Jes�s
Huerta de Soto
Catedr�tico de Econom�a Pol�tica
Universidad
Rey Juan Carlos de Madrid
La teor�a del dinero, del cr�dito bancario y de los mercados financieros
constituye el desaf�o te�rico m�s importante para la ciencia econ�mica en el
umbral del siglo XXI. De hecho, no es ning�n atrevimiento afirmar que cubierto
el "gap te�rico" que representaba el an�lisis del socialismo
(2), quiz� el campo m�s desconocido y a la
vez m�s transcendental sea el monetario. Como bien ha puesto de manifiesto
Friedrich A. Hayek
(3), en esta �rea
imperan por doquier los errores metodol�gicos, el desconocimiento te�rico y,
como consecuencia de todo ello, la coacci�n sistem�tica de origen
gubernamental. Y es que las relaciones sociales en las que se ve implicado el
dinero son, con mucho, las m�s abstractas y dif�ciles de entender, por lo que
el conocimiento social generado e implicado por las mismas es el m�s vasto,
complejo e inaprensible. Esto motiva que la coacci�n sistem�tica ejercida por
los gobiernos y bancos centrales en este campo sea, con gran diferencia, la m�s
da�ina y perjudicial. Adem�s, este retraso intelectual de la teor�a monetaria
y bancaria no ha dejado de tener graves efectos sobre la evoluci�n de la econom�a
mundial, como lo prueba el hecho de que en los actuales momentos, y a pesar de
todos los sacrificios realizados para sanear las econom�as occidentales despu�s
de la crisis de los a�os 70, indefectiblemente se haya ca�do de nuevo en los
mismos errores de descontrol financiero y monetario, que han motivado de forma
inexorable la aparici�n de una nueva recesi�n econ�mica mundial de
considerable magnitud.
Por otro lado, el hecho de que los desmanes monetarios y financieros hayan
tenido, adem�s, su origen durante la segunda parte de la d�cada de los 80 en
las pol�ticas aplicadas por las administraciones supuestamente liberales de los
Estados Unidos y el Reino Unido, dramatiza a�n m�s la importancia que tiene
hacer avanzar la teor�a para evitar que, incluso dentro del campo liberal, l�deres
pol�ticos como Reagan y Thatcher puedan en el futuro cometer los mismos
errores, y sean as� capaces de identificar claramente cu�l es el sistema
monetario y bancario verdaderamente compatible con una sociedad libre. Se trata,
en suma, de desarrollar nada m�s y nada menos que todo un programa de
investigaci�n dirigido a concebir cu�l habr�a de ser el sistema monetario y
bancario de una sociedad no intervenida (sistema que, seg�n es evidente, muchos
liberales todav�a no tienen nada claro)
(4).
En el presente art�culo, y con el objetivo tanto de proponer una nueva
aproximaci�n en el an�lisis de los problemas de teor�a monetaria y bancaria,
como de dar pie a un renovado debate intelectual sobre los mismos,
reconsideraremos, desde un nuevo punto de vista, algunos aspectos de la pol�mica
doctrinal entre los partidarios de la banca libre y los defensores de la banca
central, as� como las razones por las cuales puede considerarse que la
instituci�n de la banca central no es un resultado espont�neo y evolutivo
surgido del mercado, para acabar concluyendo cu�l, en nuestra opini�n, deber�a
de ser el sistema monetario y bancario en una sociedad libre. Esperamos, adem�s,
que nuestras consideraciones arrojen alguna luz en muchos problemas concretos de
pol�tica econ�mica de gran actualidad, entre los cuales sin duda alguna
destaca por su importancia el de la futura evoluci�n del sistema monetario
europeo.
2. EL DEBATE ENTRE LOS TE�RICOS DE LA BANCA LIBRE Y EL BANCO CENTRAL
Comenzando
primero con el an�lisis de la pol�mica doctrinal entre los partidarios del
banco central y de la banca libre
(5),
es ante todo preciso poner de manifiesto, en contra de lo que a veces se ha
cre�do, que tal pol�mica no es enteramente coincidente con la que se efect�a
en el siglo XIX entre los te�ricos de la denominada "escuela
bancaria" (banking school), en contra de aqu�llos de la denominada
"escuela monetaria" (currency school). En efecto, aunque muchos de los
defensores de la libertad bancaria fundamentaran sus razones en los falaces y
defectuosos argumentos inflacionistas de la "escuela bancaria", y la
mayor�a de los te�ricos de la "escuela monetaria" pretendieran
lograr sus objetivos de solvencia financiera y estabilidad econ�mica mediante
la creaci�n de un banco central que pusiera coto a los abusos, existieron, ya
desde un principio, solventes te�ricos de la "escuela monetaria" que
siempre consideraron imposible y ut�pico pensar que el banco central no fuera a
empeorar a�n m�s los problemas, y que fueron conscientes de que la mejor
manera de poner coto a la creaci�n de medios fiduciarios y de lograr la
estabilidad monetaria era a trav�s de un sistema de banca libre sometido, al
igual que el resto de los agentes econ�micos, a los principios tradicionales
del derecho civil y mercantil. Por otro lado y parad�jicamente, la mayor�a de
los defensores de los postulados de la "escuela bancaria" terminaron
aceptando con agrado el establecimiento de un banco central que, como
prestamista de �ltima instancia, ven�a a garantizar y perpetuar los
privilegios expansionistas de una banca privada que, cada vez con m�s ah�nco,
pretend�a evadirse de sus compromisos y dedicarse al lucrativo
"negocio" de crear dinero fiduciario a trav�s de la expansi�n
crediticia sin tener que preocuparse excesivamente por los problemas de liquidez
gracias al respaldo que supon�a el establecimiento de un banco central.
