Revista académica de economía
con
el Número Internacional Normalizado de
Publicaciones Seriadas ISSN
1696-8352
Melvy
Yolimer Corredor Corrales
William José Díaz García
(CV)
Wiliam@fce.uclv.edu.cu
Universidad Central “Marta Abreu” de las Villas, Santa Clara- Cuba
RESUMEN
El control fiscal es el conjunto de actividades realizadas por las instituciones competentes para lograr mediante sistemas y procedimientos diversos, la regularidad y corrección de la administración del patrimonio público. Debido a que su objeto fundamental es el fisco, el control fiscal debe incluir todas las actividades que puedan producir algún beneficio a la hacienda pública municipal, por lo tanto las actividades económicas ambulantes o informales deben ser incluidas dentro del sistema de control fiscal vigente, para que este sector de la sociedad realice su aporte al fisco tal y como lo establece la constitución nacional.
Palabras Claves: Actividades Económicas, Impuesto a las Actividades Económicas, Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, Parroquia Caricuao y Representaciones Sociales.
Corredor Corrales, M.Y. y Díaz García, W.J. : "El Control Fiscal en las Actividades Económicas Ambulantes o Informales. Caso: Parroquia Caricuao del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, Venezuela." en Observatorio de la Economía Latinoamericana Nº 81, junio 2007. Texto completo en http://www.eumed.net/cursecon/ecolat/ve/
El municipio es la unidad primaria de la organización nacional, con personalidad jurídica propia, idéntica a la personalidad del Estado, y con autonomía para realizar tres actividades; la primera es la autonomía política, que es la facultad de elegir sus autoridades, alcalde y concejales, por votación directa y secreta; la segunda es la autonomía administrativa para gestionar las materias de su competencia, señaladas ampliamente en la Constitución y las Leyes, y por último la autonomía financiera que es la facultad que tiene el municipio para crear, recaudar e invertir recursos propios, obtenidos mediante ordenanzas dictadas por el Concejo Municipal que permiten recaudar tributos, dándole factibilidad, pertinencia económica y financiera a las funciones del mismo.
Las actividades económicas ambulantes o informales presentan ciertas deficiencias administrativas, puesto que la administración tributaria municipal no les aplica ningún tipo de control fiscal. El ejercicio de este tipo actividades en el Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital no cuentan con un sistema de control fiscal para determinar el cumplimiento de las obligaciones tributarias generadas por los contribuyentes, a pesar de que la administración tributaria municipal de dicha jurisdicción tiene entre sus funciones controlar todas las actividades lucrativas que se realizan en el mismo.
Sobre la base de las consideraciones anteriores se plantea como objetivo general:
Y como objetivos específicos los siguientes:
Entre los métodos y técnicas que se utilizaron en la investigación se encuentran:
1.- ACTIVIDADES ECONÓMICAS
Se consideran actividades económicas aquellas labores que suponga la ordenación por cuenta propia de medios de producción y recursos humanos, o de uno de estos, con el objeto de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios, además de tener fines de carácter lucrativo.
La Ley Orgánica del Poder Público Municipal de 2005 (LOPPM), indica que las actividades económicas son el ejercicio habitual de cualquier actividad lucrativa de carácter independiente[1].
Clasificación de las Actividades Económicas
Las actividades económicas se clasifican de la siguiente forma:
Asimismo, la Ordenanza de Impuestos sobre Actividades Económicas de Industria y Comercio o Servicios de Índole Similar del Municipio Libertador del Distrito Capital de 20012, clasifica las actividades económicas de la siguiente manera:
Este impuesto ha tenido diferentes nombres, sin embargo la esencia es la misma, es por ello que antes de definir el Impuesto sobre Actividades Económicas de Industria y Comercio o Servicios de Índole Similar es necesario resaltar que este tributo entra en vigencia a partir del 04-10-2001, publicado en la Gaceta Municipal Nº 2172, a través de la Ordenanza que modifica la Ordenanza sobre Patente de Industria y Comercio, de fecha 23-11-2000. La esencia de la nueva ordenanza no cambia el objeto del impuesto, lo que el legislador realizó fue un cambio de nombre y otorgó a la nueva ordenanza un carácter más específico en la clasificación de los renglones de las diferentes actividades.
