Observatorio Economía Latinoamericana. ISSN: 1696-8352
Ecuador


LOS BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y SU EFECTO EN LA LIQUIDEZ DE LAS EMPRESAS DE ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA

Autores e infomación del artículo

Elizabeth Stefanía Villalta Miranda
Estudiante

Inés María Arroba Salto
Docente

Universidad Laica Vicente Rocafuerte de Guayaquil

lizvillaltam@gmail.com

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RESUMEN

El presente artículo tiene como objetivo analizar los beneficios tributarios en el sector no financiero de las Organizaciones de Economía Popular y Solidaria-EPS y su efecto en la liquidez. Se emplearon métodos de investigación descriptiva, con un enfoque cualitativo por lo que se empleó las siguientes técnicas de investigación: observación y entrevista directa. Se logró como resultado comparar los beneficios tributarios de una EPS frente a una de Régimen General-RG y además establecer un plan de mejoramiento de obligaciones en el campo tributario, patronal y societario, que les permita el cumplimiento del régimen de economía popular y solidaria a tiempo.

SUMMARY

This article aims to analyze the tax benefits in the non-financial sector Organizations Popular and Solidarity Economy - EPS and its effect on liquidity. Descriptive research methods were used, with a qualitative approach so the following research techniques were used: observation and direct interview. Was achieved as a result comparing the tax benefits of EPS against one of General -RG regime and also establish an improvement plan obligations in the corporate tax field, employers and to enable them compliance regime popular and solidarity economy weather.

Palabras claves: beneficios tributarios, régimen economía popular y solidaria, liquidez, impuesto a la renta.

Keyword: tax benefits, regime popular and solidarity economy, liquidity, income tax.



Para citar este artículo puede uitlizar el siguiente formato:

Elizabeth Stefanía Villalta Miranda e Inés María Arroba Salto (2016): “Los beneficios tributarios y su efecto en la liquidez de las Empresas de Economía Popular y Solidaria”, Revista Observatorio de la Economía Latinoamericana, Ecuador, (diciembre 2016). En línea:
http://www.eumed.net/cursecon/ecolat/ec/2016/beneficios.html

http://hdl.handle.net/20.500.11763/ec16beneficios


Introducción

En el presente Trabajo se analiza los beneficios tributarios y su efecto en la liquidez de las organizaciones de Economía Popular y Solidaria-EPS, del sector no financiero de servicios, basado en la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno (LORTI), su reglamento (RLORTI) y la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria (LOEPS).

El desarrollo de este trabajo es de vital importancia, ya que permite dar a conocer a los ciudadanos ecuatorianos sobre los beneficios tributarios que gozan dichas organizaciones, con la finalidad de impulsar los emprendimientos hacia el camino de las micros, pequeñas y medianas organizaciones.

El sector que se analizará es el sector no financiero de servicios, el mismo que está conformado por asociaciones, comunidades y cooperativas no financieras, este sector goza de varios beneficios; el que se estudiará son los beneficios tributarios, conociendo los mismos, dicho sector podrá estar al tanto de la correcta aplicación de los mismos al momento de declarar sus impuestos, evitando así la salida de efectivo y mejorando la liquidez en estas organizaciones.

La liquidez en el sector no financiero de servicios es significativa ya que ayudará a que dicho efectivo sea utilizado en otras actividades para promover así la producción y mejora en estas organizaciones.

 

LOS BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y SU EFECTO EN LA LIQUIDEZ DE LAS EMPRESAS DE ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA

Desarrollo

En relación con el problema de investigación se traza como Objetivo general: Analizar los beneficios tributarios en el sector no financiero de las Organizaciones de Economía Popular y Solidaria y su efecto en la liquidez.

Y como objetivos específicos:

  • Evaluar los beneficios tributarios en el cálculo de la Conciliación Tributaria para el pago del Impuesto a la Renta.
  • Valorar los beneficios tributarios en el cálculo del Anticipo del Impuesto a la Renta en las organizaciones de Economía Popular y Solidaria.
  • Analizar los indicadores financieros de liquidez, solvencia y rentabilidad, su efecto en las organizaciones del sector no financiero de servicios y su relación con los beneficios tributarios.

 

La idea a defender de la investigación es:

 La correcta aplicación y cumplimiento de los beneficios tributarios en el sector no financiero de las organizaciones de Economía Popular y Solidaria permite obtener una mejor liquidez.

