Revista: Caribeña de Ciencias Sociales
ISSN: 2254-7630


DE LA PARTICIPACIÓN DIRECTA A LA DEMOCRACIA PARTICIPATIVA: LA HISTORIA DE UNA INSTITUCIÓN

Autores e infomación del artículo

Oscar Hechavarria Prade*

Profesor Asistente de la Universidad de Oriente, Cuba

oscar@palma.sum.uo.edu.cu

Resumen
La democracia tiene a la participación como el eje central alrededor del cual gira su concepción. Un régimen será más democrático en tanto logre que la mayor cantidad de sus ciudadanos participe en la actividad pública. En la actualidad es defendido el criterio de que el modelo de democracia participativa es una alternativa no solo para profundizar en la democracia y la construcción de ciudadanía, constituye además un instrumento de vital importancia en pos de lograr el desarrollo en el ámbito local. El presente trabajo tiene como objetivo realizar un análisis de la participación desde una perspectiva histórica,  lo que permitirá a una mejor comprensión de la actual orientación hacia una democracia participativa.

Of the direct participation to the democracy participative: the history of an institution
Summary 
The democracy in any society has to the participation like the central axis around which rotates its conception, a régime it will be more democratic as long as it achieves that the biggest quantity in its citizens participates in the public activity.  At the present time it is protected the approach that the pattern of Democracy Participative is a non alone alternative to deepen in the democracy and the citizenship construction, it also constitutes an instrument of vital importance after achieving the development in the local environment.  In this work a systematizing of the participation is presented from a historical perspective with the purpose of contributing to a better understanding of the why the current orientation toward a democracy participative.
Palabras claves: Democracia - participación directa – representación - Democracia participativa - participación ciudadana

Key words: Democracy direct – participation – representation - Democracy participative- participation citizen

Para citar este artículo puede utilizar el siguiente formato:

Oscar Hechavarria Prade (2017): “De la participación directa a la democracia participativa: la historia de una institución”, Revista Caribeña de Ciencias Sociales (mayo 2017). En línea:
https://www.eumed.net/rev/caribe/2017/05/democracia-participativa.html
http://hdl.handle.net/20.500.11763/caribe1705democracia-participativa


Introducción

Las polis estados griegas o la Roma republicana, reviven un pasado democrático de participación directa donde los ciudadanos fusionados con el Estado buscan solución a los disímiles problemas que embaucan la vida pública. Empero el retorno a ese pasado le es bastante espinoso a las sociedades modernas por la complejidad y variedad de los problemas que se presentan y por la gran magnitud poblacional que han alcanzado los Estados.
Pero la experiencia histórica que aportan estos modelos no es desdeñable, constituyen un precedente teórico sobre participación que puede ser invocado para fortalecer la democracia representativa de los modernos Estados, para complementarlas, y profundizar en ella en un sentido participativo.
A principios de la década de los 60 del siglo XX el modelo democrático representativo, herencia del Estado liberal, entra en una profunda crisis cuestionado no solo por la izquierda sino por la propia derecha, aunque desde diferentes propuestas.
En tales circunstancias la democracia participativa comienza a invadir la literatura del mundo occidental y a fomentarse como una importante alternativa no solo para la democratización de los procesos, más allá aparece como un substancial instrumento para el desarrollo local.
El camino hasta llegar a los modelos de democracia participativa ha estado plegado de tensiones y contradicciones políticas, económicas y socioculturales aun no superadas; empero de su análisis histórico pueden  extraerse importantes fundamentos teóricos que faciliten su instrumentación.