El Impuesto de Patente de Industria y Comercio es un tributo a las actividades lucrativas que se realizan en el territorio de cada Municipio, y que tiene como base imponible el monto de las ventas, los ingresos brutos o el monto de las operaciones efectuadas por el contribuyente durante el año anterior3.
Por su parte, la LOPPM, establece este tributo con el nombre de Impuesto sobre Actividades Económicas, y lo define como la obligación de pagar un tributo por el ejercicio habitual, en la jurisdicción del Municipio, de cualquier actividad lucrativa de carácter independiente por personas naturales o jurídicas, aún cuando dicha actividad se realice sin la previa obtención de licencia, sin menoscabo de las sanciones que por esa razón sean aplicables, según los dispuesto en la Ley y las Ordenanzas Municipales en cuestión4.
En este sentido, la Ordenanza de Impuestos sobre Actividades Económicas de Industria y Comercio o Servicios de Índole Similar de 2001, del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, establece que dicha ordenanza regula y establece el procedimiento y los requisitos que deben cumplir las personas naturales, jurídicas o entidades o colectividades que constituyan una unidad económica, dispongan de patrimonio y tengan autonomía funcional para ejercer, en forma habitual o transitoria, en inmuebles ubicados en jurisdicción del municipio, actividades comerciales, industriales, financieras, de mercados de capitales, cambiarias o de servicios de carácter comercial; y el impuesto de patente de industria y comercio que deben pagar quienes ejerzan tales actividades en el mismo5.
Es importante señalar que la LOPPM establece que las actividades económicas ambulantes o eventuales también están sujetas al Impuesto sobre Actividades Económicas. No obstante, la Ordenanza de Impuestos sobre Actividades Económicas de Industria y Comercio o Servicios de Índole Similar, denomina este tipo de actividades como ambulantes o informales y atribuye su sujeción a una ordenanza respectiva, aún por definir, lo que indica que mientras esta no este sancionada por el Consejo Municipal se regirá este tipo de actividades por la leyes vigentes.
Una vez aclarado todo este panorama, es importante abordar lo referido a las actividades económicas ambulantes o informales.
Partiendo de la idea que el empleo informal puede desempeñar un rol protagónico en la evolución hacia la democracia y la economía de mercado en función de su lucha contra la explotación del capitalismo no competitivo, la informalidad constituye en un primer momento una forma de subsistencia.
La economía informal es una fuerza social positiva, interesante, pacífica y potencialmente muy productiva, lo cual lleva a suponer que este sector requiere de una regulación6, es decir, que por ser un aparato económicamente poderoso puede convertirse en una importante y creciente fuente de ingresos públicos para la Nación y específicamente para el Municipio, además de acatar lo que establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999 (CRBV) cuando se refiere a que toda persona tiene el deber de coadyuvar a los gastos públicos mediante el pago de impuestos, tasas y contribuciones que establezca la Ley7.
La economía Informal es un fenómeno social, económico, político, que conlleva a la usurpación de los derechos de terceros, ocupación ilegal de espacios públicos, desorden y congestión de espacios urbanos, conflictos de intereses que dificultan el diálogo y propicia situaciones delictivas, produciendo inseguridad al ciudadano.
Las características de la economía informal son diversas en cada país y para cada ciudad, además de estar directamente relacionadas con el tipo de ordenamiento vigente, la situación socioeconómica, legal, política y estructural, que establecen los marcos políticos institucionales vigentes.
