Revista académica de economía
con
el Número Internacional Normalizado de
Publicaciones Seriadas ISSN
1696-8352
Enrique R. González Porras
(CV)
enriquergp@yahoo.es
La recurrencia en la imposición de controles de precios, regulaciones y su
respectivo mecanismo de enforcement, la Ley contra el Acaparamiento, es producto
de un proceso de diseño de políticas públicas absolutamente divorciado de los
objetivos que pretenden regular. Incluso la redacción, diseño, la puesta en
práctica de estos controles y normas, y sus resultados revelan una situación de
desatención de los bienes supuestamente tutelados (acceso a bienes y servicios a
precios razonables, lo que implicaría la conjunción de objetivos de eficiencia
asignativa y productiva).
La lapidaria aseveración del Ministro Jaua, publicada por El Universal del 11 de
marzo de 2007, cuando menos sorprende. Según El Universal “Jaua señaló que la
experiencia de la regulación de precios hace pensar que es necesario aplicar un
control sobre todos los eslabones de la cadena para que resulte efectiva”.
Para citar este artículo
recomendamos utilizar este formato:
González Porras, E.R.: "La Potestad Discrecional y el Bienestar Social" en Observatorio de la Economía Latinoamericana Nº 76, marzo 2007. Texto completo en http://www.eumed.net/cursecon/ecolat/ve/
Continuó el Ministro diciendo:
“Vamos a seguir actuando en el estudio de las cadenas completas, y estamos convencidos que es necesario regular todos los eslabones de la cadena para garantizar efectivamente un cumplimiento de los precios a nivel de consumidor, y esto lo hemos aprendido con los dos años de regulación”.
La ausencia de políticas públicas orientadas a la reactivación de la industria y al desmontaje de barreras a la entrada, a la competencia y a la actividad económica-comercial, ha servido de excusa para echar mano de la Potestad Discrecional del Ejecutivo. Son numerosas las lecturas literales de las normas sin prestar atención al espíritu regulatorio al cual obedece la norma. Dos ejemplos de lo anterior han sido la potestad y competencia del Estado sobre el otorgamiento de licencias sobre el espectro radioeléctrico, y la declaración de interés público a cuanta actividad económica exista.
Esta potestad discrecional tiene un límite, así como las lecturas literales de las normas. El poder del Gobierno y del Estado sobre sus ciudadanos no es un fin último, sino un medio en situaciones puntuales donde se requiere cierto orden en resguardo del interés público. Lo contrario, nos convertiría en siervos de la elite política de turno.
La ausencia de independencia de poderes que deberían fungir como “contralores sociales” de las acciones administrativas discrecionales del Ejecutivo, han creado una situación de indefensión de lo privado ante lo público. No existe espacio para dirimir los conflictos en los cuales el Gobierno actúa “personalmente”, de espalda a los bienes sociales tutelados y al espíritu de las normas. Existe un tremendo problema agente-principal entre el Estado, el Gobierno y el pueblo.
Pretender regular y controlar a todo un sector, a lo largo de toda la cadena verticalmente relacionada, no solo viola derechos económicos individuales, sino que lesiona al bienestar social y menoscaba “el interés público” en tantas ocasiones mentado. Los reglones de una cadena de producción-comercialización potencialmente competitivos no suelen ser regulados, ya que quebranta las buenas formas regulatorias. Resulta falso -la propia experiencia venezolana lo confirma- que un regulador “benevolente” pueda ni siquiera replicar el resultado que un mercado potencialmente competitivo pueda alcanzar. Más allá, con visiones tan anacrónicas sobre la articulación de las regulaciones lo que se esta creando es una situación de insostenibilidad de la actividad económica. Entiéndase que posiblemente el Ejecutivo tenga buenas intenciones, pero su articulación en políticas públicas los aleja de concretar resultados exitosos. La economía, las preferencias, la eficiencia y la productividad no se decretan, y políticas coercitivas vía decretos y amenazas lo que destruye es el mecanismo de incentivos para generar variedad de producto, competencia, generación de riqueza y empleos.
Adicionalmente, condiciones ajenas a las decisiones estratégicas de las empresas como el tamaño de la demanda, las características de la tecnología utilizada en la producción de bienes y servicios (economías de escala y alcance), barreras estructurales y legales a la entrada pueden determinar resultados no perfectamente competitivos. Sin embargo, lo anterior no hace culpables a las empresas de ninguna práctica restrictiva en ninguna norma o ley económica. Incluso, existen sectores que resultan inviables si se les impone el benchmark de la competencia perfecta y esto es lo que justifica los denominados mercados de concurrencia limitada vía legal. Lo anterior representa situaciones en las cuales la actividad económica demanda importante economías de escala y la demanda no es lo suficientemente elevada, obligando a los oferentes a producir en niveles superiores a su Escala Mínima Eficiente. Finalmente, a este tenor, una visión ortodoxa de regulación de precios o tarifas a costos marginales podría estar otorgando rentas extra-competitivas.
Toda las nuevas prácticas regulatorias en países con sectores regulados (no todos los sectores tienen, ni deben ser regulados, de hecho muy pocos) con resultados eficientes, se basan en el reconocimiento de que los intereses de los agentes privados, productores y oferentes pueden estar alineados con los intereses de la sociedad. De hecho, la regulación por incentivos abandona la posición coercitiva de la regulación basada en costos y sus mecanismos de enforcement, no solo por imperfecta, sino por que podría estar lesionando a la sociedad en su conjunto.
Deben abrirse los espacios de dialogo, y deben existir numerosos estudios previos de análisis coste-beneficio de las políticas públicas y regulatorias que el Ejecutivo adelantaría. Las representaciones gremiales, sindicales y de representación de los consumidores constituyen instituciones extraordinarias que permiten al Gobierno reducir los costos de búsqueda de información y de estudios de los sectores económicos.
Economista UCV
Master en Economía Industrial
Especialización en Economía del Sector Telecomunicaciones
Especialización en Economía del Sector Energía
Especialización en Economía del Sector Transporte
Especialización en Economía del Sector Farmacia
Universidad Carlos III de Madrid
Programa Avanzado en Política de Competencia
Instituto de Empresas
Instituto de Estudios de Economía Aplicada, España.
Experto-consultor en Derecho y Economía de la Competencia y la Regulación Económica
enriquergp@yahoo.es