Contra el hambre de la Litera
Es cosa de todos sabida que nuestra Cámara (1) se fundó con el único exclusivo objeto de fomentar los intereses de la comarca por el medio principalmente de promover la ejecución de sus proyectos de canales y pantanos de riego por el Estado, sin que en el ánimo de sus iniciadores ni en el de los que secundaron su pensamiento entrase idea alguna, la más remota, de medros ó vanaglorias personales. Por eso, lejos de formar con ella una á manera de isla y procurar alejar de sus contornos á las personalidades salientes de la provincia que podían hacerle sombra ó convertirla en feudo ó patrimonio suyo, se dirigió invitación especial á todos aquellos que por uno ú otro titulo tenían el deber moral de coadyuvar á los patrióticos y humanitarios fines de su instituto y prosperarlos, no reparando en banderas políticas, antes bien buscándolas de todo color, por cuanto la suya se avenía con todas y á ninguna contradecía ni estorbaba. Nos conviene recordar aquí que en el número de los invitados y rogados se contaron D. Manuel Camo, D. Lorenzo Alvarez Capra, D. José Moncasi y D. Mariano Pano, y que á este último le hizo saber el Sr. Costa, por conducto de nuestro llorado Vicente Grau, cuando la Cámara se estaba proyectando, que si él era un obstáculo para que dicho señor (D. M. Pano) ingresara en ella, se abstendría de inscribirse como socio. Tendremos ocasión de ir recordando rasgos como este, que atestiguan la elevación y nobleza de sentimientos y el espíritu de civismo, de caridad y de amor al bien y á la causa pública que presidieron al nacimiento de nuestra sociedad. Cuanto más tiempo pasa, más claramente se revelan á nuestro espíritu estas dos circunstancias que no podrá olvidar nunca nuestro país: el acierto que los iniciadores y organizadores de la Cámara, el ilustre Monseñor Salamero y D. Joaquín Costa, tuvieron al señalarle como objetivo principal el fomento de los canales y pantanos de riego, y el absoluto desinterés y pureza de motivo con que procedieron desde el principio hasta el fin en la ejecución de su patriótico pensamiento. Igual espíritu alentó en los demás fundadores de la asociación, que se agruparon en torno de aquella bandera redentora, y con él ha vivido hasta hoy, sin desviarse un punto del camino que le habían trazado desde la cuna.
¿Cómo correspondieron al noble y honroso llamamiento de los iniciadores ó de los fundadores de la asociación los aludidos sujetos? Primero, absteniéndose cortésmente de acusar recibo de la carta ó cartas que se les dirigieron; después los más de ellos, declarándose más ó menos abiertamente enemigos de la Cámara, poniendo obstáculos á su acción y haciendo todo lo posible por restarle elementos. No se irritó por eso la Cámara, esperando que el espectáculo de los males que afligían al país les moverían á compasión, haciéndoles mudar de actitud: recuérdese cómo en la Asamblea del año siguiente, 1893, según leemos en el núm. 5 del "Boletín", el presidente Sr. Costa "exhortó á los hombres de partido de la provincia á unirse en el campo neutral de la Cámara para realizar su programa económico, que es común á todos, señalando como modelo que imitar en este respecto al Ayuntamiento de Madrid en los últimos días que precedieron á la caída del partido conservador, y aconsejó al pueblo que les vuelva la espalda si persisten en la actitud, más que indiferente, hostil, que sin motivo alguno han adoptado". El movimiento de interés y de simpatía que despertaron en toda España los actos y las doctrinas de la Cámara, sus lemas y concurso, sus asambleas y meetings en Barbastro, sus gestiones en Madrid, dan la medida de lo que podrían haber logrado, unidos todos, con el propulsor de tal asociación, la palanca de Castelar, tan poderosa, pero virgen aún por lo que á esta provincia respecta, el patrocinio decisivo de Moret, tan fervoroso partidario de la política hidráulica y tan dispuesto siempre en favor de los aragoneses, el influjo de Moncasi en el ánimo del jefe del partido liberal, etc.
Por desgracia todo fué inútil: un mes después de la aludida Asamblea de Barbastro, el más dañoso, por más tenaz, de los enemigos del Alto-Aragón y de la Cámara, seguía á esta á Zaragoza, como tres meses antes la había seguido á Madrid, para desbaratar una vez más sus planes, ya que no había tenido la virtud de asociarse á ellos ó de ponerse á la cabeza del iniciado movimiento de regeneración de la provincia.
A todos estos señores que tuvieron la desgracia de no encontrar en su entendimiento ni en si corazón el modo de conciliar el amor al país con el amor de si propios ni de anteponer aquél á éste, vamos á exhibirles ahora, en muestra, los frutos de la política de secano que han hecho durante un cuarto de siglo y que no quisieron rectificar cuando el país con las más vivas ansias les excitó á ello por órgano de nuestra Cámara.
La siguiente carta, dirigida al Sr. Costa por el vecindario de una villa de la Litera, adherido casi en totalidad á nuestra asociación, no llega ni con mucho á retratar en todo su horror, con ser ya tan negras sus tintas, el cuadro de tristeza, de desesperación y de hambre que presenta ya, y que no sabemos á dónde va á llegar, dentro de pocos meses, aquella infortunada región donde más imperio han ejercido y ejercen los políticos de la provincia. Las reflexiones que la encabezan no son nuestras ni respondemos de ellas: son del diario madrileño La Justicia de donde tomamos la carta (30 Mayo), y llevan por rúbrica en él este expresivo epígrafe, que tan á maravilla compendia la hoja de servicios de los curadores ad bona que se ha dado el Alto-Aragón: "Un país que desaparece."
