INTEGRACIÓN. TEORÍA Y PROCESOS. BOLIVIA Y LA INTEGRACIÓN
Alberto Solares Gaite
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El Tratado Constitutivo de UNASUR establece la siguiente estructura orgánica:
El Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno
El Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno es el órgano superior de la Unión y es el encargado de establecer los lineamientos políticos, planes de acción, programas y proyectos del proceso de integración suramericana y decidir las prioridades para su implementación, para lo cual se pueden convocar Reuniones Ministeriales Sectoriales y decidir sobre las propuestas presentadas por el Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores.
La Presidencia Pro Témpore
La Presidencia Pro Témpore de la Unión será ejercida sucesivamente por cada uno de los Estados Miembros, por períodos anuales. La presidencia se encarga de preparar, convocar y presidir las reuniones de los órganos, además de representar a la Unión en eventos internacionales, asumir compromisos y firmar Declaraciones con terceros, previo consentimiento de los órganos correspondientes.
El Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores
Este Consejo se encarga de cumplir e implementar las decisiones del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno y hacer el seguimiento del proceso para coordinar posiciones en temas centrales de la integración suramericana, desarrollar y promover el diálogo político y la concertación sobre temas de interés regional e internacional.
El Consejo de Delegados
Este Consejo tiene como función la publicación de las Decisiones del Consejo de Jefes de Estado y las Resoluciones del Consejo de Ministros, con el apoyo de la Presidencia Pro Tempore y la Secretaría General. Además, debe compatibilizar y coordinar las iniciativas de UNASUR con otros procesos de integración regional y subregional, con la finalidad de promover la complementariedad de esfuerzos y promover los espacios de diálogo que favorezcan la participación ciudadana en el proceso de integración suramericana.
La Secretaría General
La Secretaría General es el órgano que, bajo la conducción del Secretario General, ejecuta los mandatos que le confieren los órganos de UNASUR y ejerce su representación por delegación expresa de los mismos. La Secretaría General del organismo tendrá sede permanente en la ciudad de Quito, Ecuador, aunque temporalmente se ubica en Brasilia.
La Secretaría General debe apoyar las demás instancias en el cumplimiento de sus funciones, a la vez que propone iniciativas y efectúa el seguimiento a las directrices de estos órganos, así como preparar las diversas reuniones, informes y proyectos de la institución. La Secretaría General se encarga, además, de coordinar con otras entidades de integración y cooperación de América Latina y el Caribe para el desarrollo de las actividades que le encomienden los demás órganos.
El Secretario General
El Secretario General será designado por el Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno a propuesta del Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores, por un período de dos años, renovable por una sola vez. El Secretario General no podrá ser sucedido por una persona de la misma nacionalidad.
Durante el ejercicio de sus funciones, el Secretario General y los funcionarios de la Secretaría tendrán dedicación exclusiva, no solicitarán ni recibirán instrucciones de ningún Gobierno ni entidad ajena a UNASUR, y se abstendrán de actuar en forma incompatible con su condición de funcionarios internacionales, responsables únicamente ante esta organización internacional.
En el desarrollo de su institucionalidad, UNASUR ha creado o prevé crear las siguientes instituciones:
El Banco del Sur, institución financiera del proceso, cuya Acta de Fundación se halla suscrita.
Parlamento Suramericano, se localizará en Cochabamba, Bolivia
Consejo de Defensa Suramericano.
Consejo Energético de Suramerica.