"Contribuciones a la Economía" es una revista
académica con el
Número Internacional Normalizado
de Publicaciones Seriadas
ISSN 1696-8360
PRINCIPIOS DE UNA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA AVANZADA
Francisco Javier Gabiola Ondarra (CV)
Jesús Sánchez Allende (CV)
David de la Antonia López (CV)
daviddelaantonia@gmail.com
Universidad Alfonso X de Madrid
Resumen
El desarrollo de la Sociedad de la Información, con su sustento basado en la evolución de las Tecnologías de la Información y de la Comunicación (TIC), más las aportaciones de la Nueva Gestión Pública que propugnan la introducción en las Administraciones Públicas (AAPP) las innovaciones de gestión y tecnológicas desarrolladas en el ámbito de las empresas privadas, ha hecho que la implantación de la Administración Electrónica (AE) sea uno de los elementos más importantes en la agenda de reformas de las AAPP. Este artículo analiza los principios en que debe basarse la implantación de una Administración Electrónica avanzada en la Sociedad de la Información, para que se obtenga una Administración eficaz y que ofrezca servicios públicos que satisfagan a los ciudadanos.
Palabras clave: Administración Electrónica, Nueva Gestión Pública, Sociedad de la Información, TIC, servicios públicos, ciudadanos.
J.E.L: D73, D83, H11, H19, H50, M15.
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Gabiola Ondarra, F, Sánchez Allende, J. y de la Antonia López, D.: "Principios de una administración electrónica avanzada" ,en Contribuciones a la Economía, marzo 2013, en www.eumed.net/ce/2013/administracion-electronica-avanzada.html
El estudio de la Administración trata de la conducción racional de las actividades de las organizaciones, ya sean con o sin ánimo de lucro. Al igual que las organizaciones privadas, las Administraciones Públicas (AAPP) deben planificar, organizar, estructurar y controlar todas las actividades. Tienen que definir estrategias, efectuar diagnósticos de las situaciones, evaluar recursos, planificar sus aplicaciones, resolver problemas y conducir a la organización a una situación de innovación y competitividad. Sin una administración, las organizaciones nunca tendrían condiciones para existir y crecer (Chiavenato, 2004). Esta administración requiere todo un aparato de personas estratificadas en diversos niveles jerárquicos que se ocupan de responsabilidades diferentes.
A lo largo del siglo XX se desarrollaron un amplio conjunto de Teorías de la Administración: científica, burocracia, clásica, relaciones humanas, estructuralista, matemática de la administración, sistemas, neoclásica, desarrollo organizacional o de la contingencia. Estas teorías encontraron una significativa aplicación en las empresas privadas. Sin embargo, en las AAPP se usaron principalmente los principios de la Teoría de la burocracia desarrollada por Max Weber y otros autores como Merton, Selznick, Goudner y Michels.
Este modelo de administración ha perdurado de forma homogénea durante gran parte del siglo XX y no ha variado fundamentalmente del descrito por Weber1 como el tipo ideal de autoridad racional/legal. El modelo de organización burocrática se ha convertido en el marco teórico en el que operan las estructuras y los procesos de la mayoría de las organizaciones públicas.
En la década de los 70 del siglo XX, comienza la preocupación por las ineficacias detectadas en la ejecución de los programas públicos, surgiendo el planteamiento de los fallos de la intervención del estado en la economía asociados al modelo de la burocracia. La pérdida de credibilidad del sector público como gestor del bienestar ciudadano viene acompañado de manifestaciones que exigen y obligan a que las instituciones públicas actúen aplicando principios de economía, eficiencia y eficacia. Fue en la Gran Bretaña donde empezó a cuestionarse la cultura, las dimensiones, el coste y el desempeño de la administración pública. Se revisaron políticas de gestión pública en áreas tales como organización y métodos, gestión pública y relaciones laborales, planificación de gastos y gestión financiera, auditoria, evaluación y contratación. Este proceso no ocurrió solamente en el Reino Unido, sino también en el resto de la Commonwealth y los Estados Unidos (Araya y Cerpa, 2009).
