Revista: Caribeña de Ciencias Sociales
ISSN: 2254-7630


SISTEMA DE ACCIONES PARA LA CAPACITACIÓN JURÍDICA A LOS SUJETOS DEL PROCESO DE ENTREGA DE TIERRAS EN USUFRUCTO EN EL MUNICIPIO LAS TUNAS

Autores e infomación del artículo

Idael Alberto Rodríguez Domínguez

Gerardo Rojas Ramírez

Yordanis Escalona Fernández

Belisario Cedeño García

Profesores de la Universidad Las Tunas, Cuba

gerardorr@ult.edu.cu

RESUMEN
El Estado cubano posee la voluntad política dirigida a la producción de alimentos a partir del uso de la tierra y la preservación del medio ambiente, en consecuencia trabaja en el perfeccionamiento de la legislación que los tutela, donde el Derecho Agrario constituye una materia de relevancia, por tanto se hace necesario buscar vías que complementen su correcta interpretación y aplicación desde las normas y los sujetos que lo integran. Por ello se desarrolló la presente investigación en el período de octubre 2013 a enero 2016, la cual posibilitó la elaboración participativa de un sistema de acciones para la capacitación jurídica de los sujetos del proceso de entrega de tierras en usufructo del municipio de Las Tunas. En el procedimiento metodológico aplicado, se asumieron elementos sugeridos por Kindelán (2007), MES (2009) y Escalona (2013), que fueron adaptados al objeto de estudio. Los resultados de la evaluación de la capacitación jurídica revelan la existencia de dificultades, confirmándose a través del análisis de los programas de la Escuela Provincial de Capacitación de la Agricultura, los cuales presentan insuficiencias en sus componentes metodológicos, integran parcialmente los temas jurídicos y no se corresponden con las necesidades de estos beneficiarios. La valoración del diseño del sistema de acciones propuesto evidencia la factibilidad y pertinencia de su aplicación y que mediante su implementación es posible contribuir en la capacitación jurídica dirigida a los sujetos del proceso de entrega de tierras en usufructo del municipio Las Tunas.
Palabras claves: Usufructo, capacitación jurídica, legislación agraria.



Para citar este artículo puede utilizar el siguiente formato:

Idael Alberto Rodríguez Domínguez, Gerardo Rojas Ramírez, Yordanis Escalona Fernández y Belisario Cedeño García (2017): “Sistema de acciones para la capacitación jurídica a los sujetos del proceso de entrega de tierras en usufructo en el municipio Las Tunas”, Revista Caribeña de Ciencias Sociales (marzo 2017). En línea:
https://www.eumed.net/rev/caribe/2017/03/tierras.html
http://hdl.handle.net/20.500.11763/caribe1703tierras


INTRODUCCIÓN

El desarrollo agrario mundial transita por una crisis de dimensiones múltiples (ecológicas, económicas y sociales). Situación que es el resultado del cambio climático, el deterioro de los ecosistemas, la globalización neoliberal, la crisis económico-financiera y la pérdida de soberanía, con mayores afectaciones para el sector rural (Altieri, 2003). Al mismo tiempo, nuevas fuerzas emergen en la lucha por una agricultura más responsable a largo plazo y acorde con las necesidades de las sociedades que las practican (Jiménez, 2007).

Cuba no es ajena a esta situación mundial, el 76% de las áreas agrícolas posee suelos poco productivos con baja disponibilidad de riego, que unido a la disminución de las precipitaciones, afectan la producción agrícola. También es necesario destacar la emigración de las comunidades rurales a las zonas urbanas (Minag, 2013), el desconocimiento de las normas del Derecho Agrario y su dispersión normativa (Pavó, 2014; Minag, 2015). A esta problemática se suma las consecuencias del bloqueo económico impuesto por los Estados Unidos de América (EUA), el cual limita el acceso a recursos materiales y financieros para el desarrollo agrícola (Rodríguez et al., 2004).

En este país el tema agrario ha sido una prioridad desde el triunfo de la Revolución, atravesando por cuatro momentos fundamentales, antes de 1959 se refleja en el Programa del Moncada, donde se identifica como crucial para el  desempeño económico y social, luego del triunfo de la Revolución y hasta 1989 son firmadas las leyes de reforma agraria, surge el sector estatal de la agricultura y la cooperativización (Cooperativas de Créditos y Servicios (CCS), Cooperativas de Producción Agropecuaria (CPA), desarrolladas sobre la base de un modelo convencional con gran disponibilidad y uso de recursos externos.
El período de 1990-2007 estuvo marcado por una profunda crisis económica, descapitalización de la agricultura, constitución de las Unidades Básicas de Producción Cooperativa (UBPC), surgimiento de la Agricultura Urbana, los usufructuarios, la reapertura de los mercados agropecuarios y el fortalecimiento de las CCS (ACTAF, 2010). En la actualidad se trabaja en el reordenamiento de la agricultura cubana, con nuevas medidas para impulsar el desarrollo agrario y la producción de alimentos, sustentado en la descentralización y perfeccionamiento del modelo económico, político y social (PCC, 2011).
Los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución (PCC, 2011), plantean una serie de medidas encaminadas a organizar y hacer más eficiente el sector alimentario respaldado por adecuaciones legales que responden principalmente a los lineamientos 179, 187, 189, 198 y 200, factor decisivo para el desarrollo agrario en el país. Lo anterior se dirige a una mayor independencia de la importación de alimentos, incremento de formas no estatales de producción; mayor autonomía, eficiencia y descentralización hacia los gobiernos locales, incluyendo el acceso territorial a los insumos y equipamientos, modificación de los sistemas de acopio, el avance de la entrega de tierras ociosas en usufructo y la capacitación en el sector agrario.
En este propósito a partir del XI Congreso de la ANAP (ANAP, 2015) se jerarquiza el papel del Derecho Agrario y sus sujetos, dado por la necesidad de actualizar y aplicar de modo correcto las regulaciones jurídicas esenciales para el desenvolvimiento de las relaciones sociales establecidas en la entrega de tierras ociosas en usufructo a personas naturales y jurídicas, con el objetivo de estimular las producciones y la armonización de los intereses económicos y sociales.
Según datos de la Oficina Provincial de Control de la Tierra hasta diciembre de 2015 en la provincia de Las Tunas a través del proceso de entrega de tierras por el Decreto Ley 300/2012 se han aprobado un total de 23 249 expedientes con un total de 303 995. 29 hectáreas (ha), de las mismas,  978 solicitudes para cultivos varios, 72 para tabaco (Nicotiana tabacum L.), una para café (Coffea arabica L.), 94 para frutales, 21 para el desarrollo forestal, 89 para el cultivo del arroz (Oryza sativa L.), 835 para ganado mayor, 588 para ganado menor y 117 para el cultivo de la caña de azúcar (Saccharum officinarum L.).
En el 2015 el municipio Las Tunas contaba con 38 470.59ha entregadas a 3 835 usufructuarios y 17 012,85ha de tierra disponibles, constituyendo el municipio que más usufructuarios posee en la provincia. De forma general las tierras se dedican a ganado mayor, cultivos varios, ganado menor, caña, así como, al desarrollo forestal y otros cultivos. La entrega de tierras en usufructo ha tenido un impacto positivo en la producción de alimentos, alcanzando resultados en el ámbito social y las producciones agropecuarias de forma sostenida (Minag, 2016).
Al valorar los informes del balance anual del Minag y la ANAP en la provincia Las Tunas (2008, 2009; 2010; 2013; 2014; 2015) se constata la prevalencia de problemas en el sector agrícola, donde es reincidente el no cumplimiento de los contratos entre los usufructuarios y las Delegaciones Municipales de la Agricultura, en parte dado al desconocimiento por los productores de las normativas jurídicas vigentes, esencialmente las referidas al proceso de entrega de tierras, de cuidado y protección al medio ambiente, los trámites y mecanismos para la comercialización de productos agrícolas y otorgamiento de créditos bancarios, lo que incide en la motivación para la solicitud de tierras ociosas en usufructo.
Las Tunas cuentan con una estrategia de desarrollo agrario y su primera línea estratégica es la producción de alimentos. Sin embargo, existen insuficiencias en la coherencia y organización del sistema de acciones dirigido a la capacitación, propuesto por la Delegación Provincial y Municipales del Minag. Ello hace necesario su perfeccionamiento, de modo que permita la integración de las principales acciones, para contribuir al Derecho Agrario y al desarrollo agrario sostenible.

Teniendo en cuenta lo antes expresado, se identifica el siguiente problema científico: Insuficiente capacitación jurídica de los sujetos que intervienen en el proceso de entrega de tierras en usufructo, limita la aplicación de la legislación agraria.
El objeto de la investigación: La legislación agraria.
Para dar respuesta a este problema científico se concibió el siguiente Objetivo general: Diseñar un sistema de acciones para la capacitación jurídica a los sujetos del proceso de entrega de tierras en usufructo del municipio Las Tunas, que contribuya al desarrollo agrario.
Campo de acción: La capacitación jurídica a los sujetos del proceso de entrega de tierras en usufructo.
Los elementos del diseño de la investigación expuestos, permitieron formular la siguiente Hipótesis: El diseño de un sistema de acciones de capacitación jurídica para los sujetos del proceso de entrega de tierras en usufructo, contribuirá a mejorar la aplicación de la legislación agraria.
Para aceptar o refutar la hipótesis planteada se propusieron los siguientes Objetivos específicos:

  • Fundamentar teóricamente la evolución histórica de la legislación agraria y la capacitación jurídica en Cuba.
  • Evaluar la capacitación jurídica dirigida a los sujetos del proceso de entrega de tierras en usufructo del municipio Las Tunas.
  • Diseñar un sistema de acciones para la capacitación jurídica a los sujetos del proceso de entrega de tierras en usufructo.
  • Valorar la factibilidad y pertinencia del sistema de acciones para la capacitación jurídica a los sujetos del proceso de entrega de tierras en usufructo.

