LA SEGURIDAD SOCIAL EN LA FUERZA ARMADA NACIONAL
Ana Mercedes Salcedo González
Desarrollo de la seguridad social en Venezuela:
La concepción de la seguridad social y su consecución en la sociedad fue perfeccionándose a medida que evolucionaba la capacidad de interpretación jurídica política de la sociedad. La concepción de seguridad social se impregna de los matices que corresponden a cada época.
El continente americano respondió al orden colonial hasta el advenimiento de la independencia. Las primeras normas de protección social en Venezuela datan de la Colonia y se encuentran en las Leyes de Indias (1760), las cuales estaban basadas en preceptos morales y éticos destinados a proteger a los indígenas que trabajaban en condiciones riesgosas y en largas jornadas (More 1977).
Posteriormente, en los albores del movimiento independentista en Venezuela estuvo presente la idea de proteger a los pobladores, la soberanía de los derechos de pueblo autónomo capaz de regirse según sus principios y de gobernarse sin la tutela de poderes extraños. En el Preámbulo de la Constitución de 1811 se plasma el pensamiento existente en la época sobre la protección del Estado y la Seguridad: «En el nombre de Dios Todopoderoso, nosotros, el pueblo de los Estados Unidos de Venezuela, usando de nuestra soberanía y deseando establecer entre nosotros la mejor administración de justicia, procurar el bien general, asegurar la tranquilidad interior, proveer un común a la defensa exterior, sostener nuestra libertad e independencia política».
En esta materia, es importante reseñar una serie de Decretos del Libertador, en los cuales se aprecia su preocupación por la población indígena, los pobres y los trabajadores, entre otros retomamos los señalados por Tomás Polanco, en su Estudio Jurídico sobre el Proyecto de la Constitución Bolivariana, citado por Carlos Celis Noguera (1989): En el Decreto del 4 de Julio de 1825:
Se ordena el pago en dinero constante a todos los jornales, en sustitución del pago en especie.
Mediante Decreto del 04 de julio de 1825, se ordena repartir entre los indígenas las tierras de comunidades en proporción al tamaño de cada familia y con prohibición de enajenación hasta el año 1850, con el fin de protegerlos de futuras especulaciones.
Mediante Decreto del 14 de diciembre de 1825, se ordenó repartir entre los indígenas todas las tierras que no fuesen propiedad privada en el cual se establece el respeto y protección por parte del gobierno a los propietarios que disponían de justo título sobre las tierras.
Mediante Decreto del 22 de diciembre de 1825, se sustituye el «tributo» impuesto a los indígenas por el impuesto establecido para todos los ciudadanos causados por sus rentas y propiedades.
El interés demostrado por Bolívar para garantizar en la República Venezolana la libre determinación y la seguridad ante la intromisión extranjera, condujo a la adopción de providencias y propuestas de leyes tendentes a la organización y dotación del Ejército y a su desarrollo como institución que salvaguarda la seguridad exterior y la preservación del orden interno.
En Venezuela hasta el año 1935 predominan las asociaciones de carácter corporativo y de protección recíproca entre sus miembros asociados (gremios), en muchos casos cumpliendo un doble objetivo; por un lado, la atención a la necesidad y, por otro, la lucha reivindicativa para reducir las condiciones laborales que hicieron posible su aparición, ejemplo de ellos tenemos: el Gremio de Alpargateros del DF. (1919) y el Gremio de Choferes de Carúpano (1924).
Considerando la influencia de la OIT y el avance en la normativa jurídica laboral para 1928, durante el gobierno del General Juan Vicente Gómez se promulga en Venezuela la primera Ley del Trabajo, la cual no logra aplicarse. Para 1930, se crea la nueva estructura del Ministerio de Salubridad y Agricultura. Se transfiere la Dirección de Sanidad Nacional a este ministerio, dejando su adscripción «policial» al Ministerio de Relaciones Interiores; durante ese mismo año, se crea en el ámbito privado la Policlínica de Caracas y en el sector defensa la Dirección de Sanidad Militar.