En este contexto aparece un nuevo planteamiento de actuación para el sector público, lo que se conoce como la Nueva Gestión Pública (NGP)2. El objetivo de esta nueva forma de actuar es la consecución de un sector público que opere exclusivamente en aquellas áreas donde no exista un proveedor más adecuado y lo realice de forma eficiente y eficaz. Para ello, compite o colabora con el sector privado, allí donde es posible, con el objetivo de satisfacer las necesidades públicas, otorgándoles a sus ciudadanos un papel cada vez más activo en el campo público. Realizando, además, reestructuraciones internas encaminadas a eliminar la burocracia, a la adopción de procesos más racionales y a una mayor autonomía en la gestión (García, 2007).
Olías de Lima (2001) señala que las principales recomendaciones dadas por la NGP para constituir alternativas a los modelos tradicionales de gestión son las siguientes:
El desarrollo de la Sociedad de la Información requiere un avance armónico y equilibrado en todas sus dimensiones para que se genere un efecto multiplicador. Esto es, se requiere la participación de los ciudadanos, las empresas y los diferentes niveles administrativos, que son los tres actores principales en el desarrollo de la Sociedad de la Información. El nuevo modelo de sociedad requiere organizaciones más abiertas, flexibles, interconectadas, orientadas al funcionamiento en red y con capacidad de reacción inmediata, así como estructuras más planas con menor número de niveles jerárquicos y un mayor grado de comunicación informal. En este contexto, las AAPP no pueden permanecer aisladas y ajenas a las profundas transformaciones que las TIC producen en todo el mundo, sino que han de integrarse en la Sociedad de la Información y aprovechar toda su potencialidad, con el fin de mejorar su posición de servicio a los ciudadanos y a la sociedad (Martínez, Lara-Navarra y Beltrán, 2006).
Los cambios producidos en el sector privado en esta etapa de la Sociedad de la Información están provocando fuertes presiones para el lanzamiento de nuevos servicios públicos. Esto es, la Sociedad de la Información, ampliamente impulsada por la utilización de las TIC, afecta cada vez más al sector público. En este contexto, las organizaciones públicas siguen el ejemplo del sector privado y aprovechan el enorme potencial de estas tecnologías para aumentar su eficacia mediante una buena gestión de datos, información y conocimiento. Asimismo, esta sociedad del conocimiento ha transformado las necesidades de los ciudadanos y las empresas, que requieren servicios de calidad por parte de las organizaciones públicas. Se ha creado una situación de presión en la que las organizaciones públicas se sienten obligadas a establecer nuevas vías de interacción con los ciudadanos, las empresas y otras organizaciones.
Liikanen (2003) señala que las AAPP, obligadas por estas circunstancias, deben adoptar un compromiso decidido para mejorar:
Las AAPP en la Sociedad de la Información deben basarse en una Administración en red que potencie la colaboración entre Administración y ciudadanos. Supone el paso de un concepto de Administración de tipo jerárquico a uno de Administración en forma de red, en el que se dan múltiples relaciones entre los diferentes nodos o actores representantes, todos ellos de intereses que deben integrarse en la composición del interés general debido a la interdependencia que existe entre sí. En el modelo burocrático de Administración, los recursos de la sociedad eran ignorados. Los ciudadanos, destinatarios de las actuaciones públicas, eran normalmente reducidos al papel de sujetos pasivos de la acción administrativa. Por el contrario, el modelo que se propone para la Administración en la etapa de la Sociedad de la Información supone el reconocimiento de la existencia de redes de relaciones entre sujetos autónomos que actúan dentro de ella siguiendo una lógica de colaboración. De estas relaciones resultan beneficios o ventajas para todos los sujetos participantes. Todos ellos, aunque sea en medidas diversas, son portadores de recursos que aportan al interior de la red, combinándose e intercambiándose con los aportados por el resto de sujetos de manera que cada uno puede ver satisfechas sus propias necesidades.
La Administración en red tiene importantes consecuencias en la manera de funcionar de los poderes públicos al suponer que numerosos actores (no sólo públicos) están implicados en la formulación e implementación de las políticas. Para que la pluralidad de actores pueda participar en las deliberaciones y toma de decisiones que se desarrollan en las redes, es necesario que existan niveles adecuados de información y de transparencia. La gobernanza de la Administración en red tiene como requisito previo y necesario la información y la transparencia a fin de garantizar y facilitar la participación de todos los actores implicados. Es necesario que todos los actores que intervienen en las redes puedan participar de forma informada. Ello requiere que tengan a su disposición la información y el conocimiento adecuado y que pongan a disposición del resto de actores la información y el conocimiento de que disponen (Cerrillo, 2005).