REVISIÓN BIBLIOGRÁFICA
La legislación agraria y su contribución al desarrollo agrario en Cuba
El Derecho Agrario dentro del Derecho Burgués es la rama del Derecho Privado en el que predominan normas de orden público y el intervencionismo estatal, que regula la tenencia y distribución de las tierras de propiedad privada, su producción, sus instituciones, la distribución de los productos agrícolas y sus mercados. Su propósito está dirigido a incrementar las actividades agrícolas, aprovechamiento de sus beneficios a todos los que participan en dichas actividades, lograr un adecuado abastecimiento a los consumidores y superar la economía nacional con normas expresas de protección directa para los campesinos y trabajadores agrarios y sus familias (Dorta, 1956; Carrozza, 1990; Hernández y González, 2001; McCormack et al., 2007).
El Derecho Agrario Cubano, es un Derecho de interés público y social en tanto se enmarca en la actividad de la producción, del producto agrario y de la sociedad en general, tutelando intereses de la producción y de la colectividad, de ahí su carácter de Derecho Social, siendo necesaria la intervención del Estado para la satisfacción, en primer lugar del interés colectivo sin ignorar los derechos de los campesinos. Adquiere particular importancia, pues tiene a su cargo la regulación de las distintas formas de propiedad sobre la tierra, además comprende el conjunto de relaciones agrarias socialistas interrelacionadas que se forman en el proceso y a raíz de la producción agropecuaria (Balber et al., 2007).
Según Navarrete (1987), Rey y McCormack (1990) y Velazco (1998) en el Derecho Agrario Cubano los sujetos son: Los órganos de la Administración Central del Estado, en particular el Ministerio de la Agricultura (Minag) y el Grupo Empresarial (Azcuba). Las Uniones de Empresas y Empresas Agropecuarias. La Asociación Nacional de los Agricultores Pequeños (ANAP), como organización social. Las Cooperativas de Producción Agropecuaria (CPA) y sus miembros. Los agricultores pequeños agrupados o no en Cooperativas de Créditos y Servicios (CCS) fortalecidas o no.
Además se incluyen a los trabajadores asalariados que laboran con los agricultores pequeños o en las CPA. Las Unidades Básicas de Producción Cooperativa (UBPC). Las Empresas Agropecuarias de las Fuerzas Armadas Revolucionarias (FAR), del Ministerio del Interior (MININT), estatales y de otras entidades no estatales. Granjas del Ejercito Juvenil del Trabajo (EJT). Agricultores Pequeños (Propietarios y Usufructuarios).Según McCormack (2007) el derecho agrario tiene como:

El objeto de estudio del Derecho Agrario va a estar dado por el conjunto de relaciones sociales que resultan del proceso de producción agrícola. Asimismo el contenido del Derecho Agrario Cubano está dado por un conjunto de normas, tales como: Las formas de propiedad de la tierra reconocida en nuestra legislación. Las formas de asociación y agrupación de los agricultores pequeños. La planificación de la producción agrícola. Los contratos económicos encaminados a la ejecución de esa planificación. Las relaciones bancarias y crediticias que se establecen en el proceso de producción agrícola.
En este mismo sentido se incluyen, las relaciones laborales que se establecen en el proceso de producción agrícola y las particulares prestaciones de la seguridad social que de las mismas se derivan. La comercialización de los productos agrícolas. Las normas relativas a la protección del medio ambiente en la actividad agropecuaria. La actividad registral en materia agraria. Las infracciones y/o contravenciones en materia agraria así como medidas expropiatorias y confiscatorias.
El método del Derecho Agrario es una forma de influencia sobre la conducta humana, por lo que actúa sobre las relaciones sociales y al respecto se citan: la autorización, la prescripción, la prohibición y la recomendación. Aunque se puede considerar que el Derecho Agrario como rama no posee métodos específicos, pues muchos son tomados del Derecho Civil y del Derecho Administrativo, y la misma autora apunta además que:
El fin primordial del Derecho Agrario está dado por la búsqueda de regulaciones jurídicas esenciales para el desenvolvimiento de las relaciones sociales que constituyen su objeto, para ello traza los siguientes principios, entre otros: Principio del tránsito de la propiedad privada a la propiedad social. Principio de la voluntariedad. Principio de la consolidación de las relaciones socialistas de producción en la actividad agropecuaria. Principio del control del Estado sobre el uso y tenencia de la tierra en los diferentes sectores. Principio de la utilización eficiente y racional de los recursos agropecuarios. Principio de la Legalidad Socialista en las relaciones agrarias.

Primera etapa. Los antecedentes en Cuba de la legislación agraria
Posterior a la llegada de los españoles a Cuba en 1942, comenzaron a dictarse normas jurídicas, que regulaban las relaciones que en el ámbito productivo tenían lugar en la Isla, sin embargo, desde ese instante, no podemos hablar de la existencia de un Derecho Agrario Cubano, en su concepción científica (Navarrete, 1987). Desde el descubrimientos del “Nuevo Mundo”, los Reyes de España autorizaron al Almirante Cristóbal Colón en las Capitulaciones de Santa Fe a repartir tierras en propiedad a los nuevos pobladores, acción que fue legalizada de manera oficial por Carlos I en 1520 y comenzando así el proceso de mercedación de las tierras (Pichardo, 1973; Zeledon, 2000).
La merced de tierra fue una asignación hecha por el Cabildo, el cual solo daba el derecho a su uso y disfrute y no entregaba tierra en propiedad porque correspondía al Rey. El mercedario quedaba obligado a cultivarla, atenderla y proporcionar viandas y carnes a la población; pagar los impuestos fijados por el Cabildo Municipal, respetando, además, el derecho de la Corona a estas tierras realengas (Arias, 1928).
La primera mercedación de tierras en Cuba la otorgó el Cabildo de Sancti Spíritus en 1536, les siguieron el Cabildo de Santiago de Cuba y el de La Habana. Todo esto fue evolucionando con las llamadas Ordenanzas de Alonso de Cáceres que establecieron normas jurídicas para regular la vida civil de las comunidades urbanas, vigentes hasta el año 1854 (Zeledon, 1997).
En el año 1898 se produjo la Guerra Cubano Hispanoamericana, que dio inicio al proceso de penetración Norteamericana con la adquisición de grandes extensiones de tierra e incremento del latifundio. La organización agraria estuvo determinada por distintas órdenes militares, que consistía en el traspaso de las tierras cubanas a extranjeros, se destacan la No.362/1900, No.34/1902 y la No.62/1902. Otras disposiciones relacionadas con la materia agraria en el periodo son los decretos No.99/1906, No.566/1907 y el No.595/1907 (Pichardo, 1973; Pino, 1973).
En esta etapa el 1% de los terratenientes llegó a controlar hasta el 58% de todas las tierras en Cuba (Carrera, 1981). La organización agraria durante la República burguesa continuó facilitando la penetración y extensión del dominio Americano. Sobresaliendo la Ley No.2 de 1922 de Contratos de Refacción Agrícola, Colonato y Molienda de Caña (Maldonado, 1956; Regalado, 1979).
Otras legislaciones estuvieron relacionadas con las luchas campesinas del periodo de 1925 a 1934, las cuales favorecieron a que se dictaran los decretos No.3022/1933 de la vivienda campesina, el No.102/1934 el Estado como licitador común en la subasta de tierra y el No. 116/1934 que autorizaba al Secretario de Agricultura y Comercio el otorgamiento a familias campesinas de títulos provisorios de fincas abandonadas (Soto, 1985).
Por su contenido avanzado referente a los problemas agrarios de este periodo. Se destaca el Programa “La Joven Cuba” propuesto por Antonio Guiteras Olmes en 1934, en el cual se enunciabas siete líneas generales dirigidas a la solución de los conflictos agrarios. En 1937 fue dictada una Ley de Coordinación Azucarera que estaba dirigida a proteger los intereses del pequeño colono (Regalado, 1979).
Entre los antecedentes de la Reforma Agraria en Cuba destacan la Constitución de 1940 que en su artículo 90, proscribe el latifundio y señala el máximo de extensión de la propiedad que cada persona o entidad puede poseer para cada tipo de cultivo. Con posterioridad el programa del Moncada, trazado por Fidel Castro Ruz, hace referencia al problema de la tierra, al analizar el problema agrario (Valdés, 1997; Romero, 2015).
En 1950 se dicta el Decreto Ley No. 4138 que disponía el no desalojo de los campesinos precaristas de sus tierras. El cual fue precedido por la Ley del 20 de diciembre de 1950 a partir de la cual se creó el Banco de Fomento Agrícola y por el Decreto Ley No. 247 de 1952 que establecía que para no ser desalojado los campesinos debía firmar contrato y pagar renta (Estrada, 1956).

Segunda etapa. Primeros pasos de la Revolución Cubana en materia de legislación agraria
Desde el año 1958 el Ejército Rebelde se proyectaba a la solución del problema agrario y promulgó la Ley No. 3 de octubre 10 de 1958 sobre el derecho de los campesinos a la tierra y el Congreso Campesino en Armas donde se debatieron múltiples problemas del sector, ocupando el centro de los debates la Reforma Agraria. Esta ley fue aprobada el 7 de febrero de 1959 (Estrada, 1956; Pichardo, 1973; Carreras, 1981).

La primera Ley de Reforma Agraria, fue promulgada el 17 de mayo de 1959, entre sus aspectos esenciales están los siguientes: Proscribió el latifundio. Prohíbe la concertación de contratos de aparcería o cualquiera otro en que se estipule el pago de la renta. Establece como mínimo vital para una familia campesina de cinco personas una extensión de dos caballerías de tierra fértil. Crea el Instituto Nacional de la Reforma Agraria (INRA) para aplicar y ejecutar esta ley. El 17 de mayo de 1961, se inauguró en La Habana el 1er Congreso de los Campesinos Cubanos, en el cual nacía oficialmente la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños (ANAP)(Navarrete, 1987).
El resultado final de las transformaciones agrarias en esta etapa, consistió en la formación de una economía agraria mixta, compuesta por cuatro formas sociales de tenencias y explotación del suelo. A partir de la implementación de la Ley No. 3/1958 del Ejército Rebelde y la Primera Ley de Reforma Agraria, el sector capitalista se redujo al 23,2% del fondo nacional agrícola, el sector público organizado en Granjas del Pueblo con el 26,8% y las Cooperativas agrarias con el 8,9%. En 1962 se estatizan las cooperativas cañeras.
El modelo cooperativo agrícola (“Cooperativa Proletaria”) constituyó un aporte original de la Revolución Cubana a la solución del problema agrario. Los jornaleros agrícolas se transformaron en cooperativistas en tierras del Estado, entregadas en usufructo y explotada colectivamente (Rapa, 1990; Duque, 2002).

El Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA), se crea en virtud de lo establecido en el capítulo VI de la primera Ley de Reforma Agraria y pasa a desempeñar las funciones del Ministerio de la Agricultura existente en aquellos momentos, hasta que por la Ley No. 905 del 31 de diciembre de 1960 se extinguió.

