MANUAL PRÁCTICO DE LA CIRCULACIÓN DE LA
RIQUEZA
Álvaro de la Helguera y García
CAPÍTULO XIII: EFECTOS DE COMERCIO
Son efectos de comercio, las obligaciones o pro-mesas que por escrito se hacen los comerciantes entre sí, de pagar cierta suma de dinero en plazo determinado, y los cuales pueden pasarse por endoso de unas a otras personas.
El endoso de los efectos de comercio, consiste sencillamente en la transferencia que su tenedor escribe y firma al respaldo de los mismos a favor de otra persona, la cual queda por este hecho con el carácter de dueña del documento y en disposición de cobrar su importe ; siendo de advertir que esas transferencias o endosos pueden repetirse indefinidamente, con lo cual pueden pasar los créditos por muchas manos en breve plazo y con ello verificar-se numerosos cambios en los mercados.
Los efectos de comercio, por su condición de documentos a la orden, representan un verdadero progreso respecto de los vales y las escrituras, porque hacen la transferencia de los créditos sin necesidad de renovar los contratos con requisito embarazosos.
Los efectos de comercio pueden ser muy diferentes por su contenido, pero todos se asemejan mucho en su forma. Los principales son : las letras e cambio ; las libranzas de giro; los pagarés a 1 orden ; los warrants de depósito y otros títulos endosables.
La letra de cambio es el más importante de todos los documentos a la orden, por sus efectos económicos; consiste en el mandato que una persona hace a otra de que pague a una tercera cierta cantidad, en lugar distinto del de la expedición.
La libranza de giro es muy semejante a la letra de cambio, pues también consiste en el encargo que una persona hace a otra, residente en punto distinto, de que pague a una tercera cierto valor recibido; pero es más sencilla en sus formalidades y carece de algunos de sus esenciales requisitos.
Los pagarés a la orden son las obligaciones que suscribe una persona de pagar en su domicilio, por sí misma a otra persona, cierta cantidad en plazo determinado.
Los warrants de depósito son los documentos u recibos que acreditan la estancia de mercancías en los docks, almacenes o depósitos generales de comercio, las cuales pueden ser vendidas sin necesidad de sacarlas del establecimiento, con tal de hacerse constar las variaciones de dueño por medio de endosos.
Las diferencias más esenciales que distinguen entre sí estos efectos de comercio, son : que las letras y libranzas son expedidas en un lugar y por una persona, para pagarlas en distinto lugar y por distinta persona, en tanto que los pagarés son satisfechos en el mismo punto y por el mismo individuo que los expide, y los warrants representan el título de propiedad de géneros almacenados, que pueden enajenarse sin mudarlos de local.
Los resultados económicos de los efectos de comercio son de la mayor importancia para la prosperidad industrial, el desarrollo mercantil y el fomento de la riqueza pública ; pues entre sus inmensas ventajas, figuran principalmente : la de poder los fabricantes y comerciantes cobrar y pagar en otras plazas el importe de sus negocios, sin necesidad de hacer el transporte efectivo del numerario, economizándose con ello tiempo, gastos y peligros; la de poder dar un empleo lucrativo a los capitales disponibles; la de facilitar las transacciones mercantiles y hacer más activo el giro de las mercancías ; por el carácter endosable o transmisible que tienen estos documentos, sustituyendo a la moneda en su circulación ; y la de propagar a otros pueblos, Estados y continentes, las maravillas del crédito.
El uso general y frecuente de los documentos de crédito ha dado origen a una nueva industria, que es la del comercio de las letras de cambio, la cual estudia el curso del mercado, ejecuta todas las operaciones de giro o descuento, y compra o vende las letras por un precio igual, mayor o menor que la cantidad metálica que representan.
