Revista académica de economía
con
el Número Internacional Normalizado de
Publicaciones Seriadas ISSN
1696-8352
Enrique R. González Porras
Master en Economía Industrial.
enriquergp@yahoo.es
El siguiente informe pretende mostrar la necesidad de concebir un modelo regulatorio amplio y moderno que garantice a la sociedad venezolana estadios superiores de bienestar social conjunto. A lo largo del informe, se analizará el papel que juegan los prestadores o proveedores privados de servicios públicos y cómo estos agentes económicos constituyen la base de un modelo regulatorio moderno que permite a la sociedad estar dotada de servicios públicos, así como de cualquier bien y servicio de alta calidad, a precios competitivos, garantizando siempre el suministro de los mismos.
González Porras, E.R.: "El Proyecto de Ley de Servicios Públicos, el Proyecto de Ley Antimonopolio y la Importancia de los Proveedores Privados" en Observatorio de la Economía Latinoamericana Nº 67, septiembre 2006. Texto completo en http://www.eumed.net/cursecon/ecolat/ve/
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Introducción:
Algunas consideraciones se han realizado sobre los distintos instrumentos
legales de corte económico que se encuentran en discusión y en elaboración en la
Asamblea Nacional. Aun así, poco se ha dicho sobre algunos aspectos
transcendentales de estos instrumentos legales. Aun así, de las observaciones
realizadas por economistas y abogados a estos proyectos de ley, pírrica ha sido
la incorporación en las correcciones de los instrumentos legales pendientes.
Para entrar en contexto, comenzaremos comentando un par de aseveraciones
realizadas por la Oficina de Asesoría Económico-Financiera de la Asamblea
Nacional (OAEF) sobre el Proyecto de Ley de Servicios Públicos.
En la sección introductoria del documento de la OAEF se asevera que el objeto de
la Ley de Servicios Públicos “es en última instancia garantizar la prestación de
servicios de forma inclusiva y masiva a todos los ciudadanos y pobladores del
territorio nacional, buscando con ello elevar el nivel de bienestar de cada uno
y de su conjunto” .
Lo anterior, conocido como obligación de servicio público, aun cuando pudiera
formar parte de los objetivos que perseguiría una regulación sobre sectores
económicos prestadores de servicios públicos, no agotan la búsqueda de otros
objetivos fundamentales, como serían, evitar la explotación de poderes de
mercados, que eventualmente puedan ser ostentados por los prestadores de los
servicios públicos, o crear los incentivos correctos para satisfacer una demanda
sin sacrificar eficiencia económica (la creación de abanico de contratos que
cumplan con una restricción de incentivos compatibles).
Adicionalmente, el informe de OAEF hace la siguiente advertencia:
“Los servicios públicos en Venezuela han estado marcados por el estigma de
ineficientes y corruptos en su administración; caracterizados por una calidad
inadecuada, cobertura ineficiente y con una estructura de costos elevado; por
ello la necesidad de crear un Proyecto de Ley que regule y supervise la
actuación de las empresas públicas o privadas que sean prestadoras de servicios
colectivos y/o domiciliarios”.
Sin embargo, la regulación de un sector económico, independientemente de que se
trate de un servicio público, no se reduce a la letra de la norma específica,
sino que implica un modelo regulatorio ampliamente concebido. Allí es que radica
la posibilidad de establecer e implementar un modelo coherente con los objetivos
de garantizar, no sólo la posibilidad de una amplia prestación de los servicios
públicos, sino que efectivamente se haga de forma eficiente y garantice
realmente un estadio de bienestar social elevado. De hecho, lo que el informe de
la OAEF intenta calificar como una causa que justifica la regulación (calidades
inadecuadas, cobertura ineficiente y estructuras de costos elevados), resulta
ser en la mayoría de las oportunidades efectos de modelos regulatorios
ineficientes. Justamente, un modelo basado en la falsa creencia de que los
servicios públicos deben ser de propiedad pública, tiende a explicar resultados
no deseados como los mencionados anteriormente.