Historia de la Economía Popular y Solidaria (EPS)

Para el desarrollo del presente trabajo de investigación, se ha necesitado acudir a fuentes de información tales como la biblioteca de la Universidad Laica Vicente Rocafuerte de Guayaquil, Leyes, Normas, Reglamentos además de consulta de libros, tesis,  y  acudir   a la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria y al  Servicio de Rentas Internas  en donde se pudo comprobar la existencia de documentos similares enfocados al mismo u otro campo de acción y de las cuales se consideró lo más relevantes que se detalla  a continuación:

El marco teórico que sustenta la investigación tiene entre sus fundamentos las leyes y trabajos de autores: En Ecuador hay 3 tipos de economía que  dan vida al sistema económico. Éstas se clasifican en: economía pública, la economía privada y la economía popular y solidaria. (Ochoa Tocachi, 2011).

El Sector de la Economía Popular y Solidaria [EPS] es fundamental para el desarrollo ecuatoriano, es así que con base en el art. # 283 de la Constitución se establece que el sistema económico es social y solidario, y está integrado por las formas de organización pública, privada, mixta, popular y solidaria. Y por tanto, dicho sector, requiere que el Estado la supervise, con una visión integral, su adecuado funcionamiento y sus requerimientos. ([SEPS], Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, 2015).

(Zambrano, 2012) indica: La economía popular es el conjunto de actividades económicas y prácticas sociales desarrolladas por los sectores populares con miras a garantizar, a través de la utilización de su propia fuerza de trabajo y de los recursos disponibles, la satisfacción de las necesidades básicas, tanto materiales como inmateriales. Por lo general la conforman quienes nunca pudieron ingresar al mundo del trabajo asalariado, quienes enfrentan un desempleo estructural o  los trabajadores que debido a sus bajos salarios, buscan en el trabajo por cuenta    

(Ramirez Ortega, 2011) afirma: Dentro de las sociedades de capital no existe el elemento de confianza personal dentro de la voluntad de asociarse; por eso las participaciones de los socios se documentan con títulos valores llamados acciones, los cuáles se transfieren por endoso o por simple entrega; en consecuencia, el traspaso de la participación no tiene que ser aprobado por los socios, el ingreso, la sustitución o el retiro de un socio no requieren regulación especial, ya que cualquiera puede retirarse transfiriendo sus acciones o ingresar o comprando acciones a otro socio; lo dicho es que sin perjuicio de que determinadas legislaciones permitan exigir la aprobación social para el traspaso de acciones; tal exigencia sería la consecuencia de un pacto adicional de los socios y no de la naturaleza misma de la participación social.

 El sector no financiero realizan únicamente actos solidarios, los mismos que no constituyen actos de comercio o civiles.  Son actos solidarios los que efectúen las organizaciones con sus miembros, dentro del ejercicio de las actividades propias de su objeto social. ([LOEPS], Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria, 2011)
    

Beneficios Tributarios en una EPS

Las organizaciones de Economía Popular y Solidaria gozan de varios beneficios tributarios, el principal es estar exento del pago de impuesto a la renta como lo señala los siguientes artículos establecidos en  leyes tributarias:  (Servicio de Rentas Internas [SRI], 2012)

Tabla 1 Impuesto a la Renta


Leyes

Artículos

([LORTI], Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno, 2015)

# 9:  Para fines de la determinación y liquidación del impuesto a la renta, están exonerados exclusivamente los siguientes ingresos:
19.- Los ingresos percibidos por las organizaciones previstas en la Ley de Economía Popular y Solidaria siempre y cuando las utilidades obtenidas sean reinvertidas en la propia organización.
Para el efecto, se considerará:
a) Utilidades.- Los ingresos obtenidos en operaciones con terceros, luego de deducidos los correspondientes costos, gastos y deducciones adicionales, conforme lo dispuesto en esta Ley.
b) Excedentes.- Son los ingresos obtenidos en las actividades económicas realizadas con sus miembros, una vez deducidos los correspondientes costos, gastos y deducciones adicionales, conforme lo dispuesto en esta Ley.
20.- Los excedentes percibidos por los miembros de las organizaciones previstas en la Ley de Economía Popular y Solidaria, conforme las definiciones del numeral anterior.

