Revista académica de economía con el Número
Internacional Normalizado de Publicaciones Seriadas ISSN 1696-8352.
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LOS IMPUESTOS, CULTURA POLÍTICA QUE ADOPTAN LOS GOBIERNOS COMO REGULADOR DE CONDUCTAS SOCIALES (ECUADOR)
Carlos Alcívar Trejo (CV)
Juan T. Calderón Cisneros (CV)
Asunción Argudo García
calcivar@ecotec.edu.ec
Universidad Tecnológica ECOTEC
Resumen
En el siguiente ensayo se abordarán temas los cuales coadyuvarán a entender el comportamiento de las medidas que adoptan los Gobiernos para introducir los impuestos dentro de la economía mundial y ecuatoriana de tal manera que se pueda lograr entender que son los impuestos y el por qué se crean para ser implementarlos en la sociedad.
Palabras claves: Impuestos, Tributos, Fisco, Tasas, Gobierno, Servicio De Rentas Internas, Contribuyentes, Servicios.
Abstract
In the following essay will address topics which help to understand the behavior of the measures adopted by Governments to introduce taxes within the world and Ecuadorian economy in such a way that can be understand taxes and why are created to be implementing them in society.
Key words: Taxes, taxes, tax, rates, Government, service of internal revenue, taxpayers, services.
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Para citar este artículo puede utilizar el siguiente formato:
Alcívar Trejo, C., Calderón Cisneros, J. y Argudo García, A. : "Los impuestos, cultura política que adoptan los gobiernos como regulador de conductas sociales (Ecuador) ", en Observatorio de la Economía Latinoamericana, Número 204, 2014. en http://www.eumed.net/cursecon/ecolat/ec/2014/impuestos.html
Los impuestos, cuando se pronuncia esta palabra enseguida se la gente piensa en que la creación de estos es simplemente para engrosar el gasto publico perjudicando a la sociedad y beneficiando al gobierno, pero ese pensamiento que tiene la mayoría de los Ecuatorianos no es correcto.
Si bien los impuestos perjudican a un grupo social especifico el cual se cuándo se aplican e indirectamente benefician a otro grupo social. Para mantener una sociedad estable es necesario tomar medidas regulatorias dentro de esta siendo esta medida la aplicación de impuestos los cuales se encargan en su mayoría de regularizar las curvas económicas de ofertas y demandas de un mercado determinado y de mantener la distribución económica de una sociedad pareja.
Si bien a lo largo de los años la sociedad ha sido educada en un entorno social en el cual la prepondera el modelo económico de producción sobre el de distribución, esto trae a consecuencia la negatividad social hacia la creación y aplicación de impuestos. El problema que tiene la sociedad sobre los impuestos más que aplicación es su retribución, si bien son medidas económicas que se aplican dentro de la sociedad para estabilizarla por lo general la mayoría de estos no son del todo justos ya que entre más impuestos se pague en teoría más beneficios se deberían de recibir en teoría pero la práctica es todo lo contrario, por lo cual siempre la sociedad será contraria a estos y sumando a esto los modelos de educativos los cuales solamente se enfocan en un método de estudio “Producción” hacen que los impuestos sean negativos en la sociedad.
La palabra impuesto tiene su origen en el término latino impositus. El concepto hace referencia al tributo que se establece y se pide según sea la capacidad financiera de aquellos que no están exentos de abonarlo.
La etimología de palabra tributo deviene de latín tributum, que significa aquello que se tributa. Esta última palabra deviene del verbo tributar, que según dicho diccionario significa entregar el vasallo al señor en reconocimiento del señorío una cantidad en dinero o en especie.
“El profesor (José María Martín) dice.
... en la antigüedad un tributo no era sino un pago, ya sea en dinero o en especie, que el vasallo le debía al señor a cambio de protección. Así los conquistadores imponían, de ordinario, un tributo a los pueblos conquistados.”
El tributum exigido desde los primeros tiempos por los romanos iba, a menudo, seguido por la concesión de cierto grado de autonomía, tal como ocurría entre los judíos en los tiempos de Cristo. En los últimos años del Imperio Romano, eran los ciudadanos romanos quienes pagaban tributos a las tribus bárbaras, primero para apaciguarlas y más tarde por haber sido conquistados por ellas. El tributo de la antigüedad sólo tenía por objeto lograr protección.