La economía informal constituye una respuesta cultural y de tradición familiar al problema del desempleo y gradualmente mantienen una vinculación complementaria y de servicio al sector formal. La cultura urbana vecinal también propicia la consolidación de la venta callejera, dada la magnitud del problema y la mano de obra que ocupa, amerita una preocupación y atención particular de los gobiernos locales, ya que mediante su formulación abre nuevas posibilidades de desarrollo.
En el Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital la economía informal esta representada por aquellos que ejercen actividades lucrativas de una manera legal y organizada, pero no poseen los medios económicos necesarios para establecer una gran empresa formal, tal es el caso de aquellos que ejercen la venta de cierto tipo de alimentos tales como venta de perros calientes, hamburguesas, dulces criollos y la tenencia de kioscos.
4.- MUNICIPIO BOLIVARIANO LIBERTADOR
El Municipio Bolivariano Libertador se encuentra situado en la región centro-norte del país, en un valle de aproximadamente 25 Km. de longitud y a una altura que oscila entre 870 y 1.043 metros sobre el nivel del mar. Por su límite norte se levanta una imponente serranía que se eleva a 2.765 metros en su cumbre más prominente conocida como el Pico Naiquatá, este esplendoroso monumento natural de tonalidades verdes y azules es el cerro Ávila o Guaraira Repano, término autóctono que significa "la ola que vino de lejos".
Está conformado por 23 Parroquias; esto es el Distrito Capital, que a su vez forma parte del Distrito Metropolitano creado en 1999. Este Distrito que sustituye al Área Metropolitana de Caracas (1951), comprende además del Municipio Bolivariano Libertador, las entidades análogas de Chacao, Sucre, Baruta y El Hatillo del Estado Miranda. Este extenso territorio, erróneamente se le ha comenzado a denominar "La Gran Caracas", algo que desde luego no tiene respaldo oficial ni cuenta con ninguna tradición histórica.
La fecha comúnmente aceptada de su fundación es el 25 de Julio de 1567, sin embargo, existen opiniones bien sustentadas que apuntan a demostrar que el capitán Diego de Losada, lo que hizo fue refundar un pueblo de españoles, pues siete años antes, Francisco Fajardo había hecho lo propio, al elegir la Villa de San Francisco (1560). Este poblado fue de efímera existencia, al ser destruido por la resistencia indígena que se reanudó tras la alevosa muerte de Francisco Fajardo de manos de los propios españoles, quienes lo despreciaban por ser mestizo. Son estas las circunstancias que explican en parte que Losada llegará al Valle de los Toromaimas con la doble misión de poblar y reprimir, según lo dispuesto en la Real Cédula del 17 de Junio de 1563, la cual portaba y autorizaba para actuar punitivamente contra los alzados e irreductibles indios Caracas y demás parcialidades indígenas.
Caracas durante los últimos treinta años del Siglo XX, pasó de ciudad cosmopolita a una verdadera megalópolis, con más de cuatro millones de habitantes, cuya mayoría no está plenamente identificada con la idiosincrasia de la ciudad, interpretaron el intenso proceso de reedificación al que se sometía Caracas, como muestra de las bondades del progreso.
Es una de las parroquias más jóvenes de Caracas, se encuentra ubicada en el Municipio Bolivariano Libertador de la actual jurisdicción de la Alcaldía del Distrito Metropolitano de Caracas, según Decreto de Regionalización Nº 72 con la Antigua Gobernación del Distrito Federal de fecha Junio de 1969. Tiene una extensión de 25 km2 de territorio, delimita geográficamente por el norte con la Parroquia Antímano y la Vega, por el sur con la Parroquia Macarao y Estado Miranda, por el este la Parroquia El Valle, la Vega y el Estado Miranda y finalmente por el oeste con la Parroquia Macarao.