La Segunda Ley de Reforma Agraria, fue promulgada el 3 de octubre de 1963. Su aprobación estuvo dirigida a rectificar brechas contenidas en la Primera Ley de Reforma Agraria, dentro de sus fundamentos dispone la nacionalización y por consiguiente la adjudicación al Estado Cubano de todas las fincas rústicas con una extensión superior a 77 hectáreas. Determinó la erradicación de la burguesía rural cubana y llevó hasta un 70% el fondo de la tierra cultivable de propiedad estatal, dando efectiva culminación al proceso de reforma agraria en Cuba (Rey y McCormack, 1990).

Tercera etapa. Evolución desde la Segunda Ley de Reforma Agraria hasta la década de 1990
La fórmula cooperativista y el carácter estatal preferente que asumió la realización de la Reforma Agraria y las medidas nacionalizadoras posteriores, tenían sus fundamentos en la estructura y lógica de la economía agraria heredada y en el papel que se le reservó al Estado como promotor del desarrollo. Este escenario permitía conservar las bases técnico-productivas del sistema agrícola y agroindustrial y servir para el desarrollo independiente del país (Rey y McCormack, 1990).
La explotación de más de 5.5 millones de hectáreas agregadas al sector estatal, inició un complejo y costoso proceso de reorganización. El bajo nivel de calificación de cuadros y las debilidades del sistema de gestión en la agricultura, añadieron nuevas dificultades. La tendencia a la socialización formal resultó inevitable. En sector estatal en 1973 poseía casi 7,7 millones de hectáreas (Rodríguez, 1963).
La promulgación de la Ley No.1323 en 1976 de la Administración Central del Estado y a lo dispuesto en la Constitución de 1976 extingue al INRA y crea al Ministerio de la Agricultura, definiendo sus funciones, atribuciones, obligaciones y derechos. En fecha posterior el Decreto Ley No.31 de 1980 transfiere funciones y atribuciones del Minag y al Ministerio de la Azúcar. Otras modificaciones a la norma dan lugar al Decreto Ley No. 67/1983 (Navarrete, 1987).
El principal instrumento jurídico que reguló la actividad contractual para la compraventa en el sector agropecuario fue el Decreto No. 80 del 29 de enero de 1981. El 30 de septiembre de 1982, se dicta por el Consejo de Ministros el Decreto No. 106, que derogaba el decreto No.66 del 3 de Abril de 1980, en el cual se regulaba la venta a la población de los productos agrícolas y pecuarios no comercializables por acopio y excedentes de sus producciones, en el mercado libre campesino (MLC). En el Código Civil Cubano de 1987 o Ley No. 59 que comenzó a regir en 1988 se reconoce la propiedad de los agricultores pequeños, como la que recae sobre los bienes destinados a la explotación agropecuaria (Rapa, 1990).
Cuarta etapa. Desde 1990 hasta 2007
A partir de las necesidades de diferenciar las tierras agropecuarias y forestales de los terrenos urbanos y por la trascendencia de determinar la legislación sucesoria aplicable, es aprobado el Decreto Ley 125 de 1991 Régimen de posesión, propiedad y herencia de la tierra y bienes agropecuarios y la Resolución No. 24 Reglamento de este Decreto-Ley. Las Unidades Básicas de Producción Cooperativa (UBPC) fueron creadas a partir del Decreto Ley 142/1993. Unidad constituida por asalariados agrícolas procedentes de las empresas estatales, quienes asumen la explotación de la tierra en usufructo y demás medios de producción adquiridos en propiedad común. Por el origen de sus miembros es una cooperativa proletaria. Estas entidades representan un proceso singular de desestatización en la transición socialista: el paso de la forma estatal a la cooperativa. Con la creación de las UBPC se manifestó un incremento de la participación del sector cooperativo en la producción agropecuaria nacional.

Quinta etapa. Desde 2008 hasta 2015
Debido a la necesidad de concentrar en un solo cuerpo legal, las disposiciones jurídicas relativas a la entrega de tierras en usufructo, para todos los fines productivos, se aprobó por el Consejo de Estado el Decreto-Ley No. 259/2008 “Sobre la entrega de tierras ociosas en usufructo” y debido a la necesidad de atemperar esas regulaciones a las condiciones socio-económicas actuales, se aprobó una nueva norma legal, que perfecciona ese proceso y uniforma el tratamiento jurídico para todos los usufructuarios de tierras estatales, con el objetivo de asegurar la continuidad y sostenibilidad de las tierras entregadas en usufructo.
Mediante la nueva norma legal, el Decreto-Ley No. 300/2012 “Sobre la entrega de tierras estatales ociosas en usufructo”, y su reglamento (Decreto 304) se autoriza la entrega de tierras estatales ociosas en concepto de usufructo gratuito y por tiempo determinado a personas jurídicas o naturales, para que las exploten racional y sosteniblemente atendiendo a la aptitud de los suelos, en función de la producción agropecuaria, forestal y de frutales.
Según Minag (2015) entre los principales problemas que se señalan en cuanto a la implementación de este decreto, están los siguientes: términos muy restringidos para distintos procedimientos, existen usufructuarios que no se vinculan a las formas productivas, falta de insumos para trabajar las tierras y elevado precio en el mercado, deficiente entrega de crédito a los usufructuarios. Cuando existen conflictos entre dos solicitantes y dos tenentes se dilata la tramitación del proceso.
No obstante las problemáticas antes referidas, la aprobación del Decreto-Ley 300/2012 ha propiciado resultados positivos teniendo en cuenta que: constituye fuente de empleo para trabajadores sin vínculo laboral, contribuye a eliminar grandes extensiones de tierra ociosas, permite incrementar la producción agropecuaria y brinda un tratamiento diferenciado a los jóvenes desmovilizados de la servicio militar activo a través de la Resolución 449/2013 del Minag. En el Decreto-Ley 311 de julio de 2013 se modifica un artículo del Decreto Ley 300/2012 y su Reglamento.
Los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución en Cuba aprobados en el VI Congreso del PCC desarrollado en el 2011, constituyen la plataforma política que el Estado a través de sus instituciones organiza, dirige y toma las medidas para el trabajo en todas las direcciones de la vida económica, política y social del país. A partir de su implementación se aprueban las normas jurídicas necesarias que constituyen las bases legales e institucionales que respaldan las modificaciones en la sociedad cubana y donde se incluyen las del sector agrario (PCC, 2011). Como se expresa en los lineamientos 179, 181,180, 198, 200.
La Resolución 449/2013 del Minag, se materializó tomando como base el Lineamiento 198 y se dirige a incentivar la incorporación y permanencia de jóvenes al sector agropecuario, propiciándoles la entrega de tierras en usufructo como vía de empleo. En este periodo también se destaca el XI Congreso de la ANAP en el 2014, en el cual se definieron las principales directrices encaminadas al perfeccionamiento y funcionamiento de la organización, así como en la atención a los anapistas.

Evolución histórica del usufructo de la tierra en Cuba
La institución del usufructo tiene sus indicios históricos en el Digesto del emperador Justiniano atribuido al Jurisconsulto Paulo, partiendo de la idea de que el usufructo es el derecho de usar o disfrutar de cosas ajenas. El usufructo surge a finales del siglo IV, para responder a las necesidades de que la viuda mantenga sus condiciones de vida. En la Edad Media se infiere el usufructo a partir de las formas de explotación de la tierra (García, 1999; Rivero, 2001).
En el advenimiento de la nueva China en 1949 se potencia la responsabilidad individual y la remuneración en la agricultura partiendo de la especialización comercialización y modernización adoptándose la entrega de tierra a los agricultores pequeños mediante un contrato de 15 años, el cual podía extenderse. Por otro lado la República Popular de Vietnam aplicó en la década del 80 a partir de acuerdos del Congreso del Partido Socialista de Vietnam la entrega de tierras en usufructo a numerosos campesinos, ello revirtió la situación del país de importador de seriales a exportador. En 1992 México promulgó la Ley Agraria que en sus artículos 46, 62, 76 y 79 asignaba tierras en usufructo (Ballarin, 1996).  
En el caso de Cuba la acción de mercedar tierras, comienza desde el siglo XVI, es decir se otorgaban tierras, a veces en calidad de usufructo. En la época de la seudorrepública el usufructo era totalmente inexistente pues se aplicaron otras figuras jurídicas como el arrendamiento, el subarrendamiento y la aparcería. No obstante en 1937 fue promulgada la llamada “Ley Cubana” la cual disponía el reparto de tierras del Estado a los campesinos en áreas no mayores a una caballería, como patrimonio inembargable, inalienable e ingravable.
Posteriormente en 1938 se dictó el Decreto No.882 dirigido a agilizar el proceso de entrega de tierras (Estrada, 1956).
En la etapa revolucionaria los primeros antecedentes del usufructo en el sector agrario aparecen en el Artículo 34 de la Primera Ley de Reforma Agraría, luego en la Resolución No. 62 de 1965, del Presidente del INRA legalizó la ocupación de tierras adquiridas mediante compraventa. En 1967 se dictó la Resolución No. 16 que facultaba a los Delegados del INRA para declarar a los poseedores de tierras que fueran ocupantes ilegales y que reunieran determinados requisitos.
Posteriormente en 1984 se dicta la Resolución No. 71 en la que se facultaba a los Delegados Territoriales previa autorización del Ministro de la Agricultura, para declarar como usufructuarios a tenedores ilegales.
La institución del usufructo de la tierra en Cuba tiene sus normas específicas y no entran en contradicción con las referidas al usufructo sobre bienes, como se manifiesta en la Ley No 59 del 16 de julio de 1987 conocida como Código Civil donde se recoge la institución del usufructo en su Título III (Otros derechos sobre bienes).
El Ministerio de la Agricultura comienza a instituir y regular distintas formas de entregas de tierra en usufructo, como parte de esa estrategia; las cuales se señalan a continuación en orden cronológico:

  • Resolución 289/1990 del Minag; entrega de tierras en usufructo a CPA.
  • Decreto-Ley No.125/1991; “Régimen de Posesión, Propiedad y Herencia de la Tierra y Bienes Agropecuarios”.
  • Resolución 24/1991 del Minag; Reglamento del Régimen de Posesión, Propiedad y Herencia de la Tierra y Bienes Agropecuarios”.
  • Decreto-Ley No.142/1993; “Sobre las Unidades Básicas de Producción Cooperativa”.
  • Resolución 140/1993 del Minag; entrega de tierras en usufructo a entidades estatales.
  • Resolución 354/1993; “Reglamento General de las Unidades Básicas de Producción Cooperativas”.
  • Resolución 356/1993; regula la entrega de tierras ociosas en usufructo, hasta seis cordeles, a jubilados o impedidos de trabajar de forma permanente en la agricultura, para el uso exclusivo del autoabastecimiento familiar.
  • Resolución 357/1993; “Reglamento para la entrega de tierras en usufructo para el cultivo de tabaco”.
  • Resolución 419/ 1994; “Reglamento para la entrega de tierras en usufructo para el cultivo de Café y Cacao”.
  • Resolución 428/1994; concediendo tierras en usufructo para la creación de UBPC en Organopónicos Urbanos.
  • Resolución 223/1995; Regula la entrega de tierras en usufructo a pequeños agricultores.
  • Resolución 688/1997; “Reglamento General de las Unidades Básicas de Producción Cooperativas”, del Ministerio de la Agricultura (deroga la Resolución 354/93).
  • Resolución 768/1998; Reglamenta la entrega de tierras en usufructo a las CCS Fortalecidas.
  • Resolución 780/1998; de las Entidades Granjas Estatales Subordinadas al Minag.
  • Resolución Conjunta No. 1/2000; de los ministros de la Agricultura y la Azúcar disponiendo el procedimiento para la medición de la tierra agropecuaria en el país.
  • Resolución No. 1/2002; en cuanto a la no concesión de usufructo.
  • Resolución No. 852/2003; entregando en usufructo las tierras.
  • Resolución No. 855/2003; deroga la Resolución No. 356/1993.
  • Decreto-Ley No. 259/ 2008; autoriza la entrega de tierras estatales ociosas en concepto de usufructo a personas naturales o jurídicas
  • Decreto-Ley No.300/2012; autoriza la entrega de tierras ociosas en concepto de usufructo a personas naturales o jurídicas con posibilidades de extender hasta 5 caballerías de tierra o 67,10 hectáreas.
  • Decreto-Ley 311/2013, modifica artículos del Decreto-Ley 300/2012.
  • Resolución 449/2013 del Minag, dirigida a incentivar la incorporación y permanencia de jóvenes desmovilizados o licenciados del Servicio Militar Activo en el sector agropecuario.

La parcelación a través de las diferentes variantes expuestas, sirvió para enfrentar la crisis agroalimentaria, la reestructuración de la tenencia de la tierra, la reanimación de producciones importantes con nuevos incentivos, la recampesinización como fuente alternativa de ocupación y constituye una fórmula para resolver el desempleo estacional y el desempleo abierto. En esa misma dirección obra como un detente a la emigración del campo a la ciudad e impulsa el repoblamiento de las montañas (ANAP, 2014, 2015).
En esta etapa decenas de miles de usufructuarios se han incorporados como nuevos productores agrícolas, para cultivos de tipo familiar como el tabaco, café y cacao y específicamente para el caso de Las Tunas se potencian el fomento de cultivos varios y la producción ganadera, lo cual si bien significa un saldo importante en la explotación más racional de la tierra, todavía pudiera ser superior dado el fondo de tierra ocioso disponible (Minag, 2015).
El movimiento más importante de entrega de tierras ociosas en usufructo se genera en Cuba con la aprobación en septiembre del 2008 del Decreto – Ley No. 259, el cual fue derogado por el Decreto Ley 300 aprobado en diciembre del 2012, el cual supera el anterior por las ventajas que concede a los usufructuarios, al autorizar la entrega de tierras estatales ociosas en concepto de usufructo a personas naturales o jurídicas, con posibilidades de extender hasta cinco caballerías de tierra o 13.42 hectáreas, de acuerdo a los artículos 1.1 y 7. En julio de 2013 fue aprobado el Decreto-Ley 311 que no deroga al anterior pero modifica algunos de sus artículos.

La capacitación en el sector agrario cubano.
Los profundos cambios económicos, políticos y sociales de la época actual, asociados al aumento de la competitividad, la necesidad de innovación, el rápido desarrollo tecnológico, la globalización y las nuevas exigencias de las fuerzas laborales, obligan a las organizaciones a replantearse, con nuevas perspectivas, el desarrollo cualificado de los recursos humanos para la mejora de su eficacia de actuación (Suárez, 2006; Bassas, 2010).
La capacitación está orientada a satisfacer las necesidades que las organizaciones tienen de incorporar conocimientos, habilidades y actitudes en sus miembros, como parte de su proceso de adaptación a nuevas circunstancias internas y externas. Es un proceso a corto plazo, en el que se utiliza un procedimiento planeado, sistemático y organizado, que com­prende un conjunto de acciones educativas y administrativas orientadas a propiciar mejores niveles de desempeño, así como la eficacia, eficiencia y efectividad empresa­rial (Blake, 1997; Aquino, 1997; Dessler, 1998).
Según la NC 3000: 2007 la capacitación es el “Conjunto de acciones de preparación, continuas y planificadas, concebido como una inversión, que desarrollan las organizaciones dirigidas a mejorar las competencias y calificaciones de los trabajadores, para cumplir con calidad las funciones del cargo, asegurar su desempeño exitoso y alcanzar los máximos resultados productivos o de servicios”.
Bernaza (2015) define los siguientes componentes como esenciales en el proceso del postgrado y la capacitación: pertinencia social, flexibilidad, inter y transdisciplinariedad, carácter científico, innovador y prospectivo, educación a lo largo de la vida; incluyendo otros elementos:
 
1-Bases de la capacitación: el adiestramiento y conocimientos del propio oficio o labor. La satisfacción del trabajador por lo que realiza.
2-Tipos de capacitación: Capacitación inmanente, se origina adentro del grupo, producto del intercambio de experiencias. Capacitación inducida: Cuando proviene de las enseñanzas de personas extraña al grupo.
3-Beneficios de la capacitación: Elimina los temores de incompetencia, satisfacción con el puesto, desarrolla un sentido de progreso.
4-Factores que provocan necesidades de capacitación: Expansión de la empresa o ingreso de nuevo empleados. Trabajadores transferidos o ascendidos. Implantación o modificación de métodos y procesos de trabajo. Actualización de tecnología, equipos, instalaciones y materiales de la empresa. Producción y comercialización de nuevos productos o servicios.
           5-Medios para la determinación de necesidades de capacitación: Evaluación de desempeño, observación, cuestionarios, solicitud de supervisores y gerentes, entrevistas con supervisores y gerentes, reuniones ínter departamentales, examen de empleados, modificación de trabajo, entrevista de salida, análisis de cargos.

La capacitación permanente constituye una prioridad para el Estado cubano, por ello desde los inicios de la Revolución, se implementaron medidas con el objetivo de orientar, fomentar y promover la educación, la cultura y las ciencias en todas sus manifestaciones, tal como se establece en el artículo 39 de la Constitución de la República de Cuba de 1976. En este sentido el Estado proporciona múltiples facilidades de estudio a los trabajadores a fin de que puedan alcanzar altos niveles de conocimientos y habilidades. Para ello la ley precisa la integración y estructura del sistema nacional de enseñanza, así como el alcance de la obligatoriedad de estudiar y define la preparación general básica que, como mínimo, debe adquirir todo ciudadano (Ramos, 2008; Hernández, 2015).
Por otra parte el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), es el organismo encargado de proponer, dirigir y controlar la política de empleo y de capacitación de los trabajadores. Para tales efectos la Resolución No. 29 de fecha 12 de enero de 2006, establecido por el MTSS, Reglamento para la planificación, organización, ejecución y control del trabajo de capacitación y desarrollo de los recursos humanos, en las entidades laborales, en su artículo 2, define la capacitación como el “conjunto de acciones de preparación que desarrollan las entidades laborales dirigidas a mejorar las competencias, calificaciones y recalificaciones, para cumplir con calidad las funciones del puesto de trabajo y alcanzar  resultados productivos o de servicios.
La prioridad del proceso de capacitación específicamente en el sector agrario cubano se traduce institucionalmente por la existencia de un Centro de Superación, Capacitación y Extensión (CESCE), de una escuela de capacitación en cada provincia y de numerosas especializaciones de pregrado y postgrado en el campo agropecuario. Esta fortaleza debe ser reforzada por una mejor programación, sobre la base de las necesidades individuales de las unidades de producción agropecuarias, por la evolución de los métodos pedagógicos empleados y por una adaptación progresiva del contenido de las capacitaciones a un entorno evolutivo y a la descentralización de la producción (López, 2005).
La Escuela de Cuadros y Capacitación es un componente del sistema de extensión agraria creado por el Ministerio de la Agricultura en Cuba, donde se realizan acciones de capacitación y extensión en la producción agropecuaria, como son: días de campo, cursos, talleres, seminarios, conferencias, entrenamientos, pasantías o estancias, autoestudio, autosuperación, consultorías y encuentro de intercambios (Valdés y López, 2005; Guevara et al., 2013).
Dentro del Minag es elevada la disponibilidad de recursos humanos, sin embargo, la capacitación y extensión se ha concentrado muchas veces en directivos, sin llegar al productor de base y no existen distinciones claras entre los procesos de validación de tecnologías, extensión, capacitación, formación, servicios técnicos y de comunicación, por lo que se duplican los esfuerzos. Estos elementos subrayan la necesidad de un sistema de extensión y capacitación agraria en Cuba, que maximice los esfuerzos en preparación de recursos humanos, investigación aplicada y disponibilidad tecnológica (López, 2005; Minag, 2015).
Para la implantación de la capacitación en el sector agrícola cubano, se deben desplegar un conjunto de procedimientos específicos y tener como punto de partida los diagnósticos y el propio proceso de capacitación, los cuales son referentes claves para la identificación de las necesidades de la capacitación, la planificación del proceso, su seguimiento y evaluación. Se destaca el criterio de Suárez (2006), quien plantea que existen cuatro fuentes de necesidades de capacitación: los problemas de las empresas, los proyectos de cambio o inversión, la evolución de los oficios y la evolución de las profesiones.