Es importante resaltar el hecho de que la mayor�a de los te�ricos de la
"escuela monetaria" (currency school), aun acertando en la mayor�a de
sus aportaciones te�ricas, fueron no obstante incapaces de apreciar que los
mismos defectos que correctamente atribuyeron a la libertad de emisi�n de
dinero fiduciario en forma de billetes por parte de los bancos, �ntegramente se
reproduc�an de forma id�ntica, s�lo que de manera m�s oculta y solapada y
por tanto m�s peligrosa, en relaci�n con el "negocio" de concesi�n
de cr�ditos de forma expansiva con cargo a los dep�sitos a la vista de los
bancos. Y adem�s, estos te�ricos erraron proponiendo como pol�tica m�s
adecuada el establecimiento de una legislaci�n que tan s�lo acabara con la
libertad de emisi�n de billetes sin respaldo, as� como la constituci�n de un
banco central para defender los principios monetarios m�s solventes. Solamente
Ludwig von Mises, siguiendo la tradici�n de Cernuschi, H�bner y Michaelis, fue
capaz de darse cuenta de que la prescripci�n a favor del banco central de los
te�ricos de la "escuela monetaria" era err�nea, y que la mejor y
�nica manera de lograr los solventes principios monetarios de la escuela era a
trav�s de un sistema de banca libre sometido sin privilegios al derecho
privado. Este fracaso de la mayor�a de los te�ricos de la "escuela
monetaria" fue fatal, pues no s�lo motiv� que la Ley de Peel de 1844, a
pesar de sus buenas intenciones, olvidara eliminar, como s� hizo en relaci�n
con los billetes de banco, la creaci�n de cr�dito fiduciario, sino que,
adem�s, y en �ltima instancia, respald� la creaci�n de un sistema de banca
central que, posteriormente, y sobre todo por culpa de la negativa influencia de
te�ricos de la "escuela bancaria" como Marshall y Keynes, termin�
siendo utilizado con el respaldo de las err�neas teor�as de estos prestigiosos
economistas, para justificar e impulsar unas pol�ticas de descontrol monetario
y desm�n financiero mucho peores que aqu�llas a las que originariamente se
pretend�a poner remedio
(6)
3. LA EVOLUCI�N DEL SISTEMA BANCARIO Y EL BANCO CENTRAL
El banco central no es un producto natural del desarrollo del sistema bancario
(7),
sino que, por el contrario, aparece coactivamente impuesto desde fuera como
resultado de la acci�n gubernamental dando lugar, como consecuencia de una
serie de accidentes hist�ricos, a todo un sistema monetario y financiero muy
distinto al que habr�a surgido espont�neamente de haberse mantenido un sistema
de banca libre sometido sin privilegios al derecho privado y no intervenido ni
coaccionado gubernamentalmente a trav�s del banco central
(8).
Y es que el sistema de banco central no es sino el l�gico e inevitable
resultado de la introducci�n paulatina y subrepticia por parte de los banqueros
privados, y en hist�rica complicidad con los gobiernos, del sistema bancario
basado en la reserva fraccionaria. Y en este campo, es esencial no caer en la
trampa intelectual en la que caen la mayor�a de los te�ricos defensores del
sistema de banca libre
(9),
y que,
salvo la honrosa excepci�n de Mises y pocos m�s, no se dan cuenta de que la
�nica manera de lograr un verdadero sistema de banca libre es restableciendo el
principio jur�dico seg�n el cual es preciso mantener en reserva el 100 por
cien de las cantidades de dinero recibidas en forma de dep�sitos a la vista.
Se trata, en �ltima instancia, de aplicar al campo bancario y monetario esa
idea seminal de Hayek de acuerdo con la cual, siempre que se viola una regla
tradicional de conducta, bien sea a trav�s de la coacci�n institucional del
gobierno, o mediante la concesi�n por parte de �ste de privilegios especiales
a ciertas personas o entidades, siempre, antes o despu�s, habr�n de aparecer
consecuencias da�inas y no deseadas en grave perjuicio del espont�neo proceso
social de cooperaci�n. La norma tradicional de conducta que se viola en el caso
del negocio bancario es el principio del derecho de acuerdo con el cual en el
contrato de dep�sito de dinero fungible, la tradicional obligaci�n de custodia
que es un elemento esencial en todo dep�sito no fungible, se materializa en la
exigencia de que, en todo momento, se mantenga una reserva del 100 por cien de
la cantidad de dinero fungible recibida en dep�sito, de manera que todo acto de
disposici�n de ese dinero, y en concreto la concesi�n de cr�ditos con cargo
al mismo, supone una violaci�n de ese principio y, en suma, una acto ileg�timo
de apropiaci�n indebida
(10). A lo
largo de la historia, los banqueros pronto empezaron a estar tentados de violar
la mencionada norma tradicional de conducta, usando en su propio beneficio el
dinero de sus depositantes
(11). Esto
sucedi�, en un primer momento, de una manera vergonzante y secreta, pues
todav�a se ten�a por parte de los banqueros la conciencia de un mal proceder
(12);
y s�lo posteriormente los banqueros consiguen que la violaci�n del principio
tradicional del derecho se
efect�e de una manera abierta y legal, cuando
felizmente obtienen del gobierno el privilegio para utilizar en su propio
beneficio el dinero de sus depositantes (generalmente en la forma de cr�ditos
muchas veces concedidos en un primer momento al propio gobierno). De esta
manera, se inicia la relaci�n de complicidad y la coalici�n de intereses que
ya es tradicional que exista entre gobiernos y bancos, y que explica a la
perfecci�n las relaciones de �ntima "comprensi�n" y
"cooperaci�n" que existen entre ambos tipos de instituciones y que
hoy en d�a se aprecian con peque�as diferencias de matiz en todos los pa�ses
occidentales en casi todas las instancias. Y es que los banqueros pronto se
dieron cuenta de que la violaci�n del principio tradicional del derecho
mencionado, daba lugar a una actividad financiera altamente lucrativa para
ellos, pero que en todo caso exig�a la existencia de un prestamista de �ltima
instancia, o banco central, que proporcionase la necesaria liquidez en unos
momentos de apuro, que la experiencia demostraba que siempre llegaban de forma
recurrente
(13).