([LOEPS], Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria, 2011)

# 139: Los actos solidarios que efectúen con sus miembros las organizaciones a las que se refiere esta Ley, como parte del ejercicio de las actividades propias de su objeto social, no constituyen hechos generadores de tributos; en cambio, los actos y demás operaciones que efectúen con terceros, están sujetos al régimen tributario común.
Las utilidades que pudieran provenir de operaciones con terceros y que no sean reinvertidos en la organización, gravarán Impuesto a la Renta, tanto para el caso de la organización, cuanto para los integrantes cuando éstos los perciban.

Fuente: LORTI - LOEPS
Elaborado por: La Autora

Su incidencia en la liquidez

Las organizaciones de Economía Popular y Solidaria tienen liquidez debido a que están exentas del pago del impuesto a la renta; podrán acogerse a este beneficio tributario siempre y cuando sus utilidades sean reinvertidas y no repartidas.

La mayoría de estas organizaciones se acogen a dicho beneficio y utilizan el dinero para reinvertirlo en maquinarias de trabajo, con el fin de brindar un mejor servicio a sus clientes y obtener mayor rentabilidad.

Un estudio realizado entre el Régimen EPS y el RG muestra una gran diferencia en los indicadores de liquidez de ambos regímenes, el mismo que se detallará más adelante.

Metodología

El enfoque de la investigación es cualitativa porque se analizaron en forma objetiva las causas que han originado los problemas que se investigan, a más de que se examinó las consecuencias y definiciones de las acciones encaminadas a resolver los problemas planteados y analizados en Los Bosques S.A.

El alcance de la investigación es  descriptiva  porque se estudió en un periodo de tiempo: año 2015 para analizar la correcta aplicación de los beneficios tributarios que afectan la liquidez de las organizaciones no financieras de EPS, a través del estudio de Leyes, Reglamentos tributarios y documentos que  recopilen sobre este tema y se determinará las diferentes características que son objeto de estudio utilizando el método del análisis para llegar a un conocimiento más especializado, haciendo una exposición de hechos e ideas, conceptos, definiciones sobre los  beneficios del cumplimiento del régimen EPS en los cuales está inmersa Los Bosques S.A., en el marco del cumplimiento de las leyes y disposiciones de la Administración Tributaria.

Las técnicas que se aplicaron de manera directa fueron: la observación: técnica que se aplicó debido a que no se utilizó registros estándares, por el contrario se hizo anotaciones descriptivas e interpretativas que se recopiló a través de la observación para conocer si sé está aplicando o no los beneficios tributarios en la organización del sector no financiero de servicios de Economía Popular y Solidaria.

La entrevista:  técnica que se concentró directamente con personas  que se consideran fuente primordial de información, como son: el funcionarios de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, dio a conocer las ventajas societarias y tributarias de constituir una EPS y el control que tiene este ente regulador sobre el sector de EPS; el funcionario del Servicio de Rentas Internas: brindó información sobre la recaudación y el cumplimiento de las leyes tributarias por parte de estas organizaciones; una Capacitadora de Consultora de Compras Públicas y Capacitadora de Proveedores y Entidades Contratadas, manifestó el crecimiento de estas organizaciones en los últimos 3 años;  una contadora de una organización no financiera de EPS, permitió confirmar con certeza la correcta aplicación de los beneficios tributarios y la liquidez que tienen al acogerse a dichos beneficios y el Presidente del Grupo Economía Solidaria del Perú, reveló que en su país se está implementando leyes para beneficio del sector de economía solidaria, lo que permitió conocer todo lo relacionado a este sector en otro país latinoamericano.

Resultados

Para el desarrollo de este proyecto de investigación es conveniente explicar, presentar y justificar, los datos que han sido recogidos respecto al tema "Los beneficios tributarios y su efecto en la liquidez de las Empresas de Economía Popular y Solidaria”.

El sector de Economía Popular y Solidaria se ha incrementado en los últimos 3 años, debido a los grandes beneficios tributarios y societarios que poseen estas organizaciones, lo cual ha permitido a muchos emprendedores incursionar en este sistema económico, generando nuevas plazas de empleo y mejorando la actividad económica para bienestar social.

Dentro de los beneficios societarios, es importante recalcar que constituir una organización de EPS solo basta tener un capital equivalente a un salario básico unificado además los requisitos que solicita la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria son accesibles y fáciles de tramitar, que sencillamente lo puede realizar cualquier ciudadano.

