Ma. de Lourdes Arias Gomez
Enrique Arias Gomez
Jesus Arias Gomez
Universidad Autonoma de Tamaulipas, Mexico
derecholni@gmail.comResumen
El gobierno mexicano ha creado políticas públicas para impulsar a las empresas y convertirlas en empresas sustentables, en particular, están apoyando a las empresas rurales, afectadas por los problemas económicos que vive el país, por los desastres naturales, por la pobreza extrema de las zonas rurales, la marginación y la emigración, entre otros factores. Al apoyar a las empresas rurales se propicia que las empresas sean rentables, al mismo tiempo que aprendan a cuidar el medio ambiente y los recursos naturales, sin importar, la actividad a la que se dedique la empresa. Los programas sociales creados por las políticas públicas establecen los objetivos, estrategias y metas que se deben seguir para apoyar el financiamiento de las empresas rurales y las actividades complementarias que se van a financiar para el desarrollo sustentable de las mismas.
Palabras clave: Política Pública, empresa rural, financiamiento, fundamento jurídico, desarrollo sustentable.
Clasificación JEL: R5, R51, R58
Abstract
The Mexican government has established public policies to encourage companies and turn them into sustainable businesses in particular are supporting rural enterprises affected by the economic problems facing the country, natural disasters, extreme poverty areas rural, marginalization and migration, among other factors. By supporting rural enterprises is encouraged that companies are profitable, while they learn to care for the environment and natural resources, regardless of the activity to which the undertaking is active. Social programs created by public policies establish the objectives, strategies and goals that must be followed to support the financing of rural enterprises and enrichment activities that will be financed for the sustainable development of the same.
Key Words: Public Policy, rural business, finance, legal basis, sustainable development.
JEL classification: R5, R51, R58
Para citar este articulo puede uitlizar el siguiente formato:
Ma. de Lourdes Arias Gomez, Enrique Arias Gomez y Jesus Arias Gomez (2015): "El desarrollo sustentable de la empresa rural en Mexico", Revista DELOS: Desarrollo Local Sostenible, n. 24 (octubre 2015). En linea: http://www.eumed.net/rev/delos/24/empresa-rural.html
Introducción
En la mayoría de los países, el financiamiento para el desarrollo sustentable del sector productivo se centra en los proyectos magnos de las grandes empresas, por la importancia socio-económica que tienen en el país.
Las empresas rurales enfrentan una serie de obstáculos para ser sujeto de crédito, pues la legislación y las reglas de operación de los programas de financiamiento establecen como requisito, que las empresas estén legalmente constituidas, por tanto, quedan excluidos los comerciantes informales, no obstante, son los que más requieren de apoyo económico y de asesoría legal, tanto a nivel urbano como rural.
Para financiar a las empresas se requiere de políticas públicas y mecanismos de financiación eficaces y eficientes, que permitan el crecimiento de la economía del país y la disminución de la pobreza, lo cual repercutirá en el progreso de las empresas , el avance de la tecnología y el crecimiento del país. Por ello, es importante que las políticas públicas eliminen los obstáculos que existen para acceder a los créditos, además que los publiciten para que las personas físicas y morales interesadas en los mismos, conozcan los requisitos para contratarlos.
En México, las Secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), Reforma Agraria (SRA), Desarrollo Social (SEDESOL), Secretaría de Economía (SE), el FIRA-Banco de México y la Financiera Rural son las responsables de aplicar los programas gubernamentales que tienen por objetivo el convertir a las empresas rurales en empresas sustentables.
1. El estudio
1.1. Planteamiento del problema
Los ingresos económicos de las empresas rurales dependen de una serie de factores externos (fenómenos naturales, migración de la población, pobreza, entre otros) y el crecimiento de la economía del lugar depende de las empresas, razón por la cual, los empresarios y comerciantes requieren de financiamiento accesible a sus posibilidades, sin embargo, las empresas no recurren a los créditos bancarios debido a las altas tasas de interés o a la negativa de la banca al otorgamiento del crédito. Asimismo, aunque existen diversos programas sociales, un sinnúmero de empresarios y productores rurales desconocen los mismos, por tanto, los dueños y administradores requieren que se les informe y capacite respecto a los programas establecidos por el gobierno federal o local para las empresas rurales, los cuales deben solucionar los problemas que atraviesan dichas empresas y así conseguir el crecimiento económico esperado. En consecuencia, nos preguntamos ¿El financiamiento a las empresas rurales es suficiente para lograr su desarrollo sustentable? Al concluir nuestra investigación daremos respuesta a la pregunta plateada.
1.2. Justificación
Este proyecto nace de la necesidad de evaluar las políticas públicas para el desarrollo sustentable que existen en México respecto al financiamiento de las empresas rurales.
Es importante evaluar la política de desarrollo sustentable y el marco jurídico que le reglamenta, porque a pesar del apoyo del gobierno federal en materia de política económica, a simple vista no se ven resultados del desarrollo económico en las empresas ni en las zonas rurales, ya que un sinnúmero de la población de las comunidades rurales viven en pobreza extrema, lo cual nos indica que algo no está funcionando, puede ser que las reglas de operación no son idóneas, los empresarios rurales no cumplen con las condiciones establecidas en el ordenamiento legal o las entidades bancarias y/o financieras promocionan sus créditos y no los programas federales o estatales.