Desarrollo
El surgimiento de la democracia. La participación directa.
Puede plantearse que las primeras formas de participación nacen al calor de agudas luchas de clases por el ejercicio del poder político1 , de ahí que estos primeros mecanismos participativos tengan un contenido, en principio, político. En este sentido tanto el esclavismo ateniense como el romano escenifican tales acontecimientos a diferencia del Estado burgués donde la participación adquiere mayores dimensiones tanto en sus formas como en su contenido.
Fue en una de las polis-estados griegos2 (Atenas) donde una parte de la aristocracia terrateniente (demiurgos y geomoros) que conformaron una alianza (demos) excluidos de los más elementales derechos de participación política escenificaron una ardua batalla contra la potente y más alta representación de la aristocracia ateniense (eupátridas) detentora del poder y los derechos políticos, pretendiendo se le permitiera participación en la vida política de la polis.
En tal sentido puede considerarse que el ideal democrático ateniense está asociado a los niveles de participación política obtenidos por el demos en su lucha contra la aristocracia terrateniente. Es así que ilustrativas formas de participación directa vieron la luz en las diferentes etapas de la vida política y social ateniense.
Solón3 protagonizó dentro la sociedad ateniense significativos cambios políticos de largo alcance y que magnifican los logros del demos en materia participativa al eliminar el exclusivismo de acceso al poder a la aristocracia de abolengo y permitir que capas enriquecidas del demos tuvieran acceso al Arcontado y al Consejo de Ansíanos.
Sin embargo tuvieron mayor alcance dentro de la sociedad ateniense, desde el punto de vista de su democratización, las reformas de Clistenes al dejar establecido un verdadero gobierno democrático con la participación de todas aquellas clases consideradas libres. El eminente político va más allá que su antecesores y crea los órganos populares sobre la base de elecciones libres con participación de todos los ciudadanos. Provee a la eclesia4 de importantes mecanismos que garantizaban la promulgación legal de las normas, afianzando el sentido democrático de su discusión. Instituyó un procedimiento llamado grafe paranomoni ejercitable por cualquier ciudadano cuando un nuevo proyecto de ley transgredía a otra norma anterior, que podía ser interpuesto durante la deliberación o aun después de haber sido aprobada la ley (Fernández, 1977:206).
El incipiente Estado romano y su posterior desarrollo develan con toda crudeza la vivencia de dos clases en pugna, el patriciado y el plebeyado. Los patricios erigidos en una potente aristocracia terrateniente heredada de las más antiguas agrupaciones patricias que habitaron y desarrollaron vida gentilicia en la llanura del Lacio llegaron a conformar el populus romano y se arrogaron los más importantes derechos políticos y civiles: el ius conmerci, el ius connubis, el acceso a los cargos públicos y hasta el derecho a la propiedad del ager publicus, constituyéndose el plebeyado en la clase de los desposeídos políticos, no formaban parte del populus romanus y por lo tanto estaban excluidos de los derechos públicos (Fernández, 1982:20).
Las aspiraciones plebeyas se ven cristalizadas en una república romana que expresan el más alto nivel de agudización de esta lucha de clase; en tales circunstancias emergen dentro de la sociedad romana importantes mecanismos de participación política. Destacan los Tribunos de la Plebe investidos del ius intercesionis, derecho de interceder, que consistía en la posibilidad de enervar o vetar la ejecución de cualquier disposición emanada de los órganos republicanos (Fernández, 1982:24).
Los años posteriores de evolución política y jurídica del Estado romano y la asida lucha entre el patriciado y el plebeyado condujo a este último a obtener importantes logros en el terreno político, económico y social, que sin dudas son manifestaciones del debilitamiento del aristocrático patriciado romano y que constituyeron importantes formas de participación directa5 .
Resulta significativo en este devenir histórico el surgimiento de los plebiscitos, por el carácter vinculante de los acuerdos tomados en los concilios de la plebe, que llegaron a obligar incluso al patriciado alcanzando en etapas posteriores fuerza de ley.

El sistema político feudal y la representación estamentaria.
Es en el seno de la sociedad esclavista envuelta en un sin número de contradicciones económicas políticas y sociales manifiestas ya para el siglo V, encabezado por el Estado romano en Europa Occidental, donde comienzan a fomentarse las bases que sustentan el modo de producción que marcó el rumbo de las relaciones políticas-jurídicas durante todo el Medioevo –el sistema feudal-.
Aparece entonces la Europa medieval descrita en un cuadro paupérrimo y empobrecido, las relaciones feudo-vasalláticas esencia del sistema feudal absorben en un medio netamente agrario toda la vida de las ciudades que ahora se ven en total decadencia, con un notable descenso de la economía, producido por un debilitamiento de las relaciones mercantiles y el intercambio comercial. En tales situaciones el escenario político sufre un retroceso al desaparecer la vida política, económica y civil de las ciudades.
Toda la actividad política participativa que otrora había logrado la sociedad esclavista6 ahora se observa minimizada en un Estado con un fuerte influjo de la iglesia sobre la actividad política jurídica; que encuentra en el pensamiento filosófico de este periodo7 todo un arsenal teórico utilizado como herramienta para subsumir la vida del Estado a la lógica clerical bajo el principio de que todo poder de dominación procede de Dios y solo es transferida a sus titulares a título de préstamo (Hintze,1968:40). Se constituye un gobierno con un poder central debilitado, difuminado en los distintos feudos que lo conforman y que acaban convirtiéndolo en un feudo más de cuya suerte depende la participación en la vida del Estado, atenido a que todo accionar político al momento se cierne hacia el interior de esos poderes locales.