Después de la muerte de Juan Vicente Gómez (1935), se desarrolla un periodo de evidente impulso de los derechos políticos y sociales. Para 1936, se promulga la segunda Ley del Trabajo que recoge reivindicaciones laborales y sociales dispersas, en su artículo 127 se fundamenta la creación del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales para la atención y protección de los trabajadores y sus familiares.
Durante ese mismo año se crea el Ministerio de Sanidad y Asistencia Social en el país. El 24 de Julio de 1940, se promulga la primera Ley del Seguro Social. En el año 1944 con la creación del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), surge en Venezuela el primer y principal instrumento de Seguridad Social, seguido por la creación de otros institutos de previsión social para otros grupos de trabajadores.
La década de los cuarenta se caracterizó por una expansión de los programas de protección social en todo el territorio nacional, dando soporte al llamado Estado de Bienestar, acelerado por la entrada del periodo democrático en el país y los altos ingresos petroleros, lo cual contribuyó en gran medida a su desarrollo.
Los mejores años del seguro social se concentran en los primeros veinte años de su creación, porque a partir de los años setenta comienza a declinar a pesar de la ampliación de su infraestructura de asistencia médica; sin embargo, las prestaciones restantes se mantienen rezagadas al igual que su gestión administrativa. Actualmente se encuentra entre las instituciones más atrasadas del país.
El seguro social nace con un modelo descentralizado y desconcentrado, pero el centralismo característico de la práctica del gobierno venezolano, lo hizo centralizado, dependiente, clientelista y distante de las necesidades de la población carente de mecanismos que facilitaran la participación y el control de gestión administrativa.
El seguro social en nuestro país ha actuado bajo un esquema limitado de acción, tanto en sus prestaciones como en el ámbito territorial cubierto, lo cual es producto de las características demográficas para la fecha de su creación, del liderazgo gubernamental, político, empresarial, sindical y gremial.
La seguridad social y una de sus principales modalidades, como es el caso de los seguros sociales en Venezuela, ha venido cumpliendo un importante papel en el campo de la protección social de la población; sin embargo, hoy día se encuentra sumergida en una profunda crisis, consecuencia, por un lado a factores demográficos, ideológicos, desequilibrios económicos, sociales, políticos y morales, y, por supuesto, la incapacidad de las instituciones para hacer frente a sus causas y consecuencias.
La discusión sobre la continuidad, viabilidad, eficacia y efectividad del seguro social como instrumento de protección, y, en general, de la seguridad social, ha estado impregnada de intereses contrapuestos que impiden apreciar con claridad las fallas, obstáculos y los aspectos positivos. Los venezolanos por la ineficiencia administrativa gubernamental tendemos a identificar lo negativo con el sector público y lo positivo con el sector privado. La seguridad social es hoy el fruto de un lento proceso de desarrollo conceptual, administrativo y técnico, con avances y retrocesos, que alcanzan su plena expresión durante el Siglo XX.
La seguridad social refleja la evolución de la responsabilidad de los hombres frente a los estados de necesidad; responsabilidad que progresivamente fue ampliándose desde la esfera individual a los grupos sociales, y de éstos a toda la sociedad. Esta transferencia permitió que los métodos o instrumentos utilizados fueran perfeccionándose y dieran paso a la seguridad social, como herramienta de la política social para hacer frente a las necesidades del hombre en su convivencia social, pero en nuestro país los medios de protección aún se encuentran dispersos a pesar de los esfuerzos legislativos, y en la práctica presentan las siguientes características:
La seguridad social es entonces un servicio público, un derecho del hombre, y por tanto una función fundamental del Estado, quién debe suministrarla mediante un sistema que comprenda las obligaciones del Estado, de la sociedad, de las instituciones y asigne los recursos destinados a garantizar la cobertura de las prestaciones de carácter económico, de salud y de servicios complementarios.