Los principales requisitos que deben cumplir los microempresarios para el trámite y gestión de apoyos por parte de las instituciones bancarias:
1. Presentar el acta constitutiva
2. alta en la Secretaría de Hacienda
3. estados financieros,
4. los permisos de operación propios de cada municipio,
5. un plan de negocios.
Dichos requisitos no los pueden cumplir la mayoría de las empresas rurales, menos los negocios que están en la informalidad, porque no poseen administración ni cuentan con el servicio de un contador público.
De igual manera, los recursos de los programas gubernamentales tampoco está al alcance de los productores rurales pobres, lo cual se demuestra con la entrega de apoyos, el 10% de los agricultores con más tierras, concentra el 80% de los apoyos, datos que proporciona la SAGARPA a través de los Apoyos y Servicios a la Comercialización Agropecuaria (ASERCA).
1.3. Objetivo General
Evaluar si la política pública para el financiamiento de la empresa rural es suficiente para lograr su desarrollo sustentable.
1.4. Metodología
El presente estudio es una investigación documental, se utilizó el método analítico el cual se apoya en la revisión de trabajos emitidos por expertos en materia sobre los temas de desarrollo sustentable y financiamiento de las empresas rurales, con información y datos obtenidos de medios impresos y electrónicos.
Recurrimos al método explicativo para detallar la política pública de desarrollo sustentable y las tipos de financiamiento para la empresa rural en México.
2. La política pública de desarrollo rural sustentable
La noción de desarrollo sostenible surge en la Cumbre para la Tierra (1992), cuando se define como “aquel que satisface las necesidades de las generaciones presentes en forma igualitaria, sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades” (CEPAL, 2000, 280).
Las políticas públicas son “las sucesivas respuestas del Estado (del “régimen político” o del “gobierno de turno”) frente a situaciones socialmente problemáticas (Salazar, 1994).
Las políticas públicas están respaldadas por un marco legal, con la finalidad de dar certeza jurídica a los proyectos que se lleguen a concretar. “Es a través de las normas jurídicas que los poderes públicos autorizan y establecen las actividades que constituyen las políticas, y también, limitan la discrecionalidad en el actuar de los que la elaboran y ejecutan” (Pallares, 1988).
Las autoridades mexicanas se han esforzado para impulsar el desarrollo rural y social, con la promulgación de varias legislaciones entre ellas (La Ley de Desarrollo Rural Sustentable de 2001 y la Ley de Desarrollo Social de 2003) y la implementación de políticas públicas.
Se han creado fondos para el financiamiento de proyectos en el medio rural y que son administrados por dependencias federales como la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), para la adquisición de activos productivos, el Fondo Nacional de Apoyo para las Empresas en Solidaridad, los programas de inversión y empleo de la Secretaría de Desarrollo Rural, los programa Fondo para el Apoyo a Proyectos Productivos, mujeres y jóvenes emprendedores de la Secretaría de la Reforma Agraria y el eje para el Fomento de Microempresas Rurales de la Comisión Nacional Forestal, El Fideicomiso del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario (FINAFIM) entre otros, pero pese a todos esos apoyos no se ha logrado disminuir la pobreza en la zona rural.
Quijandría et al (2001) expresa que la pobreza y extrema pobreza rural se caracteriza por tres factores:
“Una exclusión y discriminación social y económica debida al origen étnico y de género.
Una carencia o limitado acceso a servicios destinados a satisfacer necesidades básicas de las familias rurales (salud, educación, vivienda y otros).
Niveles de ingresos inferiores a la cantidad mínima para obtener el conjunto básico de bienes y servicios para la familia”.
¿Qué debemos entender por desarrollo rural? “Cuando el desarrollo no se refiere al conjunto de una sociedad, sino que se centra en las áreas rurales en las que se pretende mejorar el nivel de vida de su población, a través de procesos de participación local y mediante la potenciación de sus recursos propios” (Guzmán et al., 1999).
Para Schejtman y Berdegué (2003), las características del desarrollo rural con enfoque territorial son las siguientes:
La competitividad determinada por la amplia difusión del progreso técnico y del conocimiento es una condición necesaria de sobrevivencia de las unidades productivas.
La innovación tecnológica que eleva la productividad del trabajo es una determinante crítica del mejoramiento de los ingresos de la población pobre rural.
La competitividad es un fenómeno sistémico, es decir no es un atributo de empresas o unidades de producción individual o aislada, sino que se funda y depende de las características de los entornos en que está inserta.
La demanda externa al territorio es el motor de las transformaciones productivas y, por lo tanto, es esencial para los incrementos de la productividad y del ingreso. Los vínculos urbano-rurales son esenciales para el desarrollo de las actividades agrícolas y no agrícolas al interior del territorio.
El desarrollo institucional tiene una importancia decisiva para el desarrollo territorial.
