Revista académica de economía
con
el Número Internacional Normalizado de
Publicaciones Seriadas ISSN
1696-8352
ASAMBLEA CONSTITUYENTE Y
PROBLEMAS NACIONALES
Ricardo Tito Atahuichi Salvatierra (CV)
El proceso en el que vivimos se caracteriza por la agudización de la lucha por
el poder expresada, por un lado, por las pretensiones e intereses de la
oligarquía qué busca agresivamente constituir, sobre la base de los
departamentos de Santa Cruz, Beni, Pando y Tarija, un Estado paralelo, asociado,
al nacional (ver enciclopedia virtual wikipedia –autonomía) y por otro el de los
sectores populares que impulsan y luchan por consolidar el proceso nacionalista
antiimperialista en defensa del Estado, la soberanía y el logro de algunas
reivindicaciones y conquistas en base a la presión social que continuamente
ejercen.
La lucha por el poder, emprendida por el pueblo, mantiene continuidad por que
mientras la oligarquía y la burguesía ligada a los intereses del capital
financiero y las transnacionales votaron, en Diciembre del 2005, por sostener:
el neoliberalismo, defender el D.S. 21060, la Ley de Pensiones, INRA, y otras;
los contratos anticonstitucionales; el congelamiento de sueldos y salarios; la
entrega de nuestros recursos naturales; la apertura del mercado nacional a la
voracidad de las transnacionales; los cambios estructurales que se realizaron en
el Estado y la perdida de la soberanía. El pueblo votó contra esa política y las
medidas neoliberales con el deseo de abrogar el 21060 e imponer un gobierno que
defienda la soberanía y el Estado. Y en Junio del 2006 ratifica su voluntad
antineoliberal por medio de la elección mayoritaria de 135 constituyentes que
representan al MAS. Y expresa su decisión de unidad y defensa de la integridad
del Estado a través de una respuesta negativa ( 55% ) al Referéndum nacional,
por las autonomías departamentales.
Para citar este artículo puede utilizar el
siguiente formato:
Atahuichi Salvatierra, R.T. “Asamblea Constituyente y
problemas nacionales" en
Observatorio de la Economía Latinoamericana, Nº 78, 2007. Texto completo
en http://www.eumed.net/cursecon/ecolat/bo/
No obstante la voluntad del soberano, que mantiene una conducta perseverante la
Asamblea Constituyente no ha de resolver, por si misma, la lucha por el poder o
los problemas nacionales expresados en la pobreza, la dependencia y la
monoproducción por que esa no es su función. Esos problemas, en su solución,
constituyen una atribución política directa del poder soberano y serán resueltos
por la presión social permanente que efectivice el pueblo durante un proceso
histórico mediato.
La acción y participación directa del soberano en la solución de los problemas
nacionales es insustituible. Por Ej. El paso de una democracia representativa a
una participativa será una realidad solo con la acción del pueblo. Si estudiamos
la historia de los pueblos concluiremos que fue la acción del soberano el que
determinó el triunfo de la revolución de 1917 en Rusia, 1959 en Cuba, 1949 en
China, 1999 en Venezuela y 1952 en Bolivia en otro nivel y con otras
características desde luego. Situación que acredita que la Asamblea no sustituye
la acción directa del pueblo.
Los problemas nacionales en su solución exigen de tiempo y planificación. Por
Ej. los problemas económicos como la monoproduccion, el desarrollo industrial,
la diversificación económica e industrial, la tecnificación del campo, etc. o
los sociales como la promiscuidad, falta de vivienda, trabajo, educación, salud,
etc.. no serán resueltos por la Asamblea por moderno tipo de Estado que diseñe
sustentado por una excelente constitución. Cambiar la estructura y
superestructura del poder constituido, en el que se apoya el Estado, es la tarea
más difícil a resolver por el poder soberano luego de haber tomado el poder. Si
fracasa, en esa tarea, las fuerzas sociales del poder constituido aplastarán al
poder soberano e infringirán una seria derrota al pueblo.
Por otro lado la Constituyente para alcanzar sus tareas políticas tiene que
cumplir con un requisito básico consistente en agrupar y constituir una fuerza
social que represente al soberano en una proporción mínima a los dos tercios de
votos de los representantes elegidos (Art. 232 CPE). Solo cumpliendo con ese
requisito, que significa la toma del poder en forma democrática, la Asamblea se
constituirá en fúndante sino estará imposibilitada de cambiar totalmente la
Constitución y su función se limitará específicamente al logro de ciertas
reformas constitucionales.
ricardotito39@hotmail.com