Entre las definiciones más extensamente usadas de AE se encuentra la realizada por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE, 2002): “Como consecuencia del uso de las TIC en las AAPP se construye la AE. Ésta proporciona una oportunidad de desarrollar una nueva relación entre gobiernos, ciudadanos, usuarios de servicio y negocios. Permite la recogida y diseminación de información y servicios dentro y fuera del gobierno (gobierno a ciudadano; gobierno a negocio; gobierno a gobierno) para los objetivos de entrega de servicio, toma de decisiones y responsabilidad”.
Actualmente, el desarrollo de la AE es uno de los elementos más importantes en la agenda de reformas de las AAPP. Todos los países, de una forma u otra, están inmersos en la implantación de la AE. Se trata de un fenómeno global que refleja la necesidad de las organizaciones del sector público de dotarse de medios que les permita afrontar con éxito los retos del siglo XXI: globalización, desarrollo de la sociedad de la información, profundización en la democracia, etc. Por tanto, no se trata ya de un asunto de libre elección sino de la obligación que tienen las organizaciones públicas de modernizarse y ser eficientes de cara al futuro (De la Antonia, 2010).
Anttiroiko (2008) afirma que la AE se fundamenta en la aplicación de los cuatro elementos siguientes:
Por su parte, Stahl (2005) señala que la AE tiene conexiones a prácticamente todos los aspectos de gobierno (administración, participación, servicios, inclusión, etc.), pero el corazón de este concepto gira alrededor de la entrega de servicios dados por los gobiernos. Se trata de que éstos tengan un papel activo en la mejora de su funcionamiento, en la provisión de servicios, en la creación de nuevas formas de participación ciudadana y en la gestión de relaciones de gobernanza pública.
El gobierno es necesario para mantener el orden público, proveer de servicios públicos a los ciudadanos, salvaguardar los derechos cívicos y la democracia. Además, debe tener cuidado de su organización interna y de sus múltiples relaciones con los grupos de interés (ciudadanos, empresas, instituciones, organizaciones, etc.) en un entorno cada vez más complejo. Por ello, las funciones que deben realizar los gobiernos pueden ser divididas en cuatro áreas (ver figura 3.1):
El punto de partida para establecer un modelo de funcionamiento general de la AE debe ser centrado en los ciudadanos, ciñéndose tanto como sea posible en satisfacer sus necesidades y sus patrones de comportamiento. En un sistema democrático el foco está en los ciudadanos y en los diferentes roles que desempeñan, ya sea como pagadores de impuestos, activistas políticos, mano de obra, habitantes o usuarios de servicios. Se trata, sin duda, del grupo de interés más significativo para la AE. Sin embargo, como condición previa para que la AE funcione correctamente es necesario que los ciudadanos tengan acceso a las redes de información y especialmente a Internet. Esto se convierte en un asunto crítico para los países en vías de desarrollo en los cuales la mayor parte de la gente carece del acceso al mundo conectado (Anttiroiko, 2008). Así pues, cuando se establece un modelo funcional de la AE el acceso de los ciudadanos a la información tiene que ser incorporado en el modelo como uno de sus elementos vitales.
La tabla 4.1 recoge la Normativa más significativa acerca de la implantación de la AE en España.
Entre las normas citadas, la Ley 11/2007, obliga a las AAPP a la utilización de los medios electrónicos cuando así lo requieran los administrados. Se configura de esta manera legalmente el derecho de los ciudadanos a la AE que conlleva una obligación correlativa para las AAPP, que deberán articular todas sus actuaciones y procedimientos por medios electrónicos, haciendo efectivo de esta forma el derecho a relacionarse electrónicamente con la Administración. Para Martínez (2009), la Ley pretende dar respuesta a los compromisos comunitarios y a las iniciativas europeas puestas en marcha a partir del Consejo Europeo de Lisboa y Santa María da Feira, continuado con sucesivas actuaciones hasta la comunicación de la Comisión i2010: Una Sociedad de la Información Europea para el crecimiento y el empleo.