4. EL SISTEMA BANCARIO DE RESERVA FRACCIONARIA, EL BANCO CENTRAL Y LA TEOR�A
DE LOS CICLOS ECON�MICOS
Las nefastas consecuencias sociales de este privilegio que se ha concedido a los
banqueros (pero no a ning�n otro individuo o entidad) no fueron, sin embargo,
perfectamente comprendidas hasta el desarrollo, por parte de Mises y Hayek, de
la denominada Teor�a Austriaca del Ciclo Econ�mico.(14)
En suma, lo que los te�ricos de la Escuela Austriaca han puesto de manifiesto
es que empe�arse en perseguir el objetivo te�ricamente imposible (desde el
punto de vista jur�dico-contractual y t�cnico-econ�mico) de ofrecer un
contrato que simult�neamente combine las mejores caracter�sticas de los fondos
de inversi�n (y en especial la que consiste en la posibilidad de obtener
inter�s de los "dep�sitos" realizados) con el contrato tradicional
de dep�sito (que por definici�n ha de permitir su retirada a su valor nominal
en cualquier momento) tarde o temprano, pero siempre de manera inexorable, ha de
producir unos inevitables ajustes espont�neos, en forma, en un primer momento,
de expansiones incontroladas de la oferta monetaria, inflaci�n, mala
asignaci�n generalizada de los recursos productivos a nivel microecon�mico y,
en �ltima instancia, recesi�n, liquidaci�n de los errores inducidos por la
expansi�n crediticia en la estructura productiva, y paro masivo.
Es preciso darse cuenta de que el privilegio concedido a la banca de poder
ejercer su actividad con un coeficiente de reserva fraccionario implica un
evidente atentado en contra de una correcta definici�n y defensa de los
derechos de propiedad de los depositantes por parte de las autoridades
gubernamentales.
Esto inevitablemente genera, como siempre que no se definen adecuadamente
derechos de propiedad, un t�pico efecto de "tragedia de los bienes
comunales", en virtud del cual los bancos son especialmente proclives a
tratar de adelantarse y expansionar antes y m�s que sus competidores su
correspondiente base crediticia. Por ello el sistema bancario basado en la
reserva fraccionaria tiende siempre a la expansi�n m�s o menos incontrolada,
incluso aunque se encuentre controlado por un banco central que, al rev�s de lo
que normalmente ha ocurrido hasta ahora, se preocupe seriamente de controlarla y
ponerle l�mites
(15).
5. EL SISTEMA MONETARIO Y BANCARIO EN UNA SOCIEDAD LIBRE
En suma, el principal defecto de la mayor�a de los te�ricos defensores de la
banca libre es el de no darse cuenta de que ha de ser te�ricamente
consustancial a su propuesta la exigencia del 100 por cien de coeficiente de
reserva
(16) y, en concreto, el
no haber apreciado que todos los defectos que los defensores del banco central
se�alan al sistema de banca libre pierden virtualidad y desaparecen por
completo si el mismo se lleva a cabo en base a los principios tradicionales del
derecho. O, expresado de otra forma y en palabras de Mises, de lo que se trata
es de someter a los bancos a los principios tradicionales del derecho civil y
mercantil, seg�n los cuales cada individuo y cada empresa ha de cumplir sus
obligaciones de acuerdo con la literalidad estricta de lo establecido en cada
contrato
(17).
Este error est� muy generalizado y afecta, en especial, a la interesante y
amplia literatura que ha venido desarroll�ndose a partir del gran eco que
supuso la publicaci�n del libro de Hayek sobre La desnacionalizaci�n del
dinero, as� como por la importante crisis econ�mica y financiera que se
produjo a finales de los a�os 70. El comentario m�s importante que tengo que
hacer a toda esta literatura es que en la misma, y salvo contadas excepciones,
en muchas ocasiones se aprovecha la defensa del sistema de banca libre, para
caer en las veleidades te�ricas propias de la antigua "escuela
bancaria" cuyos err�neos principios te�ricos ya fueron puestos de
manifiesto hace mucho tiempo. Adem�s, en toda esta literatura, encabezada por
las obras de White, Selgin y Dowd
(18),
entre otros, se olvida que, como hemos venido argumentando, la �nica manera de
acabar con el banco central y sus excesos es eliminando el privilegio de reserva
fraccionaria del que actualmente se aprovechan los banqueros privados.
Y es que, si quiere defenderse un sistema financiero y monetario verdaderamente
estable para el pr�ximo siglo, que inmunice en la medida de lo humanamente
posible de crisis y recesiones a nuestras econom�as, ser� preciso establecer:
1) la completa libertad de elecci�n de moneda;
2) el sistema de libertad bancaria;
3) lo m�s importante, que todos los agentes implicados en el sistema de
libertad bancaria est�n sometidos y cumplan, en general, las normas y
principios tradicionales del derecho y, en particular, el principio de acuerdo
con el cual nadie, ni siquiera los banqueros, debe de gozar del privilegio de
prestar aquello que le ha sido depositado a la vista (es decir, un sistema
bancario con un coeficiente del 100 por cien de reserva)
(19).