Por tanto el impuesto tiene la particularidad de no basarse en una contraprestación determinada o directa por parte de quien lo reclama. Su objetivo es financiar los gastos del acreedor, que generalmente es el Estado.
La real academia española define a los impuestos como: “Tributo que se exige en función de la capacidad económica de los obligados a su pago, directo El que grava las fuentes de capacidad económica, como la renta y el patrimonio e indirecto El que grava el consumo o gasto.”1
A partir de la segunda mitad del siglo XV se inicia un lento proceso de transformación económica, social, política y cultural, el cual duraría hasta mediados del siglo XVIII.
(Screpanti y Zamagni)
Aparece el capital comercial, el desarrollo del capital comercial tiende a dar a la producción un valor orientado hacia el valor de cambio, lo cual este surgimiento provino de un conjunto de transformaciones económicas y sociales que tornaron obsoletas las instituciones feudales y de los cuales transformaron la óptica hacia los tributos.
(Carlos Amrx. “El Capital” tomo III, Ediciones Venceremos, 1965, p 38)
El proceso de transformación de las monarquías europeas trajo consigo nuevos objetivos, como expandir sus territorios y riquezas y estos a su vez exigieron el crecimiento y explotación de nuevas actividades económicas y el incremento de ingresos estatales, a fin de sostener gastos burocráticos; llegando su expansión a América saqueando metales preciosos procedentes de los imperios Azteca e Inca y países como Bolivia, Ecuador y demás, a los cuáles se les implementó tributos por parte de la realeza.
La explotación de las minas de México, Perú y Bolivia provocó un efecto en el ascenso de los precios. El nivel general de precios subió en un 300 por ciento dando origen a la famosa “Revolución de los precios”. (E. James 1974, 34).
(Adam Smith en su obra La Riqueza de las Naciones) enuncia los siguientes principios de los tributos:
• Proporcionalidad: cada ciudadano debe contribuir en atención a sus facultades, o sea en relación a su Capacidad Contributiva, ya el famoso economista trata el tema de la capacidad económica vinculándola con la obligación a tributar. Se infiere el principio de Igualdad, pero no la Igualdad absoluta, o sea igual imposición a igual capacidad.
• Certeza: Todo tributo deber ser claro y determinado para que el contribuyente conozca exactamente la cantidad y modo de su obligación tributaria.
• Oportunidad: Los vencimientos deben operar en el tiempo y forma que sea más cómoda al obligado.
• Eficiencia: deben reducirse al mínimo los costos recaudación.
III.- La Finalidad de Los Impuestos:Los impuestos tienen en si tres tipos de fines: fiscales, extra fiscales y mixtos.
Los fines fiscales tienen a estar ligados a financiar el gasto publico pero la recaudación se la realiza de lo producción es decir se recauda de lo producido. Estos satisfacen las necesidades públicas de manera indirecta.
Los extras fiscales tienden satisfacen las necesidades públicas de manera directa, y estos se recaudan de manera impositora a productos de consumo especiales ej.: bebidas alcohólicas, cigarrillos y perfumes.
Los mixtos: es una búsqueda combinada de los fiscales y extra fiscales.
Podremos decir que aunque no se reconoce en doctrina; existe un cuarto elemento en el cual los impuestos contribuyen a formar nuevas normas de conducta social, emponderando una cultura tributaria.
Los impuestos son generalmente calculados con base en porcentajes, llamados tasas de impuestos o alícuotas, sobre un valor particular, la base imponible. Los impuestos se clasifican en:
IMPUESTOS DIRECTOS E INDIRECTOS
9 “Son aquellos en los que el contribuyente establecido en la ley recibe la carga del impuesto, siendo imposible trasladados a una tercera persona.
9 Benítez, M., Manual Tributario. (2010), Loja-Ecuador: UTPL Editorial.- 18 -
Son generalmente impuestos que pagan los contribuyentes por los ingresos que reciben y en base a situaciones particulares de cada uno de ellos, por ejemplo el impuesto a la renta.”
