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El Retorno del Dinar de Oro

' Umar Ibrahim Vadillo

Transferencia de deudas en la ley Islámica

El caso de una deuda por una deuda

 

 

Una deuda por una deuda significa que alguien intercambia una deuda que se le debe por otra que debe ser pagada por él.

Una deuda no puede ser usada como medio de intercambio, porque su uso transformará todas las transacciones a plazo, que son halal (permitidas), en algo haram (prohibidas).

"Dice Málik: 'si alguien anticipa oro o plata a cambio de determinados animales o bienes que son entregados antes o después de la fecha, no hay daño en que el comprador venda esos bienes al vendedor a cambio de otros bienes a ser tomados inmediatamente y no a plazo, sin importar cuál sea la cantidad de esos bienes, salvo en el caso de los alimentos porque no es halal vender alimentos antes de tener la completa posesión de ellos. El comprador puede vender esos bienes a alguien distinto de la persona de quien los adquirió a cambio de oro o plata u otros bienes. Toma posesión de ellos y no lo aplaza, porque si lo aplaza es desagradable y se entra en una transacción no aprobada de plazo contra plazo. El plazo contra plazo es vender deudas debidas por un hombre a cambio de deudas debidas por otro hombre'" (Al Muwatta, Libro de las transacciones comerciales, 79).

"Málik dijo: 'No hay inconveniente en todo aquello que es tomado tal como está, como la leche fresca y los dátiles cosechados frescos, que el comprador puede tomar diariamente. Si el suministro se interrumpe antes de que el comprador tenga aquello por lo que ha pagado, el vendedor le devuelve la porción de oro que se le debe, o de otro modo el comprador toma bienes de él hasta el valor de lo que se le debe y acerca de los cuales existe acuerdo mutuo. El comprador debe permanecer con el vendedor hasta que los ha tomado. No está aprobado que el vendedor se retire porque la transacción caería entonces en la categoría prohibida de deuda por deuda'" (Al Muwatta, Libro de las transacciones comerciales, 26).

"Málik dijo: 'el modo de hacer las cosas entre nosotros respecto de alguien que efectúa un anticipo a cambio de comestibles a un precio determinado hasta una fecha dada, y la fecha llega y encuentra que el vendedor no tiene suficiente de lo que le ha vendido para concluir la operación, por lo cual revoca la venta, es que debe recibir en devolución sólo la exacta cantidad de oro o precio que haya pagado. No compra ninguna otra cosa del hombre por el mismo precio hasta que haya recibido lo que pagó. Esto porque si toma algo diferente del precio que pagó, o lo cambia por otros bienes distintos de los que ha comprado, estaría vendiendo comestibles antes de disponer de ellos'". (Al Muwatta, Libro de las transacciones comerciales, 49)

Acerca del comerciar generalmente con recibos (deudas).

El comerciar generalmente con deudas no restringidas a casos particulares, es usura y es haram.

Zayd ibn Thabit, uno de los Compañeros del Mensajero de Alla, la paz y las bendiciónes de Allah sean con el, hizo haram el comercio con recibos. Dijo que es usura: "Yahya me relató de Málik que oyó que los recibos eran dados a la gente en tiempos de Marwán ibn al Hákam a cambio de productos del mercado en al-Jar.

Compraban y vendían los recibos entre ellos antes de la entrega de los bienes. Zayd ibn Thabit y uno de los Compañeros del Mensajero de Allah, la paz y las bendiciones de Allah sean con él, fueron donde Marwán ibn al Hákam y le dijeron:

'¡Marwán! ¿Haces tú que la usura sea halal?' Dijo: '¡Allah me proteja! ¿Qué es eso?'. Dijo: 'Estos son recibos [sukuuk ] que la gente compra y vende antes de la entrega de los bienes'. Marwán envió entonces guardias para que los siguieran, los tomaran de las manos de la gente y los devolvieran a sus propietarios" (Al Muwatta, Libro de las transacciones comerciales, 44).


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