Administración de riesgos
El Diccionario de la Real Academia Española define la palabra riesgo así:
riesgo. | ||
(Del it. risico o rischio, y este del ár. clás. rizq, lo que depara la providencia). | ||
1. m. Contingencia o proximidad de un daño. | ||
2. m. Cada una de las contingencias que pueden ser objeto de un contrato de seguro. | ||
a ~ y ventura. | ||
1. loc. adv. Dicho de acometer una empresa o de celebrar un contrato: Sometiéndose a influjo de suerte o evento, sin poder reclamar por la acción de estos. | ||
correr ~ algo. | ||
1. fr. Estar expuesto a perderse o a no verificarse. |
Todos los agentes económicos, incluyendo las
organizaciones empresariales, están sometidos a diversos tipos
de riesgo. Algunos (llamados riesgos endógenos) son generados
por la propia actividad. Otros (llamados riesgos exógenos) son
generados por actividades ajenas o por el azar.
Se llama análisis de riesgos al estudio de los eventos
que tienen efectos sobre la actividad de la empresa. Se llama
administración de riesgos a la aplicación de estrategias
para evitar o reducir los costes generados por los riesgos.
El análisis y la administración de riesgos incluye por tanto
la investigación e identificación de las fuentes de riesgo.
la estimación de su probabilidad y evaluación de sus efectos.
la planificación de estrategias y procedimientos de control de riesgos.
la aplicación optimizadora de esas estrategias en presencia de incertidumbre.
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José Andrés Dorta Velázquez:
La evaluación de riesgos como componente básico del sistema de
control interno Una aplicación a las
fuentes de financiación de la ULPGC
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