6. CONCLUSI�N: IMPLICACIONES DE LA TEOR�A EN RELACI�N CON EL SISTEMA
MONETARIO EUROPEO
Aunque las anteriores prescripciones de pol�tica econ�mica puedan parecer
ut�picas y muy alejadas de los problemas pr�cticos que nos acosan,
especialmente en relaci�n con el dise�o y direcci�n de un sistema monetario
europeo, las mismas gozan de la virtualidad de indicar en todo momento, al
menos, cu�l es la direcci�n adecuada que debe tomar su reforma as� como los
peligros que es preciso evitar. As�, parece claro que deberemos huir tanto de
un sistema de monopolistas monedas nacionales que "compitan" entre s�
en un entorno ca�tico de tipos de cambio flexibles, como de ir hacia la
cr�aci�n de un banco central europeo descontrolado e inflacionario que impida
la competencia entre monedas en un amplio espacio econ�mico, no afronte los
retos de la reforma bancaria, no garantice una estabilidad monetaria al menos
tan grande como la de la moneda nacional m�s estable en cada momento hist�rico
y suponga, en suma, un obst�culo definitivo para efectuar ulteriores reformas
en la buena direcci�n. Quiz� el modelo m�s practicable y adecuado a corto y
medio plazo sea, por tanto, el de introducir en toda Europa una completa
libertad de elecci�n de monedas p�blicas y privadas de dentro y fuera de la
Comunidad, ligando, como se ha intentado hasta ahora, las monedas nacionales que
por razones de costumbre hist�rica sigan utiliz�ndose a un sistema de tipos de
cambio fijos
(20) que
discipline el comportamiento de la pol�tica monetaria de cada pa�s al de
aqu�l que la ejerza, en cada momento hist�rico, con mayor solvencia y
estabilidad.
De esta manera al menos quedar�a abierta la puerta para que en el futuro alg�n
estado-naci�n de la C.E.E. siempre tenga la posibilidad de avanzar en las tres
l�neas de reforma monetaria y bancaria indicadas
(21),
forzando con ello a seguir en la buena direcci�n su liderazgo monetario al
resto de sus socios de la Comunidad.
Y si se sigue por la senda de establecer un banco central europeo, hemos de
se�alar que las cr�ticas que, en todo caso, puedan efectuarse a la futura
moneda �nica europea han de centrarse en todos aquellos aspectos que tiendan a
configurar una moneda que al menos no sea tan s�lida y estable como la que
hasta ahora se ha comportado hist�ricamente mejor (el marco). Debe, por tanto,
de huirse de toda flexibilizaci�n de los llamados criterios de convergencia y
apostar dogm�ticamente por unas instituciones monetarias europeas que tengan
por objeto �nico e inalienable la estabilidad (si es posible absoluta) del
nivel general de precios
(22).
De esta manera podr�a reproducirse en Europa un sistema monetario muy cercano
al ideal del patr�n oro puro, que ha sido la moneda �nica mundial libremente
elegida por el mercado durante extensos periodos de los �ltimos siglos,
culmin�ndose as� el establecimiento de un marco de libre cambio europeo, libre
de las interferencias y manipulaciones monetarias de cada pa�s miembro y que
por fin obligar�a a que los pa�ses con estructuras m�s r�gidas (como es el
caso de Espa�a) efectuasen las reformas flexibilizadoras que necesitan para
competir en un entorno en el que el recurso a una pol�tica monetaria nacional
inflacionista para acomodar las rigideces estructurales ya no sea posible.
Es evidente que el trabajo definitivo sobre teor�a monetaria y bancaria, a la
luz de la hist�rica pol�mica que est� teniendo lugar entre los partidarios de
la banca libre y del banco central, a�n est� por hacer
(23).
Por ello me temo que no es aventurado pensar que el mundo continuar� sufriendo
de forma recurrente una y otra vez muy da�inas recesiones econ�micas, mientras
que los bancos centrales mantengan el monopolio de emisi�n de moneda y el
privilegio concedido por los gobiernos a los banqueros no sea abolido. Y, al
igual que comenzaba este breve art�culo, me atrevo a afirmar que, tras la
hist�rica ca�da te�rica y real del socialismo, el principal desaf�o te�rico
al que se enfrentan tanto los economistas profesionales como los amantes de la
libertad de cara al pr�ximo siglo, consistir� en luchar con todas sus fuerzas
tanto en contra de la instituci�n de la banca central, como en contra del
mantenimiento del privilegio del que actualmente gozan aqu�llos que ejercen la
actividad bancaria privada, tal y como la misma se entiende hoy en d�a.
*
Dedico este art�culo a James M. Buchanan, en agradecimiento por haberme
defendido y apoyado p�blicamente con motivo de la exposici�n de las ideas m�s
importantes del mismo, en la �ltima reuni�n regional de la Sociedad Mont P�lerin
que tuvo lugar en Rio de Janeiro, del 5 al 8 de septiembre de 1993.
(2) V�ase Jes�s Huerta de Soto, Socialismo, C�lculo Econ�mico
y Funci�n Empresarial, Uni�n Editorial, Madrid 1992, pp. 35-36.
(3) "El mundo del dinero y del cr�dito (junto con el
lenguaje y la moral) es uno de los �rdenes espont�neos que m�s se resisten al
an�lisis investigador. Y ello hasta el punto de que, todav�a hoy, siguen
siendo grandes las diferencias que separan a los especialistas ... Los procesos
selectivos han sido interferidos en este campo mucho m�s que en cualquier otro:
la selecci�n evolutiva ha sido totalmente eliminada por el monopolio de los
gobiernos que impide toda experimentaci�n competitiva ... La historia del
tratamiento del dinero por parte del gobierno ha sido un incesante ejemplo de
fraude y decepci�n. A este respecto los gobiernos se han mostrado mucho m�s
inmorales que cualquier instituci�n privada que haya podido ofrecer dinero
competitivo." F.A. Hayek, La Fatal Arrogancia: Los Errores del Socialismo,
Uni�n Editorial, Madrid 1990, pp. 167 y 169.
