Contribuciones a la Economía


"Contribuciones a la Economía" es una revista académica con el
Número Internacional Normalizado de Publicaciones Seriadas
ISSN 1696-8360

Las Reformas Laborales en España de 1984 a 2010

Ofrecemos aquí un cuadro resumen de las diferentes reformas del mercado laboral que se han realizado en España entre 1984 y 2010, clasificándola según su temática en contratación indefinida, contratación temporal, contratos formativos, contratación tiempo parcial, Prestación por desempleo, despido y negociación colectiva.

Reforma

1984

1992

1994

1997

1998

2001

2002

2006

2010[1]

Contratación indefinida

 

 

 

Creación de contrato de fomento de la contratación indefinida[2] a colectivos específicos y con limitación temporal.

 

 

 

Extensión del contrato de fomento de la contratación indefinida a contratos temporales celebrado entre 2004-2007

 

Contratación temporal

Fomento de la contratación temporal

a cualquier

trabajador

desempleado y

suprimiendo los

topes de

contratación

fijados en

función de la

plantilla.

Creación del contrato de nueva actividad y contrato relevo.

Ampliación del periodo de contratación temporal de 6 meses a 1 año.

Contrato temporal de fomento de empleo para mayores de 45 años, PLD y personas con discapacidad

 

Legalización de las ETT

Eliminación del contrato de lanzamiento de nueva actividad.

Contrato temporal de fomento de empleo sólo para discapacitados.

Limitación de la ampliación del contrato eventual a 13 meses y medio en un periodo de 18 meses.

Limitación a una prórroga del contrato eventual[3]

Indemnización de 8 días por año trabajado a la finalización de los contratos eventuales.

Se incrementa u 36% la cuota empresarial por contingencias comunes de los contratos inferiores a 7 días

Creación del contrato de inserción para la realización de obras y servicios. Reducción del contrato eventual a 12 meses

 

Límite de encadenamiento de contratos[4].

Se iguala la cotización empresarial de los contratos de duración determinada a tiempo completo de la ETT con la de la contratación temporal directa

 

Eliminación los contratos de inserción

Según el Decreto Ley 10/2011. Se pueden encadenar los contratos temporales de forma indefinida.

Contratos formativos

Ampliación del plazo para acceder a un contrato en prácticas. También se amplía el límite de edad hasta los 20 años.

Duración máxima de 3 años.

 

Ampliación del contrato de aprendizaje hasta los 25 años. Posibilidad de reducir el salario por debajo del SMI, la retribución será fijada por el convenio colectivo.

El contrato en prácticas tiene una duración entre 6meses y 2años.

Sustitución del contrato de aprendizaje por el contrato para la formación.

 

 

Se suprime la edad máxima para trabajadores extranjeros, parados de larga duración, personas de exclusión social, discapacitados y alumnos de taller.

 

Para alumnos de taller y de casas de oficio se pone edad máxima limitada en 25 años. El resto de colectivos no tienen límite de edad.

Según el Decreto Ley 10/2011 se amplía la edad máxima de contrataos en formación hasta los 30 años.

Contratación tiempo parcial

Introducción de el contrato a tiempo parcial mientras no supere 2/3 de la jornada completa

 

Consideración de la jornada completa cualquiera que sea considerada inferior a la “habitual”. Se introducen disminuciones de protección social.

 

Considerara jornada a tiempo parcial las inferiores al 77% de la jornada completa.  Posibilidad de pactar horas complementarias en los contratos indefinidos. Ampliación de la protección social.

Se considera jornada a tiempo parcial cualquiera que sea inferior a la jornada a tiempo completo.

 

 

 

Prestación por desempleo

 

Endurecimientodel acceso a

la prestación

contributiva[5]

Se suprime la

capitalización

de la prestación

por desempleo

para los

autónomos.

 

 

 

Renta activa de inserción para colectivos con ingresos inferiores al 77% del SMI.

Suscripción del

compromiso de

actividad como

requisito para

tener derecho a

las prestaciones.

