Acto o negocio jurídico de Derecho de familia que tiene como principal efecto el de otorgar al menor de edad el estado civil de emancipado, que le permite regir su persona y bienes como si fuera mayor, aunque con determinados límites en la esfera patrimonial.
La emancipación se consigue automáticamente por el matrimonio del menor, por concesión de los que ejercen la patria potestad y por concesión judicial cuando el menor es mayor de dieciséis años en ambos casos; de hecho, cuando siendo mayor de dieciséis años el menor viviera de forma independiente con el consentimiento de sus padres.