La participación política se ve cercenada por la fusión del derecho público con el derecho privado, no conoció el feudalismo de esa dualidad al menos en sus preludios. Como bien señala Fernández (1982:86) “En su expresión más pura el Derecho feudal supone la fusión del derecho público y el privado, por absorción de la función pública y de soberanía por la relación jurídica de propiedad privada”.
Superada la etapa primitiva del feudalismo comienza un lento proceso de renacimiento de las ciudades, y la burguesía como clase alcanza determinada preponderancia en la actividad comercial.
Los imperantes cambios económicos que ya para el siglo XII comienzan a experimentarse en el Medioevo europeo: el aumento del tráfico marítimo, los progresos de la circulación monetaria, la difusión de las ferias, el desarrollo tecnológico de la agricultura, el renacimiento de las ciudades y gremios y de la actividad mercantil, contribuyeron a fortalecer una nueva clase social (la burguesía) que como resultado de esta actividad adquiere cada vez mayor potencial económico e injerencia política (Elmer, 1973:175).
Fueron entonces los burgos y gremios los escenarios que propiciaron el crecimiento del poder económico de la burguesía y en esa misma medida el poder público, logrando importantes derechos políticos y participación en el gobierno, que hasta entonces era exclusivo del patriciado. 8 “(…) a partir del siglo XIII, la población industrial de los burgos tendió a romper el control oligárquico del patriciado comercial y a democratizar el gobierno urbano” (Elmer, 1973:211).
La vida política adquiere un matiz diferente con el advenimiento de las monarquías estamentales. Durante este periodo la participación política adquiere un carácter netamente representativo, el individuo participa no como ente individual, sino como parte de un estamento social (Del Rio, 2002:13). Consiste en que una unidad política con un carácter privilegiado, representa la totalidad frente al gobernante, lo que le confiere a la representación un carácter excluyente.
Las monarquías estamentales encontraron cierto contrapeso político, que limitaba el absolutismo del poder en determinados órganos representativos de los distintos estamentos que la respaldaban.
En la sociedad feudal la representación estamental constituyó el mecanismo que viabilizó la participación política del individuo como parte de un grupo social (estamentos). La relación se establece bajo un mandato imperativo que sobrepone la voluntad del grupo por encima de la del representante.
La representación estamental se erige en un importante precedente de la representación libre, propia del Estado moderno y de todo el ideal democrático que sustenta, que sostiene como principio la igualdad del individuo ante la ley y por ende representante de los intereses de una sociedad idealísimamente homogénea y no los intereses de grupos o sectores privilegiados.
En el siglo XVI en toda Europa aparecen un grupo de poderosos Estados nacionales  forjados en un lento proceso impulsado por disimiles factores, que se hacían manifiesto en el seno de la sociedad feudal europea en los albores del siglo XIV (Carton, 1994).
La clase burguesa fue la principal artífice del tránsito de una monarquía  feudal dispersa, descentralizada y débil a la conformación de un poder político centralizado que diera respuesta a sus intereses económicos; es así que a la par del proceso de formación de los Estados nacionales, las monarquías absolutas se encumbran como una nueva forma de gobierno. Esta forma de gobierno, actúa como fuerza de apoyo a las nuevas relaciones de producción de tipo capitalista. (Fernández, 2001:98).
Un nuevo panorama político es vivido en Europa con la llegada del feudalismo a las monarquías absolutas, estas implican una decadencia de las monarquías representativas estamentales y consecuentemente su modelo participativo. Como acertadamente señala Carlos Marx citado por Lovchuk, Oirzerman & Schipanov (1986:194) “La monarquía absoluta surge en los periodos de transición, cuando los viejos estamentos feudales decaen y se forma, del estamento medieval de los ciudadanos, la moderna clase de la burguesía (…)”.
La nueva forma de estructurar el poder sobre el agonizante sistema feudal, que cuenta en algunos casos con el poder de la iglesia y a la cabeza las clases mercantiles que circundan la ciudad, encuentran un fuerte sustento desde el punto de vista filosófico en las doctrinas del absolutismo político, que tienen como principales exponentes en Francia a Jean Bodin y Benigno Bossuet; en Inglaterra Roberto Filmer y Tomás Hobbes y en Holanda a Hugo Grocio.
En sus proyecciones iusfilosóficas sobre el Estado y la forma de gobierno, fundamentada en  la existencia divina del poder real y en el caso de Grocio y Hobbes en la teoría del Derecho Natural, se constata una negación de participación de la sociedad civil en la vida del Estado al enarbolar el ideal del sacrificio de la libertad de los hombres para conferir la soberanía y todo el poder político en favor del divino monarca.
Pronto será la propia clase burguesa, que sobre la base de un nuevo posicionamiento doctrinal9 comenzará a librar una densa lucha contra el absolutismo monárquico,  régimen que empieza a tornarse burocrático e inoperante ante un creciente mercantilismo de la vida económica y social europea y para nada le resulta útil en sus aspiraciones de clase.