Dice así el expresado periódico:
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"La siguiente carta que un amigo nuestro ha recibido de una de las principales poblaciones de la Litera, cuyas tierras ha de regar el proyectado canal de Tamarite, (a) de Aragón y Cataluña, viene á revelar á los poderes y á la prensa que es mucho más gravo de lo que habíamos creído todos el mal que padecen los nobles y sufridos labradores del Alto-Aragón, y que no fueron recargadas las tintas de aquel cuadro de miseria y desolación que nos pintaron hace quince días en el meeting de Lérida. A través de ella se percibe ese silencio lúgubre que acompaña á las grandes decadencias y precede á las grandes catástrofes de la historia. La fría y serena indiferencia con que los firmantes plantean y admiten la hipótesis de que se levanten á una voz y se pongan en camino de emigrar al presidio los que no han podido emigrar al extranjero, pone espanto en el ánimo del menos patriota. Aquellas venerables comarcas de Ribagorza y de Sobrarbe, estirpe de iberos, cuna y solar de la nacionalidad aragonesa, antes tan animosas y tan ricas, están agonizando; y ¡ay! las demás provincias españolas llevan camino de quedar convertidas muy pronto en otros tantos Sobrarbes y en otras tantas Ribagorzas.
"¡Ah, Sr. Cánovas, Sr. Sagasta, Sr. Castelar! Estas son otras guerras de Cuba de que tienen ustedes también que responder. Asiduos y celosos colaboradores de la sequía, pueden gozarse en esa obra maldita cuya visión les ha de seguir hasta más allá del sepulcro. Una nación que se disuelve: he ahí el patrimonio que van á dejar como resultado de veinte años de gobierno en medio de una paz como no se ha disfrutado otra igual en España en lo que va de siglo"
La carta es del siguiente tenor:
"Sr. D. Joaquín Costa.
Nuestro respetable amigo: Escribimos á usted por acuerdo de una reunión de esta villa á que muy pocos vecinos han dejado de asistir con objeto de hacerle saber lo que nos pasa y pedirle la limosna de un consejo, conociendo el interés tan grande que se ha tomado siempre por nosotros, y en general por todo este país.
La situación de esta villa-como de todas las poblaciones de la Litera y de Lérida comprendidas en la zona regable del nonato canal de Tamarite -es la siguiente- ha llovido en toda España, menos aquí; de todos modos, habría llegado tarde, porque el trigo no nació, ó se secó á poco de nacer; en catorce años hemos tenido dos medias cosechas; sembramos ya como por máquina, con cinco á seis probabilidades contra una de no coger más de la simiente. No tenemos ya absolutamente nada que comer ni que dar á las caballerías de labor. Como carácter de las épocas de hambre se señala el que las personas disputen la hierba á las bestias: aquí nos falta hasta ese recurso, porque tampoco la hierba ha podido nacer, y no la hay ni para las personas ni para sus yuntas.
Hasta la cosecha del año que viene faltan catorce meses, y es preciso prepararla y sembrarla y estar pendientes de que llueva á tiempo ó de que perdamos otra vez hasta la simiente. ¿Con qué vivimos y con qué mantenemos las yuntas en esos catorce meses? El crédito con que cada uno contaba, se agotó hace años, como todos los demás recursos.
La villa parece un cementerio de sombras, presa de la más sombría desesperación.
De los hombres válidos, unos están en Cuba; los demás han ido emigrando; quedan los ancianos, las mujeres, no todas, y los niños, y una minoría exigua de cabezas de familia útiles para el trabajo: en junto unas mil personas, que la miseria va diezmando y que también emigrarían, ¿pero á dónde?
Hemos sufrido impasibles la ruina lenta de nuestro patrimonio; hemos esperado pacientemente la lluvia, que había de traernos algún pan; hemos luchado más de lo humanamente posible contra esta fatalidad de nuestro cielo; hemos contemplado la muerte de la vegetación: ¿podemos contemplar ahora con igual pasibilidad la muerte de las personas, y sobre todo, de estos pobres niños hambrientos, cuyos gritos desgarran el corazón?
Estamos ya hartos de sufrir y de ver sufrir, y consideramos una cobardía resignarse á la muerte por respetos mal entendidos á leyes injustas ó que no están hechas para casos desesperados como este.
Se nos han llevado la sangre joven á la manigua de Cuba, para pagar las torpezas de los gobiernos; se nos han arrebatado los escasos esquilmos de la tierra, para sostener aquella guerra de que nosotros no tenemos la culpa; pues á quien así ha dado todo lo que tenía, no se le puede exigir que se deje morir, y sobre todo que deje morir de hambre á los ancianos á los niños, á las mujeres. Seria demasiada bajeza y demasiado sacrificio. ¿Y sacrificio en favor de qué?
En la reunión se han manifestado temperamentos muy extremados y radicales, pero por fin solamente hemos acordado lo siguiente: salir en cuadrillas de 40 á 50 á solicitar de buena manera pan y trabajo á aquellos que todavía pueden darlo; si lo niegan ir juntos, viejos, jóvenes, mujeres y niños á tomarlo donde lo haya, y obligar al alcalde ó al mayor contribuyente á que dé recibo de lo tomado, y nosotros se lo demos particularmente á él por lo que á cada uno se reparta, para abonarlo en su día; y si ellos la toman contra nosotros valiéndose de la Guardia civil y de lo que llaman Justicia, y nos llevan á presidio, nos harán un favor, pues cuando menos nuestros hijos no se morirán de hambre.
