Diccionario de economía política

de Borísov, Zhamin y Makárova

 

RENTA DEL SUELO, EN EL CAPITALISMO: parte de la plusvalía que crean los obreros asalariados en la agricultura y que se apropian los dueños de la tierra. La renta capitalista del suelo responde o una forma de relaciones agrarias que presupone: al propietario que da su tierra en arriendo por el pago de una determinada suma; el arrendatario capitalista que tiene en sus manos una empresa capitalista y que, por el uso de la tierra, paga arrendamiento al propietario; al obrero asalariado que vende su fuerza de trabajo al arrendatario capitalista. Por lo tanto, bajo el capitalismo, la renta del suelo caracteriza las relaciones entre tres clases: capitalistas terratenientes y obreros asalariados, y expresa las relaciones de explotación a que someten a los obreros asalariados los capitalistas y los terratenientes. De la plusvalía creada por los obreros asalariados se apropian el arrendatario capitalista, en forma de ganancia media sobre el capital, y el terrateniente, en forma de renta del suelo, renta que constituye el excedente de plusvalía sobre la ganancia media que se establece en la agricultura. Marx indicaba que la apropiación de la renta constituye la forma económica en que se realiza la propiedad de la tierra. El desarrollo de la producción capitalista en la agricultura hace que el terrateniente se convierta, de hecho, en usurero de la tierra, el cual percibe la renta y no toma parte alguna en el proceso de la producción agrícola. A medida que el capitalismo se desarrolla, se eleva el importe de la renta y el precio de la tierra (ver), con lo que se encarecen los productos agrícolas y empeora la situación de la clase obrera. Bajo el capitalismo, la renta del suelo presenta dos formas principales: la renta diferencial (ver) y la renta absoluta (ver). Existe, además, la renta de monopolio (ver). Los propietarios de la tierra reciben también una renta en la industria extractiva y por los solares. Bajo el socialismo, se eliminan las condiciones que hacen posible la existencia de la renta absoluta y la renta de monopolio. En cambio, se dan condiciones económicas para la formación de la renta diferencial, si bien distinta, por su esencia, de la renta diferencial en el régimen capitalista (ver Renta diferencial, en el socialismo).


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