Cuentas que pueden formular aquellas sociedades en las que concurran, a la fecha de cierre de dos ejercicios consecutivos, como mínimo, dos de las siguientes circunstancias:
1) Que el total de las partidas de activo no supere 9.495. 991, 49 €
2) Que el importe neto de su cifra anual de negocios no supere 18.991.982, 49 €
3) Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a doscientos cincuenta.
Esta cuenta se realiza siguiendo un esquema abreviado consistente en agrupar en una sola partida de gastos, denominada "Consumo de explotación" tres partidas del esquema previsto para la cuenta ordinaria de pérdidas y ganancias (reducción o aumento de las existencias de productos terminados y en curso de fabricación, consumo de materias primas y otras consumibles y otros gastos externos), así como aunar en una sola partida de ingresos, denominada "ingresos de explotación", otras tres partidas previstas para la cuenta ordinaria de resultados.