El Estado burgués y la participación representativa
Influenciadas por las concepciones iusfilosóficas: las doctrinas del derecho natural y del contrato social, enarboladas ahora en las figuras de Tomás Hobbes, por un lado y Locke y Rousseau por otro, se suscitan en el siglo XVI en Europa las revoluciones burguesas en los países bajos, la inglesa en el siglo XVII y la francesa del siglo XVIII que acaba difuminando los restos que quedaban del viejo sistema feudal.
Con el advenimiento de la burguesía al poder comienza a construirse una nueva plataforma teórica acerca de la democracia y los mecanismos participativos. El iusnaturalismo no solo fue para la burguesía el fundamento en su lucha contra el antiguo régimen  absolutista. El pensamiento de talentosos filósofos entre los que se destacan Locke, Montesquieu y Rousseau se constituyen en cimiento para la construcción del Estado liberal como nueva concepción política de organización de la sociedad y el derecho; que enarbolará como principios básicos la libertad, los derechos del hombre, el imperio de la ley y el gobierno limitado.
El Estado liberal burgués tiene a la libertad como centro alrededor del cual giran todos sus principios e instituciones, “…sus aspiraciones pueden emplearse en términos muy sencillos: reorganizar la sociedad de suerte que el ciudadano goce del máximo de libertad compatible con el orden necesario para la supervivencia de la sociedad y en consecuencia de sus miembros” (Massino, 1957:31). En aras de mantener ese ideal de libertad se defiende la menor intervención del Estado en los asuntos de los particulares convirtiéndolo en un Estado abstencionista, que deja la dinámica social expuesta a las leyes del mercado, de ahí la clara separación de la sociedad civil y el Estado donde los individuos no están implicados en la vida pública prevaleciendo el criterio de la libertad por encima del participativo.
La burguesía necesitaba de un instrumento que garantizara la protección de esas libertades, que permitiera establecer un control y un límite a la acción del poder político del Estado; en este contexto nace la constitución como una necesidad de la burguesía de proteger sus ideales e intereses de clase, protección que adquiere su mayor magnitud cuando la constitución se enarbola como norma suprema del ordenamiento jurídico en la embrionaria Revolución Norteamericana del siglo XVIII.
Al amparo de la constitución en su dimensión protectora, alcanzada dentro del Estado liberal burgués, la representación se erige como principio y como ideal de participación del individuo en los asuntos del Estado en un concepto distinto a la representación estamental que caracterizó al feudalismo.
Con la extinción del feudalismo aparecen las primeras instituciones representativas en el sentido actual del término. El proceso debe ser focalizado en Inglaterra donde las necesidades pecuniarias de la corona dieron pasos a la reunión de cuerpos representativos. Allí fue donde la técnica de la representación hizo posible la institución del parlamento separado e independiente del gobierno (Vanosi, 1996:172).
En el discurso representativo liberal subyace como principal fundamento la necesidad de establecer un límite al poder político del Estado, y esto se patentiza al dejar sometido al control del legislativo (como órgano representativo) el resto de los poderes, evitando que cualquier actuación proveniente de estos pueda erosionar el principio de libertad que se yergue como colofón del sistema (Cutié, 1999:11). “La Burguesía no erigió la absoluta libertad Jurídico-formal del ciudadano hasta que no encontró las formas políticas idóneas para el ejercicio de esa igualdad formal, que no fue otra que la república representativa burguesa, según el modelo ideado por Montesquieu (…)” (Fernández, 2005:149).
Si lo que se pretende es una sociedad donde todos queden sometidos al imperio de la ley tal como propugna el Estado de Derecho contrario totalmente a los principios del absolutismo monárquico del feudalismo, es necesario entonces que aquellos que detentan el poder bajo el consentimiento de los gobernados estén sometidos a un límite y un control y esto se logró mediante el mecanismo de la representación que acaecerá mediante el órgano parlamentario constituido en medio representativo.
 