Según Solé y Mirabet (1997) y Bassas, (2010) en el diseño de los programas de capacitación se deben considerar: los contenidos, el lugar utilizado, el momento y su duración, los recursos humanos y materiales, la selección de los participantes y su asistencia, el modo en que se evaluará el grado de consecución de los resultados después de su aplicación, la metodología de capacitación con las diferentes técnicas e instrumentos y la divulgación del plan de capacitación.
Debido a la necesidad del Estado, en cuanto al estricto cumplimiento de las normas y el obrar, mediante la puesta en vigor de la Constitución de la República de Cuba en 1976, se dispusieron normas dirigidas a la formación y el desarrollo de los recursos humanos, donde se potenciaba la preparación de directivos y los trabajadores, como se estableció en el Decreto No. 42 de fecha 24 de mayo de 1979, que regula el Reglamento General de la Empresa Estatal.
En el caso particular de la preparación jurídica, tiene como objetivo dotar de conocimientos y de una cultura de respeto a la Constitución y las normas, que contribuyen a elevar la disciplina laboral, social y el cumplimiento de los principios éticos. Según Hernández (2015) la preparación jurídica de los recursos humanos, no se ha tratado desde la teoría como una materia para potenciar los conocimientos y elevar su cultura jurídica en las empresas estatales.
En el periodo de 2010-2015, a raíz de la aprobación en el VI Congreso del PCC de los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución, se encaminaron un conjunto de acciones para lograr su cumplimiento. Específicamente para reorganizar el ámbito laboral en las entidades estatales cubanas, se estableció la Ley No 116 Código de Trabajo de fecha 20 de diciembre de 2013, con el objetivo de legislar el derecho de trabajo del Estado cubano y aplicar este elemento de conformidad con los fundamentos políticos, sociales, económicos dispuestos en la Constitución de la República.
En el contenido de dicha disposición aunque en su artículo 39 se define que el empleador tiene la obligación de organizar la capacitación de los trabajadores en correspondencia con las necesidades de la producción, los servicios y los resultados de la evaluación, no refiere aspectos que aborden la preparación jurídica de los recursos humanos (Hernández, 2015). En el sector agrario se evidencia que sus normas no abordan la capacitación jurídica de manera explícita.
Sobre la base de las consideraciones anteriores se debe añadir que la preparación jurídica juega un papel primordial, en cuanto al cumplimiento de obligaciones laborales, conocimiento de derechos y el comportamiento de los individuos en la sociedad, así como los efectos en caso de violar lo establecido. Sin embargo, en el sector agrícola se manifiestan insuficiencias y poco dominio de las normas agrarias, lo cual afecta los procesos productivos.  Es por ello, que la preparación jurídica debe ser un aspecto a priorizar en este sector, a partir de acciones de capacitación integradoras, con el concurso de las diferentes instituciones y organizaciones implicadas en este objetivo.

RESULTADOS Y DISCUSIÓN
Diagnóstico estratégico de la capacitación jurídica dirigida a los sujetos del proceso de entrega de tierras en usufructo del municipio Las Tunas.
El diagnóstico estratégico, permitió conocer y reconocer de manera participativa, aquellos elementos que pueden favorecer o limitar los procesos de capacitación jurídica dirigida a los sujetos del proceso de entrega de tierras en usufructo del municipio Las Tunas. La experiencia y conocimiento de los usufructuarios, de los profesores y directivos de la Escuela Provincial de Capacitación de la Agricultura en Las Tunas, así como de los especialistas y funcionarios de la Delegación Municipal de la Agricultura fue útil en los resultados de la aplicación del procedimiento metodológico.

Resultados del análisis de los programas de la Escuela Provincial de Capacitación de la Agricultura en Las Tunas

En la actualidad la escuela cuenta con más de 50 programas, donde se abordan como principales ejes temáticos: la planificación integral, sistemas contables, política de semillas, fisiopatología en bovinos, tecnología del cultivo del arroz, cuadros y reservas que cumplen funciones estatales, relaciones públicas, sistema tributario, control biológico de plagas y enfermedades, cultivos en organopónicos, capacitación a nuevos usufructuarios, entre otros.

De manera general se observó que los programas no poseen una declaración homogénea en el orden de sus elementos metodológicos. Este problema es similar a lo señalado por Hernández (2015), referido a que en la definición de los programas de capacitación con frecuencia se incumple con la adecuada formulación de los elementos metodológicos, entre otros aspectos.

Se considera que el programa diseñado específicamente para la capacitación a nuevos usufructuarios de tierras beneficiados con el Decreto Ley 300/2012 y la Resolución 449/2013, posee insuficiencias metodológicas que limitan la capacitación jurídica atendiendo a las normativas agrarias lo que repercuten en su interpretación. Dicha capacitación por su importancia y amplitud exige de mayor sistematicidad e intencionalidad en su tratamiento, así se coincide con lo propuesto por (Ochoa, 2009; Torres, 2010).

En el análisis del programa antes referido, se pudo constatar que en sus componentes se presentan insuficiencias en comparación con el cumplimiento de las normativas establecidas para su elaboración. En la valoración de su fundamentación se sugiere mayor precisión en la declaración de la necesidad del curso y los problemas que resolverá. En el objetivo general, se plantea capacitar, lo cual se considera un término muy general, pudiendo ser, actualizar, por otro lado, se debe lograr mayor precisión en la declaración de a quién está dirigido.

Aunque se declara los posibles participantes, no se declara los requisitos de ingreso y se recomienda que además de los usufructuarios se incluyan a los otros sujetos que intervienen en el proceso de entrega de tierras en usufructo (directivos y especialistas del Minag). Además, no se declara el perfil del egresado y como se contemplará el curso a cada participante (nivel superior, como postgrado y créditos; graduado del 9-12 grado, técnico medio u obrero calificado, como curso acreditado por un reconocimiento).

Específicamente en las dos habilidades que se propone desarrollar desde el programa, la primera habilidad no debió formularse como implementar sino como demostrar a través de actividades prácticas las normas legales que regulan el contrato de usufructo. De igual manera, no se declara el sistema de valores, ni la categoría docente y científica del claustro.

Los temas declarados en el programa del curso de capacitación para nuevos usufructuarios de tierras (Tabla 3.1) no enfocan el tratamiento al marco regulatorio en ocho de los nueve temas propuestos, solo en el primero, se infiere el tratamiento a su fundamento legal, lo cual indica la necesidad de reformularlos hacia la capacitación jurídica integral, a través de la actualización y vinculación del proceso de entrega de tierras en usufructo con normas contenidas en el Derecho Agrario, Civil, Económico, de Contrato, Ambiental, Penal y de Bienes.

De modo general, se manifiesta que la planificación de los programas de la Escuela Provincial de Capacitación de la Agricultura en Las Tunas, está afectada por problemas metodológicos que dificultan la objetividad e integralidad en el desarrollo del proceso de capacitación jurídica. Por otro lado, se identificó la inexistencia de un sistema de acciones concreto a corto, mediano y largo plazo, dirigido a la capacitación jurídica y su consiguiente sistema de control, lo cual pone en riesgo el cumplimiento de este objetivo.
A partir de los resultados de este análisis se infiere la necesidad de incorporar al sistema de gestión para la capacitación municipal de la agricultura un sistema de capacitación jurídica como elemento imprescindible, teniendo en cuenta su prioridad dentro de la política del país.

Resultados en la evaluación de la capacitación jurídica dirigida a los sujetos del proceso de entrega de tierras en usufructo del municipio Las Tunas.
Análisis de los problemas identificados
Para obtener información más detallada sobre el estado de la capacitación jurídica dirigida a los sujetos que intervienen en el proceso de entrega de tierras en usufructo del municipio Las Tunas se procedió a su evaluación, coincidiendo con Escalona (2013) en que constituye un paso esencial en el diagnóstico estratégico al realizar un análisis integral, lo cual favorece el proceso de toma de decisiones. Como resultado de los talleres participativos se identificaron ocho problemas principales (Tabla 3.2).

Entre los problemas identificados está el deficiente sistema de capacitación relacionado con las normativas agrarias, pues en el intercambio con usufructuarios (más del 90% del sexo masculino) se evidencia que ha sido insuficiente la capacitación por las delegaciones del Minag en los territorios y de otras instituciones encargados de elevar el nivel de conocimientos con respecto a esta forma de tenencia de las tierras agrícolas.

En relación a lo anterior Escalona (2013) también identificó al deficiente sistema de capacitación técnica y extensión agraria como uno de los problemas que influye en la producción de alimentos. Situación que se agudiza si se valora que en el municipio de Las Tunas se cuenta en la actualidad con 3 835 usufructuarios (Minag, 2016).
En cuanto al insuficiente conocimiento sobre normas agrarias por los sujetos que forman parte del proceso de entrega de tierras ociosas en usufructo, el resultado del análisis de los instrumentos de medición aplicados en el diagnóstico indica la necesidad que tiene este grupo de usufructuarios, directivos y especialistas de recibir una instrucción especializada en temas que vinculen las normas jurídicas y técnicas, referidas al control, seguimiento, regulación y calidad del proceso de entrega de tierras ociosas, sin perder de vista las actividades que pueden generar impactos negativos sobre el medio ambiente, aspectos que también han sido señalados a nivel nacional por el Minag y la Delegación Provincial de la Agricultura en Las Tunas durante los años 2015 y 2016.

En el intercambio con productores agropecuarios también se evidencia la insuficiente capacitación por la Delegación del Minag en el territorio y de otros organismos e instituciones encargados de elevar el nivel de conocimientos con respecto a esta nueva forma de producción y comercialización de productos agrícolas.
La necesidad de la formación de los conocimientos en legislación agraria se hace evidente si se tiene en cuenta las violaciones de la legalidad en las que han incurrido usufructuarios, como certificaciones vencidas, no ocupación de la tierra, utilización de fuerza de trabajo no contratada, bienhechurías no autorizadas, aparcerías, violación a la línea de producción, falta de vinculación con la base productiva, comercialización por vías ilegales, contradicciones entre usufructuarios y entidades por el dominio o posesión de terrenos ociosos y no cumplimiento del plan, tal como refiere el Comité Provincial de la ANAP en Las Tunas (2015, 2016) y Reyes (2016).

Cabe agregar que en entrevistas a asesores y especialistas jurídicos de la Delegación Provincial de la Agricultura se planteó que la falta de capacitación jurídica no solo se manifiesta en el desconocimiento de las leyes, pues también se evidencia en su interpretación y aplicación, lo cual repercute en la calidad y efectividad de trámites y procesos que ejecutan las delegaciones municipales de la agricultura a través de sus especialistas.

Respecto a la insuficiente disponibilidad de recursos para la capacitación jurídica, se pudo apreciar que aun cuan es fundamental en los procesos de capacitación asegurar los recursos humanos, materiales y financieros necesarios para esa actividad, de modo que permita contar con la base material de estudio, los medios técnicos, las instalaciones, los instructores y otros recursos que se requieran, en el sector agrario del municipio de Las Tunas persisten insuficiencias en la planificación de la capacitación como una inversión. Lo anterior también ha sido señalado por el Minag (2016) como una problemática presente en las provincias de Granma, Santiago de Cuba, Guantánamo y Las Tunas.

