El joint-venture es un anglicismo que puede traducirse como "Asociación de empresas"; "emprendimiento conjunto"…..
Consiste en la unión (en capital y riesgo) de dos empresas independientes para realizar un proyecto entre las dos. Ambas mantienen su independencia en todo lo demás. Se forma por contrato de acuerdo en el cual cada socio asume responsabilidad ilimitada por las deudas de la organización.
Estas formas asociativas, son utilizadas en general, por empresas que tienen intereses en común, y que por presentar carencias o dificultades para lograr un fin específico, no pueden encarar individualmente el proyecto. Otra razón de peso sería que resolvieron que el trabajo compartido hace más eficiente el uso de los recursos.
Entre sus características, cabe enumerar las siguientes:
- No existe ninguna regulación específica al respecto de los Joint Ventures.
- Los socios de un Joint Venture deben tener equidad, según un método de proposición cerrada que ellos mismos impongan.
- Las partes interesadas deben acogerse a los límites de un plan que ellos mismos implementen, estableciendo qué aportará cada uno al proyecto y qué esperan de la sociedad de Joint Venture.
En cuanto a los problemas más frecuentes y que pueden llevar al fracaso de un Joint Venture:
- La adaptación a una cultura distinta, en el caso de Joint Ventures extranjeras.
- Deficiente integración y comunicación entre los socios, propiciando pérdidas.
- Divergencia en cuanto a los objetivos estratégicos.