Hace tiempo que bullía este plan, y no podemos contener ya por más tiempo á la masa, irritada y ciega, que ahora recuerda más que nunca la historia vergonzosa del canal, y que está dispuesta á lo peor que usted pueda figurarse.
Ahora que conoce usted la situación y el estado de los ánimos, denos alguna luz para que podamos salir del modo menos malo con ese proyecto ó con otro, y que no parezca un hecho criminal, ya que de sobra conoce la honradez proverbial de las gentes de esta villa y de toda la Litera. Sobre todo, escribanos pronto.
Algunos de los que firmamos, podríamos tirar aún por algún tiempo, pero no queremos abandonar á la multitud agonizante y desesperada que se vuelve á nosotros y está para lanzarse á los mayores excesos. Indíquenos, si lo hay, un pararayos. En La Cámara del Alto-Aragón hemos leído la carta del Sr. Moret, y como se manifiesta tan decidido protector de Aragón, escribimos también á este señor, en busca de algún arbitrio para calmar y aliviar á esta villa.
Ahora se agitan con meetings, para que se haga el canal, los llamados ricos de este país, porque también ellos han descendido á pobres y ya todos somos iguales. En el pecado llevan la penitencia, pues ellos tienen la culpa, por haber entorpecido la construcción de aquella obra para no perder su influencia y tiranía sobre los pobres, que con el riego se habrían hecho independientes. Lo malo es que lo pagamos también los que no hemos sido pecadores. Si se emprendiesen las obras, la cuestión desaparecería en seguida, porque como la mayoría son braceros, y los labradores saben serlo, y las mujeres y los niños tienen el hábito de los trabajos más rudos, desde el primer día ganarían su subsistencia en la construcción del canal. Pero no hay que esperar que vaya eso tan aprisa, y aquí no es posible aguardar ni una semana más. Desde el año 1832 no se había visto tan gran necesidad.
Esperamos con ansia su contestación. Somos, etc." (Siguen las firmas.)
(2)
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Señores del Ayuntamiento y mayores contribuyentes de...
Han podido ustedes escuchar en la carta que antecede las quejas amargas de sus administrados y convecinos y el llanto de sus mujeres ó hijos, sitiados por una hambre en gran parte artificial y provocada, pues la han engendrado más aún que los rigores del clima, el egoísmo de las clases directoras del país y la falta de aptitudes de nuestros gobernantes para gobernar.
El problema que plantea ante ustedes la presente crisis no es de los que se resuelven con taparse los oídos y atrancar la puerta, porque-ya lo oyen ustedes-los manifestantes están hartos de sufrir y de ver sufrir y han hecho decisión de disputar los cuerpecitos de sus niños al sepulturero, aunque para ello sea preciso emprender ese horrible género de emigración que se habían olvidado de clasificar nuestros colonistas y sociólogos: la emigración al presidio.
He procurado en mi contestación á la carta de ese vecindadario, usar un lenguaje de moderación y de templanza, calmando los ánimos irritados, apuntando fórmulas de concordia; pero no creería cumplir con mi deber si me limitase á eso y no presentara el caso de la consulta por su otra faz, por el aspecto de la justicia. Y esto ya me ha parecido más prudente exponérselo á ustedes y no á ellos.
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Por lo pronto, no cuenten para ocurrir á la dificultad del momento con el recurso del canal, como si la construcción de esta obra estuviera próxima, porque no lo está; y quien los entretenga con tal esperanza, los engaña.
Un periodista de corazón, que tanta falta está haciendo ahora en Zaragoza, el malogrado Rafael de Castro saludó la aparición de nuestra Cámara en su Diario de Avisos de Zaragoza, el día 9 de Septiembre de 1892, con un articulo titulado "El país para el país", en el cual decía cosas tan hermosas como ésta: "El Alto-Aragón está en una aureola de renacimiento: aprovéchela, que esos soles no amanecen todos los años." Desoyeron ustedes esta exhortación, desaprovecharon aquel minuto redentor, y el país siguió siendo para dos ó tres, no para sí propio; y no es fácil que ahora, en la cruel borrasca que corre nuestra patria, se improvise cosa tan grave como la construcción por el Estado del mayor y más costoso de los canales posibles en España, sin relación á plan alguno general.
Grave obstáculo han de oponer hoy á ese género de obras los apuros financieros de la nación, agravados, y tal vez hechos incurables, por la guerra de Cuba; y sin embargo, hay todavía en mi opinión, una dificultad mayor, y es la falta de un plan general de canales y pantanos de riego. Ya en 1883 decía el señor Moret en las Cortes, al discutirse la ley de subvención, todavía vigente: "Si la cuestión no está estudiada, si no está preparada, si los cuerpos facultativos ó no facultativos no han reunido los datos y los elementos necesarios, hay que improvisar la solución, y las improvisaciones son cuando menos ocasionadas á riesgos." "Para esa cuestión ¿qué trabajos preparatorios ha encontrado el Ministro de Fomento? ¿Dónde está la clasificación de nuestras cuencas? ¿Dónde las cantidades de agua? ¿Dónde el estado de relación entre el suelo y la lluvia? ¿Dónde la medición de los niveles de los ríos? Y sin embargo, todo eso era necesario."
