LA SEGURIDAD SOCIAL EN LA FUERZA ARMADA NACIONAL
Ana Mercedes Salcedo Gonz�lez
Desarrollo de la seguridad social en Venezuela:
La concepci�n de la seguridad social y su consecuci�n en la sociedad fue perfeccion�ndose a medida que evolucionaba la capacidad de interpretaci�n jur�dica pol�tica de la sociedad. La concepci�n de seguridad social se impregna de los matices que corresponden a cada �poca.
El continente americano respondi� al orden colonial hasta el advenimiento de la independencia. Las primeras normas de protecci�n social en Venezuela datan de la Colonia y se encuentran en las Leyes de Indias (1760), las cuales estaban basadas en preceptos morales y �ticos destinados a proteger a los ind�genas que trabajaban en condiciones riesgosas y en largas jornadas (More 1977).
Posteriormente, en los albores del movimiento independentista en Venezuela estuvo presente la idea de proteger a los pobladores, la soberan�a de los derechos de pueblo aut�nomo capaz de regirse seg�n sus principios y de gobernarse sin la tutela de poderes extra�os. En el Pre�mbulo de la Constituci�n de 1811 se plasma el pensamiento existente en la �poca sobre la protecci�n del Estado y la Seguridad: �En el nombre de Dios Todopoderoso, nosotros, el pueblo de los Estados Unidos de Venezuela, usando de nuestra soberan�a y deseando establecer entre nosotros la mejor administraci�n de justicia, procurar el bien general, asegurar la tranquilidad interior, proveer un com�n a la defensa exterior, sostener nuestra libertad e independencia pol�tica�.
En esta materia, es importante rese�ar una serie de Decretos del Libertador, en los cuales se aprecia su preocupaci�n por la poblaci�n ind�gena, los pobres y los trabajadores, entre otros retomamos los se�alados por Tom�s Polanco, en su Estudio Jur�dico sobre el Proyecto de la Constituci�n Bolivariana, citado por Carlos Celis Noguera (1989): En el Decreto del 4 de Julio de 1825:
Se ordena el pago en dinero constante a todos los jornales, en sustituci�n del pago en especie.
Mediante Decreto del 04 de julio de 1825, se ordena repartir entre los ind�genas las tierras de comunidades en proporci�n al tama�o de cada familia y con prohibici�n de enajenaci�n hasta el a�o 1850, con el fin de protegerlos de futuras especulaciones.
Mediante Decreto del 14 de diciembre de 1825, se orden� repartir entre los ind�genas todas las tierras que no fuesen propiedad privada en el cual se establece el respeto y protecci�n por parte del gobierno a los propietarios que dispon�an de justo t�tulo sobre las tierras.
Mediante Decreto del 22 de diciembre de 1825, se sustituye el �tributo� impuesto a los ind�genas por el impuesto establecido para todos los ciudadanos causados por sus rentas y propiedades.
El inter�s demostrado por Bol�var para garantizar en la Rep�blica Venezolana la libre determinaci�n y la seguridad ante la intromisi�n extranjera, condujo a la adopci�n de providencias y propuestas de leyes tendentes a la organizaci�n y dotaci�n del Ej�rcito y a su desarrollo como instituci�n que salvaguarda la seguridad exterior y la preservaci�n del orden interno.
En Venezuela hasta el a�o 1935 predominan las asociaciones de car�cter corporativo y de protecci�n rec�proca entre sus miembros asociados (gremios), en muchos casos cumpliendo un doble objetivo; por un lado, la atenci�n a la necesidad y, por otro, la lucha reivindicativa para reducir las condiciones laborales que hicieron posible su aparici�n, ejemplo de ellos tenemos: el Gremio de Alpargateros del DF. (1919) y el Gremio de Choferes de Car�pano (1924).
Considerando la influencia de la OIT y el avance en la normativa jur�dica laboral para 1928, durante el gobierno del General Juan Vicente G�mez se promulga en Venezuela la primera Ley del Trabajo, la cual no logra aplicarse. Para 1930, se crea la nueva estructura del Ministerio de Salubridad y Agricultura. Se transfiere la Direcci�n de Sanidad Nacional a este ministerio, dejando su adscripci�n �policial� al Ministerio de Relaciones Interiores; durante ese mismo a�o, se crea en el �mbito privado la Policl�nica de Caracas y en el sector defensa la Direcci�n de Sanidad Militar.
