Del lat�n "iuris prudentia" se conoce como jurisprudencia al conjunto de conjunto de las sentencias de los tribunales y a la doctrina que contienen. El t�rmino tambi�n puede utilizarse para hacer referencia al criterio sobre un problema jur�dico que fue establecido por sentencias previas y a la ciencia del derecho en general. El estudio de las variaciones de la jurisprudencia a lo largo del tiempo es la mejor manera de conocer las evoluciones en la aplicaci�n de las leyes.
En el Derecho anglosaj�n es una fuente de importancia, debido a que los jueces deben fundamentar sus decisiones o sentencias judiciales mediante un estudio minucioso de los precedentes.
En el Derecho continental, la jurisprudencia es tambi�n una fuente formal, aunque var�a sustancialmente su valor y fuerza vinculante de acuerdo a las legislaciones locales de cada pa�s.
En Espa�a, la jurisprudencia no est� considerada como fuente de derecho, aunque se tiene en cuenta como un complemento del ordenamiento jur�dico. La jurisprudencia se constituye a partir de dos Sentencias que interpreten una norma en igual sentido, emanadas del Tribunal Supremo. Las que no cumplen estas requisitos, se las conoce como "Jurisprudencia menor", pero no tienen efectos vinculantes ni constituyen autentica jurisprudencia.