Si bien hasta la primera mitad del siglo XIX primó el criterio representativo, con posterioridad a 1850, la participación directa comienza a difundirse en la vida política del mundo occidental, al momento en que la democratización del Estado liberal se concreta como respuesta a las tensas contradicciones política y económicas que comienzan a sacudir todo el sistema (Elmer, 1973:705), (Álvarez, 1992:96) y que hacen evidente la falsedad de los postulados liberales burgueses, al edificar en nombre de la libertad un sistema político que solo garantizaba sus intereses.
En el desarrollo de la ideología democrática liberal la máxima rousoneana, de que toda soberanía procede del pueblo, comienza a sustituir el ideal de soberanía fundamentado por Montesquieu que reza que todo el ideal de soberanía reside en un ente abstracto – la nación- y su voluntad se encarna en sus representantes. Bajo el prisma de la soberanía popular la participación directa comienza a direccionarse en el constitucionalismo democrático regulándose como derechos políticos en importantes cartas magnas de la época hasta difundirse en las más recientes y modernas. Aparecen los modernos partidos políticos y se desarrolla el sufragio universal (Asensi, 1996, p.30).
 “(…) La democracia liberal trajo consigo la conquista de singulares derechos que se han sembrado en la conciencia de los pueblos” (Fernández, 2005:149) y que encontraron en la constitución un importante mecanismo de protección. El movimiento democrático, que se expande dentro del sistema político liberal, pondera un poder político legitimado por su origen popular y por la participación de todos en la toma de decisiones y logra hacerlo realizable a través de la constitucionalización de la participación política como derecho fundamental. 10
La democracia liberal, dejó una nota significativa en el proceso de construcción de mecanismos participativos directos y semidirectos, nacen así, las variadas formas de consulta directa al pueblo, los procedimientos de encuestación que permiten conocer la orientación de la opinión pública, elecciones libres, iniciativa legislativa.
Desde finales del siglo XIX importantes mecanismos de participación directa aparecen refrendados en los textos constitucionales de varios países11 , lo cual contribuyó grandemente a la efectividad en su aplicación y cumplimiento y a la incorporación de diferentes sectores de la sociedad a la vida política; empero no por ello el liberalismo perdió la esencia, que no es otra que garantizar los derechos políticos, económicos y la libertad de la clase burguesa.
Si bien la democratización logro apalear, en alguna medida, las profundas contradicciones políticas y económicas que para entonces eran patentes en la sociedad, también es cierto que no pudieron erradicarlas. Y desde el punto de vista jurídico no rompió con la naturaleza representativa, ni modificó en gran medida sus categorías (Asensi, 1996:34).
Paso a paso el sistema liberal burgués tanto en el ámbito socio-político como económico va entrando en crisis. “El intercambio, la indiferencia del Estado frente a la política, la economía y el trabajo han fracasado rotundamente” (Bayón, 1961:17).
El Estado del bienestar viene a resolver la encrucijada en que se encuentra inmerso el capitalismo democrático liberal; si bien el liberalismo había logrado un crecimiento abrupto del capital, no logra una adecuada redistribución de este para que beneficie a quienes en definitiva lo producen, provocando los reclamos y manifestaciones de los sectores desprotegidos y marginados dentro de la sociedad que ponen en riesgo la propia existencia del sistema Capitalista 12.
A decir de Macpherson (1968:20) (…) las libertades democráticas fueron usadas para solicitar del Estado varios servicios en los sectores de educación, sanidad y seguridad social que anteriormente no habían sido dispensados o en una medida harto escasa. La usaron así mismo en demanda de una amplia regulación estatal que les protegiera de los duros efectos, largo tiempo sufridos, de la competencia entre empresarios de desigual poder económico. Es desde entonces que el Estado democrático liberal se ha convertido en un Estado regulador de bienestar general (…).
Se asume por parte del Estado un grupo de acciones en pos de lograr el bienestar de sus ciudadanos. Estas acciones van desde el intervencionismo estatal en los asuntos de la economía hasta profundos programas sociales dotando de extensas prestaciones sociales a capas concretas de la sociedad. El Estado se caracteriza por otorgar un conjunto creciente de servicios sociales tales como pensiones, empleo, salud y educación, que garantizan a los ciudadanos un nivel mínimo generalizado en materia educativa, sanitaria y de vida.
El Estado del bienestar no desmantela la estructura liberal de participación representativa sobre el cual edificó su ideal democrático el Estado liberal, no supuso un cambio radical en la misma, en tanto es por medio de la sindicalización y los partidos políticos que el Estado, ahora convertido en principal responsable de las demandas sociales, se nutre de las más elementales necesidades e intereses que afectan a las diferentes capas sociales permitiéndole proyectar sus políticas de gobierno en aras de satisfacer esas demandas y legitimarse en el poder. Es decir, la legitimidad del Estado, fuente en parte de un poder que en última instancia deriva de la sociedad, dependerá en buena medida de la magnitud y calidad de los bienes y servicios que preste.
En el Estado social se produce una especie de complejización de la representación13 , a diferencia de la concepción liberal, en el Estado no están representados los intereses de los ciudadanos como tales, si no los intereses de determinados grupos sociales, la participación aunque sigue siendo representativa existe una ampliación en cuanto a qué, cómo y quiénes participan de su contenido, más allá de lo político.

