Revista académica de economía
con
el Número Internacional Normalizado de
Publicaciones Seriadas ISSN
1696-8352
Luis Oliveros
luis_cesar_13@yahoo.com
Hagamos un poco de historia: En su discurso del 4 de febrero del año 2006, el presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez Frías, eliminó el Impuesto al Débito Bancario. En tal sentido comentó que este impuesto se había establecido cuando su Gobierno estaba atravesando muchas dificultades económicas y que había sido un mecanismo utilizado para fortalecer las arcas de la Nación, pero que en estos momentos no se justificaba. Sin embargo dijo que si en el futuro fuese necesario aplicarlo nuevamente, recurrirían a él. Terminó diciendo que esperaba que no hiciera falta aplicar impuestos como éste; si por alguna razón hiciera falta, lo aplicarían de nuevo, pero estaba casi seguro que no veía en el corto plazo ninguna necesidad de aplicarlo. La eliminación del IDB por parte del Poder Ejecutivo se debía convertir en un factor que permitiría la reactivación de la banca y la economía venezolana al aumentar el efectivo circulante en el país. Otro beneficio de la eliminación del IDB era el posible incremento en la velocidad de circulación de la economía. Y más importante aún era ver el impacto que tendría en la gestión financiera del gobierno central, pues eliminar un impuesto representaba menos ingresos, aunque se suponía que en un contexto petrolero tan favorable, no debía haber problemas ya que se estimaba que gracias a los altos precios del petróleo la desaparición del IDB no le sería de gran impacto.
Oliveros, L.: "¿Por que otro Impuesto?" en Observatorio de la Economía Latinoamericana Nº 104, octubre 2008. Texto completo en http://www.eumed.net/cursecon/ecolat/ve/
Todo esto lo traigo a colación porque a partir del 1° de noviembre, el Ejecutivo Nacional comenzará a aplicar el Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF). Ese “nuevo” tributo, cuya tasa será un elevado 1,5%, lo tendrán que cancelar las empresas y bancos por los débitos que realicen a las cuentas. Pero el espectro de contribuyentes será mayor, debido a que también lo tienen que pagar las organizaciones privadas sin fines de lucro por todas las transacciones o débitos que hagan. En la ley se establece que solamente estarán exentos del pago: la República, el Banco Central de Venezuela, las entidades de carácter público con o sin fines de lucro y los consejos comunales. En un principio se habló de que el impuesto sería hasta el 31 de diciembre de este año, pero ya se sabe que también se aplicará para todo el año 2008. Cuando contrastamos los argumentos presentados para la eliminación del IDB con la aplicación del ITF, pareciera que en el lapso de 1 año y 8 meses la situación financiera del país cambió radicalmente, antes el IDB era de 0.5% y se cobraba para fortalecer las arcas del país, ahora que se cree que las arcas están en buena situación, se cobra un impuesto muy parecido, y con una alícuota tres veces mayor. ¿Por que cobrar ese impuesto en este momento?, ¿Es que acaso el barril de petróleo tiene un precio menor hoy que en febrero de 2006?, ¿o es que la brecha entre gastos e ingresos públicos está creciendo?.
Pareciera preocupante que mientras en esta semana fuimos testigos de un nuevo record en las cotizaciones del petróleo, llegando a cotizarse en 88 dólares el barril, y la canasta OPEP en casi 82 dólares (por lo que la venezolana debe rondar los 80 dólares), en nuestro país veamos como fruto de este favorable coyuntura un impuesto que podría ser inflacionario, ya que resulta bastante difícil pensar que las empresas no traspasaran este nuevo costo a los consumidores finales. Esperemos que este impuesto sea transitorio y se produzca una revolución en la gestión de las finanzas públicas para que esta impacte favorablemente en los agregados macroeconómicos y por ende en el tan nombrado pueblo.