Pues tratándose de construir canales por cuenta de la nación, hace falta mucho más: hace falta dilucidar el problema en el terreno de la Economía y de la Hacienda pública, analizándolo desde el punto de vista de las condiciones sociales del país (qué comarcas están preparadas ya y dispuestas á recibir riego, con prácticas de él y capital suficiente; cuales son susceptibles de colonización, etc.),-desde el punto de vista financiero (dónde y cómo pueden representar un interés remunerador al capital los aumentos de tributación, el canon del agua ó la participación en el aumento de valor del suelo, etc.),-y desde el punto de vista jurídico (si es conforme á justicia quintuplicar con el dinero de todos el valor inmobiliario de algunos sin que la nación participe de ese aumento; si es preferible para los terratenientes y para él Estado ó las Empresas constructoras esa participación, satisfecha en especie-tierra,-incorporando en tal caso la propiedad del agua á la del suelo, como está en casi todas nuestras provincias levantinas-al pago de un canon anual como precio del agua consumida; si es justo declarar obligatorio el riego y expropiable la tierra que su dueño no quiera ó no pueda regar; colonización de las tierras expropiadas y de las comunales á que alcance el beneficio del agua, etc.)
A aclarar estos puntos obscuros y otros muchos que suscita el problema del aprovechamiento de las aguas fluviales y de lluvia en la agricultura, iba encaminado el proyecto de ley sobre plan general de canales que hemos dado á conocer en el número de la semana anterior y que tenemos por una condición previa esencial para que las Cortes se decidan á votar el crédito indispensable á la construcción de los canales del Cinca, como una obra nacional. A lo sumo, podrá suceder que el esfuerzo aunado de los diputados y senadores aragoneses consiga ahora alguna pequeña cantidad de Fomento para dar ocupación una temporada á las muchedumbres famélicas de la Litera; pero todavía este paliativo es lo bastante hipotético é inseguro para que deban ustedes obrar como si no hubieran de alcanzarlo.
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Hemos quedado, señores concejales y pudientes, en que sus convecinos pobres, que son casi todo el vecindario, no tienen nada que comer; y que no están dispuestos á ceñirse una correa al vientre y dejarse morir en un rincón.
En circunstancias casi y aun mucho menos calificadas, como que el caso se repite casi todos los inviernos, los hacendados andaluces se reunen en la Casa consistorial y se reparten equitativamente los braceros, para pagarles un jornal, necesítenlos ó no, mientras dura la crisis del trabajo. Como ejemplo típico señalo la ciudad de Alcalá la Real.
Otro medio que se está generalizando muy rápidamente, es el de las "cocinas económicas" y "comedores de la caridad". Como las judias, arroz, tocino, harina, combustible y demás se compran en grandes partidas, en el lugar de la producción, y la olla se cuece toda á una sola lumbre, las raciones salen baratísimas y se salva una crisis por muy poco dinero. Como me gusta no hablar nunca en abstracto, cito como ejemplo la ciudad de León, en la cual todos los inviernos se enciende la cocina económica, sostenida por suscripción. También la hay en Zaragoza. Lo ordinario, en las ciudades, es que las raciones, sustanciosas y abundantes, se expendan á 10 céntimos; pero se reparten bonos entre los más pobres para obtenerlas gratis. Este arbitrio es el que aconseja el Sr. Navarro Reverter para remediar el hambre y conjurar los desórdenes que podrían ser su consecuencia. En su número de 26 de Abril último, un periódico de Madrid, El Imparcial, escribía lo siguiente:
"Muy satisfecho se manifestaba ayer el Ministro de Hacienda por una carta que ha recibido de D. Mariano Vergara, quien desea contribuir á salvar la crisis de miseria que amenaza al país en el próximo invierno por la pérdida de cosechas que ocasiona la sequía. Al efecto, ofrece establecer por su cuenta en los pueblos de Cabezas de Torres y Churra (Murcia) comedores de la caridad, sostenidos también por él, donde diariamente podrá facilitarse comida á 300 pobres.
Decía el Sr. Navarro Reverter que por este medio podría conjurarse el aspecto más apremiante de la crisis, si muchos imitan el ejemplo del Sr. Vergara y se forman en cada localidad juntas encargadas de realizar esta obra benéfica. Si los fondos de la suscripción pública-añadía-no bastan, entonces podría acudirse al gobierno ó á las Corporaciones provinciales y municipales para que ayudaran á tan benéfico fin."
Sin duda ninguna les conviene á ustedes seguir el consejo del Sr. Navarro Reverter, imitar el ejemplo del Sr. Vergara; y cuanto antes mejor. Así se propone hacerlo la Junta de la Cámara, de acuerdo con el caritativo Prelado y con la Corporación municipal, cuando llegue el caso. Claro está que lo del auxilio del Gobierno y de las Diputaciones provinciales para el sostenimiento de comedores de la caridad es una utopia; pero no así el que la municipalidad supla los déficits de la suscripción. Ya la ley Municipal, elevando á precepto una recomendación de la Real orden de 29 de Febrero de 1860, dispone en su art. 134, § 7.º, que los presupuestos anuales ordinarios contengan precisamente "una partida para imprevistos y calamidades públicas". No existiendo, como no existirá probablemente tal partida en el presupuesto ordinario de esa villa, seria preciso que el Ayuntamiento formara uno extraordinario provisional, ejecutivo, desde luego sin otro requisito que la aprobación de la Junta municipal, en el límite marcado por el artículo 151, mientras se tramita otro más amplio con las formalidades ordinarias. Y no siendo posible ó suficiente tal presupuesto, necesariamente habrán de acudir á un empréstito, con garantía personal de ustedes para evitar el expediente. Me adelanto á reconocer que no será tarea fácil dar con un prestamista ordinario en esas condiciones, tratándose de una hacienda municipal tan averiada como esa y de un vecindario tan agotado y tan en los extremos, donde es obra de romanos cubrir el más modesto presupuesto ordinario; pero hay fuera de la población opulentos capitalistas que están obligados para con ella, que la profesan entrañable cariño y que otras veces la han favorecido con esplendidez; y no vacilarán en aceptar la cualidad de acreedores de la municipalidad.
