ESTRUCTURA Y DESARROLLO ACTUAL DEL MERCADO DE DERIVADOS EN ESPAÑA
La primera regulación de los mercados organizados de futuros y opciones surge en
marzo de 1989, con unas características que derivan de dos hechos. El primero es la
constitución de importantes carteras de deuda pública, cuyos tenedores demandaban
instrumentos adecuados para la cobertura del riesgo de mercado en el que se veían incursos.
El segundo son las limitaciones legislativas vigentes en ese momento, básicamente la falta
de desarrollo reglamentario de la Ley del Mercado de Valores, que impedía abordar el tema
con globalidad, y la prohibición, hasta entonces, de que los clientes pudieran operar a plazo
en el mercado secundario de deuda anotada.
Al regular estas últimas operaciones, la Dirección General del Tesoro y Política
Financiera optó por un criterio restrictivo, estableciendo la triple limitación, de que la
contrapartida fuese una entidad gestora con capacidad plena, de que el importe mínimo de
cada operación fuese de cien millones de euros y de que los modelos de contratos utilizados
y el comienzo de esta operatoria fuesen aprobados por el Banco de España. Se buscaba con
ello que, salvo los grandes inversores institucionales, el resto de los particulares operasen a
plazo en los mercados secundarios organizados de futuros y opciones.
A la espera del desarrollo reglamentario de la Ley del Mercado de Valores en este
tema, los nuevos mercados tuvieron que comenzar operando con la deuda del Estado como
único subyacente. De esta forma surgen, bajo la supervisión del Banco de España, en
noviembre de 1989, el mercado de opciones, regido por Options Market Ibérica (OMIb), y,
en marzo de 1990, el mercado de futuros, regido por Mercado de Futuros Financieros, S.A.
(MEFFSA).
Con una modificación introducida en la Ley del Mercado de Valores por la Ley de
Presupuestos Generales del Estado para 1990, aparecieron en nuestro ordenamiento los
mercados secundarios organizados no oficiales, cuya autorización corresponde al
Ministerio de Economía y Hacienda. Tanto OMIb como MEFFSA se acogieron a esta
normativa, con lo que dejaron de ser mercados derivados de deuda del Estado anotada
exclusivamente. Con ello, a la vez que formalmente pasaban a estar supervisados por la
Comisión Nacional del Mercado de Valores, pudieron utilizar como activo subyacente,
primero préstamos interbancarios a tres meses, y luego divisas.
Tras la publicación, en 1991, del Real Decreto regulador de los mercados oficiales
de futuros y opciones, la especialización inicial — opciones en OMIb, futuros en
MEFFSA— se quiebra con la fusión de las sociedades anónimas rectoras de ambos
mercados. De esta forma, bajo la 130.denominación común de MEFFSA, el mercado con
sede en Madrid pasa a especializarse en futuros y opciones sobre renta variable, mientras
que el de Barcelona pasa a acoger la negociación de futuros y opciones sobre tipos de
interés y sobre divisas.
Es obligado conocer y comentar el funcionamiento de esta institución o sociedad, en
este sentido señalar que empezó su actividad en noviembre de 1989. MEFF realiza tanto las
funciones de negociación como las de Cámara de Compensación y Liquidación,
perfectamente integradas en el mercado electrónico desarrollado por MEFF.
La liquidez y utilidad de los contratos de MEFF ha quedado patente con los niveles de
negociación y la participación de clientes residentes y no residentes en el mercado.
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