El territorio no es un espacio físico "objetivamente existente", sino una construcción social; es decir, es un conjunto de relaciones sociales que dan origen y a la vez expresan una identidad y un sentido de propósitos compartidos por múltiples agentes públicos y privados.
La concepción de desarrollo rural contenida en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que es una facultad del Estado y una obligación constitucional: promover las condiciones para que sea posible y los mexicanos lo promuevan. El texto constitucional se refiere al desarrollo rural integral. Mismo que la Ley de Desarrollo Rural Sustentable define como: “… el mejoramiento integral del bienestar social de la población y de las actividades económicas en el territorio comprendido fuera de los núcleos considerados urbanos de acuerdo con las disposiciones aplicables, asegurando la conservación permanente de los recursos naturales, la biodiversidad y los servicios ambientales de dicho territorio”.
3. Marco jurídico que reglamenta las políticas públicas para el desarrollo rural
La viabilidad de las políticas públicas para el desarrollo sustentable de la empresa rural depende en gran medida de las reglas de operación que establecen el procedimiento que se debe seguir para aplicar el presupuesto otorgado para el financiamiento de los distintos programas y concurrentes.
Para el desarrollo sustentable de las empresas rurales no hace falta un marco regulatorio, el problema no es la falta de una ley, el problema es el manejo de los recursos económicos tanto de parte de los titulares de las Secretarías de Estado que participan en los programas de apoyo como de los intermediarios financieros, porque no hacen llegar los recursos a la población objetivo del correspondiente apoyo, por falta de promoción o por falta de preparación del personal de la institución.
3.1. Constitución Política Federal de los Estados Unidos Mexicanos
El principal fundamento jurídico de la política pública se encuentra en la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos, en la cual se establecen las facultades del estado mexicano y las actividades que debe realizar en beneficio de la población.
El artículo 25 constitucional regula el desarrollo rural, en su párrafo primero establece que: “corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la soberanía de la nación y su régimen democrático y que, mediante el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege esta Constitución”.
El artículo 25 señala que el desarrollo nacional debe cumplir dos preceptos:
Fortalecer la soberanía de la nación y su régimen democrático;
Crear condiciones para el ejercicio de la libertad y la dignidad de los mexicanos. Para esto último se estableció que para lograrlo se deberán fomentar el crecimiento económico del país, el aumento del empleo y una distribución justa del ingreso y la riqueza.
El artículo 26 constitucional establece que “El Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación.”
En la fracción XX del artículo 27, la Constitución establece: “El Estado promoverá las condiciones para el desarrollo rural integral, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina el bienestar y su participación e incorporación en el desarrollo nacional, y fomentará la actividad agropecuaria y forestal para el óptimo uso de la tierra, con obras de infraestructura, insumos, créditos, servicios de capacitación y asistencia técnica.
La Constitución Política Federal de los Estados Unidos Mexicanos establece las bases para el desarrollo rural, facultando al ejecutivo federal para que organice al estado y establezca el plan de desarrollo nacional, a través del cual procure la competitividad y el crecimiento económico del país, creando los programas sociales que permitan el desarrollo sustentable de las zonas urbanas y rurales, con la finalidad de mejorar la calidad de vida de la población.
3.2. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
Esta ley se publicó el 29 de diciembre de 1976 y establece las bases de organización de la Administración Pública Federal (APF).
El artículo 10 establece que las Secretarías de Estado y los Departamentos Administrativos tendrán igual rango, y entre ellos no habrá, preeminencia alguna. Mandato que no debe limitar la colaboración, coordinación y concurrencia entre las diversas entidades y dependencias implicadas en los Programas Especiales, ya que por definición este tipo de programas involucran esfuerzos y recursos de por lo menos dos ramos.
Las distintitas Secretarias de Estado participan en las realización y aplicación de los programas sociales, los cuales deben procurar el desarrollo del medio rural, convocando a empresarios, investigadores y estudiantes a participar en proyectos de inversión aplicada que incentiven la competitividad, la innovación, la creatividad y la sustentabilidad de los empresarios, productores, agricultores, entre otros.
3.3. Ley de Planeación
El Artículo 2o. de la Ley de Planeación, establece que el ejecutivo llevará a cabo la planeación “…como un medio para el eficaz desempeño de la responsabilidad del Estado sobre el desarrollo integral y sustentable del país y deberá tender a la consecución de los fines y objetivos políticos, sociales, culturales y económicos contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.”
En el Artículo 3o. de la misma Ley se plantea que el Ejecutivo, “Mediante la planeación se fijarán objetivos, metas, estrategias y prioridades, así como criterios; se asignarán recursos, responsabilidades y tiempos de ejecución, se coordinarán acciones y se evaluarán resultados.”
El Artículo 9o. señala que “Las dependencias de la administración pública centralizada deberán planear y conducir sus actividades con perspectiva de género y con sujeción a los objetivos y prioridades de la planeación nacional de desarrollo, a fin de cumplir con la obligación del estado de garantizar que éste sea equitativo, integral y sustentable.”