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El proyecto apuntado en la carta, de tomarles á ustedes trigo y cebada á préstamo sin contar con su beneplácito y voluntad, no debe inquietarles sobre medida, tal como si amenazara caer sobre la villa una especie de apocalipsis socialista ó amagase una nueva edición de la Terreur. Bien decía el Sr. Silvela en el Congreso la semana pasada que el socialismo no es problema todavía en España. Ese proyecto trae á la memoria cierta manera de expropiación por causa de utilidad pública, y aun por causa de utilidad privada, que el Estado se ha atribuido siempre en España como prerrogativa inherente á su soberanía, consistente en liquidar las deudas de los particulares, unas veces, mediante indultos y rebajas; otras, mediante concesión de moratorias para el pago, sin contar con el acreedor. Saben ustedes que una moratoria ó espera forzosa y un préstamo ó anticipo forzoso, en el fondo son una misma cosa. El Código de las Partidas, tomándolo del de Justiniano, atribuía á la autoridad pública el derecho de prorrogar los plazos de las deudas, sea mediando justa causa (pobreza de los deudores, necesidad de sus servicios en la guerra), sea sin ella, por el puro arbitrio y gracia del rey (ley 33, título 18, Partida III). De esta facultad se hizo uso muy frecuente, señaladamente en favor de los labradores por causa de malas cosechas. De ello á reducir el capital de la deuda sólo mediaba un paso, y el Gobierno lo dió, otorgando quitas ó reducciones, tales como la de un tercio, otorgada en las Cortes de Burgos de 1315; de un cuarto, con espera para el pago del resto, en las Cortes de 1329, etcétera. Las Cortes y los reyes, iban todavía más lejos de lo que querrían ir los convecinos de ustedes, quienes se dan por contentos con un préstamo forzoso de granos por todo su valor. Los legistas é intérpretes de las leyes en los siglos XVI y XVII, tales como Antonio Gómez, Acebedo, Alvarez de Velasco, Salgado, Balmaseda, etc., debatían largamente las condiciones de las moratorias, pero ninguno puso en duda la facultad que se arrogaba la potestad secular para concederlas, ora á un particular, ora á todo un pueblo. Añádase la venta forzosa de granos, decretada con repetición desde Felipe II hasta Carlos III; y el préstamo forzoso de caudales practicado en grande en el siglo XVI, cuando el rey embargaba sus capitales á los pasajeros y mercaderes que volvían de Ultramar, dándoles en cambio títulos de la deuda amortizable, esto es, convirtiéndolos de capitalistas opulentos en modestos rentistas.
Tal vez juzgarán ustedes que eso ya pasó con el régimen absoluto; lo mismo pensaba el Sr. Cárdenas, quien en su "Historia de la propiedad" afirma que "al fin esa prerrogativa ha desaparecido por completo en nuestros días, al saludable influjo de los principios que consagran la independencia y la libre disposición del dominio"; pero, ¡ay! corren malos vientos para los tales principios; y he aquí que las Cortes, en pleno año de gracia de 1895, por leyes que llevan la fecha de 25 de Abril y de 5 de Junio, resucitan aquella antigua jurisprudencia, concediendo á los militares en campaña tres cosas, moratoria forzosa para el pago, reducción de intereses y reducción de la garantía, es decir, una expropiación en toda regla y sin indemnización; y todo, por supuesto, sin contar con el acreedor y contra su voluntad. Si pareciese viejo el precedente porque cuenta un año de fecha, recordará que hace menos de un mes, en 18 de Mayo último, la Gaceta de Cuba publicó un decreto concediendo una prórroga para el pago de los créditos hipotecarios hasta el 30 de Abril de 1897, fundado en las mismas razones que tuvo Federico Guillermo, rey de Prusia, en 1807, para decretar una quita y espera general, en favor de los hacendados, para el pago de sus deudas: paralización de los negocios, pérdidas ocasionadas por la guerra, etc.; las mismas en que se fundan algunos órganos del partido católico de Austria-Hungría, al decir de Say, para señalar las moratorias como uno de los remedios á la crisis agrícola y territorial que aflige en estos momentos al antiguo mundo.
Excuso decir á ustedes que si la espera forzosa y el préstamo forzoso son en el fondo una misma cosa, una guerra como la de Cuba y una sequía como la de la Litera no se diferencian, como motivo, absolutamente en nada, como no sea que la sequía es todavía más asoladora y justificaría más la medida, cuando reviste tanta intensidad y dura tanto tiempo como la que aflige á esa provincia.