Es decir son los impuestos que afectan a la riqueza del contribuyente, gravando directamente los ingresos del trabajo, el capital y la renta. Se caracterizan porque se lo paga personalmente. Los impuestos directos se clasifican en renta, exportaciones y patrimonio.
Benítez, M., Manual Tributario. (2010), Loja-Ecuador: UTPL Editorial.
La renta es un ingreso de dinero, especie o servicios que obtiene una persona natural o jurídica anual o periódicamente del ejercicio de una actividad económica sea esta por relación de dependencia, actividad profesional, actividad comercial y / o por utilidades distribuidas.
Estos impuestos son los únicos en los cuales el sujeto activo se propone alcanzar inmediatamente tributos con el sujeto pasivo sin ningún intermediario entre el pagador y el fisco. Ej. El impuesto a la Renta, los Impuestos Municipales, el 1.5 por mil sobre el total de activos, el impuesto predial que se aplica según el avalúo catastral municipal y el Impuesto a los activos en el exterior.
10 “Se establecen con la intención de que el obligado por la norma traslade la carga del impuesto sobre un tercero, pero no la carga jurídica. Gravan sobre la circulación económica de la riqueza, es decir la riqueza en movimiento.”
Es decir que son impuestos aplicados a la actividad comercial, producción y ventas, al valor agregado de los productos, al volumen del negocio y a todos los otros impuestos y derechos que se aplican en la producción sea extracción, venta, alquiler o entrega de productos y servicios.
V.- VENTAJAS Y DESVENTAJAS DE LOS IMPUESTOS
Algunas de las ventajas y desventajas son:
a) El impuesto directo sirve para redistribuir la riqueza, por el influjo de las tarifas progresivas que eliminan las grandes fortunas; con el indirecto no sucede esto y se tacha de regresivo.
b) El directo educa en forma patriótica al contribuyente, ya que no recibe nada a cambio; ninguna satisfacción ni beneficio. El indirecto no tiene esta función pues solamente se paga el valor agregado de algo que gusta al contribuyente y desea adquirir.
c) El directo es fijo, estable, regular, con él se puede contar exactamente con el presupuesto. El indirecto es de cobro irregular, inestable, no se sabe cuánto va a producir.
Los elementos de los impuestos son los actores que se desarrollan en la aplicación de estos los cuales son:
11 Tejada, L., Carrera P,(2010), Guía Didáctica de Planificación Tributaria, Loja-Ecuador, Editorial UTPL
El Servicio de Rentas Internas (SRI) es una entidad técnica que tiene la responsabilidad de recaudar los tributos internos establecidos por Ley mediante la aplicación de la normativa vigente. Su finalidad es la de consolidar la cultura tributaria en el país a efectos de incrementar sostenidamente el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes.2
Mandato y Compromiso del SRI .
Contribuir a la construcción de ciudadanía fiscal, mediante la concienciación, la promoción, la persuasión y la exigencia del cumplimiento de las obligaciones tributarias, en el marco de principios y valores, así como de la Constitución y la Ley; de manera que se asegure una efectiva recaudación destinada al fomento de la cohesión social. 3
VII.- Los Contribuyentes y su Relaciones con el SRI y la Sociedad.Libro I Código Civil
DE LAS PERSONAS
Título I
DE LAS PERSONAS EN CUANTO A SU NACIONALIDAD Y DOMICILIO
Parágrafo 1o.
DIVISIÓN DE LAS PERSONAS
Art. 40.- Las personas son naturales o jurídicas.
De la personalidad jurídica y de las reglas especiales relativas a ella se trata en el Título final de este Libro.
Art. 41.- Son personas todos los individuos de la especie humana, cualesquiera que sean su edad, sexo o condición. Divídanse en ecuatorianos y extranjeros.
Se conoce como PYMES al conjunto de pequeñas y medianas empresas que de acuerdo a su volumen de ventas, capital social, cantidad de trabajadores, y su nivel de producción o activos presentan características propias de este tipo de entidades económicas. Por lo general en nuestro país las pequeñas y medianas empresas que se han formado realizan diferentes tipos de actividades económicas entre las que destacamos las siguientes:
Comercio al por mayor y al por menor.