(4) En este contexto de reconstrucci�n te�rica del an�lisis
econ�mico de la banca y del dinero que estamos defendiendo ha tenido especial
oportunidad e importancia la publicaci�n, por primer vez en castellano, del ya
cl�sico libro de Vera C. Smith sobre Los fundamentos racionales de la banca
central y la alternativa de banca libre (Uni�n Editorial, Madrid 1993). Tanto
la traducci�n como la publicaci�n de esta edici�n castellana la debemos al
empe�o y entusiasmo inagotable de Jos� Antonio Aguirre, uno de los mejores
especialistas espa�oles sobre temas monetarios.
(5) Este debate se encuentra recogido en el libro de Vera C.
Smith citado en la nota anterior.
(6) En la clasificaci�n de Marshall y Keynes como te�ricos
pertenecientes a la "escuela bancaria" pero defensores del sistema de
banca central (precisamente para lograr la m�xima "flexibilidad" para
expandir la oferta monetaria), coincido plenamente con Pedro Schwartz. V�ase su
art�culo "El monopolio del banco central en la historia del pensamiento
econ�mico: un siglo de miop�a en Inglaterra", publicado en Homenaje a
Lucas Beltr�n, editorial Moneda y Cr�dito, Madrid 1982, pp. 685-729, y en
especial la p. 729.
(7) V�ase especialmente el cap�tulo 12 del mencionado
libro de Vera C. Smith sobre Los fundamentos racionales de la banca central y la
alternativa de banca libre, ob. cit.
(8) Siguiendo a Israel M. Kirzner (Discovery and the
Capitalist Process, The University of Chicago Press, Chicago 1985, p. 168), es
imposible saber el conocimiento y las instituciones que habr�an creado
libremente los empresarios bancarios de haber estado sometidos al principio del
coeficiente de reserva del 100 por cien y de no haber sufrido ning�n tipo de
coacci�n estatal. No obstante lo anterior, podemos intuir con F.A. Hayek (Denationalization
of Money: The Argument Refined, 2nd extended edition, Institute of Economic
Affairs, London, 1978, pp. 119-120) un sistema generalizado de fondos de inversi�n
en donde se invertir�an los actuales "dep�sitos", dotados de gran
liquidez, pero sin la garant�a de percibir su valor nominal (que estar�a
sometido a la evoluci�n del valor de mercado de las correspondientes
participaciones); un entramado de entidades proporcionando servicios de pago,
contabilidad, etc. en libre competencia y cobrando por la prestaci�n de sus
servicios; y, separadamente, y sin conexi�n alguna con el cr�dito, una serie
de instituciones privadas dedicadas a la extracci�n, dise�o u oferta de los
diferentes dineros privados (cobrando, tambi�n, un peque�o margen por la
prestaci�n de sus servicios). Hayek concluye que "I expect that it will
soon be discovered that the business of creating money does not go along well
with the control of large investment portfolios or even control of large parts
of industry" (pp. 119-120).
(9) El propio Hayek, hasta 1937 no se pronunci� sobre la
propuesta efectuada por Mises en 1912 (v�ase la nota 15) de eliminar la concesi�n
fiduciaria de cr�ditos, es decir, de establecer un coeficiente de caja del 100
por cien en relaci�n con los dep�sitos a la vista recibidos por los bancos.
Fue en su notable Monetary Nationalism and International Stability, publicado en
1937 (Augustus M. Kelley, Nueva York, reedici�n de 1971), en donde Hayek se
manifiesta ya, por primera vez, te�ricamente a favor del 100 por cien de
coeficiente de reserva en relaci�n con los dep�sitos a la vista (ver pp.
81-84). Antes que Mises, el autor m�s distinguido que defendi� el 100 por cien
de coeficiente de reserva fue David Hume en su ensayo "Of Money"
(1752), en donde afirma que "no bank could be more advantageous, than such
a one as locked up all the money it received, and never augmented the
circulating coin, as is usual, by returning part of its treasure into commerce",
David Hume, Essays: Moral, Political and Literary, Liberty Classics, Indian�polis
1985, pp. 284-285.
(10) Sobre las consideraciones de tipo jur�dico relativas al
principio tradicional del derecho enunciado puede verse no s�lo todo el T�tulo
III del Libro 16 del Digesto, y en especial sus apartados 7 y 8 dedicados a la
quiebra de los banqueros (El Digesto de Justiniano, Tomo I, edici�n castellana
de la editorial Aranzadi, Pamplona 1968, pp. 606-617 y en especial la p�gina
612), sino tambi�n las afinadas consideraciones de Coppa-Zuccari, incluidas en
su obra Il Deposito Irregolare (Moderna 1901), citadas por Joaqu�n Garrigues en
su Contratos Bancarios, segunda edici�n, Madrid 1975, p. 365, en la que se
recoge la opini�n expresada de que la custodia, en los dep�sitos irregulares,
consiste precisamente en la obligaci�n de tener siempre a disposici�n del
depositante una cantidad igual a la recibida, de forma que este "tener
siempre a disposici�n una cantidad y calidad igual a la recibida de cosas
determinadas", no obstante se renueven de continuo o se sustituyan,
equivale, para las cosas fungibles como el dinero, a lo que para las infungibles
es la continuada existencia de la cosa in individuo. Incidentalmente, el
principio general del derecho que exige un coeficiente de reserva del 100 por
cien ha sido mantenido incluso en este siglo por la jurisprudencia francesa. As�,
un fallo del Tribunal de Par�s de 12 de junio de 1927 conden� a un banquero
por el delito de apropiaci�n indebida por haber utilizado, siguiendo la pr�ctica
com�n bancaria, los fondos que hab�a recibido en dep�sito de su cliente. En
