Consultor: Julio Mario Orozco Africano
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DECRETO 1280 DE 2002

(junio 19)

Diario Oficial No. 44.840, de 20 de junio de 2002

<NOTA DE VIGENCIA: Decreto INEXEQUIBLE por consecuencia>

MINISTERIO DE SALUD

Sistema de Vigilancia, Inspección y Control

NOTAS DE VIGENCIA:

El Numeral 1o. del Artículo 111 de la Ley 715 de 2001 fue declarado INEXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-097-03 de 11 de febrero de 2003, Magistrado Ponente Dr. Manuel José Cepeda Espinosa. En consecuencia el decreto 1280 de 2002 quedó inexequible por cuanto fue expedido mediante las facultades otorgadas por ese artículo.


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