Agricultura, silvicultura y pesca.
Industrias manufactureras.
Construcción.
Transporte, almacenamiento, y comunicaciones.
Bienes inmuebles y servicios prestados a las empresas.
Servicios comunales, sociales y personales.
Las PYMES en nuestro país se encuentran en particular en la producción de bienes y servicios, siendo la base del desarrollo social del país tanto produciendo, demandando y comprando productos o añadiendo valor agregado, por lo que se constituyen en un actor fundamental en la generación de riqueza y empleo.
Tratamiento tributario de las PYMES
Para fines tributarios las PYMES de acuerdo al tipo de RUC que posean se las divide en personas naturales y sociedades. De acuerdo a cual sea su caso Ud. podrá encontrar información específica para cumplir con sus obligaciones tributarias escogiendo las opciones Personas Naturales ó Sociedades.
(SRI, Servicio de Rentas Internas, 2014)
Con el objeto de identificar, conocer, controlar y servir a los contribuyentes de mayor relevancia en la economía del país, el Servicio de Rentas Internas distingue como Grandes Contribuyentes, a aquellas empresas privadas, nacionales e internacionales, considerando su importante movimiento tributario. Esta distinción se efectuó en base a un análisis de la magnitud de sus operaciones y situación financiera, con relación a ingresos, costos y gastos, activos, pasivos y patrimonio.
(SRI, Servicio de Rentas Internas, 2014)
Con el fin de promover una cultura tributaria el SRI tiene como objetivo: “Promover, difundir y salvaguardar los derechos y garantías de los contribuyentes, analizando, canalizando y atendiendo oportuna y eficientemente temas relacionados con las actuaciones de la institución, así como proponer y coordinar la adopción de mecanismos que permitan corregir deficiencias detectadas en los procesos”.
(SRI, SRI, Servicio de Rentas Internas, 2014).
Algunos derechos de contribuyentes:
Declaración de impuesto a la renta
Al final de cada ejercicio las sociedades deben declarar un impuesto a la renta que dependiendo del tipo de sociedad variara su valor gravable, el mismo que recoge los lineamientos contenidos en la Circular NAC-DGECCGC09-00010, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 50 de 20 de octubre del 2009. 4
Personas NaturalesSon todas las personas, nacionales o extranjeras, que realizan actividades económicas lícitas, al igual que las jurídicas deben inscribirse en el RUC, emitir y entregar comprobantes de venta autorizados por el SRI y presentar declaraciones de impuestos de acuerdo a su actividad económica.
Las personas naturales se clasifican en obligadas a llevar contabilidad y no obligadas a llevar contabilidad. Se encuentran obligadas a llevar contabilidad todas las personas nacionales y extranjeras que realizan actividades económicas y que cumplen con las siguientes condiciones: tener ingresos mayores a $ 100.000, o que inician con un capital propio mayor a $60.000, o sus costos y gastos han sido mayores a $80.000 y están obligadas a llevar contabilidad, bajo la responsabilidad de un contador público inscrito en el SRI. (SRI, Servicio de Rentas Internas, 2014)
Contribuyente especial es el aquel que califique por parte de la administración tributaria como tal, el cual debido a su importancia económica se los denomina “especiales” para efectos de contar con información valiosa para la gestión de los tributos. Los contribuyentes especiales pueden ser personas naturales o jurídicas. Para seleccionar estos contribuyentes se considera que cumplan con los parámetros de transacciones reportadas en las declaraciones a si mismo se deja de ser cuando ya no amerite el caso. La administración tributaria se encarga de informar a sus contribuyentes por medio de una resolución si califican para ser especiales.
Obligaciones de los contribuyentes especiales
IX.- ANÁLISIS LEGAL:
Capítulo cuarto
Soberanía económica
Sección primera
Sistema económico y política económica
Art. 283.- El sistema económico es social y solidario; reconoce al ser humano como sujeto y fin; propende a una relación dinámica y equilibrada entre sociedad, Estado y mercado, en armonía con la naturaleza; y tiene por objetivo garantizar la producción y reproducción de las condiciones materiales e inmateriales que posibiliten el buen vivir.