Más allá, existe la falsa idea de que cuando se liberaliza un sector se está
prescindiendo de la regulación y de la injerencia del Estado. Nada más falso que
lo anterior, ya que una vez que ciertas actividades económicas como los
servicios públicos son liberalizadas y privatizados, dado que en algunos casos
poseen la característica de monopolio natural, requerirán ser reguladas
posteriormente. Así las cosas, un proceso de liberalización, en la mayoría de
los casos, culmina con un entramado normativo mucho mayor al preexistente. Sin
embargo, estos procesos implican el reconocimiento del mercado como mecanismo
eficiente en la asignación de los recursos, reconociendo igualmente, la
importancia de los incentivos privados para conseguir la prestación de un
servicio público eficiente y de calidad. En la actualidad, la casi totalidad de
los países desarrollados, basan sus modelos regulatorios de los servicios
públicos en enfoques regulatorios modernos, respetuosos de la propiedad privada
como una de las premisas de un modelo mucho más eficiente que la visión clásica
e intervencionista de regulación económica.
Desarrollo del Informe:
Parte del cambio en la visión sobre regulación económica se debió a que muchos
sectores económicos, que en un momento dado fueron considerados monopolios
naturales y por ello regulados, a lo largo del tiempo habían perdido esta
característica que determinaba su regulación. Lo anterior, permitió un proceso
de privatización, seguido de un proceso de liberalización en sectores como las
telecomunicaciones y la energía.
En el caso energético y electricidad, las actividades de comercialización y
generación vieron evoluciones tecnológicas que permitieron reducir las escalas
mínimas eficientes y por tanto, se hizo posible un proceso de apertura a la
competencia. Sin embargo, actividades como las de transporte y distribución
siguen siendo consideradas monopolios naturales y susceptibles de regulación
toda vez que constituyen un essential facility.
Dos resultados han podido observarse de estos procesos de privatización,
apertura y liberalización en sectores como los de la telefonía y la energía. El
primero, el sector telecomunicaciones en Europa, y en España específicamente, ha
podido contabilizar reducciones de precios de hasta 30%, lo que directamente
beneficia a los consumidores. Lo anterior es evidencia de la necesidad de
mercados y competencia en ciertos sectores para disciplinar su desempeño y sus
niveles de precios.
Sin embargo, el segundo resultado, ocurrido en el sector energético, ha
conllevado a que en algunos casos se haya producido una necesaria sinceración de
precios y tarifas necesarias para el mantenimiento y garantía de suministro
energético, pero que por otro lado hacen pensar a parte de la población que el
proceso de apertura resultó un tanto dañino para ellos. Aun en estos casos, el
Ejecutivo en países como España no se plantea ni remotamente la nacionalización
de la actividad privada, sino que dentro del modelo de operadores privados se
buscan alternativas de modelos regulatorios que permitan reducir el impacto que
sobre mercado marginalista tienen las tecnologías de nueva generación, los
generadores de ciclo combinados (que demandan gas), especialmente en la
coyuntura petrolera actual.
Proveedores Privados de Servicios Públicos Versus Proveedores Públicos:
Si a la hora de diseñar un modelo regulatorio para un sector determinado, se
tiene que pasar por la discusión de quiénes detentan los derechos de propiedad
sobre los proveedores del bien o el servicio, obviamente lo lógico sería
intentar comparar los resultados de bienestar social bajo cada uno de los
distintos enfoques y luego sacar conclusiones a favor de aquel que garantice el
mayor bienestar social conjunto.
Así, a la hora de comparar a una política regulatoria de proveedores privados de
servicios públicos versus una de empresas públicas, se necesita contar con una
teoría de cómo se comportan las empresas públicas. Teniendo en cuenta que este
último tipo de empresas no son poseídas por privados, es poco probable que su
objetivo sea maximizar sus beneficios o ganancias. Hasta acá concuerda el
discurso de los legisladores y lo que sugeriría la teoría. Sin embargo,
continuando con el análisis y con la construcción de algún modelo que nos sirva
para comparar los resultados en términos de bienestar social en sectores de
servicio públicos con propiedad o en manos públicas o en manos de privados,
tanto la teoría como la evidencia empírica distan mucho de lo que los
legisladores definen como el desempeño de una empresa pública. Aun cuando lo
ideal sería que una empresa pública maximizara el bienestar social, aseverar que
en la práctica efectivamente lo hacen podría no sólo ser apresurado, sino
incluso inocente e irresponsable, toda vez que podría tenderse a relajar
mecanismos contralores y de amarre a reglas sobre la eficiencia y pulcritud en
el uso de los fondos públicos. Justamente esa es la diferencia entre lo que se
conoce como economía normativa y lo que se denomina economía positiva. Desde un
punto de vista normativo, una empresa pública encargada de explotar un monopolio
natural, debería perseguir el objetivo de maximización del bienestar social. En
contraste, la teoría positiva nos diría cómo actúa efectivamente en la realidad
la empresa pública.