El estado ha decidido apoyar a este sector, porque es una manera de incentivar a los emprendedores, y lo ha hecho  de diversas maneras, entre las cuales están: la prelación en el portal de compras públicas de algunos servicios como: seguridad, limpieza, transporte, alimentación y vestimenta; y con la exoneración de algunos tributos como: estar exentos de retención en la fuente e IVA, y no gravar IVA cuando se realicen actos solidarios entre el mismo sector  (si lo hacen con un tercero aplica las leyes del RG) y no pagar impuesto a la renta ni anticipo de impuesto a la renta cuando se acojan al beneficio de reinvertir sus utilidades en mejoras de su actividad comercial.
Se analizó los estados financieros de una empresa de régimen general RG y una de régimen de EPS que si aplican la ley y otra de régimen de EPS que no aplica la ley, en donde se obtuvo los siguientes resultados:

Tabla 2 Beneficios Tributarios entre EPS y RG, 2015, en miles de dólares


Descripción

Aplicando la Ley

No Aplicando la Ley

EPS

RG

EPS

Impuesto a la Renta

0,00

14.277,45

14.277,45

Multas

0,00

0,00

1.713,29

Intereses

0,00

0,00

629,21

Sanción

0,00

0,00

125,00

Total a Pagar

0,00

14.277,45

16.744,95

Fuente: Los Bosques S.A.
Elaborado por: La Autora

La tabla 2 indica que una organización de EPS que se acoge a la ley no paga impuesto a la renta mientras que una de RG deberá pagar el 22% de impuesto a la renta que fueron $14.277,45; mientras que una de régimen EPS que no se acoge a la ley y que no declaro al SRI la distribución de sus utilidades deberá pagar no sólo el 22% de impuesto a la renta como el RG, sino también multas, intereses y sanciones por incumplir con la ley lo que significa que desembolsará $16.744,95.

A través de los estados financieros basados en el régimen de EPS y RG se conoció el efecto de la liquidez en estas organizaciones, esta información ayudo a la comprobación de la idea a defender que se ha planteado, y además fue confirmada por el funcionario del SRI Ing. Johnny Alcívar al indicar que el 89% de estas empresas se acogen al beneficio tributario.

En el análisis de los indicadores financieros de liquidez se obtuvo resultados positivos para el sector de EPS, que se detalla a continuación en la tabla 3:

Tabla 3 Análisis de los Indicadores de Liquidez entre EPS y RG, 2015


Indicador de Liquidez

EPS

RG

Liquidez Corriente

2,64

1,78

Fuente: Los Bosques S.A.
Elaborado por: La Autora

En la tabla 3 se analizó los indicadores financieros de liquidez; dentro de los indicadores de liquidez se calculó la liquidez corriente la cual indica que por cada $1que la organización de economía popular y solidaria debe a corto plazo cuenta con $2,64 para respaldar esa obligación, mientras que la del régimen general por cada $1 para cubrir sus obligaciones cuenta con $1,78; esto se da por el ahorro que tiene el sector de economía popular y solidaria al no desembolsar efectivo al pago del impuesto a la renta por estar exento de dicho tributo; mientras que la empresa de régimen común si desembolsa ese efectivo al pagar su impuesto a la renta. 

Estos análisis indican que el sector de economía popular y solidaria si goza de beneficios tributarios e igualmente tienen un efecto positivo en la liquidez, permitiendo a estas organizaciones invertir su dinero en mejoras para la empresa y para los clientes.

Con este resultado se elaboró un plan de mejoramiento, para ayudar a las organizaciones de EPS a que apliquen correctamente los beneficios tributarios y que mejore la liquidez en este sector.

Tabla 4 Plan de Mejoramiento para EPS


Problema

Solución

Detalle de la Solución

Tiempo (TI) Responsable (RE)

Beneficios Directos

Falta de Conocimiento

Capacitaciones

Capacitar mínimo una vez cada tres meses a los empleados del área contable sobre los beneficios tributarios en este sector.

TI: 2 días
RE: Jefe del Departamento Contable

Correcta Aplicación de los beneficios tributarios.

Mala Contabilización

Sistema Contable

Instalar un sistema  contable en estas organizaciones para mejorar la contabilización de sus actividades.