La Ley 11/2007 reconoce a los ciudadanos su derecho a relacionarse electrónicamente con las AAPP, así como la obligación de éstas a garantizar ese derecho:
En cuanto al Real Decreto 4/2010 que regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad, en su preámbulo se indica que tiene por finalidad la creación de las condiciones necesarias para garantizar el adecuado nivel de interoperabilidad técnica, semántica y organizativa de los sistemas y aplicaciones empleados por las AAPP, que permita el ejercicio de derechos y el cumplimiento de deberes a través del acceso electrónico a los servicios públicos, a la vez que redunda en beneficio de la eficacia y la eficiencia. El Esquema Nacional de Interoperabilidad sigue las recomendaciones de la UE, la situación tecnológica de las diferentes AAPP, así como los servicios electrónicos existentes en las mismas y la utilización de estándares abiertos.
Teniendo en cuenta lo expuesto más arriba, un modelo de Administración Electrónica avanzada debe basarse en los siguientes principios:
5.1. Orientada a los ciudadanos
A medida que los ciudadanos se encuentran más informados son más exigentes y demandan una administración más eficiente, que sea cercana y ágil. Conscientes de que las AAPP se financian con sus impuestos, requieren ser considerados como en sus relaciones con el sector privado. Por tanto, la AE debe incorporar el principio de tratar a los ciudadanos como clientes.
Las AAPP disponen de una amplia información de los ciudadanos. Conocen de ellos su edad, género, situación económica, lingüística, social, formación académica y profesional, discapacidades físicas, condiciones ambientales, conectividad de Internet, etc. Por ello, la AE puede y debe crear relaciones proactivas con los ciudadanos.
Una vez identificados y diferenciados los ciudadanos, la AE debe posibilitar el contacto con ellos mediante una comunicación interactiva personalizada e individualizada, tratando a cada ciudadano según sus características y sus necesidades. La incorporación de relaciones personalizadas con los ciudadanos permitiría llevar a cabo una estrategia de crecimiento de las relaciones, mejorando la satisfacción y participación.
Una AE orientada los ciudadanos supone una inversión de la cadena de valor. Las AAPP tradicionales establecen su estructura y funcionamiento en base a sus capacidades y objetivos internos sin tener en cuenta a los ciudadanos. Por el contrario, al invertir la cadena de valor, primero se averiguan las necesidades de los ciudadanos y, después, se estructuran las AAPP para servir esas necesidades.
La AE, al poder reunir toda la información de los ciudadanos en un sistema integrado y global, permite a los empleados de todas las áreas de la Administración acceder a una información integral, actual e histórica del ciudadano. Por tanto, la AE permite tener una visión única del ciudadano, de forma que la Administración ve un solo ciudadano y el ciudadano una sola Administración.
5.2. Accesibilidad para todos y en todas las partes
La Ley 11/2007 indica que los ciudadanos elegirán a través de qué canal acceden a los servicios públicos y que podrán hacer sus trámites 24 horas al día 365 días al año. También reconoce el derecho de los ciudadanos a relacionarse electrónicamente con las AAPP. Por ello, es necesario dotar de un sistema de acceso multicanal de prestación de servicios, es decir, la posibilidad de realizar los trámites administrativos, o bien ante funcionario, o bien mediante operador interpuesto o en régimen de autoservicio. Asimismo, es necesario garantizar la accesibilidad bajo criterios de equidad de los ciudadanos a los servicios públicos, de manera que un ciudadano de una gran ciudad reciba y perciba los servicios públicos de igual modo que un ciudadano que reside en un municipio rural. Por otra parte, se deben incorporar sistemas que permitan la accesibilidad a discapacitados. Se trata, en definitiva, de que la AE provea la accesibilidad para todos y en todas las partes.
5.3. El conocimiento como principio rector de la organización
Al igual que las organizaciones privadas, los gestores públicos necesitan estar informados de lo que sucede en su organización con el fin de poder tomar decisiones. Por ello, la AE necesita dotarse de aplicaciones que permitan recopilar y analizar información interna y externa de tal manera que se conviertan los datos en conocimiento. El proceso de extraer conocimiento útil de los volúmenes de datos se conoce como descubrimiento del conocimiento y consiste en identificar los patrones en los datos válidos, novedosos, potencialmente útiles y, en definitiva, comprensibles.
