Existen dos amplias categorías de principios que rigen el camino del MIZC; la primera se desprendió de la Conferencia de la Tierra y está basada en los acuerdos de las normas internacionales para el desarrollo y el medio ambiente. Mientras que la segunda se basa en los principios específicamente relacionados con las características especiales que tienen las costas y los océanos.
1.4.1 Principios relacionados con el medio ambiente y el desarrollo
Estos principios son expresados en la declaración de Río de Janeiro, en la cual se pronuncian un conjunto de 27 principios para guiar las acciones internacionales en cuanto al desarrollo y el medio ambiente. Algunos de estos principios son reiteraciones de leyes internacionales, pero otros son nuevos, representando los cambios de los principios de las leyes internacionales.
• Principio de la interrelación y la integración: Aunque no está explícitamente planteado como un principio en la Declaración de Río, este principio forma la columna vertebral del desarrollo sustentable y es un tema que subyace en la Declaración de Río y la Agenda 21. Este plantea que debemos dirigir la interrelación ó la interdependencia entre los asuntos y sectores, además de entre el medio ambiente y el desarrollo. En contraste con las teorías antiguas, la protección ambiental y el desarrollo no pueden ser actividades separadas, sino que deben incorporarse una a la otra los beneficios.
• Principio del derecho al desarrollo: está relacionado con el derecho básico que tiene cualquier ser humano a la vida, así como también a desarrollar sus potencialidades para vivir dignamente. Este es el primer principio enunciado en la Declaración de Río.
• Principio de la salvaguarda medio ambiental: se refiere a la prevención de daños ambientales mediante la toma de medidas para prevenir los daños en lugar de aplicar sanciones para reparar los mismos o proveer su compensación. Este principio va de la mano con los siguientes y con dos fundamentales de la Declaración de Río (La necesidad de decretar e implementar leyes ambientales efectivas y el principio de la prevención del traspaso de la contaminación ó los daños ambientales fuera de las fronteras de los países).
• Principio de la transparencia y principio de orientaciones de procesos: la transparencia está relacionada con que el proceso de la toma de decisiones debe ser abierto y de modo transparente con la completa participación pública. Este principio está estrechamente relacionado con otros: el de estimular la participación de mujeres, los niños, los jóvenes, y sus comunidades, las ONG, las autoridades locales, y otros grupos que pueden ser beneficiados o afectados; con el principio del derecho del público a tener acceso a la información medio ambiental y con el de la importancia de realizar evaluaciones de impacto ambiental para ayudar el proceso de la toma de decisiones con la participación pública y el acceso a la información.
1.4.2 Principios relacionados con las características especiales que tienen las costas y los océanos
En la Declaración de Río no se definen los principios de esta índole aplicables a las costas y los océanos, sin embargo estos son reflejados en múltiples literaturas especializadas en el tema.
• Principio de la naturaleza pública de los océanos: tradicionalmente los océanos han sido parte del dominio público, nunca ha sido exclusivo de ninguna persona o país. Es por esto que el uso racional o irracional del océano será bien difícil de controlar.
• Principio de la naturaleza biofísica de las zonas costeras: está dado por las circunstancias especiales que existen en la interfase agua-tierra-aire. Teniendo en cuenta este principio podemos plantear que de este se derivan otros subprincipios:
En la unión de la tierra con el agua se forman o existen diversos elementos (dunas, corales, manglares, etc.), que juegan un importante papel en la protección de estas contra la erosión, la elevación del nivel del mar y contribuyen a la sustentabilidad a largo plazo, por lo que deben ser mantenidos.
Se debe tener un manejo adecuado a fin de mantener los pantanos, los humedales costeros y otros hábitat costeros en sus condiciones naturales.
Se debe tener cuidado en la selección de que elementos se van a utilizar para la protección de la erosión (utilizar vegetación apropiada en lugar de construcción de estructuras antrópicas).
En los proyectos donde se considera el desarrollo de las zonas costeras se debe mantener la mínima interrupción del sistema de deriva a lo largo de la costa.
Se debe proveer especial protección a los ecosistemas raros y frágiles, así como las especies amenazadas y en peligro de extinción con el objetivo de mantener la biodiversidad de los ecosistemas.
• Principio del uso del espacio y los recursos de las zonas costeras y los océanos: está relacionado con el manejo de conflictos en las zonas costeras y el desarrollo de guías para el uso de estas así como la participación pública. De este se derivan otros subprincipios:
La protección de los recursos vivos y sus hábitat deben tener prioridad sobre la explotación de los recursos no vivos, los usos que provocan daños reversibles deben ser preferidos a los que tienen daños irreversibles, mientras que los conflictos deben ser identificado antes con el objetivo de dar soluciones balanceadas.
Los nuevos proyectos de desarrollo que dependen del agua deben tener preferencia ante los que no tienen dependencia del agua en las zonas costeras.
Los reclamos y derechos de los pueblos por los océanos debe ser reconocido, así como sus prácticas tradicionales relacionadas con los recursos oceánicos desde una perspectiva armonizada.
Basado en los estudios actuales sobre cambios climáticos, los efectos adversos de las zonas costeras como son el incremento de la erosión, las inundaciones, la instrucción de la salinidad, deben ser bien atendidos dentro del marco del MIZC.
Cuando se consideran los refugios como opciones de adaptación para prevenir los incrementos acelerados del nivel del mar, se deben hacer esfuerzos para la creación de nuevos hábitat para especies que pueden desaparecer por la pérdida de sus hábitats.
Para lograr integrar de forma eficaz el MIZC, es indispensable elaborar y poner en vigor leyes y reglamentos integrados que se apliquen en la práctica y se basen en los principios directrices. Un primer paso para garantizar lo anteriormente planteado es contar con un precedente teórico jurídico que siente las bases necesarias para una implementación adecuada del MIZC.
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