el mismo sentido se pronuncia otra sentencia del mismo tribunal de 4 de enero de
1934 y, lo que es m�s curioso, la sentencia del Juzgado de Primera Instancia
que tramit� la quiebra del Banco de Barcelona, de acuerdo con la cual la
facultad de librar talones, que compete al depositante, implica para el
depositario la obligaci�n de tener siempre fondos a disposici�n del
cuentacorrentista, lo que impide admitir que los fondos depositados en una
cuenta corriente en met�lico pueda considerarlos el banco como de su exclusiva
pertenencia (J. Garrigues, Contratos Bancarios, ob. cit., pp. 367-368). Hemos de
a�adir que la "apropiaci�n indebida" surge cuando se comete el acto
indebido (disposici�n en forma de pr�stamo de la cantidad depositada) y no
cuando el mismo es descubierto mucho despu�s (generalmente por el depositante,
en la ventanilla de un banco que no pueda devolver su dep�sito). Finalmente, no
puede acudirse al manido argumento de que "la ley de los grandes n�meros"
permite actuar con seguridad a la banca con reserva fraccionaria, pues la
probabilidad de retirada at�pica de dep�sitos no es, por su propia naturaleza,
asegurable, dado que, como explica perfectamente la Teor�a Austriaca del Ciclo
Econ�mico (v�ase la nota 15), el propio sistema de reserva fraccionaria genera
end�genamente y de manera recurrente recesiones econ�micas y, por tanto, la
necesidad de liquidar proyectos de inversi�n, devolver pr�stamos y retirar dep�sitos
de manera masiva. Como conoce todo te�rico del seguro, no son t�cnicamente
asegurables, por razones de moral hazard, las consecuencias de un evento que no
sea totalmente independiente de la existencia del propio seguro. Sobre la
distinci�n esencial, que debemos a Mises, entre la probabilidad de clase
(objetiva), que es asegurable, y la probabilidad de evento �nico, influido y
determinado por el actuar humano (no asegurable), debe consultarse mi
Socialismo, C�lculo Econ�mico y Funci�n Empresarial, Uni�n Editorial, Madrid
1992, pp. 46-48.
(11) La tentaci�n era enorme, y casi insoportable, dado lo
lucrativo de la misma. Recordemos que, en �ltima instancia, el sistema de banca
fraccionaria consiste en crear pr�stamos de la nada, exigiendo al prestatario
su devoluci�n en dinero de verdad (�y adem�s con intereses!).
(12) As� suced�a, por ejemplo, en relaci�n con el Banco de
Amsterdam, cuyas actividades se desarrollaban, por las razones aludidas y de
acuerdo con lo que nos cuenta Sir James Stewart, con el m�ximo secreto (Sir
James Stewart, An Inquiry into the Principles of Political Oeconomy: Being an
Essay on the Science of Domestic Policy Inclinations, A. Millar y T. Cadell in
the Strand, Londres 1767, Volumen II, p. 301). Es de notar que todo el prestigio
del Banco de Amsterdam se basaba en la creencia de que manten�a un 100 por cien
de coeficiente de reserva, principio que tan s�lo 15 a�os antes David Hume
pensaba que segu�a vigente (v�ase su ensayo "Of Money", ob. cit., p.
284). Adam Smith, por su parte, en 1776, menciona que, todav�a en esa fecha, el
Banco de Amsterdam segu�a diciendo que manten�a un coeficiente de caja del 100
por cien: "The Bank of Amsterdam professes to lend out no part of what is
deposited with it, but for every gilder for which it gives credit in its books,
to keep in its repositories the value of a gilder either in money or bullion"
(The Wealth of Nations, W. Strahan y T. Cadell in the Strand, Londres 1776,
Volumen II, Libro IV, Cap. III, p. 72).
(13) Es curioso resaltar c�mo los banqueros utilizaban toda
su influencia y poder social (enorme, dada la gran cantidad de p�blico que
recib�a pr�stamos de ellos, o eran sus accionistas) para dificultar y
desanimar a que los depositantes retiraran sus dep�sitos, con la vana esperanza
de evitar las crisis. As� el senador Condy Raguet concluye que la presi�n era
casi insoportable y que "an independent man, who was neither a stockholder
or debtor, who would have ventured to compel the banks to do justice, would have
been persecuted as an enemy of society ...". Carta de Raguet a Ricardo
fechada el 18 de abril de 1821, publicada en David Ricardo, Minor papers on the
Currency Question 1805-1823, Jacob Hollander (ed.), The John Hopkins University
Press, Baltimore 1932, pp. 199-201.
(14) Una breve exposici�n de la Teor�a Austriaca del
Ciclo Econ�mico, as� como de la bibliograf�a m�s significativa en relaci�n
con la misma, puede encontrarse en mi art�culo "La Teor�a Austriaca del
Ciclo Econ�mico", publicado originariamente en Moneda y Cr�dito, n� 152,
Madrid, marzo de 1980, y reeditado en el Volumen I de mis Lecturas de Econom�a
Pol�tica, Uni�n Editorial, Madrid 1986, pp. 241-256. Es lamentable que un
autor de la inteligencia y agudeza de Pedro Schwartz siga desconcertado en
cuanto a los efectos que sobre la econom�a real tiene el car�cter "el�stico"
del dinero, y que siga empe�ado en ignorar que disponemos de una teor�a, la
Teor�a Austriaca de los Ciclos Econ�micos que no s�lo integra a la perfecci�n
los aspectos "micro" y "macro" de la econom�a, sino que
adem�s explica de qu� manera la extensi�n del cr�dito que tiene su origen en
el sistema bancario de reserva fraccionaria, ineludiblemente da lugar a una mala
asignaci�n generalizada de los recursos en t�rminos microecon�micos, que por
fuerza ha de terminar generando una recesi�n macroecon�mica (v�ase el art�culo
de Pedro Schwartz "Macro y Micro" en Cinco D�as, Madrid, lunes 12 de
abril de 1993, p. 3).