Con relación á ella, he considerado siempre los canales como un medio de resolver por ahora y para mucho tiempo la llamada cuestión social, la cuestión de pobres y ricos, fundándome en un orden de razones que tengo repetidamente expuesto desde hace muchos años, la última vez en los meetings de Fonz y de Monzón. En ellos hube de dolerme de que los ricos hubiesen hecho, por lo general, y siguiesen haciendo, con muy raras excepciones, la causa de la sequía con su política antihidráulica, contraria á los intereses del pueblo y á sus propios intereses, sacrificando las ventajas económicas en aras de las políticas; resignándose á vivir con solo un ojo en la cara con tal que los pobres careciesen de los dos. Pues sólo por esto se me tachó de "socialista, anarquista y comunista" (sic), nada menos que en letras de molde. Y alguna vez me he preguntado que habrían dicho de mí á no ser yo tan conservador y haber proclamado, pongo por caso, el derecho de hurtar, en circunstancias tan aflictivas y calamitosas como las que atraviesa esa villa. Les habría parecido poco desollarme vivo por mano de verdugo. Y sin embargo... En 1604, el famoso autor del Veriloquium, Cerdán de Tallada, caballero del Consejo de S. M., imprimía en Valencia, previa licencia dada por el Vicario del Patriarca Arzobispo y el Fiscal del Consejo del Rey, que la habían reputado "obra muy provechosa y de buena doctrina", su "Recopilación de los privilegios que tienen por derecho los pobres y miserables personas"; y á la página 498, con los números de orden 39 y 40, pone estos dos: "En tiempo de necesidad, vemos también que la Santa Madre Iglesia puede mandar á los ricos que hagan limosna á la gente necesitada y pobre, porque no perezca y se muera, porque entonces omnia bona sunt comunia". "Aunque el hurtar sea tan abominable delicto, y tan infame, todavía, si una persona estuviese en tanta necesidad que no tuviese que comer, y hurtasse pan, ú otra cosa commensurable á su necesidad, y si estuviese desnuda, y por la mesma necesidad hurtasse alguna cosa para poderse cubrir sus carnes, seria escusado [quiere decir absuelto y sin pena], así en el juizio exterior [quiere decir ante los Tribunales de justicia] como interior del alma. Y yo lo he visto en práctica, que uno, en un año que había mucha falta de pan y tenía muchos hijos, salió á un panadero que volvía el pan del horno, y fué preso, y la justicia le sacó libre." No hay que decir que Cerdán de Tallada autoriza estos dichos con citas de los Glosadores
(3).
¿Ranciedades, con peluca de trescientos años? No. EI cardenal Manning († 1892), el hombre más venerado en el orbe católico, después del Papa, por la santidad de su vida y la profundidad de su saber, en un artículo, que tuvo inmensa resonancia, publicado en la Fortnightli Review, sostuvo el derecho al hurto "como un complemento necesario del derecho á la existencia, en aquellos países donde el Estado no tiene organizado el derecho á la asistencia". Y no ha sido el único prelado católico de su opinión, bastando recordar al egregio Monseñor Lynch, arzobispo de Toronto (Canadá), en cuyo sentir, la doctrina sobre el derecho al hurto en los casos de extrema necesidad está perfectamente de acuerdo con la moral del Evangelio. "Los pobres irlandeses que se morían de hambre (añade), sin duda alguna estaban autorizados para apoderarse del grano que se exportaba en beneficio de los propietarios. El arzobispo de Mac Hale ha predicado abiertamente esta ley primordial de la naturaleza. La necesidad es una ley. Y esta ley es la obligación que todo hombre tiene de salvar su vida, ley que predomina irremisiblemente sobre todas las demás. Ninguna ley merece propiamente el nombre de tal si prohibe á un hombre que ponga á salvo su propia vida. (Catholic Times, 1888.)
*
Tal vez quieran ustedes preguntarme á qué vienen estas reflexiones; y se lo voy á decir.
Una pensadora ilustre, á cuya memoria la nación agradecida ha erigido una estatua al año siguiente de su muerte, Concepción Arenal, pone como remate á sus famosas "Cartas á un obrero y á un señor", libro que ha dado la vuelta á Europa, estas memorables palabras: "Los pobres españoles, en general, no aborrecen todavía á los señores, pero los aborrecerán si éstos no se hacen amar de ellos; y después del día del odio viene el día de la ira."
Necesitan ustedes hacerse amar de los pobres. ¿De qué manera? Sencillamente. Cumpliendo con sus deberes para con ellos. Ni en circunstancias ordinarias es ya licito encerrarse en su concha, dejando que cada cual se las arregle como pueda; cuanto menos en ocasión de una calamidad pública tan aflictiva como la que ha motivado esta carta. Es preciso que saquen ustedes, siquiera por un momento, las consecuencias sociales del cristianismo; suspendiendo el régimen pagano imperante, cuando menos hasta la primera cosecha. Para conjurar el socialismo destructor, no hay quizá, dentro del derecho público vigente en Europa, más que un solo camino: oponerle lo que el gran arzobispo de Westminster llamaba socialismo constructivo, el socialismo cristiano; buscar una fórmula de renovación en el catecismo; sacar de la escuela á la vida las obras de misericordia, que un día estampan nuestra Cámara en los lemas de la Asamblea celebrada en la plaza de la Constitución "Los pobres deben respetar la propiedad de los ricos (decía Balmes en su "Protestantismo comparado con el Catolicismo"); pero los ricos, á su vez, están obligados á socorrer el infortunio de los pobres." ¿En qué tanto y por qué? Se lo dirá á ustedes San Crisóstomo: "Dios, al darnos las riquezas, nos ha confiado un depósito, del cual nos pedirá cuenta, convirtiéndonos en administradores de ellas para distribuirlas entre los pobres... Las riquezas son buenas cuando se dedican á su objeto, invirtiéndose en obras de misericordia, que son obras de justicia; y son malas, cuando no se distribuyen á los pobres con profusión; el cargo del rico es la administración de los bienes del pueblo, y cuando no los distribuye, roba lo ajeno, sufriendo un duro castigo como administrador infiel."
Esta doctrina, que peina canas de tantos siglos, que había tenido su iniciación mucho antes con Aristóteles, ha sido remozada en nuestros días, desde dos campos bien distintos, por S. S. León XIII y por Mr. Carnegie y Gladstone.