El origen de las letras de cambio es antiquísimo, pues además de que el pensamiento de entregar cierta cantidad de dinero en un punto para recibirla en otro debe ser muy remoto por su mucha sencillez, existen algunos datos históricos que acreditan su antigüedad, como el testimonio de Isócrates, según el cual un cliente suyo recibía dinero en Atenas, que su padre pagaba en Ponto; y según también lo escrito por Cicerón, en una de sus cartas, preguntando a Ático si el dinero que necesitase su hijo, que estaba en Atenas, podría remitírselo desde Roma por medio del cambio ; cuyas citas demuestran la existencia de las letras comerciales entre los griegos y romanos, siendo además muy posible que también las conociesen los fenicios.
Algunos creen que la aparición de las letras de cambio tuvo lugar en la antigua Grecia ; otros creen que fue en la época del poderío de los árabes ; otros sostienen que las descubrieron los judíos para ocultar sus riquezas cuando en el siglo XII fue-ron perseguidos en Francia ; otros afirman que las inventaron los gibelinos para trasladar sus bienes al extranjero cuando en el siglo XIII fueron acosados en Toscana, y otros suponen que las originó el deseo de eludir el rigor de las leyes fiscales cuan-do prohibían en la Edad Media la exportación de la moneda.
La opinión más generalmente admitida es que las letras de cambio, reducidas a la sencilla operación de la orden dada de un lugar a otro para pagar a un tercero, se conocen desde la más remota antigüedad; pero revestidas de las formalidades, condiciones y endosos que determinan actualmente las leyes, sólo se conocen desde el gran movimiento comercial que se inició a últimos del siglo XV y en los albores del XVI.
Los diversos signos de la moneda acusan notables diferencias que les distinguen entre sí, o sea a unos de otros.
El conjunto de todos los signos presenta a su vez esenciales diferencias que les distinguen de la moneda.
Las diferencias que principalmente distinguen los signos entre sí, son las siguientes :
1.a Los signos metálicos se diferencian de los signos en papel por su propia naturaleza, o sea por la materia de que están formados, pues aquéllos son de metal y éstos son de papel. Se diferencian también en que los metálicos tienen algún valor real, aunque sea muy inferior al nominal, merced al que posee por sí mismo el cobre, bronce o níquel de que estén compuestos ; mientras que los de papel carecen en absoluto de valor real o le tienen ca-si nulo, puesto que su materia componente es sólo un pedazo pequeño de papel, que nada vale desde el momento en que carece de confianza, de seguridad o de crédito.
2.a Los diversos signos metálicos se diferencian unos de otros por los diversos metales de que están fabricados, y también por el valor intrínseco que tiene cada uno de ellos.
3.a Los signos en papel se diferencian unos de otros por las diversas condiciones, cláusulas y obligaciones que son peculiares a cada uno de ellos, según que sean letras, pagarés, warrants, etc.
Las diferencias que principalmente distinguen los signos de las monedas, son las siguientes:
1.0 La moneda posee siempre un valor real o intrínseco, constituido por la cantidad de metal precioso de que está formada, mientras que el signo carece en absoluto de ese valor, o le tiene en cantidad pequeñísima.
2.0 La moneda se acepta siempre por todo su valor representativo, o descontando únicamente la parte de desgaste o de metal vil empleado en In aleación, mientras que el signo se rehúsa o admite por un valor que varia con arreglo al mayor o menor grado de confianza que inspira en el mercado.
3.0 La moneda tiene un valor nominal que se aproxima mucho al valor real, puesto que la des-proporción entre ambos está constituida por los gastos de acuñación; mientras que el signo tiene un valor ficticio, muy distante del verdadero.
4.0 La moneda es el intermediario ordinario de los cambios, mientras que el signo es un recurso de que se valen los pueblos para hacer frente a sus necesidades apremiantes.
5.0 La moneda es casi una medida del valor, por-que el oro o la plata de que está fabricada sufren ligeras alteraciones, mientras que el signo está muy sujeto a los vaivenes u oscilaciones del crédito v carece por lo tanto de la utilidad que da a la moneda su valor efectivo.
6.0 La moneda lleva siempre en sí misma, como garantía, la prenda de su valor efectivo o equivalente, mientras que el signo se acepta por pura confianza y no lleva consigo su prenda, garantiza ni equivalencia.