En relación a la problemática antes referida Díaz (2008) y Blanco (2009) coinciden en que las limitaciones en la capacitación y extensión también tienen que ver con los problemas de logística y que esta implica una estructura, recursos humanos y estrecha coordinación entre factores internos y externos que participan en el cumplimiento de los programas. Ello no es ajeno a las condiciones del municipio Las Tunas y específicamente de la Escuela Provincial de Capacitación de la Agricultura.
Por su parte, Hernández (2015) plantea que en la actualidad se exige destinar más recursos a la preparación de los recursos humanos y cuadros, para hacerlos más competentes, de modo que estén aptos para responder a las exigencias cambiantes del proceso productivo o de prestación de servicios del que forman parte. Ante la situación planteada los directivos de una organización, se constituyen en los máximos responsables que deben facilitar la proyección, organización, ejecución y control de los resultados de la formación y desarrollo de los recursos humanos, según la capacitación dirigida a estos propósitos.

Cabe agregar que estos procesos de capacitación deben estar concebidos integralmente y organizados como un sistema, contemplando todos los componentes y combinando los contenidos, los plazos de tiempo y los recursos necesarios para que resulte en un proceso continuo y eficiente, dirigido a dar respuesta a las necesidades de capacitación y planes de desarrollo del organismo o territorio.

Otro de los problemas identificados es la falta de motivación de los usufructuarios para recibir la capacitación jurídica, lo cual se corrobora en la entrevista a usufructuarios de la UBPC “Cucalambé” en la comunidad de Maniabo, los cuales manifestaron entre las causas la falta de motivación, la lejanía de la institución que los imparte y la falta de objetividad en la realización del plan de capacitación en correspondencia con sus necesidades. Lo anterior coincide con la debilidad identificada por la Escuela Provincial de Capacitación de Las Tunas (2016) al plantear que no se intencionan cursos de preparación desde la base.

En las entrevistas y encuestas a los directivos y profesores de dicha escuela, se constató que para la formulación de los programas se tienen en cuenta las demandas de los municipios, no obstante se hace necesario que antes de la implementación de los programas propuestos, sean socializados con especialistas y posibles beneficiarios, de modo que se perfeccionen para cumplir con las expectativas y necesidades de los cursistas. Ello coincide con Suárez (2003) al señalar que dentro del proceso de capacitación las necesidades de capacitación de las personas, son las fuentes para la elaboración de programas formativos y de desarrollo.
Según Stoner (1998) citado por Calderín (2015) señalan que la formación es esencial en el sistema de gestión de los recursos humanos porque: motiva cuando no es impositiva, sino participativa y reduce la inseguridad, así mismo pone al día al equipo humano adecuándolo a las exigencias del desarrollo tecnológico y organizacional, elimina hábitos desfasados que la nueva situación pretende superar, genera espíritu de equipo y cooperación, con lo que ayuda a transformar las relaciones humanas, constituye una inversión y genera beneficios. 

En el desarrollo del diagnóstico también fue expuesto como una problemática la falta de asesoramiento jurídico a los usufructuarios, lo cual se agrava dado que los usufructuarios no tienen de manera oficial un representante legal que atienda sus reclamaciones o los asesore en procesos legales o ante litigios, que pueden emanar de su propia actividad, como es la existencia de contradicciones entre usufructuarios y entidades por el dominio o posesión de terrenos que estuvieron ociosos, lo cual es señalado por Pavó (2014), Minag (2015) y ANAP (2015).
A lo antes referido se une la necesidad de este asesoramiento o conocimiento jurídico para el logro de un sistema de trabajo que tribute al desarrollo de los procesos de contratación, transportación y comercialización de los productos agropecuarios, acceso a créditos agrícolas y al pago por facturas a los productores, lo cual estará dirigido a su vez a perfeccionar la dinámica de producción y comercialización de productos agropecuarios. Los aspectos señalados también son referidos por Hernández (2015), Ojeda et al. (2016).  

En cuanto a la insuficiencias en la convocatoria e integración del sistema de gestión para la capacitación municipal, en las entrevistas realizada a directivos y profesores de la Escuela Provincial de Capacitación de la Agricultura, estos consideraron que para lograr el cumplimiento efectivo de las demandas y prioridades de capacitación dentro del sector agrario de Las Tunas, aun es necesario fortalecer el funcionamiento del sistema integrado de gestión de la capacitación en lo relacionado con la convocatoria y la integración del plan único de capacitación del municipio, lo cual es señalado por el Minag (2016).

Por otro lado, se hace necesario una mayor articulación de la Escuela Provincial de Capacitación “Jesús Menéndez Larrondo”, organismos rectores como el Minag y el CESCE, así como las diferentes instituciones territoriales implicadas en la preparación de los recursos humanos del sector agrario en Las Tunas, tal es el caso de la Universidad de Las Tunas, el Comité Municipal y Provincial de la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños, ACPA y ACATAF. Lo anterior se sustenta en la necesidad de la integración en los criterios por los actores, decisores y beneficiarios, para el diagnóstico y proyección objetiva de las acciones de capacitación.
Respecto a la insuficiente divulgación en los medios de comunicación masiva sobre temas de legislación agraria, Cot (2014) expone que la cultura jurídica determina que el ciudadano se convierta en sujeto y objeto de las políticas sociales que se diseñan e implementan. No obstante, la información jurídica solo es accesible al ciudadano mediante pocos mecanismos de acceso y uso a la información tales como los medios de comunicación masiva, el Ministerio de Justicia (MINJUS) y la notaría.

A pesar de que el nivel de cultura jurídica y el interés por conocer las nuevas leyes de la población cubana han crecido, aún no es suficiente. Factores como la poca divulgación, mecanismos insuficientes y la complicación del lenguaje, dificultan la comprensión de la información jurídica por los ciudadanos y como consecuencia reducen su accesibilidad. Aunque existen diversas acciones y políticas dirigidas a transformar dicha situación, los medios de comunicación masiva deben cuestionar y buscar respuestas a temas de beneficio público, como son las normativas relacionadas con el proceso de entrega de tierras en usufructo.
Aunque en la Constitución de la República de Cuba no se explicitan aspectos relacionados con el acceso y uso de la información pública por los ciudadanos, se han creado leyes que regulan el acceso a la información, ejemplo el Decreto Ley 281/2011 Del Sistema de Información del Gobierno. El objetivo de esta es la instauración del Sistema de Información del Gobierno, para revisar las concepciones en torno a la gestión de la información e integrar métodos jurídicos, atendiendo a la complejidad de los procesos de dirección del país y el desarrollo del capital humano.

Por último dentro de los problemas relacionados con la capacitación jurídica dirigida a los sujetos que intervienen en el proceso de entrega de tierras en usufructo del municipio Las Tunas fue la dispersión normativa de la Legislación Agraria. Respecto a esta problemática Figallo (1987), Pavó (2014), ANAP (2015) declaran la existencia de una excesiva amplitud y dispersión normativa en la regulación de los procedimientos agrarios, así como de frases abiertas en normas que pueden incidir en su interpretación y aplicación.
En relación a lo antes expuesto, estos autores señalan además la inexistencia de un código agrario, continúas modificaciones de la normativa en cuestión, brechas legislativas en cuanto a procedimientos, necesidad de un procedimiento agrario único, ausencia de un instrumento normativo jurídico único que regule de manera regular y sistémico el ejercicio de la función del Minag de conocer y resolver los conflictos agrarios, normas que establezcan los principios y objetivos de dicho ministerio, ni garantía de los sujetos en los procedimientos.

Jerarquización de los problemas identificados
La jerarquización de los problemas, mediante la matriz de Vester, arrojó diferentes niveles de influencia y causalidad (Figura 3.1). El deficiente sistema de capacitación relacionado con las normativas agrarias constituyó el problema crítico. Entre las causas están la insuficiente disponibilidad de recursos para la capacitación jurídica, la falta de asesoramiento jurídico a los usufructuarios, las insuficiencias en la convocatoria e integración del sistema de gestión para la capacitación municipal, la insuficiente divulgación en los medios de comunicación masiva sobre temas de legislación agraria, así como la dispersión normativa de la legislación agraria, los cuales constituyen los problemas activos.

Los problemas mencionados provocan como efectos el insuficiente conocimiento sobre normas agrarias por los sujetos que forman parte del proceso de entrega de tierras ociosas en usufructo y la falta de motivación de los usufructuarios para recibir la capacitación jurídica, los cuales clasificaron como pasivos. Este análisis arrojó el árbol de problemas mostrado en la Figura 3.2.

Estos resultados se asemejan a los señalados por Ochoa (2009) y Hernández (2015) en la preparación político-ideológica de profesores de las escuelas ramales y en la preparación jurídica de los recursos humanos de la Empresa de Construcción y Montaje de Las Tunas.  

Los resultados anteriores sugieren que la toma de decisiones relacionadas con la capacitación jurídica en el sector agrícola ha de considerar y transformar dichas problemáticas, lo que coincide con lo señalado en este sentido por Minag (2016). Estos resultados reafirman la necesidad de un sistema de capacitación que contribuya a la solución de los principales problemas que afectan la formación y capacitación en legislación agraria de los sujetos del proceso de entrega de tierras en usufructo del municipio Las Tunas y en el logro de resultados superiores.

Determinación de las potencialidades y limitaciones para la capacitación jurídica a los sujetos del proceso de entrega de tierras en usufructo del municipio Las Tunas.

A partir de los resultados precedentes y del taller realizado con representantes de las principales instituciones implicadas en la capacitación de los sujetos del proceso de entrega de tierras en usufructo del municipio Las Tunas, fueron identificadas las principales oportunidades, amenazas, fortalezas y debilidades con influencia sobre su capacitación jurídica (Tablas 3.3 y 3.4), lo cual constituye un paso esencial en el diagnóstico estratégico según Almaguer et al. (2011) y Escalona (2013).

Al valorar la importancia de estos elementos a través de su interrelación en la matriz DAFO, se identificó una mayor proporción de debilidades y amenazas, que de fortalezas y oportunidades (Anexo 7), lo que indica que este municipio se encuentra en una situación desfavorable, que debe ser considerada por la Delegación Municipal de la Agricultura y la Escuela Provincial de Capacitación “Jesús Menéndez Larrondo” en la ejecución de acciones para contribuir a su solución, de lo contrario podrían continuar incidiendo en la capacitación jurídica, como señalan Escalona (2013) y Tamayo (2015).

Las fortalezas más importantes fueron, contar con el capital humano preparado (F3). La existencia de instituciones en el territorio que facilitan la capacitación (F4) y el nivel de escolaridad de los sujetos del proceso de entrega de tierras ociosas (F7).
De los 240 usufructuarios entrevistados el 37% posee hasta 35 años de edad y sólo el 2% más de 50 años, lo que significa que la mayoría de las personas que se desempeñan como usufructuarios son relativamente jóvenes. El 26,7% de ellos tiene enseñanza superior, el 66,7% enseñanza politécnica y el 6,7% expone haber alcanzado algún otro tipo de enseñanza pre-universitaria, lo cual constituyen fortalezas a considerar para la sistema de acciones propuesto a través de esta investigación.