En el Artículo 14, fracciones I, IV, VI y VIII, establece que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público tendrá entre otras atribuciones “Coordinar las actividades de Planeación Nacional del Desarrollo”, “Cuidar que el plan y los programas que se generen en el sistema, mantengan congruencia en su elaboración y contenido”, “Elaborar los programas anuales globales para la ejecución del plan y los programas regionales y especiales, tomando en cuenta las propuestas que para el efecto realicen las dependencias coordinadoras de sector, y los respectivos gobiernos estatales”, “Promover la incorporación de indicadores que faciliten el diagnóstico del impacto de los programas en mujeres y hombres”.
El Artículo 16 fracción IV cita que “A las dependencias de la administración pública federal les corresponde entre otras cosas, asegurar la congruencia de los programas sectoriales con el plan y los programas regionales y especiales que determine el Presidente de la República.”
El artículo 28 establece que el Plan y los Programas deben especificar las acciones a coordinar con los gobiernos de los estados, así como las de inducción y concertación a celebrar con los grupos sociales interesados.
El artículo 34, el Ejecutivo Federal podrá convenir lo siguiente con los gobiernos de las entidades federativas:
1. Su participación en la planeación.
2. Los procedimientos de coordinación.
3. Los lineamientos metodológicos.
4. La elaboración de los programas regionales.
5. La ejecución de las acciones.
El Ejecutivo Federal puede realizar el diseño institucional más adecuado de la Administración Pública Federal, para la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo.
3.4. Ley de Desarrollo Rural Sustentable
La Ley de Desarrollo Rural Sustentable (LDRS) tiene por objeto: Promover el desarrollo rural sustentable del país, propiciar un medio ambiente adecuado, en los términos del artículo 4o y garantizar la rectoría del Estado y su papel en la promoción de la equidad, en los términos del artículo 25 de la Constitución.
La LDRS define el desarrollo rural sustentable como: “El mejoramiento integral del bienestar social de la población y de las actividades económicas en el territorio comprendido fuera de los núcleos considerados urbanos de acuerdo con las disposiciones aplicables, asegurando la conservación permanente de los recursos naturales, la biodiversidad y los servicios ambientales” (Artículo 3º fracción XIV).
El Artículo 15 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable (LDRS) establece que el Programa Especial Concurrente, fomentará acciones en las siguientes materias:
Actividades económicas de la sociedad rural;
Educación para el desarrollo rural sustentable;
La salud y la alimentación para el desarrollo rural sustentable;
Planeación familiar;
Vivienda para el desarrollo rural sustentable;
Infraestructura y el equipamiento comunitario y urbano para el desarrollo rural sustentable;
Combate a la pobreza y la marginación en el medio rural;
Política de población para el desarrollo rural sustentable;
Cuidado al medio ambiente rural, la sustentabilidad de las actividades socioeconómicas en el campo y a la producción de servicios ambientales para la sociedad;
Equidad de género, la protección de la familia, el impulso a los programas de la mujer, los jóvenes, la protección de los grupos vulnerables, en especial niños, discapacitados, personas con enfermedades terminales y de la tercera edad en las comunidades rurales;
Por su parte, el Artículo 22 de la LDRS reglamenta la integración de los distintos sistemas y servicios especializados, en particular el Sistema Nacional de apoyos a los programas inherentes a la política de fomento al desarrollo rural sustentable, en los siguientes aspectos:
Apoyos, compensaciones y pagos directos al productor;
Equipamiento rural;
Reconversión productiva y tecnológica;
Apoyos a la comercialización agropecuaria;
Asistencia técnica;
Apoyos y compensaciones por servicios ambientales;
Estímulos fiscales y recursos del ramo 33 para el desarrollo rural sustentable establecidos en la Ley de Coordinación Fiscal;
Finanzas rurales;
Apoyos convergentes por contingencias; y
Todos los necesarios para la aplicación del Programa Especial Concurrente en las materias especificadas en el artículo 15 de esta Ley.
3.5. Programa especial concurrente para el desarrollo rural sustentable 2014- 2018
La visión estratégica del Programa Especial Concurrente (PEC) es lograr un desarrollo integral y sustentable de la comunidad rural que garantice calidad de vida y el bienestar de sus habitantes, para fomentar el desarrollo del sector rural justo, productivo, competitivo, rentable y sustentable para implantar un nuevo rostro al sector rural.
El tema de desarrollo sustentable no es un tema de moda, es un tema de interés mundial, ya que le reporta un beneficio a la comunidad internacional, porque favorece al medio ambiente. Por ese motivo, en México se promueve la cultura sustentable en todos los sectores, en especial, en el sector empresarial, pese a la complejidad de la empresa rural se pretende convertirlas en empresas sustentables.
En México, la agricultura representa el 56.8% del total del PIB primario, mientras que la ganadería representa el 39.7%. El 3.5% restante corresponde al aprovechamiento forestal, la pesca, la caza y otros servicios relacionados con la producción primaria.
La política de desarrollo sustentable de la empresa rural tiene la finalidad de satisfacer las necesidades de financiamiento y la prestación de servicios sociales (escuelas, capacitación, guarderías infantiles, centros de salud, vías de comunicación, entre otros). Sin embargo, únicamente el 1.5% del financiamiento total de la economía se canaliza al sector rural.