Para el período de los años 50-70, el paisaje geográfico de Caricuao estaba caracterizado por un paisaje netamente rural, debido a que tenía una producción muy baja de actividades agrícolas que a diferencia de la colonia, satisfacían buena parte de Caracas, esta parroquia viene a ser un paso drástico de la producción agrícola a la instauración de edificaciones para cubrir las necesidades básicas de una población que se concentra cada día más en la capital de la República.
A raíz del derrocamiento del General Pérez Jiménez en 1958 se empezó un proceso de urbanización, para dar alojamiento a los primeros habitantes de esta zona que en su mayoría venían desde el interior del país por el derrocamiento de la dictadura. Otros factores que también contribuyeron a la urbanización de Caricuao fueron: la desestructruración de la Venezuela Agraria a la Venezuela Petrolera, la inmigración de personas del exterior al país y los desastres naturales ocurridos en el país para esos años, motivaron un desplazamiento poblacional tanto interno como externo que originó la densificación de la población en el área de Caricuao.
En el año de 1961, se cristalizó la idea de que esta zona podía ser aprovechada para la construcción de edificios experimentales, especialmente dirigido a las personas que trabajaban en la administración pública. Caricuao tiene para los actuales momentos 216 edificios o bloques con más de 20.000 apartamentos distribuidos en 9 sectores de desarrollo o UD, 5 Parques Nacionales que lo rodean, 1 materno infantil, 1 Clínica Popular, 1 periódico, 1 canal de TV, 1 boulevard de 2500 metros, 30 barrios y una considerable mejoría en la prestación de sus servicios, en pocas palabras Caricuao es una ciudad dentro de otra ciudad, según sus pobladores, ya que cumple con las bases económicas de las ciudades.
La realización del diagnóstico de la problemática planteada se construyó por medio del modelo de las representaciones sociales, por lo tanto, cabe destacar que la representación social puede ser caracterizada en una primera aproximación como el modo de producción cognitiva que corresponde a una persona y grupo en un contexto socio-histórico determinado8. Lo social, entendido como el contexto necesario del desarrollo del ser humano, mientras que los aspectos históricos pueden dimensionarse diacrónicamente, tal modo de producción incluye, necesariamente los aspectos ideológicos y de valores inherentes al campo semántico donde se producen. Dicho modelo de producción cognitiva determina un corpus de conocimiento basado originalmente en las tradiciones compartidas, y luego enriquecidas, por miles de observaciones y el discurso de la ciencia.
Las representaciones sociales comprenden un modelo que tienen por misión primera describir, luego clasificar y, por último, explicar. Se puede observar en el sentido común un cuerpo de conocimientos reconocido por todos y por tal motivo, comunicable, y este corpus se instituye como la teoría que genera el patrón de pensamiento y que es además, referencia para la práctica social.
La noción de representación social es amplia, de carácter integrador, presentándose de formas variadas, más o menos complejas, imágenes que condensan un conjunto de significados; sistemas de referencia que nos permiten interpretar lo que nos sucede, e incluso dar un sentido a lo inesperado; categorías que sirven para clasificar las circunstancias, los fenómenos y a los individuos con quien se tiene algo que ver; teorías que permiten establecer hechos sobre ellos, es decir, cuando se le comprende dentro de la realidad concreta de la vida social, las representaciones sociales son todo ello junto.
Por otra parte, las representaciones sociales son una manera de interpretar y de pensar la realidad cotidiana, una forma de conocimiento social. Una de las aproximaciones al contenido de las representaciones sociales informa que posee tres dimensiones interdependientes: Información, se refiere a un cuerpo de conocimientos organizados que un determinado grupo posee respecto a un objeto social; el Campo de representación remite a la idea de imagen, de modelo social, al contenido concreto y limitado de las proposiciones acerca de un aspecto preciso del objeto de la representación, y finalmente, la actitud termina por focalizar la orientación global en relación al objeto de la representación social.