5.4. Estructura organizativa horizontal, flexible y por procesos de negocio
Byrne (1993) introdujo el concepto de organización horizontal, en contraste con el viejo modelo que describe como organización vertical. La idea se basa en eliminar jerarquías y límites funcionales para reducir costes, acortar ciclos productivos e incrementar la respuesta a los clientes. Así pues, la tendencia es hacia organizaciones más planas en las cuales la administración a través de las mismas se ha convertido en un proceso más crítico que administrar la organización hacia arriba y abajo en una jerarquía de alto nivel. La AE debe posibilitar la organización horizontal para eliminar tanto las jerarquías funcionales como los límites departamentales, de forma que se obtenga una organización más flexible. Por otra parte, las actividades deben llevarse a cabo por procesos de negocio. Las organizaciones verticales se estructuran de forma funcional: buscan mejoras concretas en las funciones, departamentos o tareas. Por el contrario, se puede organizar el flujo de trabajo en torno a procesos clave que abarcan a toda la organización y que, en última instancia, unen a ésta con las necesidades del ciudadano. Reduciendo la jerarquía se disminuye al máximo el número de áreas de actividad en las que se dividen los procesos clave.
Una organización orientada a procesos de negocio debe realizar una reingeniería de los mismos aprovechando las oportunidades que ofrecen las Tecnologías de la Información y de la Comunicación (TIC). La transformación requiere cambios importantes en la estructura organizativa, donde se redefinan papeles y responsabilidades, repensando los servicios y los accesos, eliminando funciones redundantes, readaptando la formación del personal, rediseñando procesos y trabajando en colaboración con otros grupos administrativos para entregar servicios que crucen límites de la organización existente.
5.5. Eficacia y eficiencia de los servicios
Las AAPP deben optimizar la aplicación de sus recursos para desarrollar procesos y servicios que supongan la creación de valor público. Es decir, se trata de desarrollar procesos y servicios que aporten, de forma directa o inducida, a los ciudadanos beneficios económicos, culturales, sociales, integradores, etc. En este contexto, la AE debe llevar a cabo la simplificación, automatización y telematización de procedimientos administrativos. Se trata de ofrecer servicios útiles, fáciles y rápidos, minimizando el número de interacciones que el ciudadano debe realizar con la Administración. Para ello, se hace necesaria una integración entre servicios, incluso entre servicios suministrados por la misma Administración. En este marco, el tiempo utilizado en la interacción y el número de interacciones se convierte en un indicador de administración eficaz y eficiente.
Establecer una Administración en la que prime la eficacia y eficiencia de los servicios requiere:
5.6. Compromiso con los principios de la calidad total
Entre las organizaciones que prestan servicios se encuentran las AAPP. Por tanto, la mayoría de las técnicas de gestión de calidad aplicables a las empresas, especialmente a las de servicios, son también utilizables en la Administración, ya que se adaptan perfectamente al sector público. El movimiento de la calidad en las AAPP significa reconsiderar que los servicios públicos que reciben los ciudadanos no son gratuitos, sino que los pagan, o bien en forma de prestación económica directa, o a través de sus impuestos. Desde el movimiento de la calidad, el cliente tiene derecho a exigir al prestador del servicio, sea ente público o privado concertado, una atención y un servicio de calidad. En definitiva, se plantea que las AAPP acepten el pensamiento gerencial, lo que supone todo un trabajo de redefinición de las mismas. A nuestro entender, los conceptos desarrollados en la NGP más los de la Administración de la Calidad Total (ACT) deben incorporarse en el desarrollo de la AE para que las AAPP adopten un compromiso con los principios de la calidad total.