En nuestro país existen 188,596 localidades rurales y entre 5.3 y 5.4 millones de unidades económicas rurales distribuidas de la siguiente manera:
3.9 millones (que representan el 72.6% del total) con ingresos anuales netos menores a 17 mil pesos.
442 mil unidades económicas rurales (que representan 8.3% del total) registran ventas anuales promedio de 73,931 pesos.
El 9.9% de las unidades económicas de producción, 528 mil, sus ingresos anuales ascienden a 152 mil pesos.
448 mil unidades, 8.4%, desarrollan una actividad empresarial con ingresos anuales superiores a 562 mil pesos.
18 mil unidades (0.3% del total) pertenecen a un estrato empresarial dinámico, con escala productiva comparable con empresas de la industria o del sector servicios.
Por ese motivo, se dará prioridad a las empresas rurales que correspondan a municipios o localidades de alta y muy alta marginación y pequeños productores.
La política pública para el desarrollo sustentable pretende que las empresas rurales:
Aumenten la productividad de los factores de producción (tierra, trabajo, capital y agua) en el sector agroalimentario.
Sean competitivas para ingresar, mantener y mejorar su posición en los mercados nacional e internacional y con capacidad para vencer en la competencia internacional.
Rentables para atraer inversiones al campo en actividades agrícolas, pecuarias y pesqueras que “sean negocio”.
Sustentables que eleve la producción y la productividad, cuidando el medio ambiente y los recursos naturales.
Justas para que los beneficios del desarrollo sean incluyentes.
El Plan de Desarrollo Nacional 2013-2018 constituye los siguientes instrumentos de financiamiento para el desarrollo:
Fondos de garantía líquida, para apoyar proyectos orientados a la capitalización y a la innovación.
Incentivos de los programas de la Secretaría con crédito, para fortalecer su viabilidad ante los intermediarios financieros.
Promoción de proyectos agroalimentarios prioritarios de capital de riesgo.
Cofinanciamiento de proyectos, en los que participen dependencias federales y gobiernos locales.
Acompañamiento técnico de los proyectos y capacitación integral a los productores.
Promover los modelos de asociatividad que generen economías de aglomeración, para generar una dispersión de crédito focalizada que detone cadenas de valor.
Incrementar el acceso al crédito, a través de la creación y desarrollo de nuevos intermediarios financieros y organismos auxiliares de crédito (almacenes de depósito, sofomes, sofipos, cajas de ahorro, entre otros).
Fortalecer las coberturas de precios de productos estratégicos.
El PEC es un programa transversal federal, que abarca iniciativas de política dentro de distintas dependencias relacionadas con el sector agropecuario, mediante la elaboración de una estrategia coherente y horizontal. En particular, el PEC comprende políticas de financiamiento, productividad, infraestructura, salud, educación, sociales y ambientales, entre otras, para fomentar el desarrollo del campo mexicano.
El Comité de Operación podrá variar los montos originales asignados los diferentes Programas, considerando su demanda, la disponibilidad presupuestal, los Programas Especiales determinados por acuerdo de la Dirección General de la Financiera, la demanda de Apoyos conforme a los ciclos agrícolas y la urgencia por entregar los recursos a Beneficiarios afectados por desastres naturales.
Objetivos PEC
Fomentar las actividades económicas de la sociedad rural
Mejorar las condiciones de salud, alimentación, educación y vivienda
Combatir la pobreza y marginación del medio rural
Propiciar el cuidado del medio ambiente
Proteger a la familia e impulsar la equidad de género
La Cámara de Diputados aprobó para el PEC del año 2014, 338 mil 669.9 mdp, recursos que se distribuyeron en las diez vertientes: Social, Infraestructura, Competitividad, Salud, Educativa, Medio Ambiente, Administrativa, Financiera, Agraria y Laboral; entre éstas, la vertiente Social concentra más de la cuarta parte, 27.3 por ciento
Al cierre del año 2014, se erogaron 319 mil 484.8 mdp1, monto inferior en 19 mil 185.1 mdp.
De las diez vertientes que integran al PEC, seis registraron dejaron de ejercer en conjunto 23 mil 18.1 mdp; en tanto, las cuatro restantes erogaron, en total, 3 mil 832.9 mdp por arriba de sus recursos aprobados.
Dentro de las vertientes con mayores rezagos en sus erogaciones destacan dos: la Social con avances financieros anuales de 90.7 dejó de erogar 8 mil 648.6 mdp y la de Infraestructura con un porcentaje de 92.7 por ciento, dejó de erogar 5 mil 107.1 mdp.
La vertiente de Medio Ambiente erogó 1 mil 460.9 mdp por arriba de su presupuesto original. En su componente de Reconversión y Productividad: se ejercieron 2 mil 577.6 mdp, cuando originalmente sólo se le aprobó 634.8 mdp.
Las siguientes vertientes son las que tienen como objetivo principal atender la reducción de la pobreza y la provisión de servicios públicos básicos.