TI: 3 días
RE: Jefe del Departamento Contable

Identificar ingresos y gastos exentos.

Mayor pago de Impuesto a la Renta

Correcta Contabilización

Al contabilizar correctamente los ingresos y gastos exentos, la organización no pagará impuesto a la renta.
Los Empleados del área contable deben conocer la LOEPS.

 

TI: 4 días
RE: Jefe del Departamento Contable

No pagar impuesto a la renta.

Errores Contables

Revisión de la contabilidad

Revisar dos veces durante una semana las contabilizaciones que realiza el personal contable.

 

TI: 2 días
RE: Jefe del Departamento Contable

Contabilidad correcta  para gozar de los beneficios

Competencia con grandes empresas

Darse a conocer en el mercado

Realizar estrategias, visitas y planes para incrementar los clientes.

TI: 4 días
RE: Gerente o Representante de la Organización

Aumento de sus Ingresos

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Fuente: Es el resultado de mi investigación (como puedo poner)
Elaborado por: La Autora

Conclusiones

De acuerdo la investigación efectuada en la organización del sector no financiero de servicios de Economía Popular y Solidaria El Bosque S.A., respecto al tema Los Beneficios Tributarios y su efecto en la liquidez de las empresas de Economía Popular y Solidaria, se presentan las siguientes conclusiones:

  • El Régimen de Economía Popular y Solidaria posee beneficios tributarios, como el estudiado en esta investigación la exención del pago del impuesto a la renta; tal como se demuestra en el análisis comparativo del Estado de Resultado Integral; siempre y cuando dichas utilidades o excedentes sean reinvertidas; y como cualquier otro régimen también posee desventajas.

 

  • Por pertenecer al sector de Economía Popular y Solidaria, pueden estar obligadas o no a llevar contabilidad eso dependerá del monto de sus ingresos y costos anuales y de su capital propio. (Anexo N° 1)
  • Las organizaciones que no estén obligadas a llevar contabilidad deberán llevar un registro de ingresos y egresos, para lo cual no se necesitará un sistema contable; a diferencia de las organizaciones que si estén obligadas a llevar contabilidad que deberán llevar su contabilidad como el régimen general.

 

  •  El sector no financiero de economía popular y solidaria no sólo posee beneficios tributarios, sino también otros beneficios económicos como la prelación a las compras públicas en el sector público; además que poseen un catálogo único de cuentas.
  • La mayoría de estas organizaciones no cuentan con manual de procedimientos para sus empleados, por lo que hay un control ineficiente.

 

Recomendaciones

Luego de haber identificado las causas y efectos de los beneficios tributarios y su efecto en la liquidez de las empresas de economía popular y solidaria, se recomienda lo siguiente:

  • En el régimen de economía popular y solidaria se recomienda planificar las obligaciones tributarias, patronales y societarias para mejorar el funcionamiento de estar organizaciones. (Anexo N° 1)
  • Elaborar un Manual de Procedimientos y desarrollar programas de capacitación al personal encargado del área contable.
  • Identificar correctamente los ingresos y costos exentos para poder gozar de los beneficios tributarios.
  • Estar al día en los pagos tributarios, patronales y societarios para gozar de la prelación al sistema de compras públicas.

Bibliografía

[LOEPS], Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria. «Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria.» Quito, 2011, Art. 1.
[LORTI], Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno. «Registro Oficial 444.» Quito, 2015, Art. 9 #19.
[SEPS], Superintendencia de Economía Popular y Solidaria. Noticia de la SEPS. 2015. http://www.seps.gob.ec/noticia?que-es-la-economia-popular-y-solidaria-eps-.
Ramirez Ortega, Jaime. Las sociedades de Capital y sus características. 16 de Marzo de 2011.
Reglamento para la Aplicación de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno [RALORTI]. «Reglamento para la Aplicación de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno.» Quito, 2015.
Servicio de Rentas Internas [SRI]. Inquietudes EPS. 18 de Abril de 2012. www.sri.gob.ec.
Zambrano, Elena. «Mirador Económico. Actualidad, análisis y opinión.» La Economía Popular y Solidaria. 27 de Mayo de 2012. http://www.miradoreconomico.com/2012/05/la-economia-popular-y-solidaria/.


Recibido: 21/11/2016 Aceptado: 30/11/2016 Publicado: Diciembre de 2016

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