En cuanto al método que se emplea, se encuentran la observación y experimentación. La investigación llevada a cabo por medio de la observación y la investigación realizada por medio de la experimentación, sostienen entre ellas relaciones de hecho y de derecho, sin embargo, ambas corresponden de manera evidente a operaciones lógicas, a espacios epistemológicos y quizás, incluso, a resonancias ideológicas diferentes.
Mediante el método de la observación el científico describe los hechos que va descubriendo en las personas y grupos considerados en su contexto. Una de las formas más frecuentes de la observación se expresa en el uso de encuestas, entrevistas y cuestionarios que dan lugar a productos tales como las opiniones, preferencias, prejuicios, representaciones, etc., que la gente tiene sobre algo.
El modelo de las representaciones sociales toma en cuenta los métodos antes mencionado de una manera no tradicional, puesto que no estaría dando cuenta de la actividad de las ciencias, según la racionalidad y encuadres psicosociales; por lo tanto, desarrolla algunas ideas acerca del proceso de la creatividad en grupos y las consecuencias de ello en la investigación científica. No se aparta de la matriz ideológica de las ciencias en relación a la observación y la experimentación, sino que el punto de vista y la gravitación del proceso investigador se desplaza del observador al sujeto investigado y, a partir de ese desplazamiento, se coloca en pauta el discurso y la actividad del otro como constructor de conocimiento, programas, políticas, etc.
Una vez explicado el modelo de las representaciones sociales, se tiene que en la Parroquia Caricuao del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital se aplicó un cuestionario de opinión a las personas que ejercen actividades económicas ambulantes o informales (200 personas), dicho cuestionario está conformado por tres (3) preguntas abiertas además de incluir la edad, el sexo, el nivel educativo y la ciudadanía, no siendo necesario la identidad de los ciudadanos, quienes fueron elegidos en forma aleatoria con el fin de obtener la información necesaria para darle respuestas a los objetivos planteados.
El análisis se realizó midiendo el orden en que los individuos pronunciaron sus respuestas; se calculó la frecuencia de cada evocación y el orden promedio con que dicha evocación fue pronunciada por todos los individuos que coincidieron en una misma respuesta, luego se calculó la frecuencia promedio de todas las evocaciones y el orden promedio de todas las ordenes para todas las evocaciones. Se buscaron evocaciones como las más frecuentes y más importantes, las más frecuentes y menos importantes, las menos frecuentes pero más importantes y finalmente las menos frecuentes y menos importantes representadas en ejes cartesianos como se muestra en la siguiente figura.
Figura 1
Núcleo Central de las Representaciones Sociales
El cuestionario de opinión se estructuró de la siguiente manera:
Preguntas:
3.- De acuerdo a las funciones que ejerce la Administración Tributaria (SUMAT) y en concordancia con los artículos 133 y 316 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ¿Esta de acuerdo en ser considerado contribuyente del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital por la actividad económica que ejerce?. ¿Por qué?
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Publicada en Gaceta Oficial Nº 36.860 del 30 de Diciembre de 1999
· Artículo 133: toda persona tiene el deber de coadyuvar a los gastos públicos mediante el pago de impuestos, tasas y contribuciones que establezca la ley.
· Artículo 316: el sistema tributario procurará la justa distribución de las cargas públicas según la capacidad económica del o la contribuyente, atendiendo al principio de progresividad, así como la protección de la economía nacional y la elevación del nivel de vida de la población; para ello se sustentará en un sistema eficiente para la recaudación de los tributos.
En esta pregunta los ciudadanos entrevistados explicaron el por qué si debían contribuir, así como el por qué de no hacerlo, a continuación se muestra primeramente lo referido a las respuestas afirmativas y luego las negativas.
Ver respuestas negativas y afirmativas
Una vez aplicado el instrumento de medición se puede inferir que los organismos encargados de controlar las actividades económicas ambulantes o informales no poseen un lineamiento al momento de fiscalizar estas actividades, al observar que se exigen una serie de requisitos, donde los documentos más solicitados no son por lo general los más importantes.