La vertiente Social, el Programa de Atención a la Pobreza en el Medio Rural registró el mayor rezago, de un presupuesto anual de 58 mil 886.3 mdp, erogó 52 mil 675.1 mdp; quedaron sin ejercer 6 mil 211.2 mdp.
La vertiente de Infraestructura, el Programas Hidráulicos, de un presupuesto anual de 4 mil 305.8 mdp, ejerció 1 mil 135.9 mdp, dejando de gastar 3 mil 169.9 mdp.
La vertiente Educativa sólo concentró el 10.5 por ciento del total de los recursos aprobado al PEC; y que al Programa de Innovación, Investigación, Desarrollo Tecnológico y Educación solamente se destinó 0.9 por ciento del total de los recursos erogados en 2014 por el programa transversal.
El presupuesto anual del PEC del año 2015 fue de 353 mil 007.3 millones de pesos. Al cierre de junio reporta un avance financiero de 46.2 por ciento.
1. Tres vertientes: social, competitividad e infraestructura. En conjunto, dejaron de ejercer seis mil 878.9 millones de pesos, que suman 85.7 por ciento del rezago total.
En la vertiente social no se erogaron cuatro mil 740.7 millones de pesos, principalmente por el menor gasto en el Programa Derecho a la Alimentación, por tres mil 715.3 millones de pesos.
En la de competitividad se dejó de ejercer mil 114.5 millones de pesos; en particular el Programa de Fomento a la Inversión y Productividad tuvo un rezago en el gasto por 732.7 millones de pesos.
De infraestructura se mantuvieron sin erogar mil 023.7 millones de pesos, lo que se explica por el menor gasto realizado en caminos rurales por 812.2 millones de pesos.
2. Otros ramos con mayores rezagos son: “Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación”, con mil 580.1 millones de pesos, y “Comunicaciones y Transportes”, con 812.2 millones de pesos, en conjunto dejaron de erogar seis mil 806.6 millones de pesos.
Programas y sus respectivos Componentes.
I. Programa Integral de Formación, Capacitación y Consultoría para Productores e Intermediarios Financieros Rurales.
1. Componente de Desarrollo de Sujetos de Crédito.
2. Componente de Capitalización.
3. Componente de Formación de Capital Humano.
II. Programa para la Constitución y Operación de Unidades de Promoción de Crédito.
1. Componente para el Fortalecimiento de las Organizaciones de Productores.
2. Componente para la Integración Económica Comunitaria y para Proyectos de Desarrollo Económico.
3. Componente para la Constitución y Operación de Unidades de Fomento y Desarrollo Económico y Financiero
4. Componente para Eventos Financieros o de Desarrollo Rural
5. Componente para el Desarrollo Tecnológico en el Medio Rural
III. Programa para la Constitución de Garantías Líquidas.
1. Componente de Fondos de Garantías Líquidas
2. Componente para la Constitución de Garantías Líquidas Capitalizables y Reservas Preventivas
IV. Programa para la Reducción de Costos de Acceso al Crédito.
1. Componente para la Disminución de Costos de Acceso al Crédito
2. Componente para la Atención de Contingencias
Derecho de los beneficiarios
Recibir un trato digno, respetuoso, oportuno, con calidad y equitativo, sin discriminación alguna.
Solicitar y recibir información sobre el estado que guardan las gestiones que hubieren realizado.
Recibir los Apoyos conforme a los requisitos y disponibilidad
Aquellos solicitantes a los que se les hubiera autorizado algún Apoyo en el ejercicio inmediato anterior y que por falta de disponibilidad presupuestal o cierre del ejercicio no pudieron recibir total o parcialmente el Apoyo, se les podrán pagar sus solicitudes autorizadas, o su complemento, con el presupuesto del ejercicio fiscal en ejecución.
Obligaciones de los Beneficiarios
Cumplir con las disposiciones establecidas en las Reglas.
Aplicar los apoyos a los fines autorizados.
Abstenerse de recibir y solicitar a Dependencia Gubernamental alguna, apoyo para el mismo fin que está solicitando.
Permitir a la Financiera e instancias ejecutoras efectuar las visitas a las instalaciones o lugares donde se lleven a cabo las acciones, para verificar la aplicación de recursos y cumplimiento de metas.
Proporcionar a la Financiera la información que permita integrar el padrón de Beneficiarios.
Aceptar y facilitar auditorías por el órgano interno de control de la Financiera o de cualquier otra autoridad competente, con el fin de verificar la correcta aplicación de los recursos otorgados.
En caso de incumplimiento de los fines para los que fueron otorgados los apoyos respectivos, reintegrar a la Financiera el monto recibido, incluyendo los rendimientos respectivos.
La Financiera, a través de las diferentes instancias ejecutoras, vigilará la observancia de la aplicación de los criterios y normas de regulación y deberá notificar los resultados de dicha supervisión a los ejecutores de los Programas.
Las Empresas de Intermediación Financiera deberán otorgar información que la Financiera les solicite acerca de las condiciones crediticias otorgadas a sus clientes finales.
Los Acreditados que afecten cualquiera de los fondos de este Programa, no podrán acceder nuevamente a los Apoyos, excepto en aquellos casos en que el Comité de Capacitación lo autorice.