El sistema económico se integrará por las formas de organización económica pública, privada, mixta, popular y solidaria, y las demás que la Constitución determine. La economía popular y solidaria se regulará de acuerdo con la ley e incluirá a los sectores cooperativistas, asociativos y comunitarios.
Art. 284.- La política económica tendrá los siguientes objetivos:
1. Asegurar una adecuada distribución del ingreso y de la riqueza nacional.
2. Incentivar la producción nacional, la productividad y competitividad sistémicas, la acumulación del conocimiento científico y tecnológico, la inserción estratégica en la economía mundial y las actividades productivas complementarias en la integración regional.
3. Asegurar la soberanía alimentaria y energética.
7. Mantener la estabilidad económica, entendida como el máximo nivel de producción y empleo sostenibles en el tiempo.
8. Propiciar el intercambio justo y complementario de bienes y servicios en mercados transparentes y eficientes.
9. Impulsar un consumo social y ambientalmente responsable.
Sección segunda
Política fiscal
Art. 285.- La política fiscal tendrá como objetivos específicos:
1. El financiamiento de servicios, inversión y bienes públicos.
2. La redistribución del ingreso por medio de transferencias, tributos y subsidios adecuados.
3. La generación de incentivos para la inversión en los diferentes sectores de la economía y para la producción de bienes y servicios, socialmente deseables y ambientalmente aceptables.
Art. 286.- Las finanzas públicas, en todos los niveles de gobierno, se conducirán de forma sostenible, responsable y transparente y procurarán la estabilidad económica. Los egresos permanentes se financiarán con ingresos permanentes.
Los egresos permanentes para salud, educación y justicia serán prioritarios y, de manera excepcional, podrán ser financiados con ingresos no permanentes.
Art. 287.- Toda norma que cree una obligación financiada con recursos públicos establecerá la fuente de financiamiento correspondiente.
Solamente las instituciones de derecho público podrán financiarse con tasas y contribuciones especiales establecidas por ley.
Art. 6.- Fines de los tributos.- Los tributos, además de ser medios para recaudar ingresos públicos, servirán como instrumento de política económica general, estimulando la inversión, la reinversión, el ahorro y su destino hacia los fines productivos y de desarrollo nacional; atenderán a las exigencias de estabilidad y progreso sociales y procurarán una mejor distribución de la renta nacional.
Art. 7.- Facultad reglamentaria.- Sólo al Presidente de la República, corresponde dictar los reglamentos para la aplicación de las leyes tributarias. El Director General del Servicio de Rentas
Internas y el Gerente General de la Corporación Aduanera Ecuatoriana, en sus respectivos ámbitos, dictarán circulares o disposiciones generales necesarias para la aplicación de las leyes tributarias y para la armonía y eficiencia de su administración.
Ningún reglamento podrá modificar o alterar el sentido de la ley ni crear obligaciones impositivas o establecer exenciones no previstas en ella.
En ejercicio de esta facultad no podrá suspenderse la aplicación de leyes, adicionarlas, reformarlas, o no cumplirlas, a pretexto de interpretarlas, siendo responsable por todo abuso de autoridad que se ejerza contra los administrados, el funcionario o autoridad que dicte la orden ilegal.
Art. 10.- Actividad reglada e impugnable.- El ejercicio de la potestad reglamentaria y los actos de gestión en materia tributaria, constituyen actividad reglada y son impugnables por las vías administrativa y jurisdiccional de acuerdo a la ley.
TITULO II
DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA
Capítulo I
Disposiciones generales
Art. 15.- Concepto.- Obligación tributaria es el vínculo jurídico personal, existente entre el Estado o las entidades acreedoras de tributos y los contribuyentes o responsables de aquellos, en virtud del cual debe satisfacerse una prestación en dinero, especies o servicios apreciables en dinero, al verificarse el hecho generador previsto por la ley.
Art. 16.- Hecho generador.- Se entiende por hecho generador al presupuesto establecido por la ley para configurar cada tributo.
