TEORÍAS DE LA REGIÓN
Jorge Isauro Rionda Ramírez
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DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO Y DEL ORDENAMIENTO URBANO
Antes de entrar en materia, lo primero que se debe establecer es una definición
de ordenamiento jurídico, Maldonado (2005) da la siguiente: “…en tanto derecho
estatal asumido como el conjunto de normas generales y abstractas destinadas a
proteger los derechos del individuo y hacer cumplir los deberes correlativos que
toda persona debe acatar para asegurar la expresión plena y total de los demás…”
Asimismo hace falta contar con una definición de urbanismo, el mismo autor
indica al respecto que: “…se entenderá el conjunto de actividades e
intervenciones desarrolladas por el Estado en el territorio, sea éste
construido, urbanizable o construible…”
Estas anteriores definiciones son pertinentes dado los cambios en las distintas
percepciones históricas y científicas de los mismos conceptos, cuya semántica a
veces llega a diferir en grado como para poder crear confusiones e
inconsistencias a cualquier estudio que no parta de una precisión de los
términos básicos que utiliza.
Sobre todo las percepciones en materia de territorio y urbanismo cambian ante
disciplinas tan controversiales como son las respectivas al modernismo y al
neoliberalismo. Durante el Estado Benefactor las concepciones respondían a
objetivos del desarrollo endogenista, mientras que en el neoliberalismo se
vuelven predicados del mercado, es por tanto necesario clarificar los términos
de forma precisa para partir con un sustento que no se preste a confusiones e
imprecisiones.
Desde luego en la óptica del Estado Benefactor el ordenamiento jurídico se ve
afectado por acepciones que respondías a un sistema de valores, percepciones y
objetivos que perseguían la lógica del sector público bajo la influencia del
keynesianismo, el estructuralismo e incluso el marxismo, la terminología era
otra o bien su contenido ya no corresponde a las de otra corriente como la
neoliberal.
Durante el modernismo el derecho viene a transformarse de normativo a positivo.
De tal manera que al parejo empieza a separarse el binomio legalidad y justicia,
la economía deja de ser un predicado del derecho para invertir la relación
haciendo al derecho su propio predicado. La gestión económica suprime a la
justicia por la legalidad.
Los mercados nacionales, así como los espacios se transnacionalizan, entonces
distintos órdenes jurídicos se encuentran y en una gran diversidad normativa se
tiene por efecto cierta esquizofrenia institucional donde existen leyes con
matizaciones distintas y comprensiones distintas de la realidad socio económica
de las naciones, por lo mismo la pluralidad respecto a la regla lleva a una
heterogeneidad desordenada de la propia norma jurídica, por lo que se hace cada
vez más necesario una norma consistente coherente respecto a la multiplicidad
que implica el relativismo cultural.
Esta situación respecto al ordenamiento jurídico necesariamente se refleja en un
caos en el ordenamiento territorial, el urbanismo moderno parte de la
consideración, como dice Maldonado (op. cit): “…es necesario y posible actuar
conjuntamente sobre las ciudades y sobre la sociedad. Las tesis urbanísticas han
estado ligadas intelectual y prácticamente a los movimientos reformistas que se
desarrollaron entre dos polos de pensamiento: el liberal y la crítica marxista…”
A lo que se debe agregar la nueva crítica posmodernista relativa al
neoliberalismo. De ahí que el urbanismo encuentre tres vertientes polémicas
relativas a las teorías marxista, liberal y neoliberal.
Tanto el marxismo como el liberalismo, por su carácter normativo como economía
política se encuentran dentro de un mismo campo del urbanismo culturalista,
mientras que el neoliberal responde al urbanismo progresista. No obstante se
debe decir que durante el modernismo la tesis keynesiana es una fuente
importante del urbanismo y que también debe ser concebida en esta última
vertiente.
Con el estado benefactor surgen nuevos y más amplios derechos económicos y
sociales, surge al parejo la ciudad del bienestar, la que necesariamente atiende
el confort, la atención, la previsión y la seguridad de la clase trabajadora y
en especial acoge a las clases medias, donde el subsidio y la subvención pública
son el sustento de esto que encona sus esfuerzos a equipamientos colectivos, la
vivienda social (Maldonado), y respaldar el ascenso industrial urbano de las
naciones.
Aún existe la polémica relativa a si el surgimiento del esquema de producción
flexible sobreponiéndose al rígido modernista es en sí una transición de la
modernidad a la posmodernidad, como esquemas cuya lógica de acumulación
capitalista es distinta, o bien, si la supuesta posmodernidad no es más que la
misma modernidad pero a ultranza, por lo que más que de posmodernidad debe
hablarse de ‘sobremodernidad”.
Al respecto el interés radica en decir si los procesos propios de la
posmodernidad deben verse como diferentes al del esquema rígido, o bien, deben
verse como parte de un mismo esquema, dentro de una misma lógica y consecuente
con la misma como una fase de consolidación. De este modo entonces la
urbanización en el Estado del Bienestar hereda a la posmodernidad sus rasgos, o
bien son en la posmodernidad rasgos propios distintos a los modernos.
En este sentido, entonces, la urbanización actual es derivada del Estado de
Bienestar, como fase consecuente, o bien la urbanización posmoderna es propia de
un esquema distinto cuyos rasgos deben estudiarse como propios y no relativos a
un esquema anterior del cual se hayan heredado.
De lo anterior tenemos tres vertientes que abordan el urbanismo desde ópticas
distintas. La primera parte de concebir en la posmodernidad el urbanismo como un
caos urbano. Se parte de una catalixia derivada del liberalismo clásico donde la
búsqueda del bien común solo se logra a través de la realización de los anhelos
egoístas de los ciudadanos procurándose a sí mismos su bienestar.
La segunda, la de la planificación guiada por el mercado, responde a la versión
neoliberal donde el mercado en su lógica es el mejor mecanismo para guiar el
crecimiento urbano, donde el papel del Estado debe ser el más restringido, así
las transformaciones urbanas responden a las necesidades sociales expresas en
las fuerzas de los mercados locales, regionales, nacionales y transnacionales.
Finalmente tenemos la gerencia pública, como tercera vertiente, la misma que
encuentra su correspondencia teórica en el keynesianismo, el estructuralismo y
el marxismo que caracterizó al periodo endogenista de la posguerra, cuya fuerza
y vitalidad es la responsaría del Estado en el ordenamiento urbano y en sí, en
su reconocimiento de ser la única entidad con capacidad de ordenar y organizar
el territorio en su crecimiento urbano industrial.
De las tres corrientes se tiene una convergencia dialéctica donde se nutre el
nuevo urbanismo, la planificación urbana y el desarrollo de lo regional, lo
local y la ciudad, como categorías socioeconómicas.