Asimismo, se pudo observar que el concepto que tienen los ciudadanos sobre las funciones de la administración tributaria municipal es muy deficiente y en muchos casos erróneo.
Y por último, la negativa de los ciudadanos a ser considerados contribuyentes, se debió principalmente a la escasa divulgación de la administración tributaria acerca del destino de lo recaudado a través del cobro de tributos en el municipio.
CONCLUSIONES
· La importancia de contar con un régimen que regule las actividades económicas se debe a que la definición de actividades económicas es muy extenso y abarca casi todas las ramas de producción dentro de la economía venezolana, tal y como se evidenció en la clasificación de estas, es por ello que se hace necesario contar con un régimen impositivo que controle todos y cada uno de los rubros que la comprende.
· La Ordenanza de Impuestos sobre Actividades Económicas de Industria y Comercio o Servicios de Índole Similar de 2001, del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, debe incluir por mandato de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal las actividades económicas ambulantes o informales, no obstante, dichas actividades no se encuentran reguladas por la ordenanza, generando esto un vacío legal en la regulación de las mismas.
1.- Biblioteca de Consulta Encarta 2006. [Programa de Computación en CD]. (2006). Disponible: Microsoft.
2.- Cabanellas, Guillermo. (1989). Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual. (21 Edición). Buenos Aires-Argentina: Heliasta.
3.- Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Nº 5.453 (Extraordinario), Marzo 24, 1999.
4.- Diccionario de Historia de Venezuela 1998. [Programa de Computación en CD]. (1998). Disponible: Empresas Polar.
5.- Escalona Y., Nelson. El Sector Informal en Venezuela (1979 – 1986). Ediciones Ildis. Caracas- Venezuela. 1998.
6.- Farr, Robert. (1986). Las Representaciones Sociales. En Serge Moscovici (compilador) Psicología Social II. Barcelona.
7.- Hernando de Soto. (1986). La Economía Informal. Ediciones CEDICE, Segunda Edición. Lima-Perú.
8.- Moscovici, Serge (1961). El Psicoanálisis, su Imagen y su Público. Huemul. Buenos Aires-Argentina.
9.- Rodríguez.(1986). La Economía Informal. Ediciones CEDICE, Segunda Edición. Lima-Perú.
10.- Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). (1995). Análisis de la Economía Informal: Convenios Tributarios y su Potencial Fiscal. Serie ensayos 3. Caracas-Venezuela. Ediciones SENIAT.
[1] Ley Orgánica del Poder Público Municipal. (2005). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Nº 38.204, Junio 08, 2005, artículo 207.
2 Ordenanza de Impuestos sobre Actividades Económicas de Industria y Comercio o Servicios de Índole Similar. (2001). Gaceta Municipal. Nº 2172-A, Octubre 04, 2001, artículo 2.
3 Brewer, Allan. (1984). El Régimen Municipal en Venezuela. Colección de Estudios Administrativos Nº 2. Editorial Jurídica Venezolana. Caracas-Venezuela. pp. 125.
4 Ley Orgánica del Poder Público Municipal. (2005). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Nº 38.204, Junio 08, 2005, artículo 207.
5 Ordenanza de Impuestos sobre Actividades Económicas de Industria y Comercio o Servicios de Índole Similar. (2001). Gaceta Municipal. Nº 2172-A, Octubre 04, 2001, artículo 1.
6 Rodríguez.(1986). La Economía Informal. Ediciones CEDICE, Segunda Edición. Lima-Perú, pp.3.
7 Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Nº 5.453 (Extraordinario), Marzo 24, 1999, artículo 133.
8 Gutiérrez, J. (1998) La Teoría de las representaciones sociales y sus implicaciones metodológicas en el ámbito psicosocial. Artículo Especial Psiquiatría Pública, Vol. Nº. 4, Julio – Agosto. Universidad Nacional del Altiplano, Perú. pp. 213.