(15) V�anse al respecto las atinadas consideraciones de
Anna J. Schwartz, publicadas en su art�culo "The Theory of Free Banking"
presentado en la reuni�n regional de la sociedad Mont P�lerin que tuvo lugar
en Rio de Janeiro del 5 al 8 de septiembre de 1993, y especialmente la p�gina
5, en la que llega a la conclusi�n de que muchos de los modernos te�ricos del
sistema de banca libre no terminan de entender que el mecanismo de liquidaci�n
interbancaria que proponen no act�a como freno de la expansi�n crediticia si
es que todos los bancos, en mayor o menor medida, deciden expansionar su cr�dito
de forma simult�nea. Este fen�meno, que ya hab�a sido puesto de manifiesto
por Ludwig von Mises, en su brillante exposici�n del sistema de banca libre (v�ase
La Acci�n Humana:Tratado de Econom�a, pp. 648-688), fue el que me llev� a
buscar su explicaci�n en el t�pico proceso de "tragedia de bienes
comunales", por otro lado evidente pues todo el proceso expansivo tiene su
origen, como hemos visto, en un privilegio en contra del derecho de propiedad, y
cada banco internaliza todos los beneficios de expansionar su cr�dito, haciendo
recaer los correspondientes costes de forma diluida entre todo el sistema. Un
mecanismo de compensaci�n interbancaria puede poner coto en un sistema de banca
libre con reserva fraccionaria a iniciativas individuales y aisladas de expansi�n,
pero es inservible si todos, en mayor o menor medida, se dejan llevar por el
"optimismo" en la concesi�n de cr�ditos.
(16) La propuesta de establecer un sistema bancario con
un coeficiente de reserva del 100 por cien ya se encontraba incluida en la
primera edici�n de La Teor�a del Dinero y del Cr�dito, publicada por Mises en
1912, y en donde este autor llegaba a la conclusi�n de que "es evidente
que la �nica manera de eliminar la influencia humana sobre el sistema
crediticio es suprimir toda emisi�n ulterior de medios fiduciarios. La concepci�n
b�sica de la Ley de Peel debe permanecer de una manera m�s completa de lo que
fue en Inglaterra en su tiempo e incluir la emisi�n de cr�dito entre sus
prohibiciones legislativas." (V�ase la primera edici�n castellana de La
Teor�a del Dinero y del Cr�dito publicada en Madrid por Aguilar en 1936, p.
458.) Posteriormente Mises vuelve sobre el particular de una forma a�n m�s
expl�cita en el ap�ndice que sobre Reconstrucci�n Monetaria incorpora a la
reedici�n inglesa de 1953 de su Teor�a del Dinero y del Cr�dito (The Theory
of Money and Credit, Liberty Press, Indian�polis 1980, p. 481), en donde
expresamente se lee que "the main thing is that the government should no
longer be in a position to increase the quantity of money in circulation and the
amount of checkbook money not fully -that is, 100 percent- covered by deposits
paid in by the public." Incomprensiblemente, esta referencia al 100 por
cien de coeficiente de reserva no se traduce en la segunda deplorable traducci�n
castellana publicada en Barcelona por Ediciones Zeus en 1961, p. 487.
Posteriormente Hayek se refiere, como ya hemos visto, a esta propuesta en su
notable Monetary Nationalism and International Stability (1937), reedici�n de
Augustus M. Kelley, Nueva York 1971, pp. 81-84, y m�s recientemente en su
Denationalization of Money: The Argument Refined, The Institute of Economic
Affairs, Londres 1978, y en especial las pp. 119-120 (existe una traducci�n de
Carmen Lia�o publicada con el t�tulo de La Desnacionalizaci�n del Dinero, por
Uni�n Editorial, Madrid 1983), donde se pone de manifiesto que Hayek, al igual
que Mises, propone la libertad de elecci�n de moneda y de sistema bancario como
un medio para lograr, en �ltima instancia, un sistema bancario basado en el 100
por cien de coeficiente de caja. Pero el tratadista que con m�s ah�nco y
brillantez ha defendido modernamente la eliminaci�n del sistema bancario tal y
como hoy lo conocemos es, sin duda alguna, mi amigo Murray N. Rothbard,
especialmente en su libro The Case for a One Hundred Percent Gold Dollar, The
Ludwig von Mises Institute, Auburn University, segunda edici�n, 1991; en su
obra The Mystery of Banking, editorial Richardson & Snyder, Nueva York 1983;
y en sus art�culos "The Myth of Free Banking in Scotland" publicado
en la Review of Austrian Economics, n� 2, 1988, pp. 229-245, y tambi�n en su
art�culo "Aurophobia: or, Free Banking on What Standard?" en la
Review of Austrian Economics, n� 6, Volumen 1, 1992, pp. 99-108. Tambi�n ha
defendido modernamente el principio del coeficiente de reserva del 100 por cien
Maurice Allais, si bien es cierto que como un medio para facilitar la pol�tica
monetaria de los gobiernos, impidiendo su amplificaci�n el�stica y
distorsionadora a trav�s del sistema bancario de reserva fraccionaria. V�ase
su art�culo "Le retour � L'�tat du privil�ge exclusif de la creation
mon�taire", en L'Imp�t sur le capital et la r�forme mon�taire, Hermann
Editeurs, Par�s, edici�n de 1985, pp. 200-210. Maurice Allais no hace sino
seguir en este sentido la tradici�n de la escuela de Chicago a favor del
coeficiente de caja del 100 por cien para hacer m�s efectiva y previsible la
pol�tica monetaria de los gobiernos y que se inicia con un panfleto an�nimo de
26 p�ginas sobre "Banking and Currency Reform" que en 1933 hicieron
circular Henry C. Simons, Aaron Director, Frank H. Knight, Henry Schultz, Paul
H. Douglas, A.G. Hart y otros; se articula posteriormente por Henry C. Simons
("Rules versus Authorities in Monetary Policy", Journal of Political
Economy, XLIV, n� 1, febrero de 1936, pp. 1-30), Albert G. Hart ("The
'Chicago Plan' of Banking Reform", Review of Economic Studies, n� 2, 1935,
pp. 104-116), e Irving Fisher (100% Money, Adelphi Company, Nueva York 1936), y
culmina con la publicaci�n en 1959 del libro de Milton Friedman Un programa de
estabilidad monetaria y reforma bancaria, Ediciones Deusto, Bilbao 1962, y en
especial las pp. 104-115. Aunque la pol�tica monetaria ser�a m�s predecible
con un coeficiente de caja del 100 por cien, todos los te�ricos de Chicago
pecan de ingenuidad al pensar que el gobierno podr� y querr� desarrollar una
pol�tica monetaria estable. Esta ingenuidad es paralela y semejante a la que
manifiestan los modernos te�ricos de la banca libre de reserva fraccionaria al
confiar que los mecanismos espont�neos de compensaci�n podr�an establecer un
freno a una expansi�n simult�nea y concertada de una mayor�a de bancos. La �nica
soluci�n correcta para una sociedad libre de privilegios y ciclos econ�micos
es, por tanto, la de una banca libre pero sometida al derecho, es decir, con un
coeficiente de reserva del 100 por cien.