Programa de Apoyo a Jóvenes para la Productividad de Futuras Empresas Rurales
Objetivos del "Programa"
General
Lograr que los "Jóvenes emprendedores rurales" implementen y consoliden su propia "Agroempresa" rentable y sustentable, preferentemente en el núcleo agrario al que pertenecen, o en otro cercano que no implique su cambio de residencia; a través de capacitación, renta de derechos parcelarios, adquisición de insumos y servicios de acompañamiento empresarial y acceso al financiamiento; con el fin de propiciar el arraigo, el acceso a la propiedad social y mejorar sus ingresos.
Específicos
I. Desarrolle capacidades de organización para trabajar en grupo;
II. Desarrolle habilidades y capacidades técnico-productivas y empresariales,
III. Acceda a la propiedad social de la tierra y al capital para su "Agroempresa";
IV. Acceda al financiamiento,
V. Desarrolle actividades de mejora continua en su "Agroempresa".
El "Programa" deberá aplicar en los "Núcleos agrarios" de los municipios que cumplan con los siguientes criterios:
1. Estén considerados dentro de la Zona de Atención Prioritaria Rural (ZAP)
2. Que los "Núcleos agrarios" no tengan conflicto agrario,
3. Que los "Núcleos agrarios" tengan potencial productivo, cuenten con infraestructura y mercado local, para un "Proyecto agro empresarial".
Los requisitos para acceder al "Programa" son:
I. Ser "Sujeto agrario";
II. Tener mínimo 18 años y hasta 39 años de edad, al momento de presentar la solicitud de incorporación al “Programa".
III. Habitar en un "Núcleo agrario" ubicado ZAP ";
IV. Presentar identificación oficial con fotografía y firma,
V. Presentar Clave Única de Registro de Población (CURP).
Facultades y obligaciones de la "Unidad Responsable" del "Programa":
I. Implementar medidas y acciones para el cumplimiento de la "Matriz de marco lógico" del "Programa";
II. Acreditar a los capacitadores y tutores/as de negocio;
III. Emitir opinión de viabilidad sobre los proyectos conforme a lo estipulado en el "Manual de procedimientos";
IV. Sugerir al "Comité Técnico" la implementación de mejoras a la operación del "Programa", cuando así lo amerite;
V. Administrar los apoyos del "Programa";
VI. Gestionar los acuerdos con la o las "Institución(es) Financiera(s)", que colaborará(n) en la administración y la ministración de los recursos que apruebe el "Comité Técnico";
VII. Solicitar a la "Secretaría" la entrega del "Apoyo directo" aprobado por el "Comité Técnico", al "Joven emprendedor rural";
VIII. Instruir a la "Institución Financiera", que ministre al "Joven emprendedor rural" los apoyos que apruebe el "Comité Técnico", para la "Consolidación de agroempresas";
IX. Instruir a la "Institución Financiera", conforme lo apruebe el "Comité Técnico", para la "Consolidación de agroempresas";
X. Definir y ejecutar las tareas de promoción del "Programa";
Etapas del "Programa":
Proyecto escuela
a) Adquisición de activos fijos y capital de trabajo. $350,000.00 100% “Apoyo Directo” por “Comité de jóvenes” y por única vez.
b) Capacitación Técnica. $60,000.00 100% “Apoyo Directo” por “Comité de jóvenes” y por única vez.
c) Capacitación Empresarial. $40,000.00 100% “Apoyo Directo” por “Comité de jóvenes” y por única vez.
d) Becas 120 días 100% “Apoyo Directo” por “Joven emprendedor rural”, en salarios mínimos, por única vez.
Etapa 2
Proyecto agro empresarial
a) Renta de derechos parcelarios. $ 30,000.00 100% “Apoyo Directo” por “Joven emprendedor rural” y por única vez.
b) Adquisición de activos fijos y capital de trabajo. $150,000.00 100% “Apoyo Directo” por “Joven emprendedor rural” y por única vez.
c) Tutoría de Negocios. $ 25,000.00 10% del costo total del Proyecto. “Apoyo Directo” por “Joven emprendedor rural”.
Etapa 3
Consolidación de agroempresas
a) Compra de derechos parcelarios. $100,000.00 100% “Garantía líquida” por “Joven emprendedor rural” y por única vez.
b) Adquisición de activos fijos y capital de trabajo. $125,000.00 60% “Garantía líquida” por “joven emprendedor rural” y por única vez
c) Tutoría de Negocios. $ 25,000.00 10% del costo total del Proyecto. “Apoyo Directo” por “Joven emprendedor rural”.
Derechos del "Joven emprendedor rural":
I. Recibir información sobre el acceso a los apoyos del "Programa";
II. Recibir orientación para la interpretación y adecuado cumplimiento de las "Reglas de Operación" de los "Proyecto escuela", "Proyecto agro empresarial" y la "Consolidación de agroempresas", por parte de la "Secretaría".
