Grande y peque�a propiedad territorial
BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Econom�a y Ciencias Sociales

 

MANUAL PR�CTICO DE LA PRODUCCI�N DE LA RIQUEZA

�lvaro de la Helguera y Garc�a

 

 

 

 

 

 

Cap�tulo  IV: Grande y peque�a propiedad territorial
 

Propiedad territorial. � La propiedad, o sea el derecho de dominio sobre el resultado de nuestro trabajo, es una manifestaci�n de nuestra libertad y una confirmaci�n de nuestra personalidad.
La propiedad territorial, puede ser grande o peque�a; pero nunca debe confundirse con el grande o peque�o cultivo, pues la idea de la propiedad difiere mucho de la idea del cultivo.
La cuesti�n de la grande y peque�a propiedad, ha sido muy debatida, mas a pesar de eso, no se ha logrado todav�a determinar el l�mite de su respectiva magnitud ni dar acerca de ella una noci�n evidente.
Gran propiedad.�Por gran propiedad territorial, se entiende com�nmente la posesi�n de un vasto y rico terreno. Sin embargo, la idea de extensi�n o productividad del terreno para la calificaci�n territorial, es simplemente relativa, dependiendo principalmente del criterio de los hombres y de las circunstancias locales, pues para unas personas ser� gran propiedad lo que para otras peque�a, y en unes se reputar� propiedad vasta lo que en otros reducida.
La gran propiedad suele' destinarse al gran cultivo; pero ambos conceptos son independientes, porque puede haber aglomeraci�n de tierras y dispersi�n de labranzas, por efecto de los arriendos y subarriendos parcelarios, en cuyo caso la gran pro-piedad supondr� peque�os cultivos.
La gran propiedad tiene algunos partidarios entre los economistas, porque supone mayor capital y mejores medios para beneficiar la tierra, regarla, desaguarla, abonarla, acotarla y dotarla de las dem�s obras importantes que se necesiten para desarrollar sus condiciones fruct�feras y obtener de ella los productos m�s buenos y abundantes.
Tiene tambi�n sus adversarios, porque origina el grave inconveniente del absentismo, o sea la ausencia del propietario, que con frecuencia prefiere vivir en las ciudades que no habitar en sus terrenos, para gozar en aqu�llas de los placeres bulliciosos que le brindan, con los recursos cuantiosos que �stos le proporcionan.
Peque�a propiedad.---Por peque�a propiedad territorial, se comprende generalmente la posesi�n de un corto o pobre terreno.
No es posible determinar donde concluye la peque�a propiedad y donde empieza la grande, pues no existe ninguna regla ni t�rmino fijo para demarcar su l�mite; as� es que s�lo el criterio concibe su l�nea divisoria, con arreglo a las circunstancias de lugar, tiempo y producci�n.
La peque�a propiedad supone el peque�o cultivo; pero no le impone de una manes a obligada, pues muy bien puede haber aglomeraci�n de labor�os y dispersi�n de terrenos, en virtud de la asociaci�n de propietarios o arrendadores para labrar en com�n diversas tierras contiguas.
La peque�a propiedad tiene sus adeptos entre los economistas, porque es m�s favorable al fomento de la poblaci�n, mantiene mayor n�mero de trabajadores, garantiza el orden de la sociedad civil, va siempre unida al cultivo, y el propietario es el mejor de los cultivadores.
Tiene tambi�n sus impugnadores, porque es m�s dispendiosa la producci�n, m�s rutinarios los procedimientos, m�s dif�cil la divisi�n de operaciones, m�s imperfectos los instrumentos del cultivo, m�s incompletas las mejoras y m�s reducidos los rendimientos del trabajo.

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