La democracia participativa
Hasta finales de la década del 60 y principios del 70 del siglo XX la participación política se había desarrollado con cierta estabilidad dentro del marco de la representatividad, esto mientras el Estado benefactor proyectaba estabilidad y crecimiento desde el punto de vista económico y social, que hacía del modelo democrático representativo un paradigma; empero basto un pequeño resquebrajamiento de la estructura económica para que el paradigma democrático representativo imperante comenzara a ser removido, aunque desde sus propios simientes ya comenzaba a mostrar cierta fragilidad que la convertía en blanco de inconmensurables críticas y de propuestas diferentes.
Asensi (1996:43) resume magistralmente la idea de la crisis del Estado benefactor en sus principales dimensiones (político, económico y social), desde el punto de vista económico la maquinaria estatal se mostraba incapaz de soportar las cargas financieras que implicaban los emprendedores programas sociales que cada vez se hacían más abarcadores y costosos, bajo constantes amenazas de los procesos inflacionarios y el aumento del déficit público; desde el punto de vista político,  tanto el parlamento y el sistema representativo han perdido capacidad para enfrentar los nuevos problemas sociales, que se acrecientan con la heterogeneidad social que ha provocado el propio desarrollo, mostrándose burocráticos e inoperantes ante las nuevas realidades que nacen del entramado social.
Ante la descaracterización que comienzan a sufrir las instituciones representativas y los nuevos aires liberales que comienzan a soplar como alternativa, tienen origen en Europa Occidental las teorías de la democracia participativas, 14 que a decir de Macpherson citado por Del Rio (2002:52), invoca no solo mayores niveles de participación, sino contenidos de participación más allá de lo político. No se trata únicamente de quienes participan, sino dónde y cómo se participa, tanto en el nivel local como a nivel nacional.
La teoría participacionista nace como criterio de la izquierda ante la crisis de legitimidad de las instituciones representativas y como oposición a las corrientes neoliberales; para muchos de los autores que teorizan la democracia participativa esta se ubica como un complemento a la democracia representativa sin la cual no tendría sentido.
La introducción de instrumentos jurídicos que hagan más participativa la democracia representativa es lo que caracteriza a la democracia participativa, sin embargo no basta con eso, hace falta una verdadera voluntad de los sujetos de hacer más participativa la democracia representativa, impregnándose el concepto de un elemento subjetivo que va más allá del instrumento jurídico, el elemento volitivo (Ramírez, 2009:155).
En América la democracia participativa se vincula más a la implicación de los ciudadanos en la determinación y generación de las políticas del gobierno, con un fuerte peso en la autogestión que realizan diferentes instituciones a nivel local, lo que demanda ciertos niveles de descentralización de los recursos hacia las comunidades.
La democracia participativa supone la información, consulta, control e incluso decisión de la comunidad en directo sobre aspectos de las políticas públicas. Lo importante no son los mecanismos sino el fondo de la propuesta que consiste en la influencia real de la sociedad civil sobre la sociedad política (Carrera, 2000:136).
Lo local se hace patente en los conceptos participativos a partir de la lógica de implementación de los diferentes instrumentos que se crean para tales fines y que generalmente se identifican con la intervención directa del ciudadano. Es a nivel local donde esas conexiones entre los distintos agentes territoriales pueden darse con mayor efectividad para influir de manera directa y visualizar en el gobierno las necesidades y aspiraciones comunitarias.
Le corresponde a las teorías participativas el gran mérito de haber roto con el ideal democrático liberal de ceñir la participación al estrecho marco de cuestiones netamente políticas que muchas de ellas fueron recogidas en diferentes textos constitucionales como derechos políticos; al considerar las cuestiones económicas, sociales e incluso laborales como elementos esenciales de la actividad participativa y como segunda cuestión reconocer lo local como el ámbito propicio para el ejercicio de la actividad participativa y la descentralización de los recursos para su manejo en las comunidades (Carrera Silva citado por Ramírez, 2009:166).
La incapacidad del sistema capitalista para dar respuesta a problemas como el desempleo y la eliminación de los índices de pobreza son el principal catalizador de la nueva estrategia seguida por los Estados para alcanzar el desarrollo. Ahora se trata de engendrar un crecimiento en las economías locales y regionales a partir de sus propias potencialidades y sobre la base de concepciones democráticas participativas que permiten introducir el juicio participativo dentro del concepto de desarrollo local.
Desde el enfoque democrático participativo la localidad (el municipio, la ciudad) aparece como el nuevo escenario para una mejor y eficaz aplicación de las políticas públicas generadora de bienestar y desarrollo, pero con un fuerte componente participativo de la sociedad civil en la decisión y control de las mismas. Se contribuye a profundizar la democracia y a elevar la calidad de vida de la población, que en esa misma medida contribuirá a fortalecer y legitimar las instituciones de gobierno.