El Papa, en su Encíclica Rerum novarum de tan gran resonancia, que lleva la fecha de 15 de Mayo de 1891, después de dejar consignado el derecho á poseer algunos bienes en particular, dice: "Mas si se pregunta qué uso se debe hacer de esos bienes, la Iglesia sin titubear responde: Cuanto á esto, no debe tener el hombre las cosas externas como propias, sino como comunes, es decir, de tal suerte, que fácilmente las comunique con otros cuando éstos las necesiten. Por lo cual dice el Apóstol: manda á los ricos de este siglo que den y que repartan liberalmente." Dos años antes, un americano, Andrés Carnegie, el primer fabricante de hierro del mundo, que ocupa en sus fraguas 20.000 operarios, había publicado en la Revista Norte Americana un articulo titulado "El Evangelio de la riqueza", reimpreso luego en forma de folleto, del cual se vendieron en Inglaterra arriba de 50.000 ejemplares en pocos meses, y que provocó escritos de Gladstone, de los cardenales Manning y Gibbons, del gran rabino Hermann Adler y del ministro protestante Price Ughes. Para el opulento industrial yankée, según el extracto de su trabajo que hace Azcárate en un importantísimo discurso del Ateneo, los deberes del hombre acaudalado son: primero, dar ejemplo de una vida modesta y sin ostentación; segundo, satisfacer con moderación las legítimas necesidades de los que dependen de él; y tercero, considerar todos sus ingresos como un depósito fideicomiso, que tiene la obligación de administrar del modo adecuado para que produzca á la comunidad los frutos más beneficiosos que sea posible; viniendo así el hombre rico á ser un mero agente de sus hermanos pobres, á cuyo servicio pone sus luces superiores, su experiencia y su habilidad, obteniendo de ese modo para ellos un bien mucho mayor que el que les sería dado alcanzar por sí mismos.
Esta doctrina, que Carnegie autoriza con el ejemplo, practicándola, fué ensalzada por el cardenal y por el rabino, hallándola conforme aquél con el Nuevo Testamento y éste con el Antiguo, y abrazada con entusiasmo por el eminente estadista, jefe del partido liberal inglés, quien al punto invitó al público de su país á fundar una asociación cuyos miembros se comprometieran á invertir en provecho de sus semejantes el diezmo siquiera de sus ingresos, que era la parte mínima que los hebreos estaban obligados á invertir en fines religiosos y caritativos (en cuya práctica perseveran), y que es también la parte de los ingresos de la hacienda municipal, destinada por la ley española, articulo 134, á obligaciones análogas.
¿Tendré que decir á ustedes, señores concejales, que la recomendación de la Real orden citada de 1860 y el precepto de la ley municipal, que llevan implícito el reconocimiento del "derecho á la asistencia" en favor de los pobres, constituye en ustedes un deber cristiano? El preclaro pontífice en la Encíclica de 1891 lo ha declarado bien terminantemente: "Debe la autoridad pública tener cuidado conveniente del bienestar y provechos de la clase proletaria; de lo contrario, violaría la justicia, que manda dar á cada uno su derecho." "Erige la equidad que la autoridad pública tenga cuidado del proletario, haciendo que le toque algo de lo que aporta él á la común utilidad, lo cual, con casa en que morar, vestido con que cubrirse y protección con que defenderse de quien atente á su bien, le permita con menos dificultades soportar la vida." "Deben los que gobiernan proteger á la comunidad, pues á ellos ha confiado la naturaleza la conservación de la comunidad en tal manera, que esta protección ó custodia del público bienestar es no sólo la ley suprema, sino el fin único, la razón total de la soberanía que ejercen." "Si alguna familia se hallase en extrema necesidad y no pudiera valerse ni salir por si de ella en manera alguna, justo sería que la autoridad pública remediase esta necesidad extrema, por ser cada una de las familias una parte de la sociedad." "El pobre pueblo, como carece de medios propios con que defenderse, tiene que apoyarse grandemente en el patrocinio del Estado: por esto, á los jornaleros, que forman parte de la multitud indigente, debe con singular cuidado y providencia amparar el Estado."
Ultimamente, no olviden ustedes, hacendados y concejales, que "sustentar la vida es deber primario natural, común á todos, y faltar á este deber es un crimen", como se lee en la misma citada Encíclica, condenando la libertad de pactar los salarios ó jornales en cuanto el operario podría verse obligado á aceptarlos tan bajos, que fueran insuficientes para sustentarlo, y dicho se está que para sustentarlo así en los días de escasez y de crisis como en los días prósperos. San Agustín, menos ligado á consideraciones de prudencia que el venerable Pontífice actual, había sacado á esta doctrina una consecuencia tan lógica como terrible: "El hombre está obligado por ley primordial de la naturaleza, á conservar su propia vida, y el que le impide hacerlo lo mata." Lean ustedes eso, que bien vale la pena; y cotéjenlo con aquellas viriles protestas de San Gregorio Magno en su Régimen pastoral: "quien retiene para sí bienes que habrían podido mitigar los sufrimientos de los pobres, puede decirse que mata cada día tantos como habrían podido sustentar, etc."; y recuerden que nuestro Código penal consagra el derecho de defensa.
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Cuanto llevo dicho se encierra en un solo mandamiento: ser cristianos prácticos; eso que el virtuoso y respetable canónigo oscense D. Valero Palacín afirmaba en sus libros que no es ya el español, el cual, en su sentir, no se distingue del judío, del mahometano ó del gentil ni siquiera por las prácticas exteriores.