Para entender la diferencia entre el enfoque normativo y positivo alrededor del
comportamiento de una empresa, resulta necesario entender que las empresas son
instituciones o entes conformados por personas. Adicionalmente, debe tenerse en
mente que existen características que comparten tanto empresas privadas como
públicas referidas a la separación que suele existir entre la propiedad de la
empresa y la dirección de la misma. Aunado a lo anterior, se encuentra el hecho
de que el monitoreo del comportamiento de la directiva de la empresa por parte
de los accionistas es imperfecto en general. Esta última característica resulta
fundamental a la hora de entender qué modelo regulatorio sectorial resulta
eficiente, socialmente hablando y el por qué de la importancia de los agentes
económicos privados.
Cuando existe una separación entre las actividades de propietario y de dirección
de una empresa, y asimismo existe un monitoreo imperfecto de las acciones de los
directivos o administradores de la empresa por parte de los accionistas, se
presenta lo que se conoce como problema agente-principal. Este problema consiste
en que los directores o administradores de la empresa, al poseer sus propios
intereses, que bien pueden ser incluso contrapuestos a la de los accionistas,
por ejemplo: mayores sueldos, desplegar menos esfuerzo o seleccionar como
proveedores a familiares y amigos (independientemente de la calidad del insumo),
y al existir una capacidad de seguimiento de sus acciones bastante imperfecta,
buscarán maximizar su bienestar aun cuando esto implique menor beneficio para
sus accionistas. Lo anterior, podría ocurrir con independencia de quiénes sean
los propietarios, bien sean públicos o privados.
Las diferencias entre empresas públicas y privadas radican en los intereses de
los propietarios y en los mecanismos disponibles que podrían inducir a los
directivos y administradores a actuar a favor de los intereses de los
propietarios. De nuevo, lo anterior será crucial para decantarse por el modelo
de regulación, y de propiedad sobre los proveedores de servicio públicos, que
tienda a garantizar el mayor bienestar social posible.
Los Proveedores Privados:
En las empresas privadas, sus accionistas se encuentran interesados en que los
administradores o directores actúen de manera tal que el beneficio o ganancia de
la empresa sea maximizada. Una manera por medio de la cual los accionistas
buscan inducir el comportamiento de los administradores, es por medio de sueldos
variables que dependan del desempeño de los beneficios de la empresa. Por lo
general, este tipo de mecanismos se manifiestan en bonos de productividad o en
acciones u opciones sobre acciones, lo que convierte a los administradores en
accionistas, pudiendo alinear, al menos parcialmente, los intereses de los
accionistas y los de los administradores. Este mecanismo, no resulta del todo
perfecto toda vez que los administradores son convertidos en sólo accionistas
parciales, con lo que únicamente les corresponderían una pequeña porción de los
beneficios no obstante los esfuerzos desplegados. De igual manera, existen
incentivos por parte de los administradores de realizar un buen trabajo, toda
vez que esto pudiera reflejarse como buena reputación en el mercado de trabajo
por medio de salarios superiores. Lo anterior, es lo que se conoce como
incentivos implícitos del mercado laboral.
Un poderoso mecanismo de incentivo con los que cuentan los accionistas para
conseguir que los administradores se comporten de acuerdo a sus intereses, es la
amenaza de despido. Una vez que los accionistas evidencian un pobre desempeño de
la empresa o un nivel bajo de beneficios, podrían despedir a los actuales
administradores. En este mismo sentido, el incentivo implícito de la reputación
actúa, toda vez que bajos rendimientos de la empresa pudieran ir asociados a
señales de mala administración, por lo que estos directivos o administradores
pudieran perder cotización en el mercado laboral.
Aun cuando pueden existir quienes estimen que este tipo de mecanismo es poco
probable de manifestarse, toda vez que generalmente la propiedad de la empresa
se encuentra dispersa a lo largo de un gran número de accionistas, los mercados
de capitales hacen a este mecanismo perfectamente viable y eficiente. Por más
dispersas que se encuentren las acciones de una empresa a lo largo de muchos
accionistas, la amenaza de una compra, una Operación Pública de Adquisición o
una toma de control hostil, resulta una amenaza lo suficientemente contundente
para que este mecanismo de solución del problema agente principal en empresas
privadas actúe eficientemente. Así, una administración ineficiente que de como
resultado un pobre desempeño y beneficios de la empresa privada de servicios
públicos, podría despertar el interés de un grupo de inversionistas que tomando
el control de la empresa vía una OPA, podría generar eficiencia y beneficios
extraordinarios.