Endurecimiento para el acceso al

subsidio

agrario.

Reducción del tipo

de cotización

empresarial por

desempleo de

medio punto

porcentual

La RAI[6] pasa a ser

una prestación

permanente.

PRODI: ayuda

económica

extraordinaria

para parados que

hayan agotado

 

Despido

 

 

A las causas de

de despido existentes se añaden las

organizativas y

de producción.

Se considera

despido

individual

procedente cuando es <10% plantilla.

El contrato

indefinido de

tiene una

indemnización

por despido

improcedente de

33 días por año

trabajado, con

un máximo de

24

mensualidades

 

 

 

Supresión de

los salarios de

tramitación en

los casos en

que la empresa

reconozca la

improcedencia

del despido y

deposite en 48

horas en el

juzgado de lo

social el

importe de la

indemnización

correspondiente

 

 

Posibilidad de despedir a los trabajadores por causas económicas con 20 días de indemnización, sólo cuando las empresas cuando prevean pérdidas o caigan los ingresos. Se rebaja el coste de despido a 33 días por año trabajado.

Negociación colectiva

 

 

Aumento de las competencias de la negociación colectiva.

Regulación de

materias que

pueden

negociarse en

convenios

sectoriales u

ampliación del

contenido de la

negociación. Fomento de la negociación colectiva.

 

 

 

 

Se ponen requisitos para prevenir la

utilización

abusiva de

contratos de

duración

determinada con

distintos

trabajadores y el mismo puesto,

 

Según Real decreto ley 7/11, se institucionaliza la vía del descuelgue de los convenios pactados.

 

 


 

[1] Si bien en 2010 se firmó la Reforma Laboral, en los meses posteriores a dicha reforma se han ido aprobando distintos decretos laborales, a los que se hace referencia, con el objetivo de someter al Estatuto de los Trabajadores en un continuo y permanente proceso de ajuste. La información laboral más reciente no ha podido ser recogida en su totalidad debido al continuo proceso de cambio actual.

[2] Contratos dirigidos a los jóvenes entre 18-29 años y las personas mayores de 45 años, personas con discapacidad y contrataos temporales, convertidos en indefinidos en los siguientes 4 años

[3] Por circunstancias de la producción

[4] Dos o más contratos temporales concertados por la misma empresa para un mismo puesto que supere los 24 meses dentro de un periodo de 30 meses.

[5] Se aumenta el período mínimo de cotización exigido (12 meses)

[6] Es la Renta Activa de Inserción gestionada por el servicio de empleo público y tiene una duración de 11 meses.


 

Esta página forma parte del artículo Ruiz-Gálvez Juzgado, M.E.: "Políticas de ajuste estructural y su impacto en el mercado de trabajo español"

Para ver el artículo completo en formato pdf comprimido zip pulse aquí
Volver a la página principal del artículo


Para citar este artículo puede utilizar el siguiente formato:

Ruiz-Gálvez Juzgado, M.E.: "Políticas de ajuste estructural y su impacto en el mercado de trabajo español" , en Contribuciones a la Economía, octubre 2012, en www.eumed.net/ce/2012


 

Grupo EUMEDNET de la Universidad de Málaga Mensajes cristianos

Venta, Reparación y Liberación de Teléfonos Móviles
Enciclopedia Virtual
Economistas Diccionarios Presentaciones multimedia y vídeos Manual Economía
Biblioteca Virtual
Libros Gratis Tesis Doctorales Textos de autores clásicos y grandes economistas
Revistas
Contribuciones a la Economía, Revista Académica Virtual
Contribuciones a las Ciencias Sociales
Observatorio de la Economía Latinoamericana
Revista Caribeña de las Ciencias Sociales
Revista Atlante. Cuadernos de Educación
Otras revistas

Servicios
Publicar sus textos Tienda virtual del grupo Eumednet Congresos Académicos - Inscripción - Solicitar Actas - Organizar un Simposio Crear una revista Novedades - Suscribirse al Boletín de Novedades