Tal vez no hayan sido ustedes del todo cristianos, en punto á reconocer "los deberes de la riqueza y los derechos de la pobreza", que dice el insigne Azcárate; ustedes deben decidirlo, jueces de sí propios; hagan examen de conciencia y si por ventura encuentran (que no será difícil) que alguna vez postergaron á sabiendas el bien de la comunidad á miras egoístas, personales ó de familia, pecando por acción ó por omisión verbigracia, ya que estamos en ello, en los expedientes del canal, ó en la organización del socorro mutuo, ó en las contiendas electorales; si resulta que no han hecho por los desvalidos y menesterosos lo que como cristianos y como caballeros y hombres de honor les debían, ó tal vez, encima de eso, que lejos de auxiliarles y de consolarlos, los han humillado y oprimido, les han vendido como favor lo que eran agravios á su derecho, han hecho fuerza cobardemente sobre su ánimo, ora con amenazas, ora con dádivas, ora con sobornos, abusando de su debilidad, de su miseria ó de su ignorancia; si encuentran que muchos estarían emancipados ó disfrutarían de algún bienestar, á habérseles prestado la ayuda debida por ustedes, y tal vez aun sin eso, á haberlos abandonado del todo á si propios, á no haber violentado sus inclinaciones, á no haber estorbado sus iniciativas,- ¡ah! entonces prostérnense contritos ante el pobre y sírvanlo y ayúdenle con todo su poder á salvar esta crisis, no ya sólo por cumplir un deber preceptuado para todo momento, sino, además, para castigarse á si mismos por haberlo dejado algún tiempo de cumplir.
Y no digo nada de temor, porque son ustedes demasiado buenos calculadores para aguardar á que los necesitados tengan que poner en acción la máxima aquella cristiana in extrema necessitate omnia bona sunt communia, tomándose por su mano lo que San Basilio y San Gregorio Magno llaman para tales casos "la justicia".
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(1) Se refiere el autor á la Cámara agrícola del Alto-Aragón, de la que fué fundador. Este trabajo lo publicaba un semanario de Barbastro, La Cámara, núm. 11, correspondiente á 12 de Junio de 1896.
(2) El Sr. D. Joaquín Costa contestó lo que á continuación se inserta.
(3) Es de interés lo que á este respecto dice el Profesor francés Monsieur de Felice: - "Todo miembro de una sociedad tiene derecho á vivir en aquella sociedad en que sirve; y en el caso de una necesidad extrema, el derecho antiguo de servirse de las cosas revive en cierto modo, como si fueran comunes todavía. Aquél que hallándose en este caso toma del bien de otro la porción que necesita para conservar su vida, no comete un verdadero hurto, no viola el derecho natural. No es esto decir que el que se halla en necesidad tenga un derecho perfecto á lo que toma; el estado de naturaleza no le concede más que un derecho imperfecto, fundado en la ley de la humanidad, que obliga socorrer á los que se hallan en una extrema necesidad, cuando por otra parte no estamos en igual situación; pero nada obsta para que las leyes civiles no puedan dar á este deber natural la fuerza de una obligación perfecta. De aquí viene que entre los judíos, cualquiera que rehusase los pobres la parte con que estaba obligado á contribuir para su sustento, podía ser estrechado á ello por los jueces: por la misma razón, también lo que tomaban los pobres por sí mismos, se reputaba por un verdadero hurto.
Pero suponiendo que en un estado en que no se tienen las mismas 'previsiones para la subsistencia de los pobres, no pudiese una persona ablandar con súplicas la dureza inexorable de un propietario, ni hallar por otra parte con que comprar, ó ganar por su trabajo las cosas absolutamente necesarias á la vida, ¿debería morirse de hambre? ¿Habrá, pues, ningún establecimiento humano tan sagrado é inviolable que no pueda ser violado sin crimen por un hombre que está próximo á perecer porque los ricos á quienes se dirige para obtener algún socorro, faltan inhumanamente á su deber para con él? Por lo que á mí toca, jamás podré persuadirme que un hombre se haga culpable de hurto, cuando viéndose reducido, principalmente si no hay falta por su parte, á una extrema penuria de alimento ó de vestidos, y no habiendo podido obtenerlo de los que lo tienen en abundancia; ni por medio de súplicas, ni por dinero, ni ofreciéndoles su trabajo y su industria para que le diesen parte de su superfluo en una necesidad tan urgente, les cogen alguna cosa, bien en secreto, ora á viva fuerza. Porque si en un raso de necesidad se puede inocentemente hacer daño á los demás en su persona, hasta ponerlos en peligro de su vida por salvar la propia, con mucha más razón será permitido en igual caso formar ó destruir aun el bien de otro, que es mucho menos considerable que la vida y los miembros.
Finalmente, como deduzco el derecho de necesidad, de que en un caso semejante revive la comunidad primitiva del estado de naturaleza, digo también que el que ha tomado el bien de otro compelido por una extrema necesidad, no está obligado á la restitución. Porque mientras subsistió la comunidad de los bienes, nadie estaba obligado restituir lo que había tomado para su uso; pues que no perteneciendo nada á uno más que á otro, cada uno tenía un derecho igual servirse de todo: de suerte que si un hombre se hubiera apoderado de mayor cantidad de cosas que, las que necesitaba absolutamente para si mismo, cualquier otro tenía un pleno derecho de quitarle por la fuerza este superfluo, para subvenir á una extrema necesidad."-Burlamaqui, t. III, págs. 257 y sig.; Puffendorf, lib. II, cap. VI, y singularmente á Grocio, lib. II, cap. II y la obra de Mr. Felice, Lecciones de derecho natural y de gentes, versión española por D. Juan de Aces y Pérez, Salamanca, 1836, págs. 138 y 139, parte primera, t. I.