Son obligaciones del "Joven emprendedor rural":
I. Cumplir con el 90% de las asistencias en el "Proyecto escuela";
II. Realizar la evaluación que apliquen los capacitadores;
III. Seleccionar al "Capacitador", de entre los/las que estén acreditados/as por la "Unidad Responsable";
IV. Denunciar, ante la "Delegación Estatal", desvíos o malversaciones de los apoyos, de que se tenga conocimiento. La omisión de la denuncia independientemente de las sanciones civiles y/o penales que resulten procedentes, será motivo de exclusión del "Programa";
V. Comprobar el ejercicio del gasto con facturas o comprobantes que reúnan los requisitos fiscales.
VI. Permitir las acciones de seguimiento y verificación de las autoridades fiscalizadoras y las instancias evaluadoras externas, quienes podrán requerir copias de las facturas y comprobantes del ejercicio de los apoyos;
VII. Reportar a la "Unidad Responsable", cualquier "Caso fortuito" o causa de "Fuerza mayor" que impida el desarrollo del "Proyecto escuela", el "Proyecto agro empresarial" o la "Consolidación de agroempresas", dentro de los veinte días naturales siguientes a la fecha en que haya acontecido;
VIII. Ejercer el "Apoyo directo" y/o la "Garantía líquida" en estricto apego a los montos autorizados para cada concepto;
IX. Presentar bimestralmente ante la "Delegación Estatal", informe de actividades;
X. Firmar los documentos jurídicos mediante los cuales se haga constar la recepción y aplicación de los recursos otorgados.
XI. Cumplir lo establecido en los documentos jurídicos que firmó al recibir los apoyos;
XII. Cubrir las garantías adicionales que en su caso requiera la "Institución Financiera" para la autorización del "Financiamiento" que se utilizará en la "Consolidación de agroempresas";
XIII. Al concluir el proceso de capacitación del "Proyecto escuela", entregar el cierre administrativo, dentro de los 30 días naturales posteriores, conforme lo indica el "Manual de procedimientos";
XIV. Al concluir el acompañamiento empresarial del "Proyecto agro empresarial" y de la "Consolidación de Agroempresas", entregar un informe final de la aplicación del "Apoyo directo", adjuntando la documentación comprobatoria correspondiente; conforme lo indica el "Manual de procedimientos".
Conclusiones
Por el análisis de los temas de estudio de la presente investigación podemos concluir que: es importante el análisis del desarrollo sustentable de la empresa rural en México y conocer los programas de financiamiento que existen en materia de desarrollo rural e identificar la causa de que pese al apoyo que proporciona el gobierno federal mexicano a la empresa rural a través de un sinnúmero de programas de financiamiento, no es suficiente para lograr su desarrollo sustentable.
Algunas observaciones que se pueden hacer de la investigación son:
1. Consideramos que una de las razones de porque las políticas públicas para el desarrollo rural no tienen el éxito esperado, es que no toman en cuenta los aspectos sociales, económicos, culturales y educativos de la población rural, por tanto, los programas sociales no atienden sus necesidades, en consecuencia, la población sigue viviendo en pobreza y pobreza extrema.
2. Otra causa del que el desarrollo rural no sean el esperado, es que el presupuesto otorgado para el Programa Especial Concurrente no se ejerce en su totalidad, sobre todo por las dependencias del área social, responsables de los programas dirigidos a la población que vive en extrema pobreza y pobreza.
3. Las políticas públicas se crean para resolver problemas públicos, es decir, para subsanar las carencias de la sociedad, sin embargo, en nuestro país existen 188,596 localidades rurales y 5.3 millones de unidades económicas rurales dispersas en todo el territorio nacional, por ello, se requiere de programas sociales especiales por región y de apoyo directo a la población, sin intermediarios.
4. La mayoría de dichas empresas rurales no están constituidas legalmente, por tanto, no pueden participar en los programas de financiamiento. Por ello, primero se debe valorar la situación legal de las empresas rurales y luego establecer las reglas de operación.
5. Para que los jóvenes que participen el Programa de Apoyo a Jóvenes para la Productividad de Futuras Empresas Rurales, logren crear una agroempresa y conservarla funcionando por un largo periodo de tiempo es necesario, que reciban una educación de calidad desde el nivel básico hasta el nivel superior, porque de otra forma no están preparados para ser empresarios, pese a que el Programa les capacita en materia empresarial.
6. El desarrollo rural depende del desarrollo de distintos componentes; salud, educación, empleo, infraestructura, tecnología, entre otros, sólo así de podrá mejorar el nivel de vida de su población rural. Además, es necesario que las reglas de operación de los programas de apoyo, en la medida de lo posible sean flexibles con las empresas rurales, para que las mismas puedan acceder a los programas financiamiento y así lograr su desarrollo sustentable, el cual impactará de manera directa en la población del lugar.
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Salazar Vargas, C.: Políticas Públicas, Instituto de Ciencias Jurídicas de Puebla, Grupo Editorial Mariel S.C. México, 2011, ISBN 978-607-95589-0-1
Schejtman, A. y Berdegué, J. A. (2003), Desarrollo territorial rural, Santiago, Centro Latinoamericano para el Desarrollo Rural (Rimisp).
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