multitud de casos, incluso la solución automática de litigios, crímenes, pactos, etc. El auxilio de la Internet para muchos de estos asuntos será de domino público.
En el país tipo 4V el acceso a la Internet es un derecho humano e irrenunciable (EMP).