Conclusiones
Primera: Que la participación, como institución del Derecho, tiene sus más significativos precedentes en la sociedad esclavista ateniense y romana y se caracterizó por la intervención directa de los ciudadanos en la decisión de los asuntos que constituyen parte esencial de la vida política y social del Estado: aprobación de las leyes, acceso a importantes cargos políticos etc.

Segunda: Que la sociedad feudal en sus albores marcó un retroceso en la vida política participativa que se ve limitada por el fuerte influjo de la iglesia, el debilitamiento del poder central del Estado que se difumina en los diferentes feudos y por la fusión del derecho público con el privado. Ya para las postrimerías del sistema político feudal la representación estamental se afianza como la principal forma de participación de los ciudadanos en la vida política.

Tercera: Que la participación representativa o parlamentaria es la que ha caracterizado al sistema burgués ganando preferencia ante la participación directa, marcada por el rol de los partidos, las instituciones parlamentarias, los procesos electorales y su contenido esencialmente político.

Cuarta: Que desde mediados de la década del 60 del siglo XX como alternativa ante la ya patente crisis de las instituciones representativas propias de la democracia liberal, las teorías participacionistas comienzan a ganar adeptos e importantes espacios en la práctica. Sus defensores abogan por una mayor participación de los ciudadanos en la actividad de gobierno donde se complementen mecanismos participativos directos y representativos.

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1 Se hace referencia en este caso a las luchas por el poder político protagonizadas por (demiurgos y geómoros) que conformaron una alianza (demos) frente a la clase de la aristocracia terrateniente dueña del poder político (eupátridas) en el Estado Esclavista Ateniense y la preconizada entre patricio y plebeyos en el Estado Esclavista Romano.

2 Es importante resaltar que no fue Atenas el único escenario de estas luchas, estos enfrentamientos ocurren en la mayoría de las polis estados griegos; aunque con diferentes matices, propiciados en ocasiones por los diferentes niveles de desarrollo y las condiciones socioeconómicas de cada una de ellos.