5.7. Participación y construcción de la democracia directa
Una AE avanzada implica la incorporación de aplicaciones que permitan a los ciudadanos la participación y construcción de la democracia directa. Para ello, es necesario considerar aspectos como:
5.8. Seguridad y privacidad.
La AE debe incorporar mecanismos que aseguren la confidencialidad y privacidad de la información, que prevengan la pérdida o manipulación indebida de datos esenciales y que, frente a posibles amenazas, garanticen la integridad de datos, aplicaciones y equipos. Para ello, es necesario contar con los siguientes componentes:
5.9. Integración e interoperabilidad de procesos y aplicaciones.
El desarrollo de una AE avanzada implica poner especial énfasis en la integración e interoperabilidad de procesos y aplicaciones. Para lograr una buena interoperabilidad hay que establecer las tecnologías y metodologías adecuadas, de forma que los diferentes sistemas o componentes que intercambian información sean interoperables, tanto a nivel técnico, como semántico y organizativo. Asimismo, deben establecerse protocolos de colaboración entre los diferentes organismos de las AAPP.
Como las AAPP tienden, cada vez más, a externalizar servicios, la AE debe incorporar herramientas que permitan la integración de estos servicios externalizados. Asimismo, una AE avanzada debe incorporar plataformas de colaboración y herramientas de teletrabajo que faciliten acceso integrado a las comunicaciones de los empleados, así como acceso a espacios de trabajo en colaboración y, en general, a la información.
5.10. Metodologías.
La implementación de una AE avanzada requiere la aplicación de diferentes metodologías. En primer lugar, una metodología que se encargue de gestionar el ciclo de vida de los servicios. En segundo lugar, una metodología que gestione la elaboración de proyectos informáticos desde la especificación de los requisitos hasta la puesta en servicio. En tercer lugar, una metodología que gestione el desarrollo de una arquitectura tecnológica orientada a servicios. Finalmente, una metodología que permita desarrollar software en base a las necesidades y opiniones de los usuarios finales.
5.11. Cambio cultural y capacitación.
Para llevar a cabo la implantación de una AE es necesario abordar un profundo cambio cultural y capacitar a todas las partes involucradas en los nuevos requisitos de conocimiento. Dentro de estas necesidades y requisitos hay que destacar lo siguiente:
5.12. Arquitecturas tecnológicas flexibles, integradoras y estandarizadas.
En cuanto a los principios que deben aplicarse en el desarrollo de las arquitecturas de AE hay que destacar los siguientes:
La figura 5.2 representa una arquitectura tecnológica que recoge los principios que hemos analizado. En primer lugar, se estructura en base a una arquitectura central orientada a servicios (SOA) que permite exponer la lógica de las aplicaciones como si fueran servicios, facilitando la integración de las mismas y la reutilización de la lógica de negocio. En segundo lugar, se desarrolla una Capa de infraestructura SOA que perfecciona y coordina este tipo de arquitectura, incorporando elementos tales como el Framework de desarrollo, la bandeja de tareas, la agenda única, etc. En tercer lugar, se incorpora la Gestión de contenidos administrativos (ECM & Security) que permite la supresión del papel y la utilización del soporte digital para el tratamiento de los expedientes administrativos, incorporando elementos tales como el gestor documental, el gestor de archivos, etc. En cuarto lugar, se encuentran las Infraestructuras de Back-Office permiten la automatización de los trabajos internos de la organización (ERP, localización de activos, etc.). En cuarto lugar, se implementan las Plataformas de participación (democracia electrónica, capacitación, formación, colaboración, teletrabajo y plataforma del funcionario) que amplían la interacción con los grupos de interés. En quinto lugar, la Plataforma de relación con los ciudadanos se convierte en un bloque neurálgico de la prestación de servicios personalizados, con su base de datos del ciudadano, el Datawarehouse y el Datamining. Finalmente, la Plataforma multicanal permite que los ciudadanos puedan elegir a través de qué canal acceden a los servicios públicos, pudiendo hacer sus trámites 24 horas al día 365 días al año. Para ello, se dota de Centro de llamadas, correo electrónico, video conferencias, SMS, gestiones por mostrador, teléfono, TDT, PC, registro de documentación escrita, fax, etc.
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2 El concepto de NGP proviene del estudio fundacional de Hood (1991), titulado “A Public Management For All Seasons?”. En él señala que, en los 15 años anteriores a la aparición del trabajo en cuestión, se rompieron las tendencias internacionales referentes a los temas de administración pública, específicamente debido a la reforma y modernización de ésta, llevada a cabo en el Reino Unido.