(17) Ludwig von Mises, La Acci�n Humana:Tratado de
Econom�a, cuarta edici�n, Uni�n Editorial, Madrid 1984, p. 670. Se trata en
suma, de acuerdo con Mises, de sustituir la actual mara�a de legislaci�n
bancaria de tipo administrativo por unos sencillos y claros art�culos incluidos
en los c�digos mercantil y penal.
(18) As�, por ejemplo, los libros de Lawrence H. White
Free Banking in Britain:Theory, Experience and Debate, 1800-1845 (Cambridge
University Press, 1984), y Competition and Currency: Essays on Free Banking and
Money (New York University Press, Nueva York 1989); los de George A. Selgin The
Theory of Free Banking: Money Supply under Competitive Note Issue (Rowman &
Littlefield, Totowa, Nueva Jersey, 1988), y The Experience of Free Banking (ed.
junto con K. Dowd,Routledge, Londres 1992); y los de Kevin Dowd The State and
the Monetary System (St. Martin's Press, Nueva York 1989), y Laissez Faire
Banking (Routledge, Londres 1993). E igualmente debe consultarse la
impresionante y exhaustiva bibliograf�a sobre banca libre preparada por Jos�
Antonio Aguirre en el Anexo bibliogr�fico a la ya citada edici�n castellana
del libro de Vera C. Smith sobre Los fundamentos racionales de la banca central
y la alternativa de banca libre.
(19) Los modernos te�ricos de la banca libre err�neamente
consideran, debido entre otras cosas a su falta de formaci�n jur�dica, que el
coeficiente de reserva del 100 por cien ser�a una inadmisible intromisi�n de
tipo administrativo en la libertad individual. No se dan cuenta de que, lejos de
suponer tal precepto una sistem�tica coacci�n gubernamental de tipo
administrativo, no es sino la mera aplicaci�n de un principio tradicional del
derecho de propiedad. Es decir, no se dan cuenta de que a una banca libre no
sometida al derecho (con reservas, por tanto, fraccionarias) es aplicable la
famosa frase an�nima de un americano recogida por Tooke, seg�n la cual
"banca libre equivale a estafa libre" (citada por Mises, La Acci�n
Humana, ob. cit., p. 666). Y en �ltima instancia que la defensa de la banca
libre debe de hacerse no como medio para explotar las lucrativas posibilidades
de la expansi�n crediticia, sino como un medio indirecto para aproximarse al
modelo ideal de banca libre con coeficiente de reservas del 100 por cien que,
con car�cter adicional, ha de perseguirse directamente con todos los medios jur�dicos
que est�n disponibles en cada circunstancia hist�rica. S�lo en este sentido
de aproximaci�n indirecta al ideal ha de entenderse la postura recogida por
Mises (La Acci�n Humana, ob. cit., p. 666) de Cernuschi que ya en 1866 dijo:
"Aspiro a que cualquiera pueda emitir billetes, precisamente para que nadie
quiera ya aceptarlos".
(20) Los te�ricos liberales de la Escuela Austr�aca (entre los que me encuentro) siempre han defendido un sistema de tipos de cambio fijos como aproximaci�n al ideal del patr�n oro puro, frente a los te�ricos de Chicago, mas proclives a defender un nacionalismo monetario de tipo keynesiano con tipos de cambio flexibles.
(21)
Los problemas pr�cticos que plantear�a la transici�n del actual sistema
monetario y bancario a un sistema en el que por fin la creaci�n de dinero y el
negocio bancario estuvieran totalmente separados del Estado han sido analizados
y solucionados te�ricamente, entre otros, por Murray N. Rothbard en su The
Mystery of Banking, Richardson & Snyder, Nueva York 1983, pp. 249-269.
(22) La estabilidad absoluta del nivel general de
precios no garantiza que no se produzcan importantes procesos de expansi�n
crediticia que generen profundas crisis econ�micas, cuando se recurra a la
emisi�n de dinero bancario para acomodar periodos de gran crecimiento de la
productividad con la finalidad de evitar la natural disminuci�n en el nivel
general de precios que en los mismos se producen. Por ello una moneda �nica
europea absolutamente estable es, tan s�lo, una imperfecta aproximaci�n al
ideal descrito en este art�culo (moneda libre -oro- con un sistema bancario con
un coeficiente de caja del 100 por cien).
(23)
Actualmente me encuentro elaborando un proyecto de investigaci�n en el que se
pretende analizar, actualizar y sintetizar toda la literatura habida sobre estos
temas, lleg�ndose a las conclusiones necesarias de pol�tica econ�mica para el
futuro desarrollo de un sistema financiero estable y libre de crisis econ�micas.