Las debilidades más valoradas por los actores sociales fueron el deficiente sistema de capacitación relacionado con las normativas agrarias, la insuficiente disponibilidad de recursos para la capacitación jurídica (D3), las insuficiencias en la convocatoria e integración del sistema de gestión para la capacitación municipal (D6) y el que no se intencionen cursos de preparación desde la base (D10).

El 100% de los usufructuarios encuestados manifiestan no haber recibido ninguna capacitación preusufuctuario o postusufructuario sobre temas de legislación agraria, medio-ambiental y económica que les permitiera desempeñarse como de manera eficaz, antes de responder por la actividad que realizan.

Las amenazas más importantes fueron la fluctuación de los cuadros hacia otros organismos y provincias (A2) y la dispersión de la legislación agraria vigente (A5). Las oportunidades más significativas fueron la voluntad política en la actualización del modelo económico y proyecto social cubano (O1), la ampliación de la integración con otras instituciones como el MES, Escuela del Partido y las asociaciones (O2), la posibilidades de financiamiento a través de proyectos nacionales e internacionales (O3), así como la prioridad del sector agrícola en la economía nacional (O4).

Las principales opiniones de los actores participantes en el diagnóstico, se orientaron a la necesidad de transformar el sistema de capacitación jurídica en el sector agrícola en el municipio, con una mayor intencionalidad desde la base y que posibilite la relación con otras ramas de Derecho relacionada con la actividad de los usufructuarios. Consideraron, además, que la dispersión normativa afecta el dominio y socialización de las distintas normas agrarias y que aún es insuficiente su divulgación a través de los medios de difusión masiva, lo cual también es señalado por Cot (2014).

En otro orden, añadieron que mediante la elaboración y ejecución de proyectos se podrían aportar recursos materiales y financieros necesarios en el proceso de capacitación jurídica, así como en la generación, desarrollo e introducción de adelantos tecnológicos y en la calificación de la fuerza de trabajo. Lo anterior concuerda con lo planteado por Fuentes (2012) y Ricardo (2013) en relación con la importancia de incrementar las acciones en los municipios para una mejor gestión de proyectos que faciliten la captación de financiamiento nacional e internacional, el cual puede ser utilizado para el desarrollo del sector agropecuario.

Los resultados obtenidos en el diagnóstico evidencian que en el municipio de Las Tunas no se ha enfocado la gestión de la capacitación jurídica como un sistema, a través de acciones a corto, mediano y largo plazo y su correspondiente sistema de evaluación, liderado por la Escuela Provincial de Capacitación “Jesús Menéndez Larrondo”.

CONCLUSIONES

  • En el análisis de los programas de la Escuela Provincial de Capacitación de la Agricultura “Jesús Menéndez Larrondo” se pudo constatar que sus componentes metodológicos presentan insuficiencias según las normativas establecidas para su diseño.
  • La falta de asesores jurídicos para la atención a los usufructuarios, así como la insuficiente capacitación a otros actores del proceso de entrega de tierras ociosas dificulta la interpretación y aplicación de las legislaciones agrarias.
  • El sistema de acciones propuesto define principios, particularidades, objetivos, acciones y el sistema de control a implementar por las instituciones implicadas en la capacitación jurídica.
  • El uso de métodos participativos con los sujetos del proceso de entrega de tierras en usufructo permitió la identificación de las necesidades en materia de legislación agraria y la definición de las acciones de capacitación jurídica.
  • La valoración del diseño del sistema de acciones propuesto mediante criterio de expertos y de usuarios evidencia su factibilidad y pertinencia y que mediante su implementación es posible contribuir en la capacitación jurídica.

RECOMENDACIONES

  • La dirección de la Escuela Provincial de Capacitación de la Agricultura “Jesús Menéndez Larrondo” de Las Tunas tengan en cuenta la información y acciones definidas en la investigación para la toma de decisiones relacionadas con la implementación del sistema de capacitación jurídica.
  • Se aplique el procedimiento metodológico utilizado en la investigación como alternativa para la planificación de la capacitación jurídica en el sector agrario, a partir de las necesidades en cada territorio.
  • Brindar a estudiantes, profesores e investigadores los resultados de esta investigación como material de consulta en la formación de pregrado y posgrado.