Los Proveedores Públicos:
El caso de los proveedores públicos o de las empresas públicas difiere
trascendentemente del caso de los prestadores privados en un par de aspectos. El
primero de ellos, lo representa la dificultad de medir o cuantificar los
objetivos finales de los accionistas. A diferencia del caso de las empresas
privadas, en las que el objetivo final de los accionistas son los beneficios, en
el caso de las empresas públicas los objetivos de los accionistas están
vinculados al bienestar, el cual ya como concepto resulta un poco difícil de
manejar, mucho más a la hora de cuantificarlo. Así, las imperfecciones en los
indicadores que son utilizados para medir el bienestar abren la posibilidad para
los administradores de las empresas de actuar en favor de intereses propios y no
de aquellos de la sociedad en su conjunto.
El segundo contraste consiste en que las restricciones impuestas sobre los
administradores de los operadores privados, a través de los mercados de valores,
no existen de manera alguna para el caso de los operadores públicos. La ausencia
de estos mecanismos de amenazas, otorga a los administradores de las empresas
públicas mayor capacidad discrecional en sus acciones, incrementando los
problemas agente-principal y alejando a la sociedad de su nivel de mayor
bienestar factible.
Intereses Políticos, Proveedores Públicos y Año Electoral:
Aun cuando es cierto que el bienestar social resulta difícil de cuantificar,
existen ciertos sustitutos que tanto funcionarios públicos electos, como
ciudadanos y/o votantes pueden utilizar para medir el desempeño de los servicios
públicos. Uno de estas características o atributos de los servicios públicos que
puede ser utilizado por consumidores-votantes o prestadores de servicios son los
precios y tarifas. Un segundo atributo puede ser la fiabilidad en el suministro
de los servicios públicos. De hecho, los cortes de suministro o la poca
fiabilidad en el suministro de la energía eléctrica ha supuesto un atributo que
sirve para definir el bienestar que perciben los consumidores por parte de los
servicios de electricidad suministrados.
Estos atributos considerados por los consumidores-votantes, terminan siendo
ponderados por los prestadores públicos de servicios públicos, toda vez que
podrían reportarles soporte político. Sin embargo, la consecución de estos dos
atributos contrapuestos, implican incrementos en el déficit de los prestadores
públicos de los servicios públicos. De hecho, el Ejecutivo tiende a mantener los
precios vía controles, ya que es una política relativamente rápida y fácil de
aplicar. Sin embargo, la garantía de suministro requiere de inversiones que no
se materializan inmediatamente y las fallas en el suministro que generalmente se
manifiestan a mediano y largo plazo tendrían que coincidir en el tiempo con las
amenazas electorales, sentenciando a la garantía de suministro a ciclos
políticos (cuando los operadores se encuentran en manos públicas).
Más allá, estas no son las únicas presiones a las que se encuentran presionados
los prestadores públicos de servicios públicos. Otras de las presiones sobre los
prestadores públicos la constituyen, las presiones políticas a favor de un
incremento constante en la estructura laboral y en la contratación de empleados.
Esto de igual manera incrementa el déficit tarifario que generalmente ocurren
cuando se combinan controles de precios y se sucumbe a presiones políticas. Lo
anterior, condena a la sociedad a que los prestadores públicos de servicios
públicos sean tremendamente ineficientes. El déficit e ineficiencias de estos
prestadores públicos de servicios públicos, finalmente tendrán que ser
financiados por la sociedad, bien sea vía impuestos directos o bien sea por
medio de financiamiento público o por la renta petrolera. Así las cosas, se
generaría un modelo de prestadores públicos de servicios públicos que le
costaría más a la sociedad de lo que la propia sociedad valora los servicios
públicos, sin que con ello, se resuelvan las carencias de garantía de suministro
y calidad en los servicios
Como se verá en la sección sobre las distorsiones generadas por el rentismo
económico, en Venezuela, existe el riesgo de que un modelo de prestadores
públicos de servicios públicos, primero, operen ineficientemente, segundo,
despilfarren parte de los ingresos fiscales y petroleros del país en financiar
entes tremendamente ineficientes, tercero, se prometa garantía de suministro
solo y cuando existen amenazas electorales y que debido a los horizontes
temporales de estos proyectos de ampliación, una vez haya pasado la amenaza
electoral sean paralizados, entre otros.