IMPUESTO A LOS CONSUMOS ESPECIALES
Capítulo I
OBJETO DEL IMPUESTO
Art. 71.- Objeto del impuesto (Sustituido por el Art. 1 de la Ley s/n, R.O. 120-S, 31-VII-97).- Establécese el Impuesto a los Consumos Especiales ICE, el mismo que se aplicará al consumo de: cigarrillos, cervezas, bebidas gaseosas, alcohol, productos alcohólicos y los bienes suntuarios de procedencia nacional o importados, detallados en el artículo 78 de la Ley de Régimen Tributario Interno.
Capítulo III
TARIFAS DEL IMPUESTO
Art. 78.- (Sustituido por el Art. 2 de la Ley s/n, R.O. 120-S, 31-VII-97).- Están gravados con el Impuesto a los Consumos Especiales los siguientes bienes:
GRUPO I TARIFA
1. Cigarrillos:
Rubio 75%
Negro 18%2. Cerveza 30%
3. Bebidas gaseosas 10%
4. Alcohol y productos alcohólicos distintos a la cerveza 26%
GRUPO II
1. Vehículos motorizados de transporte terrestre de hasta 3.5 toneladas de carga 5%
2. Aviones, avionetas y helicópteros, motos acuáticas, tricares, cuadrones, yates y barcos de recreo 10%.
X.- Los Tributos Como Regulador de Conductas Sociales.
Tal como se cita en el punto III; Podremos decir que aunque no se reconoce en doctrina; existe un cuarto elemento en el cual los impuestos contribuyen a formar nuevas normas de conducta social, emponderando una cultura tributaria; observamos que en repetidas ocasiones, los gobiernos han perdido la oportunidad de influir en los patrones de consumo y producción mediante el uso de impuestos para efectuar cambios relativos en los precios. Recaudar no basta tiene como objetivo ofrecer un panorama actualizado de la situación de la tributación en la región, sus principales necesidades de reforma y las posibles estrategias de reforma en las que se toman en cuenta las probables limitaciones económicas, institucionales y políticas.
La Política Tributaria y su importancia radica en su impacto social, económico-político ya que su aplicación tendrá un costo social y a esto se lo conoce como incidencia tributaria. (Salaníe 2003) dice… “La teoría de la incidencia tributaria tiene como objetivo representar el efecto sobre el equilibrio económico de un cambio de los impuestos”…
Así como la recaudación de impuestos es trascendental para el país, la incidencia que tiene sobre sociedad es igualmente importante; el ciudadano está muchas veces de acuerdo con el cumplimiento de la obligación tributaria porque asume que es un deber cívico. Sin embargo, es también posible que tales convicciones se debiliten considerablemente cuando pase al plano de la acción. En este sentido, la formación de valores y la convivencia democrática apuntan al desarrollo de la conciencia fiscal de los ciudadanos para que puedan orientarse de modo racional y autónomo en aquellas situaciones donde los intereses personales y los intereses colectivos entren en conflicto.
Además de sus funciones y efectos globales y específicos, el gasto público ha sido uno de los principales mecanismos para evitar situaciones de miseria; pero durante los procesos de ajuste perdió gran parte de esa función. En ello incidieron sobre todo dos factores: por una parte, para lograr el equilibrio fiscal global, se actuó sobre la reducción del gasto público no financiero en mucha mayor medida que sobre el aumento de la recaudación; y, en segundo lugar, se privilegió el pago de intereses de la deuda externa por encima de los demás gastos públicos. Esta situación se advierte con claridad en el cuadro.
Esta política redundó en una drástica disminución de la inversión pública, con el deterioro de la infraestructura (en especial de las áreas marginales). Paralelamente, se degradaron los servicios públicos, no sólo por falta de inversiones, sino de recursos corrientes para su funcionamiento; frente a esa realidad, los grupos de altos ingresos optaron por utilizar servicios privados de educación, salud y seguridad. Al mismo tiempo, los grupos de menores ingresos perdieron un mecanismo compensador. La regresividad se hizo mayor aún por la supresión de ciertos subsidios, en especial los alimenticios
(Revista Iberoamericana de Educación Número 14 Financiación de la Educación. Mayo-Agosto 1997)
La política pública y el condicionamiento de los tributos a una acorde redistribución por parte de los gobiernos como mecanismos elaboran Estrategias Nacionales de Desarrollo para construir países que sean socialmente incluyentes, que generen empleo, crecimiento económico y estabilidad política.