Despu�s de la muerte de Juan Vicente G�mez (1935), se desarrolla un periodo de evidente impulso de los derechos pol�ticos y sociales. Para 1936, se promulga la segunda Ley del Trabajo que recoge reivindicaciones laborales y sociales dispersas, en su art�culo 127 se fundamenta la creaci�n del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales para la atenci�n y protecci�n de los trabajadores y sus familiares.
Durante ese mismo a�o se crea el Ministerio de Sanidad y Asistencia Social en el pa�s. El 24 de Julio de 1940, se promulga la primera Ley del Seguro Social. En el a�o 1944 con la creaci�n del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), surge en Venezuela el primer y principal instrumento de Seguridad Social, seguido por la creaci�n de otros institutos de previsi�n social para otros grupos de trabajadores.
La d�cada de los cuarenta se caracteriz� por una expansi�n de los programas de protecci�n social en todo el territorio nacional, dando soporte al llamado Estado de Bienestar, acelerado por la entrada del periodo democr�tico en el pa�s y los altos ingresos petroleros, lo cual contribuy� en gran medida a su desarrollo.
Los mejores a�os del seguro social se concentran en los primeros veinte a�os de su creaci�n, porque a partir de los a�os setenta comienza a declinar a pesar de la ampliaci�n de su infraestructura de asistencia m�dica; sin embargo, las prestaciones restantes se mantienen rezagadas al igual que su gesti�n administrativa. Actualmente se encuentra entre las instituciones m�s atrasadas del pa�s.
El seguro social nace con un modelo descentralizado y desconcentrado, pero el centralismo caracter�stico de la pr�ctica del gobierno venezolano, lo hizo centralizado, dependiente, clientelista y distante de las necesidades de la poblaci�n carente de mecanismos que facilitaran la participaci�n y el control de gesti�n administrativa.
El seguro social en nuestro pa�s ha actuado bajo un esquema limitado de acci�n, tanto en sus prestaciones como en el �mbito territorial cubierto, lo cual es producto de las caracter�sticas demogr�ficas para la fecha de su creaci�n, del liderazgo gubernamental, pol�tico, empresarial, sindical y gremial.
La seguridad social y una de sus principales modalidades, como es el caso de los seguros sociales en Venezuela, ha venido cumpliendo un importante papel en el campo de la protecci�n social de la poblaci�n; sin embargo, hoy d�a se encuentra sumergida en una profunda crisis, consecuencia, por un lado a factores demogr�ficos, ideol�gicos, desequilibrios econ�micos, sociales, pol�ticos y morales, y, por supuesto, la incapacidad de las instituciones para hacer frente a sus causas y consecuencias.
La discusi�n sobre la continuidad, viabilidad, eficacia y efectividad del seguro social como instrumento de protecci�n, y, en general, de la seguridad social, ha estado impregnada de intereses contrapuestos que impiden apreciar con claridad las fallas, obst�culos y los aspectos positivos. Los venezolanos por la ineficiencia administrativa gubernamental tendemos a identificar lo negativo con el sector p�blico y lo positivo con el sector privado. La seguridad social es hoy el fruto de un lento proceso de desarrollo conceptual, administrativo y t�cnico, con avances y retrocesos, que alcanzan su plena expresi�n durante el Siglo XX.
La seguridad social refleja la evoluci�n de la responsabilidad de los hombres frente a los estados de necesidad; responsabilidad que progresivamente fue ampli�ndose desde la esfera individual a los grupos sociales, y de �stos a toda la sociedad. Esta transferencia permiti� que los m�todos o instrumentos utilizados fueran perfeccion�ndose y dieran paso a la seguridad social, como herramienta de la pol�tica social para hacer frente a las necesidades del hombre en su convivencia social, pero en nuestro pa�s los medios de protecci�n a�n se encuentran dispersos a pesar de los esfuerzos legislativos, y en la pr�ctica presentan las siguientes caracter�sticas:
La seguridad social es entonces un servicio p�blico, un derecho del hombre, y por tanto una funci�n fundamental del Estado, qui�n debe suministrarla mediante un sistema que comprenda las obligaciones del Estado, de la sociedad, de las instituciones y asigne los recursos destinados a garantizar la cobertura de las prestaciones de car�cter econ�mico, de salud y de servicios complementarios.