José Manuel Barranco Gámez
RESUMEN
En las sociedades actuales la forma de intentar luchar contra el delito es mediante la tipificación de las conductas en el Código Penal, y si no se obtiene logros a corto plazo, se aumentan las penas, es una demanda social, y en el caso del acoso laboral, a primera vista parece ser lo correcto, ¿verdad?. Pero esto es completamente insuficiente, no olvidemos que un comportamiento delictivo, es un fenómeno social, y lo primero que hay que hacer es estudiarlo, y explicarlo como tal fenómeno social. Así debemos actuar con el acoso laboral, verlo como un comportamiento humano, inserto en el hombre, su origen y consecuencias, para luego intentar controlarlo, que no eliminarlo, que sería imposible, para finalmente, incorporarlo en el código Penal.
PALABRAS CLAVE
Acoso laboral, mobbing, amenaza, coacción, intimidación, violencia, acosador.