BIBLIOGRAFÍA

  • Almaguer, A. C.; Caballero, O.; Hidalgo, E.; Aguilera, N.; Serrano, J. C.; Martín, S. M.; Grajales, F.; Cárdenas, R.; Tasé, G.; Alemán, I. (2011): Planeación Estratégica Participativa. Editorial ACPA. La Habana, 116 pp.
  • Altieri, M (2003): Una respuesta agroecológica al tema del desarrollo rural, en: http://www.agriculturaorgánica.org/. Consultado: [abril 2012].
  • Arias, G. (1928):I1 Diritto Agrario, en Revista de Derecho Agrario.
  • Asociación Cubana de Técnicos Agrícolas y Forestales (ACTAF) (2010): Proyecto de Apoyo al Programa de Desarrollo Agrario Municipal. ACTAF. La Habana, 27pp.
  • Asociación Nacional de Agricultores Pequeños (ANAP) (2008): Informe de balance del Comité Provincial de la ANAP en Las Tunas. (2009) al 2016.
  • Informe de la Asamblea de Balance de la  ANAP Provincia de Las Tunas. (2015)
  • Balber, M.; Rey, O.; Garea, J.A.; Pavó, R. Fernández A.; Velazco, M.; Navarrete, C. (2007): Temas de Derecho Agrario Cubano. Tomo I. Editorial Félix Varela. La Habana, 597pp.
  • Ballarin, A. (1996): China: otra perestroika, de la Comuna a la explotación familiar.
  • Bassas, D. G. (2010): La capacitación en los Recursos Humanos en las empresas cubanas" en Observatorio de la Economía Latinoamericana, Nº 125. http//www.eumed.net/cursecon/ecolat/cu/2010[Consultado: 22/3/2014].
  • Bernaza, G.J. (2015): Construyendo ideas pedagógicas sobre el posgrado desde un enfoque histórico-cultural. Editorial Universitaria (MES). Edición digital. La Habana, pp 242
  • Blake, O. (1997): La capacitación recurso dinamizador de las organizaciones. Edit. Macchi. Argentina. Segunda edición.
  • Blanco, A. (2009): El Extensionismo Agrario. Estudio de caso: Complejo Científico-Docente de San José de las Lajas. Tesis a opción al título académico de Master en Extensión Agraria. Universidad Agraria de La Habana, 59 pp.
  • Calderín, M. (2015): Estrategia de capacitación para la formación y desarrollo de competencias laborales en los administradores de la U/A Centro de la Empresa Comercio Minorista Las Tunas. Tesis en opción al título académico de Máster en Dirección, 70pp.
  • Carrera, J. (1981): Historia del Estado y el Derecho en Cuba. Ministerio de Educación Superior, La Habana, p.34-35.
  • Carroza, A. y Zeledón, R. (1990): "Teoría General e institutos de Derecho Agrario”. Astrea. [s.n.]. Buenos Aires, Argentina, Pág. 27.
  • Centro de Superación, Capacitación y Extensión (CESCE) (2013): Indicaciones metodológicas a las Escuelas Ramales de la Agricultura.
  • Indicaciones metodológicas a las Escuelas Ramales de la Agricultura. (2014)
  • Indicaciones metodológicas a las Escuelas Ramales de la Agricultura. (2015)
  • Constitución de la República de Cuba (1976). La Habana. Gaceta Oficial de la República de Cuba. Disponible en: < http: //www.gacetaoficial.cu.>. [Consultado: enero 2013].
  • Cot, S. (2014) Información jurídica para la ciudadanía: mecanismos de acceso y uso en la Dirección de notarías y registros civiles del Ministerio de Justicia de la República de Cuba. Disponible en: <http://revistas.bnjm.cu/index.php/>. [Consultado: marzo 2016].
  • Decreto- Ley No.300/12, sobre la entrega de tierras ociosas en usufructo del 20 de septiembre de 2012, aprobado por el Consejo de Estado.
  • Decreto No. 304/12, Reglamento del Decreto Ley No.300/12, sobre la entrega de tierras ociosas en usufructo. 
  • Decreto-Ley No. 125: Régimen de posesión, propiedad y herencia de la tierra y bienes agropecuarios de 1991. Gaceta Oficial de la República de Cuba, No.1/91.
  • Díaz, J. (2008). Contribución al desarrollo organizacional para la transferencia de tecnología en la ganadería bovina. Rev. prod. anim., 18 (2), 111-115.
  • Dorta Duque, M. (1956): “Derecho Agrario y Proyecto de Código Cubano de Reforma Agraria”. Imprenta Universitaria. [s.n.]. La Habana, Cuba.
  • Duque, R.J. (2002): Consideraciones generales sobre el decreto con fuerza de ley de tierras de desarrollo agrario. Tribunal Supremo de Justicia, Caracas, Venezuela.
  • Escalona, Y. (2010): Estrategia para la disponibilidad alimentaría en el municipio Majibacoa. Tesis presentada en opción al título académico de Máster en Desarrollo Agrario y Rural. Universidad Agraria de la Habana. Mayabeque, 65 pp.
  • Escalona, Y. (2013): Estrategia para la gestión de la seguridad alimentaría en el municipio Majibacoa, provincia Las Tunas. Tesis presentada en opción al grado científico de Doctor en Ciencias Agrícola. Universidad Agraria de la Habana. Mayabeque, 100 pp.
  • Escuela Provincial de Capacitación de Las Tunas (2016): Informe de los resultados del taller sobre el perfeccionamiento de la capacitación a cuadros y sus reservas. Escuela Provincial de Capacitación de Las Tunas.
  • Estrada, E. (1956): Leyes-Decretos vigentes. Vol I. Editorial LEX, La Habana.
  • Fernández, A. (2007): Metodología para gestionar el progreso del potencial humano en las SUM en La Habana. Tesis en opción del grado científico de Doctor en Ciencias Pedagógicas, 114pp.
  • Figallo, G. (1987): “La Tutela Jurisdiccional de los Derechos Humanos en el campo del derecho agrario”, Memorias del Congreso Internacional Derecho Agrario y Derechos Humanos, Cultural Cuzco SA. Lima. Perú. 
  • Fuentes, D. (2012). Procedimiento metodológico para la gestión de la sostenibilidad de los proyectos de Cooperación Internacional para el Desarrollo agrario y rural en el municipio de Majibacoa. Tesis en opción al título académico de Máster en Desarrollo Agrario y Rural Sostenible. Facultad de Ciencias Agrícolas. Universidad de las Tunas, 80pp
  • García, S. (1999): Visión Global del Agro hacia el 2000, No.22, año VII, Centro de Estudio de Justicia Agraria. México. Sep.-Dic.
  • Gárciga, R. J. (2006): Formulación estratégica. Un enfoque para directivos. Editorial Félix Varela. La Habana, 154 pp.
  • Guevara, R.V.; Nápoles, N.; Curbelo, L.M.; Guevara, G. E.; Soto, S. A.  (2013): Eficiencia de la capacitación agrícola como componente del sistema de extensión agraria. Revista de producción animal. Volumen 25 (1).
  • Hernández, A. M. (2015): Sistema de acciones para la preparación jurídica de los recursos humanos de la Empresa de Construcción y Montaje de Las Tunas. Tesis en opción al título académico de Máster en Dirección. Universidad de Las Tunas, 64 pp.
  • Hernández, A. y González, A. (2001): Algunas consideraciones sobre la evolución del Derecho Agrario Cubano. Ponencia. Universidad de Granma. Cuba.
  • Hernández, R. (2015): Procedimiento para la evaluación del impacto de la capacitación de los cuadros y reservas en la Empresa de Construcción y Montaje de Las Tunas. Tesis en opción al título académico de Máster en Dirección. Universidad de Las Tunas, 59pp.
  • Hidalgo. L. (2012): Estrategia de desarrollo agrario municipal en Majibacoa, Provincia Las Tunas. Tesis presentada en opción al título académico de Máster en Desarrollo Agrario y Rural. Universidad de Las Tunas.
  • Informe de la Escuela Provincial de Capacitación “Jesús Menéndez Larrondo” sobre los resultados del balance en el primer semestre. Las Tunas, julio de 2013.
  • Instituto de Cuestiones Internacionales, Editorial San Martín, S.L, Madrid, España.
  • Jiménez, S. (2007). Seguridad alimentaria y nutricional. Una mirada global. Revista Cubana Salud Pública. Ciudad de La Habana, 31(3), 5pp.
  • Kindelán, T. (2007): Estrategia para la capacitación jurídica ambiental de los inversionistas de Las Tunas. Tesis en Opción al título de Especialista en Asesoría Jurídica. Facultad de Derecho. Universidad de Oriente. pp. 63.
  • Ley No. 59 Código Civil, de 1987. Gaceta Oficial de la República de Cuba, No.9.
  • Ley No. 62: Código Penal, de 1987. Gaceta Oficial de la República de Cuba.
  • Ley No. 81 del Medio Ambiente, Cuba (1997): Gaceta Oficial Año XCV, pp. 47.
  • Ley No.7: Ley de Procedimiento Civil, Administrativo y Laboral, de agosto de 1977.Gaceta Oficial de la República de Cuba, No.34/97.
  • López, T. (2005): Organización y estructura del Sistema de Extensión Agraria (SEA) en Cuba. Revista Computadorizada de Producción Porcina.  Volumen 12 (número 1).
  • Lozada, B. (2011): La gestión estratégica del desarrollo local. Propuesta para el Municipio Majibacoa. Tesis en opción al título académico de Master en Dirección. Universidad de Las Tunas.
  • Maldonado, A. (1956): Derecho Agrario (Doctrina, Historia y Legislación), La Paz, Imprenta Nacional.
  • McCormack, M.; Balber, M.A.; Rey, O.; Garea, J.; Pavó, R.; Fernández, A.; Velazco, M.; Navarrete, C. (2007):            Temas de Derecho Agrario Cubano. Tomo I. Editorial Félix Varela. Cuba, 597 pp.
  • Ministerio de Educación Superior (MES) (2004): Resolución 132/2004: Reglamento de la Educación de Posgrado de la República de Cuba.
  • Resolución 210/07: Reglamento para el Trabajo Docente y Metodológico en la Educación Superior.
  • Resolución 166/09: Modificación al Reglamento de la Educación de Posgrado de la República de Cuba.
  • Ministerio de la Agricultura (Minag) (2008): Informe del balance provincial de la Delegación Provincial de la Agricultura en Las Tunas. (2009) al (2016).
  • Mulholland, M. (1994): Modelo de evaluación CIPP. Seguimiento y evaluación de las investigaciones agropecuarias. ISNAR.
  • Navarrete, C. (1987): Apuntes sobe Derecho Agrario Cubano, Universidad de La Habana. MES, p.96.
  • Ochoa, D. (2009): Sistema de acciones para la preparación político-ideológica de profesores de las escuelas ramales en Las Tunas. Tesis en opción al título académico de Máster en Dirección. Universidad de Las Tunas, 68 pp.
  • Oficina Nacional de Estadística e Información (ONEI) (2014): Datos sobre características generales y datos estadísticos del municipio Las Tunas.
  • Datos sobre características generales y datos estadísticos del municipio Las Tunas. (2015):
  • Ojeda, I.; Fernández, J. A.; Reyes, L.M. y Lago, Y. (2016):   Constancia puesta a prueba. Periódico 26 de Julio, Las Tunas, p.5.
  • Partido Comunista de Cuba PCC (2011): VI Congreso del Partido Comunista de Cuba. Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución. La Habana, 38 p.
  • Pavó, R. (2014): La justicia agraria y sus desafíos. Editorial UNIJURIS, La Habana, 219pp.
  • Pérez, T. (2010): Propuesta metodológica para el análisis de la seguridad alimentaría a nivel local en Cuba. Experiencia en el municipio San José de Las Lajas. Tesis en opción del grado científico de Doctor en Ciencias Agrícolas. Universidad Agraria de la Habana.
  • Pichardo, H. (1973): Documento para la historia de Cuba. Editorial Ciencias Sociales, La Habana, p.94.
  • Pino, O. (1973): Asalto a Cuba por la oligarquía financiera yanqui. Editorial Casa de Las Américas. La Habana, p. 164.
  • Ramos, A. (2008): Procedimiento metodológico para la concepción e implementación de la preparación político-ideológico en la capacitación y superación económica de los cuadros y reservas en Las Tunas. Tesis en opción al título académico de Máster en Dirección. Centro Universitario Vladimir Ilich Lenin, Las Tunas.
  • Rapa, V. (1990): Propiedad y otros derechos sobre bienes. Universidad de La Habana, Facultad de Derecho, p.162.
  • Regalado, A. (1979): Las luchas campesinas en Cuba. Editorial Orbe, La Habana.
  • Resolución No. 7/2016 del Ministro Presidente del Banco Central Cuba. Gaceta Oficial de la República de Cuba, No.10/2016.
  • Resolución No. 77/1999 del CITMA, Reglamento del Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental.
  • Resolución No.449/2013, del Minag sobre entrega de tierras en usufructo a jóvenes desmovilizados y licenciados del SMA.
  • Rey, O. y McCormack, M. (1990): Manual de Derecho Agrario. La Habana.
  • Reyes, L. (2016): Control vs Legalidad. Artículo publicado en el Periódico 26, Las Tunas. 8 de enero de 2016, pp 4.
  • Ricardo, J. I. (2013): La gestión estratégica de la cooperación internacional para el desarrollo local en el contexto de la economía cubana. Tesis en opción del grado científico de Doctor en Ciencias Económicas. Universidad de Camagüey.
  • Rivero, O. (2001): Temas de Derechos Reales, Editorial Félix Varela, La Habana, P. 159.
  • Rodríguez, A.; Gay, J.; Jiménez, S.; Martín, I. y Hernández, M. (2004): Procedimientos participativos de apreciación rápida para la seguridad alimentaria y nutricional en la comunidad. INHA, 10 pp.
  • Rodríguez, C.R. (1963): Cuatro años de Reforma Agraria. Cuba Socialista, No.21, La Habana.
  • Romero, R. (2015):La Historia me Absolverá. Importancia y Vigencia: Disponible en: < http://www.monografias.com/[Consultado: febrero 2016].
  • Solé, F. y Mirabet, M. (1997). Guía para la formación en la empresa. Madrid: Civitas.
  • Soto, L. (1985): La Revolución del 33, t. II. Editorial de Ciencias Sociales, La Habana.
  • Stoner, J. (1998): Administración, Ed. MES, La Habana, 781 pp.
  • Suárez, J. (2003). El papel clave de la tecnología y la innovación en la ganadería cubana y su efecto en el desarrollo del sector. Ponencia presentada en la III
  • Convención Internacional de Educación Superior, 4 al 8 febrero, La Habana, Cuba.
  • Suárez, J. (2006). Comportamiento innovador en empresas ganaderas de la región central de Cuba. Pastos y Forrajes.
  • Tamayo, Y. (2015): Sistema de gestión ambiental en la Planta de Biopreparados Sucursal Laboratorios Biofarmacéuticos (LABIOFAM) Las Tunas. Tesis en opción al título académico de Máster en Desarrollo Agrario y Rural. Universidad de Las Tunas, 72 pp.
  • Torres, I. M. (2010): Concepción Pedagógica del Proceso de Formación en Seguridad Alimentaría y Nutricional para Funcionarios Gubernamentales del Poder Popular. Estrategia para su implementación en la provincia Pinar del Río. Tesis en opción al grado científico de Doctor en Ciencias de la Educación. Universidad de Pinar del Río.
  • Valdés, J. (1997): Procesos agrarios en Cuba 1959-1995. Editorial de Ciencias Sociales, La Habana.
  • Valdéz, G. y López, R. (2005). Transferencia de Extensionismo y Transferencia de Tecnologías, La tecnología: un reto de la ACPA para contribuir a la excelencia productiva. III Encuentro Regional La Habana, Cuba.
  • Velazco, M. (1998): El Derecho Agrario Cubano. Propuesta al legislador, premio del concurso Anual de la Organización Nacional de Bufetes Colectivos.
  • Vester, F. (1983): Unsere Welt. Ein Vernetztes Systems. Munich: Edit. DTV, 177 pp.
  • Zeledon, R. (1997): Derecho procesal agrario, ed.cit, p.173.G.Figallo: La oralidad en el proceso agrario y ambiental peruano, en Memorias del I Congreso del Comité Americano de Derecho Agrario, p.347.
  • Zeledon, R. (2000): Derecho Agrario del futuro, Editorial Guayacán, San José, Costa Rica.
  • Zenea, M. L. (2011): Metodología para el análisis del funcionamiento del consejo de dirección en el sistema gerencial del MINAG. Tesis en opción al grado científico de Doctor en Ciencias Económicas. Centro de Estudios de la Economía Cubana. Universidad de la Habana, 115 pp.

Recibido: 11/01/2017 Aceptado: 29/03/2017 Publicado: Marzo de 2017

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