ASAMBLEA CONSTITUYENTE
Y JUSTICIA COMUNITARIA
Ricardo Tito Atahuichi Salvatierra (CV)
El hombre por su naturaleza gregaria para subsistir necesita de los demás razón
por la que desarrolla, en el proceso de su evolución histórica, la interacción
social que da origen a las normas: de trato social, morales, religiosas, éticas,
estéticas, etc. que constituyen los antecedentes históricos de las normas
jurídicas que emergen en la historia con la revolución francesa (1789). Normas
que son estudiadas, de un modo general, por el derecho.
El derecho es una ciencia social por que tiene un objeto y un método concreto de
estudio. Su objeto de estudio es el conjunto de normas que regulan las
relaciones existentes dentro la sociedad, particularmente de las normas
jurídicas. Estudio que se realiza en base a su método particular que es el
dogmático. Es ciencia por que es un conjunto de conocimientos científicos
metódicamente alcanzados, sistemáticamente ordenados y de validez universal que
se refieren a un objeto concreto de estudio.
Para citar este artículo puede utilizar el
siguiente formato:
Atahuichi Salvatierra, R.T. “Asamblea Constituyente y
justicia comunitaria" en
Observatorio de la Economía Latinoamericana, Nº 80, junio 2007. Texto completo
en http://www.eumed.net/cursecon/ecolat/bo/
Su formación, como ciencia, se dio en un proceso que se remonta: a la horda,
primera forma de organización social de la humanidad, que por efectos de la
interacción social producida por el hombre con la sociedad y la naturaleza dío
origen a las normas relativas al trato social, religiosas, etc. particularmente
desarrolladas en el comunismo primitivo. El derecho como ciencia tiene su origen
en la época moderna. Se constituye sobre los antecedentes históricos de las
normas producidas en el comunismo primitivo, las sociedades clasistas como el
esclavismo y el feudalismo y parte de la época moderna. Su contenido es la norma
en general que es de carácter verificable y de valor universal y no local o
regional como las normas de trato social, moral o la costumbre que es una fuente
del derecho. Su campo de acción es la sociedad razón por la que está en estrecha
relación con la conciencia social del ser humano, la base económica,
superestructura, producción y el modo de producción alcanzado por la humanidad.
El hombre al desarrollar el conocimiento influye y determina el avance de la
ciencia del derecho que está en permanente cambio y transformación. Pretende
constituir un Estado único que responda a los intereses y necesidades colectivas
de la humanidad (comunidad europea). Se encuentra en intima relación con los
valores. La justicia es un valor del derecho.
Ahora bien que es la justicia comunitaria.?
Es un antecedente histórico del derecho que corresponde a una etapa prehistórica
de la cultura desarrollada en el estadio medio de la barbarie que supervive en
los pueblos precolombinos con características particulares. Su fuente de origen
es la costumbre. Se rige por medio de normas morales, religiosas, de trato
social. Tiene una forma de administración de justicia sustentado en la
costumbre, moral y el misticismo religioso. La sanción es predominantemente
corporal y de carácter moral. Evolucionó en base al sincretismo cultural. No
tiene una estructura definida de aplicación de la norma moral, es heterogénea
depende del grupo y de la comunidad.
Ahora bien si la dirección del MAS y el gobierno, través de la Asamblea
Constituyente derivada, se proponen elaborar un ordenamiento regulatorio basado
en la moral, la religión y la costumbre y un sistema de administración de
justicia paralelo al establecido por el Estado boliviano, expresado en el poder
judicial, e incorporarlo en la nueva Constitución Política. ¿ no significa
sometimiento y obediencia al pensamiento europeo expresado en la ideología
liberal? ¿No es un atentado a la unidad del pueblo boliviano, a la integración
nacional y una forma de discriminación social?.
No es mejor incorporar en la Constitución reformas que protejan a los pueblos
precolombinos integrándolos en la economía, la cultura y la sociedad a través de
una planificación económica que estimule la organización y funcionamiento de
cooperativas agrarias, ganaderas, artesanales, etc.?
Si se impugna la existencia del Estado colonial y pregona la descolonización no
es inconsecuencia pretender incorporar la justicia comunitaria en la nueva
Constitución? Los constituyentes y el lector tienen la palabra.
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