XI.- ¿CÓMO CONTRIBUYEN LOS IMPUESTOS A LA SOCIEDAD ECUATORIANA? (ESTADO)
Citaremos varios ejemplos y poder esclarecer el aporte de los tributos al Estado ecuatoriano y por ende en la conducta de la sociedad.
(Pilar Vargas)
Gerente de Relaciones Públicas
Claro.
La contribución de Claro al país está en generar desarrollo sustentable.
Para ello, la compañía integra las mejores prácticas empresariales en torno a los colaboradores, clientes, proveedores y en general hacia la comunidad en la que está inserta.
Todo ello gira en torno a los ejes sociales, éticos, económicos y ambientales.
Asimismo, la empresa cree en el Ecuador y por ello invierte activamente en el territorio, ya que lo considera como un mercado importante para América Móvil (su corporación madre).
Es así que desde el 2000, Conecel – Claro ha destinado más de USD 6 000 millones en recursos económicos para el desarrollo de las telecomunicaciones en el país.
Además la compañía ha generado más de USD 2 900 millones en impuestos (información a diciembre de 2011) desde el año 2000 y más de USD 1 740 millones desde 2008, cuando ocurrió la firma del nuevo contrato de concesión con el Estado ecuatoriano.
Es por ello que consideramos que las permanentes contribuciones económicas de Conecel para proveer innovación, tecnología, cobertura, buenos precios y servicio han llevado a Claro a convertirse en la empresa con mayor participación en el mercado nacional.
(Fuente EKOS, el portal de negocios del Ecuador)
(20 Efecto sobre precios relativos, Disponible en: www.tueconomia.net/gobierno-y-economia/efectos,
Consulta (24-04-2011)- 28) -
(Diario EL COMERCIO: http://www.elcomercio.com.ec/actualidad/top10-empresas-utilidades-ecuador-claro-movistar.html.)
(Diario EL COMERCIO: http://www.elcomercio.com.ec/actualidad/top10-empresas-utilidades-ecuador-claro-movistar.html.)
(Fuente. www. Metroecuador.com.ec)
(Hay 100 millones de dólares en caja).
(Fuente Radio Huancavilca)
(Publicado el miércoles, 09.03.14 ElNuevoHerald.com. Salud)
(Read more here: http://www.elnuevoherald.com/2014/09/03/1834437/debaten-impuesto-a-la-comida-chatarra.html#storylink=cpy)
(Publicado por Marcela Ortiz, editora blog de CI)
XII LA ACADEMIA (UNIVERSIDAD) COMO FUENTE DE EDUCACIÓN EN LOS CAMBIOS DE CONDUCTAS SOCIALES.
La educación competitiva basada en resultados es bastante nueva para muchas universidades, aunque ya se ha vuelto parte del lenguaje usual de algunos institutos de educación superior en diferentes regiones del mundo. Esto se debe al amplio espectro de la globalización.
Por tanto la función que posee la Universidad como Academia se observa en El Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo en sus últimos Informes sobre el Desarrollo Humano: hace hincapié en la relevancia de la educación en todo proceso de desarrollo.
La educación superior debe formar una masa crítica de personas cualificadas y cultas.
Vivimos en la sociedad del conocimiento, por tanto la educación superior tiene un papel muy importante para transformar información en conocimiento, esto se reflejará en generar transformación social en los productos, servicios, procesos sociales, tecnológicos, etc, y esto a su vez será la aceptación de los y las ciudadanos y ciudadanos del país.
De esta manera debemos establecer que la educación enfrenta el amplio deber de responsabilidad de educar a la sociedad y eso bajos los lineamientos universales como el respeto y aceptación, aclarando y reafirmando conductas conceptuales del comportamiento social, la Universidad permite que la sociedad interiorice mediante campañas la aceptación de modificaciones en paradigmas mentales, por tanto la aceptación de impuestos como cambios en la conducta del ser, debe darse inicio como educación, tal como lo hace el ministerio de salud con la campaña de semáforo antes citado en este ensayo, como resultado de la educación se logrará.
La educación permite mejorar la competitividad de los bienes y servicios de exportación.