3 Legislador griego que puso las bases de la democracia ateniense (Isla de Salamina, h. 640 - h. 558 a. C.). Aunque su figura permanece envuelta en la leyenda, parece que se trataba de un comerciante de origen aristocrático. Los conflictos sociales que agitaron Grecia desde finales del siglo VII a. C. llevaron a investir a Solón -uno de los tres arcontes que gobernaban Atenas- de poderes dictatoriales para recuperar el consenso reformando la Constitución y las leyes de la ciudad (594-93 a. C.).

4 Se denominó así a la asamblea popular ateniense que durante el gobierno de Clistene adquirió en su funcionamiento dimensiones democráticas sin precedentes en la historia griega.

5 En el 421 a.n.e., alcanzan el derecho a la cuestura; en el 368 a.n.e., llegan a ser magister equitum; en el 367 a.n.e., acceden al consulado mediante las leyes grisíneas; en el 365 a.n.e., pueden ser ediles curules; en el 356 a.n.e., pueden llegar a ser dictadores; en el 351 a.n.e., alcanzan la censura; en el 367 a.n.e., la pretura y finalmente, en el 300 a.n.e., por medio de la Lex Obnuria llegan a alcanzar el Máximo Pontificado.

6 Se alude a los logros que en materia política alcanzaron especialmente los Estados esclavistas de Grecia y Roma.

7 La Escolástica es la corriente filosófica que sirvió de doctrina al poder de la iglesia y al Estado en el Medioevo, que descolló en el siglo IX, y alcanza su mayor esplendor en el siglo XIII. Encontró en la figura de Tomas de Aquino su máximo exponente al punto de dotar a la filosofía como servidora de la teología. Consideró como mejor forma de gobierno, la monarquía, la que identifica con el gobierno universal de Dios en el mundo.

8 En el siglo XIII europeo las ciudades se convirtieron en el centro de las actividades políticas, y la clase burguesa que habitaba los gremios logra representación en los organismos políticos administrativos de la ciudad disponiendo de la fuerza organizativa y el poder del dinero.

9 Ya desde Marcilio de Padua acreedor de la más avanzada y revolucionaria concepción política del medioevo y transitando por el temprano iusnaturalismo de Hugo Grocio y Tomas Hobbes hasta Locke y Rouseau comienza la burguesía a encontrar nutrientes ideológicos para sus pretensiones de clase gobernante y para fertilizar el campo donde florecerá el ideal liberal que como sombra lo acompañara una vez llegada al poder.

10 La doctrina y la legislación positiva acoge como derechos de participación: el derecho a elegir y ser elegido, ocupar cargos públicos, los derechos de asociación, formación de partidos políticos, el derecho de petición, el derecho de reunión y manifestación, se incluyen además los derechos de sindicalización y de huelga.

11 En tal sentido el sufragio universal aparece constitucionalmente reconocido en Francia y Suiza luego de la revolución democrática de 1848, la iniciativa legislativa popular se establece por vez primera en la constitución de Weimar, con posterioridad lo asumen otros países como Austria (1922), Lituania (1928), España (1931); a finales del siglo XIX se instituyen los sistemas electorales de representación proporcional: Suecia (1907), Bélgica (1899).

12 El capitalismo no solo se siente amenazado por la pujanza y reclamos del movimiento obrero, frente a quienes ya comienza a ceder, las influencias de ideologías no solo antiliberales si no también anticapitalistas (socialismo), hacen estremecer las simientes de la burguesía.

13 La complejidad está dada primeramente por la diversidad de las demandas y prestaciones, procedentes de disímiles grupos de interés, que ahora el estado se obliga a satisfacer y en segundo lugar por el consenso que tiene que buscar el Estado con los destinatarios de las prestaciones: sindicatos, asociaciones empresariales, consumidores. Asensi Sabater, J. (1996)

14 Las primeras referencias de democracia participativa- en el concepto actual- se ubican en la década del 60-70 del siglo XX en Europa Occidental, estos se producen con los conocidos núcleos de intervención participativa (NIP), institución que luego fue objeto de estudio por Peter C. Dienel en la obra Repensar la Democracia.


Recibido: 08/03/2017 Aceptado: 30/05/2017 Publicado: Mayo de 2017

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